PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL EJERCICIO 1974
OBSERVENSE LOS ARTICULOS 24, 26 Y 20 DEL ADJUNTO PROYECTO DE LEY N° 20.659. CON EL VETO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO ANTERIOR, PROMULGASE Y TENGASE POR LEY DE LA NACION A LA REGISTRADA BAJO EL N° 20.659. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE A LA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL Y ARCHIVESE.
DECRETO
N° 1.112
Bs. As. 8/4/74
VISTO el proyecto de la Ley N° 20.659 comunicado por el memorable Congreso de la Nación s los efectos del artículo N° 69 de la Constitución Nacional y
CONSIDERANDO:
Los fundamentos que da cuenta el mensaje que se remite en la fecha de la Honorable Congreso de la Nación y en el artículo N° 72 de la Constitución Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° – Obsérvense los artículos Nros. 24, 26, y 29 del adjunto proyecto de Ley N° 20.659.
Art. 2° – Con el veto establecido en el artículo anterior, promúlguese y téngase por Ley de la Nación a la registrada bajo el N° 20.659.
Art. 3° – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
PERON
José B. Gelbard.
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