Historial de reformas
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid
12 versiones
· 1995-05-19
2025-12-29
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2012-12-29
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2011-12-29
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2007-12-28
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2006-12-29
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2004-06-01
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2002-12-23
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2001-12-28
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
2000-12-29
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
Cambios del 2000-12-29
@@ -240,13 +240,15 @@
3. El ejercicio de la expresada función comprenderá:
a) La intervención previa del documento o expediente de concesión de la subvención.
b) La intervención formal de la ordenación del pago.
c) La intervención material del pago.
d) La intervención de la aplicación o empleo de la cantidad concedida en la subvención.
a) La intervención previa de los expedientes de aprobación de las bases reguladoras y de las correspondientes convocatorias.
b) La intervención previa del documento o expediente de concesión de la subvención.
c) La intervención formal de la ordenación del pago.
d) La intervención material del pago.
e) La intervención de la aplicación o empleo de la cantidad concedida en la subvención.
Son expresamente aplicables a las subvenciones objeto de esta Ley los artículos 86, 87 y 88 de la Ley 9/1990, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid y sus normas de desarrollo, entendiéndose atribuidas a los Consejeros respectivos, en el caso de empresas y entes públicos, las competencias que para las Administraciones Públicas corresponden al Consejo de Gobierno por la citada normativa.
@@ -258,6 +260,8 @@
c) La retención de facturas, documentos equivalentes o sustitutivos o de cualquier otro documento relativo a las operaciones objeto de investigación, cuando se deduzcan indicios de una incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención percibida.
> <small>Se modifica el párrafo primero del apartado 3 por el art. 7 de la Ley 18/2000, de 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2001-5584](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-5584).</small>
###### Artículo 13. De la evaluación.
Por el Consejo de Gobierno se determinarán los procedimientos mediante los cuales los distintos agentes del sector público de la Comunidad deberán efectuar las evaluaciones de los objetivos a conseguir y de los finalmente alcanzados, mediante las subvenciones.
1999-12-30
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
1996-12-30
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid —
1995-03-21
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid
versión original
Texto en esta fecha