ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2007-10-09
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 25
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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 1342/2007

Sustitúyese del Anexo III al artículo 3º del Decreto

Nº 357/2002 y sus modificatorios —Ambitos Jurisdiccionales— el Apartado

XXI correspondiente al Ministerio de Salud. Conformación de un Consejo

de Administración para la conducción estratégica y la gestión integral

de la administración del Hospital Nacional "Profesor Alejandro

Posadas", como organismo descentralizado dependiente de la Secretaría

de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias del Ministerio de

Salud. Integración del Consejo de Administración. Presidencia. Deberes

y Atribuciones. Designaciones. Retribuciones. Dispónese el cese de la

intervención del mencionado Hospital Nacional.

Bs. As., 4/10/2007

VISTO el expediente Nº 2002-5924/07-5 del registro

del MINISTERIO DE SALUD, el Presupuesto de la Administración Nacional

vigente, aprobado por la Ley Nº 26.198 y distribuido por la Decisión

Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2007, el Decreto Nº 357 de fecha

21 de febrero, de 2002 y similares modificatorios y el Decreto Nº 491

de fecha 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se sustituyó el

artículo 92 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº

11.672 (t.o. 2005), estableciéndose que el ESTADO NACIONAL continuará

con la administración y financiación del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR

ALEJANDRO POSADAS", organismo descentralizado perteneciente a la órbita

de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del

MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se

aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA

NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de

las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama, como así

también la dependencia de los organismos descentralizados.

Que es decisión del Gobierno Nacional profundizar el

proceso de fortalecimiento institucional para incrementar la capacidad

del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" en orden a

materializar las políticas que el MINISTERIO DE SALUD tiene previstas

en materia de provisión de servicios de salud.

Que en tal sentido se propicia constituir al

HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" como centro de Alta

Complejidad de referencia nacional, en orden a la obtención de una

mejora sustancial en términos de eficiencia y eficacia en la prestación

pública de servicios de salud.

Que, en virtud de la complejidad que ello implica,

resulta conveniente la conformación de un Consejo de Administración

para la conducción estratégica del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR

ALEJANDRO POSADAS", y la gestión integral de su administración, como

organismo descentralizado.

Que asimismo, en concordancia con este objetivo,

resulta necesario complementar el accionar del Consejo de

Administración con una Dirección Ejecutiva y las correspondientes

direcciones de primer nivel operativo, para la eficaz ejecución de las

acciones requeridas.

Que en virtud de la conformación de los órganos de

dirección mencionados corresponde el cese de la intervención del

HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" oportunamente dispuesta.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de

2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas

las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración

Pública Nacional.

Que los señores Miguel Angel HAXHI (M.I. Nº

6.188.753), Luis Adolfo SOLER (M.I. Nº 18.053.050) y Hernando Luis SALA

(M.I. Nº 7.761.180) reúnen las exigencias de idoneidad y experiencia

necesarias para cubrir el cargo de Vocal del Consejo de Administración

del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Que la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y

RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD evaluó la idoneidad del

DOCTOR Daniel Ricardo FARIAS (M.I. Nº 13.359.774), propuesto por el

MINISTRO DE SALUD de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que el señor Eduardo Alfredo DURO (M.I. Nº

10.107.913) reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias

para cubrir el cargo de Director Ejecutivo del HOSPITAL NACIONAL

‘"PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Que los señores Lucrecia Silvia RAFFO (M.I. Nº

13.296.794); Eduardo Hernán LAZCANO (M.I. Nº 18.518.885) y Gustavo

Marcelo DI SALVO (M.I. Nº 14.835.989) reúnen las exigencias de

idoneidad y experiencia necesarias para cubrir, respectivamente, los

cargos de Director de Prestaciones Asistenciales, Director de

Administración y Finanzas, Director de Infraestructura, Equipamiento y

Servicios Generales del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Que han tomado la intervención de su competencia el

servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD y la SUBSECRETARIA

DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las

atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la

CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6º, 7º, 11 y 88 de la Ley Nº

26.198 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio

2007.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Sustitúyese del ANEXO

III al artículo 3º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus

modificatorios, —AMBITOS JURISDICCIONALES—, el Apartado XXI

correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, el que quedará redactado de

conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente

artículo.

(Nota Infoleg:Ver Decreto N° 1096/2015B.O. 18/6/2015 por el cualha quedado modificado el presente Decretoconforme la nueva estructura organizativa de primer nivel operativodel*HOSPITAL NACIONAL

"PROFESOR ALEJANDRO POSADAS"*)

Art. 2º— El HOSPITAL NACIONAL

"PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", organismo descentralizado dependiente de

la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del

MINISTERIO DE SALUD, estará conducido y administrado por un CONSEJO DE

ADMINISTRACION, que tendrá por finalidad la gestión integral de su

administración y su planificación estratégica.

Art. 3º— El CONSEJO DE ADMINISTRACION

que se crea por el artículo 2º del presente decreto, estará integrado

por CUATRO (4) vocales, los que se constituirán, como órgano colegiado,

en Autoridades Superiores del organismo, en los términos del Artículo

5º de la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2007.

Art. 4º— La Presidencia del CONSEJO

DE ADMINISTRACION será ejercida por uno de sus miembros, que será

elegido por el titular del MINISTERIO DE SALUD a propuesta del

SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS. El CONSEJO

DE ADMINISTRACION sesionará con TRES (3) de sus integrantes

correspondiéndole doble voto al Presidente en caso de paridad.

Art. 5º— El CONSEJO DE ADMINISTRACION tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

1.

Ejercer por medio de su Presidente o quien lo

sustituya, la representación legal y dirección del Hospital, ante

instituciones públicas y privadas.

2.

Administrar el Hospital y dictar las instrucciones y normas necesarias para optimizar su funcionamiento.

3.

Articular acciones coordinadas con las distintas

jurisdicciones del país, y fortalecer la integración provincial y

municipal del Hospital en su lugar de asiento.

4.

Elaborar el plan operativo anual y el plan

estratégico plurianual que implemente las políticas y estrategias de

desarrollo para el funcionamiento del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR

ALEJANDRO POSADAS" de acuerdo a los principios de equidad, eficiencia y

eficacia, conforme los lineamientos definidos en el MINISTERIO DE SALUD.

5.

Elevar una propuesta de estructura organizativa a

la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del

MINISTERIO DE SALUD.

6.

Administrar los recursos provenientes del

Presupuesto Nacional y los bienes del organismo, de acuerdo a la Ley Nº

24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del

Sector Público Nacional y reordenar los sistemas presupuestarios, de

tesorería y de contabilidad.

7.

Proyectar el presupuesto anual de gastos y el

cálculo de recursos de acuerdo con el plan operativo y sus programas de

actividades.

8.

Sin perjuicio de lo establecido por la Ley Nº

24.156 antes mencionada, deberá elevar dentro de los TREINTA (30) días

de concluido el ejercicio financiero, la memoria anual, inventario y

estados contables financieros de su gestión anterior a la SECRETARIA DE

POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

9.

Recibir y entregar bajo inventario los bienes del Hospital.

10.

Gestionar el nombramiento del personal y administrar su promoción y desempeño.

11.

Promover y gestionar la obtención de recursos y

fondos públicos y privados para el cumplimiento de los objetivos del

Hospital, aceptar herencias, legados, donaciones u otras liberalidades

de cualquier especie. Cuando éstas contuvieren cargos o condiciones

deberán someterse a la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION, Y

RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

12.

Asegurar la compatibilización de la gestión con

el régimen de Hospital Público de Gestión Descentralizada, establecido

por el Decreto Nº 939/00.

13.

Promover las relaciones institucionales del

Hospital y, en su caso, firmar convenios con organizaciones públicas o

privadas, nacionales o extranjeras, para el logro de sus objetivos.

14.

Convocar al CONSEJO CONSULTIVO.

15.

Crear Comités para el tratamiento de temas específicos.

16.

Dictar su reglamento de funcionamiento.

Art. 6º— El CONSEJO DE ADMINISTRACION estará

asistido por un Director Ejecutivo de carácter extraescalafonario, que

será designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del MINISTRO

DE SALUD y cuyas funciones serán:

1.

Ejecutar las políticas emanadas del CONSEJO DE ADMINISTRACION y coordinar las acciones de las direcciones que le dependen.

2.

Asistir al Consejo en todo lo inherente a la

prestación de los servicios asistenciales, según pautas de eficiencia,

a los efectos de asegurar su eficacia y la adecuación de su

funcionamiento a las necesidades de los pacientes y al cumplimiento de

los objetivos médicos programados;

3.

Elevar al Consejo el anteproyecto de presupuesto del Hospital para la tramitación de su aprobación;

4.

Evaluar periódicamente la ejecución presupuestaria, el plan operativo y sus programas de actividades;

5.

Proponer al Consejo las normas de funcionamiento

y las acciones técnico-administrativas necesarias para el buen

funcionamiento del Hospital;

6.

Recopilar, elaborar y analizar la información

referente a producción y rendimiento del Hospital y evaluar las

actividades de los servicios en términos de calidad y cantidad;

7.

Proponer al Consejo modificaciones a la estructura orgánica y funcional del hospital;

8.

Asistir al Consejo en la aprobación y aplicación del régimen disciplinario del establecimiento;

9.

Proponer al Consejo las designaciones,

contrataciones y demás movimientos de personal que resulten de sus

respectivos regímenes regulatorios.

10.

Asistir al Consejo en el desarrollo de planes de mantenimiento hospitalario, así como de los referentes a seguridad;

Art. 7º— Creánse las Direcciones de

primer nivel operativo, que ejecutarán las acciones de las Direcciones

Asistentes previstas en la Resolución Conjunta del ex MINISTERIO DE

SALUD y ACCION SOCIAL, ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS y ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Nº 56 de fecha 30 de

junio de 1992, que por este acto quedan sin efecto, conforme el

organigrama, responsabilidad primaria y acciones que como Anexos I y II

forman parte integrante del presente.

Los Directores de estas unidades tendrán carácter extraescalafonario.

Art. 8º— Apruébase en forma transitoria el

Organigrama de aplicación correspondiente a las aperturas inferiores a

las creadas en el artículo 7º del presente Decreto, que, como Anexo III

forma parte integrante de este Decreto.

Art. 9º— Facúltase al CONSEJO DE

ADMINISTRACION del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" a

modificar el Organigrama de aplicación correspondiente a las segundas

aperturas, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION

PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 10.— Mantiénese la vigencia de

lo dispuesto por la Resolución Conjunta del ex MINISTERIO DE SALUD Y

ACCION SOCIAL, ex MINISTERIO ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y ex

SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Nº 56 de fecha 30 de junio de 1992,

respecto del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con

excepción de lo específicamente reglado en el presente Decreto.

Art. 11.— El CONSEJO DE

ADMINISTRACION podrá constituir un CONSEJO CONSULTIVO que será

convocado cuando lo considere conveniente, a fin de solicitarle su

asesoramiento con relación a diversas cuestiones relacionadas con la

gestión del Hospital, siendo sus dictámenes no vinculantes. Los

miembros integrantes del CONSEJO CONSULTIVO desempeñarán sus funciones

con carácter ad-honorem. En el caso de tratarse de funcionarios

públicos, éstos actuarán sin perjuicio del desarrollo de las tareas

propias de sus respectivos cargos.

No podrán integrar el CONSEJO CONSULTIVO quienes

ejerzan actividades comerciales relacionadas con el Hospital,

proveedores o contratistas del Hospital o quienes por integrarlo

pudiesen encontrarse en situación de conflicto de intereses.

Art. 12.— Desígnase al Dr. Miguel

Angel HAXHI (M.I. Nº 6.188.753), al Dr. Daniel Ricardo FARIAS (M.I. Nº

13.359.774), al Dr. Luis Adolfo SOLER (M.I. Nº 18.053.050) y al Dr.

Hernando Luis SALA (M.I. Nº 7.761.180) como Vocales del Consejo de

Administración del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con

dependencia directa de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y

RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 13.— Desígnase al Dr. Eduardo

Alfredo DURO (M.I Nº 10.107.913) como Director Ejecutivo del HOSPITAL

NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", con carácter extraescalafonario,

con excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 14.— Desígnase a la Dra.

Lucrecia Silvia RAFFO (M.I. Nº 13.296.794) como Directora de

Prestaciones Asistenciales del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO

POSADAS", con carácter extraescalafonario, con excepción a lo dispuesto

por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 15.— Desígnase al Cont. P.N.

Eduardo Hernán LAZCANO (M.I. Nº 18.518.885) como Director de

Administración y Finanzas del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO

POSADAS", con carácter extraescalafonario, con excepción a lo dispuesto

por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 16.— Desígnase al Arq. Gustavo

Marcelo DI SALVO (M.I. Nº 14.835.989) como Director de Infraestructura,

Equipamiento y Servicios Generales del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR

ALEJANDRO POSADAS", con carácter extraescalafonario, con excepción a lo

dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 17.— Asígnase al HOSPITAL

NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", organismo descentralizado

dependiente del MINISTERIO DE SALUD, al nivel 2 del régimen establecido

en el Decreto Nº 1716 de fecha 15 de septiembre de 1992 y normativa

complementaria.

Art. 18.— La retribución de los

vocales del Consejo de Administración del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR

ALEJANDRO POSADAS" será equivalente al NOVENTA POR CIENTO (90%) de la

correspondiente al Presidente del CONSEJO DE ADMINISTRACION.

Art. 19.— Fíjanse, en los importes

que se indican a continuación, las retribuciones mensuales de las

Autoridades Superiores del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO

POSADAS":

CARGO

SUELDO BASICO

DEDICACION FUNCIONAL

FUNCION DIRECTIVA

RETRIBUCION TOTAL

Presidente

1475

1475

3903

6853

Vocal

1328

1328

3512

6168

Art. 20.— Las retribuciones que se fijan por

el artículo 19 del presente decreto, son las únicas que percibirán las

Autoridades Superiores del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO

POSADAS" salvo las correspondientes al Sueldo Anual Complementario; las

Asignaciones Familiares y el Complemento por Responsabilidad del Cargo

contemplado en el Decreto Nº 140 de fecha 19 de febrero de 2007.

Art. 21.— La remuneración del

Director Ejecutivo será equivalente al Nivel A, Grado 0 del SISTEMA

NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, y Nivel de Función Ejecutiva

I, aprobado por Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Art. 22.— La retribución de los

Directores de las direcciones de primer nivel operativo del HOSPITAL

NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS" será equivalente al Nivel A,

Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, y Nivel de

Función Ejecutiva II, aprobado por Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995).

Art. 23.— El gasto que demande el

cumplimiento de la presente medida será atendido con partidas

específicas del presupuesto del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO

POSADAS".

Art. 24.— Cese la intervención del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Art. 25.— Comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. —

Alberto A. Fernández. — Ginés M. González García.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

XXI - MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS

SECRETARIA DE PROGRAMAS SANITARIOS

SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PREVENCION Y PROMOCION

ANEXO I

(Anexo sustituido conforme modificación del art. 13 delDecreto N° 1096/2015B.O. 18/06/2015)

[IMG]

ANEXO II

(Anexo sustituido conforme modificación del art. 13 delDecreto N° 1096/2015B.O. 18/06/2015)

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Establecer la planificación y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

2.

Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y metas,

recomendando la corrección de los mismos cuando se produzcan desvíos.

3.

Evaluar el desarrollo de los procesos y sistemas, recomendando la actualización y/o adecuación de los circuitos en uso.

4.

Controlar el cumplimiento de los principios contables y niveles

presupuestarios de la normativa legal vigente con relación a los

ingresos y egresos.

5.

Producir informes periódicos sobre las auditorías practicadas y

comunicar a la autoridad superior y a la SINDICATURA GENERAL DE LA

NACION acerca de los desvíos que se detecten, con las recomendaciones

y/u observaciones que se formulen en cuanto a los cursos de acción a

seguir.

6.

Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Ejercer la representación legal y dirección del Hospital.

2.

Administrar el Hospital y dictar las normas necesarias para optimizar su funcionamiento.

3.

Asegurar la buena gobernanza del Hospital promoviendo la equidad de

oportunidades, la participación, el pluralismo, la transparencia, la

responsabilidad, la idoneidad funcional, el crecimiento profesional, la

eficiencia y eficacia en la gestión de los recursos y servicios, y la

legalidad.

4.

Planificar la administración de los servicios de salud a la

población mediante la asistencia médica al paciente, la red como modelo

de atención, la infraestructura y la tecnología puestos al servicio del

desarrollo y la innovación de la ciencia médica.

5.

Promover la mejora de los indicadores de salud en la zona de influencia de la institución médica.

6.

Desarrollar acciones que favorezcan la accesibilidad de la ciudadanía al servicio de salud, en el ámbito de su competencia.

7.

Asegurar la asistencia al paciente con calidad, precisión y celeridad.

8.

Propiciar el desarrollo de una cultura de servicio público y

garantía de derechos del ciudadano para acceder a la atención de la

salud, de manera integral, equitativa e igualitaria, en el ámbito de su

competencia.

9.

Mejorar progresivamente los servicios del Hospital a partir del cumplimiento de normas de calidad.

10.

Impulsar y vigorizar las actividades docentes y de investigación.

11.

Aprobar el plan operativo anual y el plan estratégico plurianual

que implemente las políticas y estrategias de desarrollo para el

funcionamiento del Hospital, conforme los lineamientos definidos por el

MINISTERIO DE SALUD.

12.

Asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en los procesos y servicios que brinda el Hospital.

13.

Articular acciones coordinadas con las distintas jurisdicciones del

país, y fortalecer la integración provincial y municipal del Hospital

en su lugar de asiento.

14.

Establecer las políticas y la aplicación de las normas que regulan

al personal, su carrera administrativa, su desarrollo, las relaciones

laborales y la planificación y diseño organizacional.

15.

Proyectar el presupuesto anual de gastos y el cálculo de recursos

de acuerdo con el plan operativo y sus programas de actividades.

16.

Promover y gestionar la obtención de recursos y fondos para el

cumplimiento de los objetivos del Hospital, aceptar herencias, legados,

donaciones u otras liberalidades de cualquier especie.

17.

Efectuar las designaciones, contrataciones y demás movimientos de personal del Hospital.

18.

Asegurar la compatibilización de la gestión con el régimen de

Hospital Público de Gestión Descentralizada, establecido por el Decreto

N° 939/00.

19.

Promover las relaciones institucionales del Hospital y, en su caso,

firmar convenios con organizaciones públicas o privadas, nacionales o

extranjeras, para el logro de sus objetivos.

20.

Convocar al CONSEJO CONSULTIVO en los términos del artículo 10 del presente.

21.

Crear Comités Hospitalarios, para el tratamiento de temas específicos.

22.

Dictar su reglamento de funcionamiento.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA MÉDICA

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2.

Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3.

Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos

profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora

continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4.

Asistir al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO en la planificación y gestión

de la atención médica integral, equitativa e igualitaria de los

pacientes que demanden asistencia en el establecimiento.

5.

Gestionar la atención médica clínica, quirúrgica y especializada de

pacientes que demanden asistencia en el establecimiento, mediante

acciones integrales oportunas, brindadas con sentido de equipo de salud

en todos los ámbitos y modalidades asistenciales vigentes en el

Hospital.

6.

Asegurar la prestación de servicios de salud con calidad, precisión

y celeridad a fin de satisfacer las expectativas del paciente, la de

sus familiares y las del equipo de salud que lo asiste en el

establecimiento.

7.

Planificar, organizar y dirigir las acciones de promoción,

recuperación y rehabilitación de la salud, así como la de prevención de

enfermedades a cargo del personal que ejerce la profesión de enfermería

en el Hospital.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE REDES DE SALUD:

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2.

Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3.

Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos

profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora

continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4.

Asistir al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO en la articulación con

organismos e instituciones y los distintos actores con los que se

relaciona el Hospital, promoviendo el acceso a la atención integral de

sus pacientes.

5.

Garantizar la atención de calidad y el buen trato para el paciente y su familia.

6.

Gestionar la integración de redes de servicios de salud con otros

establecimientos asistenciales públicos y/o privados debidamente

habilitados, en el ámbito de su competencia.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES:

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Coordinar la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas de relaciones institucionales del Organismo.

2.

Promover el intercambio institucional, médico y docente, y la

generación de posibles convenios de cooperación con instituciones del

ámbito nacional e internacional.

3.

Instrumentar un informe anual de gestión del Hospital para consideración del DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO.

4.

Coordinar el funcionamiento del área de atención al paciente, derivando los reclamos pertinentes a sus respectivas áreas.

5.

Elaborar los informes y presentaciones que requiera el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO.

6.

Impulsar la difusión de las metas y actividades del Hospital

procurando establecer vínculos con otras instituciones fortaleciendo el

intercambio médico e institucional.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2.

Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3.

Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos

profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora

continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4.

Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO la propuesta de planificación

estratégica y operativa en materia de infraestructura hospitalaria e

innovación tecnológica médica.

5.

Fortalecer las condiciones de confort y seguridad en el establecimiento.

6.

Proponer e implementar nuevas tecnologías de gestión hospitalaria.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS HOSPITALARIOS

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2.

Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO, en el ámbito de su competencia.

3.

Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos

profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora

continua de las tareas de las unidades organizativas que le dependen.

4.

Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO la propuesta de planificación

estratégica y operativa en materia de servicios generales hospitalarios

del establecimiento.

5.

Gestionar las áreas encargadas de proveer los servicios de higiene y alimentación del Hospital.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Proponer la planificación estratégica de sus áreas de competencia.

2.

Ejecutar las políticas aprobadas por el DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO en el ámbito de su competencia.

3.

Proponer al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO las normas de procedimientos

profesionales, técnicos y administrativos necesarios para la mejora

continua de los procesos de las unidades organizativas que le dependen.

4.

Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO el anteproyecto de presupuesto del Hospital para la tramitación de su aprobación.

5.

Supervisar los procesos administrativos para el abastecimiento del Hospital.

6.

Evaluar periódicamente la ejecución presupuestaria, el plan operativo y los programas de actividades del Hospital.

7.

Administrar los recursos económico-financieros del Hospital conforme a los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

8.

Elevar al DIRECTOR NACIONAL EJECUTIVO la memoria anual, inventario y estados contables financieros de su gestión.

HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”

DIRECCIÓN NACIONAL EJECUTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

MISIONES Y FUNCIONES:

1.

Proponer la planificación estratégica de los recursos humanos del Hospital.

2.

Gestionar las relaciones laborales y sindicales del Hospital.

3.

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan

al personal del Hospital, su carrera administrativa, su desarrollo, y

la planificación y diseño organizacional.

4.

Entender, intervenir y proponer las modificaciones a la estructura

orgánica y funcional del Hospital, diseño de perfiles y procesos.

5.

Entender en las políticas de ingreso y selección de personal, sus

designaciones, contrataciones y demás movimientos de personal del

Hospital.

6.

Planificar y promover la permanente actualización y formación del personal especializado que se desempeña en el Hospital.

7.

Planificar capacitaciones, perfeccionamientos y actualizaciones para el personal del Hospital.

ANEXO III

CONSEJO DE ADMINISTRACION

Departamento Coordinación e Investigación

(ex Coordinación de Docencia e Investigación)

División Secretaría General

DIRECCION EJECUTIVA

Departamento Legal

(ex Asesoría Legal)

Departamento de Personal

Departamento sistemas de información

(ex Departamento de Estadísticas)

Coordinación de Docencia e Inv. Bioética

Departamento de Articulación en redes

(ex Area Programática)

Departamento de Enfermería

Dirección de Infraestructura, Equipamiento y Servicios Generales

(Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales)

(ex División de Termoelectromecánica)

Sección de Gases Medicinales (Sección incorporada por art. 1° de laResolución N° 252/2012delCONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADASB.O. 23/3/2012 dependiente de la División Termoelectromecánica)

Departamento de Alimentación

Dirección de Administración y Finanzas

(ex Dirección Asistente Administrativo Contable)

Departamento de Contaduría

Departamento de Contrataciones

Departamento de Liquidación de Sueldos

División Liquidación de Sueldos

Departamento de Recuperación de Costos

(ex Departamento de Facturación)

Departamento de Patrimonio

Departamento de Suministros

Departamento de Tesorería

Caja

División Despacho

Dirección de Prestaciones Asistenciales

(ex Dirección de Atención Médica)

Departamento Clínico

Inmunología

Neumonología

Reumatología

Infectología

Hemodinamia

Nutrición

Digestivo

Vías Biliares

Fonoaudiología

Kinesiología

Diálisis

-Coordinación de la Unidad de Gestión de Internación(Coordinación incorporada por art. 1° de la Resolución N° 976/2013 delCONSEJO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS B.O. 24/6/2013dependiente de la Dirección de Prestaciones Asistenciales)

Adolescencia

Embarazo Normal

Embarazo de Alto Riesgo

Cardiología Infantil

Cirugía Infantil

Crecimiento y Desarrollo

Gastroenterología Infantil y Nutrición

Hemato - Oncología Pediátrica

Neumonología Infantil

Terapia Intensiva Pediátrica

Departamento Quirúrgico

Dolor y Ambulatorio

Aparato Digestivo y Paredes

Cabeza y Cuello

Cirugía Plástica

Cirugía Vascular

Proctología

Kinesiología

Fecundidad

Patología Cervical

Patología Mamaria

Odontología Adultos

Odontología Infantil

Artroplastía

Esterilidad

Coordinación de Consultorios Externos

Coordinación de Cuidados Intensivos

Terapia Intensiva de Adultos

Unidad Coronaria

Coordinación de Emergencias

Urgencias

Departamento de Diagnóstico y Tratamiento

(ex Dirección Asistente de Servicios Centralizados)

Citología

Morgue

Patología

Genética

Electrodiagnóstico

Electroencefalografía

Funcional Respiratorio

Bioquímica Bacteriológica

Bioquímica Clínica

Bioquímica de Emergencia

Bioquímica Estudios Especiales

Bioquímica Hematológica

Toxicomanías y Farmacovigilancia

Alta Complejidad

Emergencias

Estudios Especiales

Radiología General

Radiología Pediátrica

Departamento de Servicio Social

Coordinación del Centro Quirúrgico

Departamento Coordinación de Atención al Paciente

(ex Dto. Coordinación Atención Domiciliaria)

Servicio Farmacia

Servicio de Esterilización y Central de Materiales

CARGO SUELDO BASICO DEDICACION FUNCIONAL FUNCION DIRECTIVA RETRIBUCION TOTAL
Presidente 1475 1475 3903 6853
Vocal 1328 1328 3512 6168

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