CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD

Rango Ley
Publicación 2023-05-02
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 6
Historial de reformas JSON API

CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD

Ley 27711

Disposiciones.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

CERTIFICADO ÚNICO DE DISCAPACIDAD (CUD)

Artículo 1°- El Certificado Único de Discapacidad (CUD) establecido en

la ley 22.431, o la que en un futuro la reemplace, sus modificatorias y

complementarias, se expedirá con o sin fecha de vencimiento.

Artículo 2°- La Agencia Nacional de Discapacidad es la encargada de la

actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) conforme la

concepción dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención

sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Dicha

actualización deberá implementar la flexibilización de los requisitos

para su otorgamiento.

Artículo 3°- La Agencia Nacional de Discapacidad debe definir las

condiciones y lineamientos para la implementación de lo determinado en

el artículo 2°, incluyendo el fortalecimiento de las juntas evaluadoras

de las personas con discapacidad. El Consejo Federal de Discapacidad

debe efectuar recomendaciones a estos fines, de conformidad con los

artículos 2°, inciso i), y 3°, incisos c) y e), de la ley 24.657.

La persona beneficiaria puede solicitar la actualización del

Certificado Único de Discapacidad (CUD) en cualquier momento de acuerdo

a lo dispuesto por el artículo precedente.

Artículo 4°- El Poder Ejecutivo nacional deberá reglamentar la presente

ley en el plazo de noventa (90) días desde la fecha de su promulgación.

Artículo 5°- Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires a adecuar su legislación conforme lo dispuesto en la presente ley.

Artículo 6°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.

REGISTRADA BAJO EL N° 27711

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

e. 02/05/2023 N° 30632/23 v. 02/05/2023

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.