MINISTERIO DE SALUD

Rango Decreto
Publicación 2012-08-16
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1439/2012

Designaciones en la Secretaría de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias.

Bs. As., 15/8/2012

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el

Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728 y distribuido por la

Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, los Decretos

Nros. 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, y 491 de

fecha 12 de marzo de 2002, y el expediente Nº 2002-3700/12-9 del

registro del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que las estrategias de intervención del MINISTERIO DE SALUD en todo el

ámbito del país se han orientado, entre otras, a integrar las políticas

de salud a través del abordaje territorial, la articulación

interjurisdiccional de las actividades en dicha materia, la masividad

de las prestaciones, y la planificación y concepción de la política de

salud desde el enfoque de la promoción como cursos de acción para

modificar el conjunto de los determinantes de la salud.

Que en este orden de ideas, deviene necesario la generación de los

mecanismos que actúen como punto de partida del sistema de salud,

haciendo que las acciones de promoción de la salud y prevención de la

enfermedad entren en escena en donde la sociedad desarrolla su vida

diaria, favoreciendo el acceso a la información y al cuidado de la

salud a toda la población.

Que a esos fines y ante la necesidad de desarrollar acciones directas

de Abordaje Sanitario Territorial a los efectos de coadyuvar al sistema

de Salud Pública en todo el Territorio Nacional, resulta imprescindible

contar con una estructura de gestión eficaz y eficiente.

Que, para el logro del desarrollo de dichas acciones, resulta necesario

también articular la acción de los Equipos de Salud Comunitaria en el

espacio de los Centros Integradores Comunitarios - (CIC’s - SALUD),

para lo cual se propicia, la creación de los Centros Articuladores de

Acciones en Salud, que tendrán su respectiva base operativa en todo el

Territorio Nacional, posibilitando las tareas de articulación entre las

jurisdicciones Nacional, Provincial y Municipal.

Que dichos Centros Articuladores de Acciones en Salud tendrán entre sus

funciones prioritarias: a) articular los Planes y Programas del

MINISTERIO DE SALUD con la gestión Municipal, teniendo en cuenta los

Planes y Programas Provinciales, y con el trabajo de los Equipos de

Salud Comunitaria; b) promover y facilitar acciones en el territorio,

acompañando y monitoreando la tarea de los Equipos de Salud

Comunitaria, c) supervisar la gestión de los CIC’s - SALUD; d)

establecer vínculo con el referente provincial y el local designado al

efecto por la autoridad competente, para la gestión integrada e

integral de las políticas públicas a efectos de garantizar la llegada

de programas e insumos al territorio.

Que para materializar el logro de los objetivos emergentes de las

funciones detalladas, es necesario contar con una autoridad que, en

carácter de Coordinador, represente a la Nación en el ámbito Regional

en donde se desarrollen las actividades de los Centros Articuladores de

Acciones en Salud, encontrándose en estudio la aprobación de la

estructura administrativa que contemple en forma orgánica las acciones

descriptas y las posiciones para quienes cumplan con su ejecución

dentro de las distintas jurisdicciones provinciales.

Que, sin perjuicio de ello, resulta necesario comenzar por una prueba

que abarque un territorio específico, para lo cual el MINISTERIO DE

SALUD propone designar un Coordinador Regional Patagonia Sur, con sede

en la Ciudad de Río Gallegos y un Coordinador Regional Patagonia Norte,

con asiento en la Ciudad de Caleta Olivia, a los fines de posibilitar

la articulación de las acciones territoriales de los programas

sanitarios que dependen de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y

RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de poder

coordinarlos —además— con las acciones encomendadas por el MINISTERIO

DE DESARROLLO SOCIAL, a través de la implementación de sus propios

planes y programas específicos.

Que como quedara precedentemente expresado, la estructura organizativa

del MINISTERIO DE SALUD, aprobada para su primer nivel operativo por el

Artículo 3° del Decreto Nº 1343/07 y sus modificatorios, no contempla

unidad organizativa alguna que tenga formalmente asignadas las acciones

y funciones precedentemente descriptas, las que resulta imprescindible

cubrir, razón por la cual tampoco se cuenta con cargos de nivel

jerárquico acorde a la complejidad y relevancia de las tareas que

deberá conducir quien asuma la responsabilidad del cumplimiento y

ejecución de las mismas.

Que en consecuencia y a efectos de posibilitar la incorporación de DOS

(2) profesionales que cumplan el rol de Coordinadores Regionales para

las zonas geográficas detalladas, resulta necesaria la inclusión en el

ámbito de la citada Secretaría de DOS (2) cargos de carácter

extraescalafonario que permitan la designación de los mismos en dicha

función.

Que dichos cargos, dado el nivel de autonomía y responsabilidad de las

tareas que tendrán asignadas sus titulares, deberá contar con una

retribución mensual equivalente a la de Nivel B, Grado 0, con Función

Ejecutiva Nivel III del régimen escalafonario instituido por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema

Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que, conforme con lo expuesto resulta procedente adoptar los recaudos

que posibiliten la inclusión de dichos cargos al presupuesto de la

Jurisdicción, en el ámbito de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA

SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

Que a esos efectos se hace imprescindible incorporar a la distribución

de cargos del presupuesto de la JURISDICCION 80 - MINISTERIO DE SALUD

los aludidos cargos, propiciando una compensación en virtud de lo

establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 26.728.

Que el artículo 7° de dicha Ley dispuso el congelamiento de los cargos

vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en

las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los

que queden vacantes, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de

Ministros o del Poder Ejecutivo Nacional, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 10 de la misma ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que los Dres. Luis Hernán MARTINEZ CRESPO (DNI Nº 11.614.187) y Héctor

Rolando NERVI (DNI Nº 25.602.381) reúnen las condiciones de idoneidad,

experiencia y capacitación que los habilitan para el desempeño de las

tareas que le serán encomendadas.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL

DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD y la SECRETARIA DE

GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los

artículos 6°, 7° y 10 de la Ley Nº 26.728, y en los términos del

artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la

distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION

NACIONAL —RECURSOS HUMANOS—, en la parte correspondiente a la

Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Servicio Administrativo

Financiero 310, para el ejercicio financiero 2012, de acuerdo con el

detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo, que forma

parte integrante de la presente medida.

Art. 2° — Créanse, con

dependencia directa de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y

RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, para el ámbito de la

PROVINCIA DE SANTA CRUZ, los cargos de carácter extraescalafonario de

Coordinador Regional Patagonia Sur y de Coordinador Regional Patagonia

Norte del Centro Articulador de Acciones en Salud, con asiento en las

Ciudades de Río Gallegos y de Caleta Olivia, respectivamente, ambos con

una retribución mensual equivalente a la de Nivel B, Grado 0, con

Función Ejecutiva Nivel III, del régimen escalafonario instituido por

el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema

Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº

2098/08, cuyas funciones serán las de articular las acciones

territoriales de los Planes y Programas del MINISTERIO DE SALUD que

dependan de dicha Secretaría con la gestión Municipal, teniendo en

cuenta los Planes y Programas Provinciales, y con el trabajo de los

Equipos de Salud Comunitaria, con el objeto de poder coordinarlos

—además— con las acciones encomendadas por el MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL, a través de la implementación de sus planes y programas

específicos.

Art. 3° — Desígnase, al Doctor

Héctor Rolando NERVI (DNI Nº 25.602.381), en el cargo

extraescalafonario de Coordinador Regional Patagonia Sur con asiento en

la Ciudad de Río Gallegos de la Provincia de Santa Cruz con una

retribución mensual equivalente a la de Nivel B, Grado 0, con Función

Ejecutiva Nivel III, del régimen escalafonario instituido por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema

Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº

2098/08, con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley Nº 26.728,

quien cumplirá las funciones detalladas en el artículo precedente.

Art. 4° — Desígnase, al Doctor

Luis Hernán MARTINEZ CRESPO (DNI Nº 11.614.187) en el cargo

extraescalafonario de Coordinador Regional Patagonia Norte con asiento

en la Ciudad de Caleta Olivia de la Provincia de Santa Cruz con una

retribución mensual equivalente a la de Nivel B, Grado 0, con Función

Ejecutiva Nivel III, del régimen escalafonario instituido por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema

Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº

2098/08, con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley Nº 26.728,

quien cumplirá las funciones detalladas en el artículo 2° del presente.

Art. 5° — El gasto que demande

el cumplimiento la presente medida será atendido con cargo a las

partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente

ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 6° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Juan L.

Manzur.

PRESUPUESTO 2012

MODIFICACIONES

PRESUPUESTARIAS - CARGOS

Administración Central

Jurisdicción

Sub-Jurisdicción

Programa

Sub-Programa

Proyecto

Unidad Ejecutora

Actividad

: 80 MINISTERIO DE SALUD

: 00 MINISTERIO DE SALUD

: 01 Actividades Centrales

: 00

: 00

: Unidad Ministro del

Ministerio de Salud

: 01 Formulación y

Conducción de la Política Sectorial

Cargo o Categoría

Cantidad de

CARGOS

Hs. DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

Coordinador Regional

Patagonia Norte del Centro

Articulador de Acciones en

Salud

Coordinador Regional

Patagonia Sur del Centro

Articulador de Acciones en

Salud

Subtotal Escalafón

PERSONAL DEL SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP)

C

Subtotal Escalafón

TOTAL ACTIVIDAD

TOTAL PROGRAMA

1

1

2

-2

-2

0

0

| MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS - CARGOS | | | --- | --- | | Administración Central Jurisdicción Sub-Jurisdicción Programa Sub-Programa Proyecto Unidad Ejecutora Actividad | : 80 MINISTERIO DE SALUD : 00 MINISTERIO DE SALUD : 01 Actividades Centrales : 00 : 00 : Unidad Ministro del Ministerio de Salud : 01 Formulación y Conducción de la Política Sectorial |

Cargo o Categoría Cantidad de
CARGOS Hs. DE CATEDRA
PERSONAL PERMANENTE

FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL

Coordinador Regional Patagonia Norte del Centro Articulador de Acciones en Salud Coordinador Regional Patagonia Sur del Centro Articulador de Acciones en Salud

Subtotal Escalafón

PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)

C

Subtotal Escalafón

TOTAL ACTIVIDAD

TOTAL PROGRAMA | 1

1

2

-2

-2

0

0 | |

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