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por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional – Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones

Texto vigente a fecha 2008-11-27

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan las disposiciones vigentes, el cual emitió concepto técnico favorable y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal.

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, los siguientes empleos:
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO
1 (uno) Director del Sector Defensa 1-3 14
1 (uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 22
3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 18
1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 16
1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 15
3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 12
2 (dos) Profesional de Defensa 3-1 10
2 (dos) Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 24
1 (uno) Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 23
1 (uno) Técnico para apoyo de Seguridad y Defensa 5-1 22
1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 28
1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 23
1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 17
1 (uno) Auxiliar para apoyo de Seguridad y Defensa 6-1 15
CARGOS DE JURISDICCION CARGOS DE JURISDICCION
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Juzgado de Dirección o Inspección Juzgado de Dirección o Inspección
2 (dos) Auditor de Guerra de Dirección o Inspección.
Juzgado de División, Fuerza Naval, Comando Aéreo y Policía Nacional Juzgado de División, Fuerza Naval, Comando Aéreo y Policía Nacional
9 (nueve) Auditor de Guerra de División o de Fuerza Naval o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana.
Juzgado de Brigada, Base Aérea, Grupo Aéreo y Departamento de Policía Juzgado de Brigada, Base Aérea, Grupo Aéreo y Departamento de Policía
4 (cuatro) Auditor de Guerra de Brigada o de Base Aérea o de Grupo Aéreo y Departamento de Policía.
Artículo 2°. Créanse en la planta de Personal del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, los siguientes empleos:
DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR
N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO
1 (uno) Director del Sector Defensa 1-3 18
1 (uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 22
1 (uno) Asesor del Sector Defensa 2-2 20
3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 18
2 (dos) Profesional de Defensa 3-1 16
1 (uno) Profesional de Defensa 3-1 15
3 (tres) Profesional de Defensa 3-1 12
2 (dos) Profesional de Defensa 3-1 10
5 (cinco) Profesional de Defensa 3-1 01
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
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N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO
2 (dos) Técnico de Servicios 5-1 24
1 (uno) Técnico de Servicios 5-1 23
2 (dos) Técnico de Servicios 5-1 22
1 (uno) Auxiliar de Servicios 6-1 28
1 (uno) Auxiliar de Servicios 6-1 23
2 (dos) Auxiliar de Servicios 6-1 17
2 (dos) Auxiliar de Servicios 6-1 15
EMPLEOS JURISDICCION EMPLEOS JURISDICCION
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Juzgado de Instrucción Penal Militar Juzgado de Instrucción Penal Militar
5 (cinco) Juez de Instrucción Penal Militar
Secretarios de Juzgado, Fiscalía y Auditoría Secretarios de Juzgado, Fiscalía y Auditoría
9 (nueve) Secretario
Artículo 3º. Los empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, serán incorporados directamente a los empleos equivalentes establecidos en el presente decreto, y continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal. Los demás empleos serán provistos de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4º. Las incorporaciones a los cargos de la planta de personal de que trata el presente decreto, se harán en un término máximo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 5º. El Ministro de Defensa Nacional o quien este delegue, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 6º. Los empleos con jurisdicción de la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Justicia Penal Militar, continuarán rigiéndose por los Decretos números 2423 de 2001, 108 de 2004 y 3406 de 2004.
Artículo 7º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los Decretos 2423 de 2001, 3406 de 2004 y deroga el Decreto 4174 de 2007.

Publíquese, y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de noviembre de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Manuel Santos C.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.