INMUEBLES

Rango Ley
Publicación 2022-12-20
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 6
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INMUEBLES

Ley 27704

Transferencia.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1°- Transfiérase a título gratuito de la Municipalidad de

Larroque, Provincia de Entre Ríos, el dominio del inmueble inscripto

bajo el N° 482, Registro de Propiedades Número 9190, Tomo 45, Folio 708

de la Sección Campaña del Registro Público de Gualeguaychú, Provincia

de Entre Ríos, de propiedad del Superior Gobierno de la Nación, ubicado

en la Ciudad de Larroque, del Departamento Gualeguaychú, Provincia de

Entre Ríos, en la Manzana 141, Lote 15, Partida Provincial N° 121868-5,

Matrícula N° 480708, con frente a la calle Número 001 - Presidente

Perón; y que cuenta con una superficie de ochocientos metros cuadrados

(800 m2) que linda: al Sur con calle pública denominada Presidente

Perón; al Norte con Benedetti Jorge Alberto; al Este con Ronconi Ismael

Horacio y con Gómez Lidia Ramona; y al Oeste con Aizaga Julio César.

Artículo 2°- La transferencia que se dispone en el artículo precedente

se efectúa con cargo a que la beneficiaria destine el inmueble a la

construcción y funcionamiento del anexo de la Municipalidad de Larroque.

Artículo 3°- La totalidad de los gastos necesarios para efectuar la

transferencia dispuesta en el artículo 1°, serán a cargo de la

beneficiaria.

Artículo 4°- Establécese un plazo de diez (10) años para el

cumplimiento del cargo impuesto en el artículo 2º, vencido el cual sin

que mediara observancia, el dominio del inmueble objeto de la presente

revertirá a favor del Estado Nacional.

Artículo 5°- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los

efectos de concluir la transferencia, en el término de ciento ochenta

(180) días desde la promulgación de la presente ley; debiendo constar

explícitamente en el instrumento de transferencia de dominio el cargo

establecido en el artículo 2º.

Artículo 6°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS

REGISTRADO BAJO EL N° 27704

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

e. 20/12/2022 N° 103771/22 v. 20/12/2022

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