MINISTERIO DE DEFENSA
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1714/2009
Apruébase la Directiva de Política de Defensa Nacional.
Bs. As., 10/11/2009
VISTO lo dispuesto por la Ley de Defensa Nacional Nº
23.554, la Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas Nº 24.948, la
Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, el Decreto Reglamentario Nº 727 del 12 de junio de
2006, la "Directiva sobre Organización y Funcionamiento de las Fuerzas
Armadas" aprobada por el Decreto Nº 1691 del 22 de noviembre de 2006,
el "Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional" aprobado por el
Decreto Nº 1729 del 27 de noviembre de 2007, la Doctrina Conjunta
vigente, y
CONSIDERANDO:
Que la Defensa Nacional es una obligación esencial e
indelegable del Estado, donde deben coincidir todos los esfuerzos
necesarios para preservar los intereses vitales de la República.
Que la legislación vigente, particularmente la Ley
de Defensa Nacional Nº 23.554 y la Ley de Reestructuración de las
Fuerzas Armadas Nº 24.948, establece lineamientos y prioridades
generales en la materia.
Que es política de estado ejercer la plena
conducción política de los asuntos de la Defensa Nacional, impartiendo
directivas políticas claras que establezcan rigurosamente los criterios
y lineamientos a los que deberá ajustarse la Política de Defensa, la
Política Militar y, consecuentemente, la organización y el
funcionamiento de las Fuerzas Armadas.
Que es voluntad política explicitar los principales
lineamientos de la Política de Defensa Nacional; en particular la
concepción y el posicionamiento estratégico que, en materia de Defensa,
seguirá orientando y conduciendo las cuestiones de la Defensa Nacional.
Que en el impostergable proceso de modernización del
Sistema de Defensa Nacional y del Instrumento Militar puesto en marcha,
el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional es uno de los
componentes más trascendentes a tales efectos, puesto que en el mismo
se identifican y determinan las instrucciones rectoras de la Política
de Defensa, de la Política Militar y de todos los subsistemas del
Instrumento Militar, a saber, recursos humanos, infraestructura,
logística, material, formación, adiestramiento, organización,
información y doctrina.
Que este Planeamiento de la Defensa Nacional
comienza en el más alto nivel de conducción política del Estado a
través de una Directiva de Política de Defensa Nacional, impartida por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que esta Directiva de Política de Defensa Nacional
es el documento del más alto nivel de Planeamiento, del que se derivan
los principales lineamientos de la Política de Defensa y de la Política
Militar y, consecuentemente, el Planeamiento Militar Conjunto que será
el encargado del diseño del Instrumento Militar de la Nación.
Que, en función de algunas de las temáticas
abordadas en esta Directiva de Política de Defensa Nacional, el
MINISTERIO DE DEFENSA ha realizado la consulta pertinente con el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las
atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 2) y 12), de la
CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º— Apruébase la "Directiva de Política de Defensa Nacional" que, como Anexo I, forma parte del presente.
Art. 2º— Comuníquese, publíquese,
dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —
FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Jorge E. Taiana. —
Nilda C. Garré.
(Nota Infoleg: por art. 1° y 2° delDecreto N° 2645/2014*B.O. 19/1/2015 se aprueba la
actualización de la “Directiva de Política de Defensa Nacional” (DPDN). Las apreciaciones e
instrucciones contenidas en la mencionada Directiva constituyen la
actualización y revisten el carácter de complementarias de las
dispuestas por el presente Decreto)*
ANEXO I
CAPITULO I
Diagnóstico y Apreciación del Escenario de Defensa Global y Regional:
En orden a una aproximación contextual en el
marco de la cual se inserta la REPUBLICA ARGENTINA y su sistema y
política de defensa nacional, a continuación se describe y analiza,
desde el enfoque sectorial y específico de la defensa, el escenario
mundial y regional, a los fines de identificar situaciones, tendencias,
riesgos y desafíos que deben ser necesariamente ponderados a los
efectos de la adecuada formulación y permanente actualización de la
Política de Defensa de la Nación.
En la actualidad se asiste a una creciente
complejidad de las cuestiones de seguridad internacional, en cuyo
contexto se inscriben los asuntos de la defensa nacional,
caracterizados éstos por, entre otros tópicos, los protagonismos
ascendentes de actores de naturaleza no estatal e incluso no nacional,
la emergencia de realidades elusivas para los estados nacionales, la
ausencia de consensos genuinos, inclusivos y colectivos en cuestiones
claves de los diferentes regímenes de seguridad (por ejemplo, la no
proliferación de armas de destrucción masiva), la coexistencia e
interacción entre principios, prácticas y acciones multilaterales, de
consenso, cooperativas y en consonancia con el derecho internacional
por una parte y, por otra, los despliegues de políticas de poder y
conductas unilaterales no respetuosas del derecho internacional.
También se debe contemplar la irrupción de enfoques
sobre la naturaleza "multidimensional" del concepto de seguridad o las
irresueltas tensiones generadas entre los deberes y principios de la
comunidad internacional (por ejemplo: el deber de custodia de los
derechos humanos y el deber de respeto por el principio de soberanía y
no intervención en los asuntos internos de los Estados).
El escenario global en materia de defensa y
seguridad internacional presenta, entre otras importantes
características, una marcada asimetría interestatal respecto de las
capacidades militares de las naciones que componen el sistema
internacional.
En términos estrictamente militares, sólo los
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, detenta una supremacía indiscutible,
caracterizada por, entre otros elementos, un gasto de defensa que
equivale a más de la mitad del total mundial, un liderazgo
incuestionable en lo que ha dado en llamarse la "Revolución de los
Asuntos Militares", una presencia militar a escala mundial —más de
CIENTO VEINTE (120) bases de diversa magnitud en todo el mundo,
situadas selectivamente en áreas y zonas estratégicas clave desde el
punto de vista de sus intereses vitales— y una efectiva capacidad para
proyectar globalmente recursos militares y sostener simultáneamente DOS
(2) o más operaciones militares de envergadura en diferentes regiones
del orbe. En atención a este aspecto, se debe reseñar que,
consecuentemente, la agenda y el escenario internacional en materia de
defensa y seguridad internacional se encuentran manifiestamente
condicionados por las conductas y las políticas desplegadas por dicha
nación.
Asimismo, cabe subrayar la existencia de áreas y de
regiones claramente diferenciadas en función de sus particulares,
distintas y específicas realidades de defensa y seguridad
internacional. En efecto, en algunas de ellas, los factores y variables
que configuran y caracterizan las realidades en la materia pasan por
rivalidades, conflictos y enfrentamientos interestatales en desarrollo
o altamente probables, la vigencia de concepciones militares ofensivas,
la puesta en ejecución de doctrinas de "ataques preventivos" y
relaciones signadas predominantemente por el balance de poder, altas
probabilidades de resolución militar de diferendos, esfuerzos por el
mantenimiento o la obtención de significativas cantidades de armas
convencionales o de exterminio masivo o claros intervencionismos y
políticas de poder desplegadas por potencias regionales y
extrarregionales, como es el caso extremo de regiones del Medio Oriente
o la del Sudeste Asiático.
En otras regiones del planeta, en cambio, como es el
caso del ámbito sudamericano más inmediato a la REPUBLICA ARGENTINA, la
realidad en la materia se encuentra caracterizada por la escasa
posibilidad de conflictos interestatales con derivaciones militares, el
generalizado apoyo a las iniciativas de establecimiento de la región
como una "zona de paz", el compromiso extendido a los esquemas de
seguridad colectiva regional y mundial o el constatado incremento de
medidas de confianza mutua y cooperación militar tanto bilaterales como
multilaterales.
Cabe destacar que, desde la perspectiva de la
Defensa Nacional, debe ponderarse una realidad que se registra a nivel
global y se reproduce también a nivel regional, que es, la de la
persistencia de diferendos interestatales irresueltos en materia de
soberanía territorial, así como el mantenimiento de enclaves coloniales
en diversas partes del mundo (por ejemplo, para el caso argentino, las
ISLAS MALVINAS), como también la existencia de grandes espacios
territoriales efectiva y potencialmente provechosos en materia de
recursos naturales, que serán objeto de reclamaciones soberanas en un
futuro inmediato y que podrían derivar en la asignación de nuevos
ámbitos espaciales que deberán, necesariamente, ser objeto del
ejercicio efectivo de actos soberanos por parte de los Estados
Nacionales.
Respecto del estado del sistema internacional en lo
que específicamente se refiere a las cuestiones de paz y de seguridad
internacional, cabe señalar que luego de más de una década inédita en
lo que se refiere al auspicioso protagonismo desplegado por las
Naciones Unidas y a las expectativas generadas con motivo de ello, se
han registrado en años recientes importantes retrocesos para el sistema
multilateral materializado en la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS
(ONU). En efecto, en los últimos años se asistió a la regresión y al
deterioro del sistema multilateral y del orden normativo internacional,
con un avance de las políticas unilaterales y de poder, en desmedro de
las políticas multilaterales y de consenso.
Sumadas a las cuestiones de naturaleza
fundamentalmente interestatal, propias de una perspectiva de seguridad
internacional tradicional, en donde pesan de manera preponderante la
perspectiva diplomática y militar, se registran de manera creciente
nuevos fenómenos, procesos y actores que inciden en la agenda de
seguridad internacional y se instalan como desafíos a la seguridad,
entendida ésta de manera integral.
Estas situaciones y problemáticas protagonizadas por
actores que no necesariamente son estatales —sino, preferentemente, de
naturaleza más bien transnacional y/o intranacional— requieren
abordajes y formas de resolución que no pasan de manera exclusiva a
través del empleo de fuerzas armadas: las mismas, eventualmente, se
constituyen en elementos de apoyo para gestiones estatales más
integrales.
Se trata de desafíos que no se ajustan a los
patrones tradicionales de abordaje, resolución y tratamiento en materia
de seguridad internacional y defensa, como efectivamente fue regla
hasta hace poco más de dos décadas atrás; a saber aquellas situaciones
de conflicto y/o enfrentamiento interestatales o intermésticos
derivadas de crisis alimentarias, competencias por recursos escasos o
riquezas naturales, confrontaciones étnicas, religiosas y/o raciales o
del desarrollo transfronterizo de actividades criminales tales como el
terrorismo, narcotráfico, tráfico de personas, tráfico de armas
pequeñas, convencionales y de destrucción masiva, entre otros.
Asimismo, no pueden dejar de contemplarse y
ponderarse un conjunto de circunstancias y acontecimientos que, con
diferentes alcances y desde distintas perspectivas, pueden contribuir a
generar situaciones de características tales que demanden y/o requieran
de los estados nacionales la necesidad de disponer de elementos
militares para contribuir en su gestión y contención, tales como
catástrofes naturales y/o situaciones de emergencias humanitarias
provocadas por causas diversas. Estas circunstancias, pueden significar
el empleo de las Fuerzas Armadas en un amplio espectro de actividades
operacionales, sea como tales, o bien, en función de las actividades
subsidiarias que éstas desempeñan al servicio y requerimiento del
Estado.
En este sentido, como una de las materializaciones
posibles de lo precedentemente afirmado, cabe señalar que en los
últimos años se ha registrado a nivel mundial una intensa cooperación
entre fuerzas armadas tendiente a la superación de emergencias
humanitarias y desastres naturales. Como ejemplo de ello, puede
destacarse el caso de la propia REPUBLICA ARGENTINA que, durante el año
2007, contribuyó a través de un empleo intensivo y sostenido de sus
Fuerzas Armadas en apoyo a situaciones de catástrofes humanitarias de
gran magnitud en diversos países de la región, particularmente, en las
ocurridas en las hermanas REPUBLICAS de BOLIVIA, del PERU y del
ECUADOR, con recursos que involucraron a más de CUATROCIENTOS (400)
hombres, helicópteros, aviones de transporte mediano y pesado, lanchas
y plantas potabilizadoras. Estas acciones se desplegaron al margen de
las operaciones de mantenimiento de paz y de observación militar que
cumplen las Fuerzas Armadas por disposición del PODER EJECUTIVO
NACIONAL en el marco del compromiso de la Nación con la ORGANIZACION DE
LAS NACIONES UNIDAS y haciendo uso de capacidades específicas
disponibles en las Fuerzas Armadas propias para el cumplimento de sus
funciones.
El Escenario Regional en Materia de Defensa:
El escenario sudamericano en materia de defensa
experimentó en el transcurso de los últimos VEINTICINCO (25) años
trascendentes transformaciones, la mayoría de las cuales estuvieron
directamente relacionadas con la desaparición del orden internacional
propio de la Guerra Fría (1947-1991), aunque otros cambios de
sustancial importancia en el presente, en especial desde la perspectiva
de la defensa, se originaron, apoyaron o respondieron a dinámicas que
poca relación tuvieron con el fin del ciclo bipolar y sí estuvieron
relacionadas con procesos políticos y económicos iniciados durante la
primera mitad de los años ‘80, tales como la restauración democrática
generalizada y el incremento de la interacción económica, comercial,
productiva y de infraestructura y comunicaciones.
El despliegue de estos factores enmarcó, posibilitó
y/o promovió, en términos de un proceso sinérgico, una generalizada
dinámica de distensión, diálogo, cooperación, concertación e
integración entre los estados de la región, particularmente entre las
naciones de la subregión del cono sur, geografía ésta donde se han
registrado de manera mucho más profunda los positivos avances de estos
cambios en las últimas DOS (2) décadas.
Se registró, así, un encadenamiento entre los
procesos anteriormente mencionados y la progresiva disminución de las
percepciones de amenazas y competencias estratégicas y militares
mutuas, matriz que caracterizó la relación entre estos países durante
prácticamente la totalidad del siglo XX. De hecho, esta nueva dinámica
abrió paso al inicio de procesos de establecimiento de medidas de
confianza mutua y a una interacción y cooperación en materia militar
que no encuentra precedente desde la configuración de los estados
nacionales en el siglo XIX. Estas nuevas interacciones se consolidaron
especialmente en el ámbito subregional del cono Sur, entre las
REPUBLICAS de ARGENTINA, de CHILE y FEDERATIVA DEL BRASIL.
En efecto, el actual escenario de defensa y
seguridad regional, en especial en la subregión sudamericana del cono
Sur, se caracteriza por un conjunto de situaciones y tendencias, que
entre las más relevantes, registra a las siguientes:
El generalizado compromiso con los esfuerzos y
los intentos tendientes a la preservación del status regional de zona
libre de armas nucleares, químicas y biológicas, consagrado a través de
múltiples declaraciones regionales, tratados y resoluciones de la
ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA), como así también respetuosa
del derecho internacional y de los principios de solución pacífica de
controversias, al tiempo que se constata y reafirma en ella la
existencia extendida de políticas de defensa orientadas por el
principio de legítima defensa y de concepciones y "actitudes
estratégicas" de carácter defensivas.
El afianzamiento de las alternativas de carácter
diplomático y de concertación para la resolución pacífica y negociada
de los diferendos y conflictividades interestatales, con explícita
renuncia a las alternativas de resolución militar de los mismos.
El incremento y sostenimiento de medidas de
cooperación y de fomento de la confianza y la seguridad tanto
bilaterales cuanto multilaterales (tanto de nivel político como
militar), entre las que se cuentan, por ejemplo, las iniciativas de
transparencia en los gastos militares (a través de los mecanismos
multilaterales sobre Información en materia de Gastos Militares y de
Transferencias de Armas Convencionales, sistema estandarizado de la
ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) y Registro de Armas
Convencionales, respectivamente), ejercicios combinados entre las
diversas Fuerzas Armadas de la región o iniciativas para instrumentar
institucionalmente el diálogo y la concertación política en materia de
defensa. En este contexto se debe inscribir el reciente establecimiento
de la fuerza conjunta y combinada "Cruz del Sur" para operaciones de
mantenimiento de la paz entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE
CHILE.
Un compromiso generalizado con los esquemas de
seguridad colectiva global y regional (la región aporta casi el DIEZ
POR CIENTO (10%) del personal de operaciones de paz de la ORGANIZACIÓN
DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) desplegados a nivel mundial) y una
tendencia hacia un sostenimiento del compromiso futuro en el ámbito
regional-continental, de lo cual la REPUBLICA DE HAITI es el ejemplo
inmediato, al margen de la colaboración que la mayoría de los estados
regionales realiza, como se mencionara precedentemente, con los
despliegues de la ONU registrados en casi toda la geografía del orbe.
En este sentido se debe destacar que la mayor parte
de los países de la región y en particular aquellos localizados en la
cercanía geográfica de la REPUBLICA ARGENTINA, como la REPUBLICA DE
CHILE, la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y la REPUBLICA ORIENTAL DEL
URUGUAY, han desarrollado organizaciones específicas para la formación
y capacitación del personal para operaciones de paz.
La existencia de bajos niveles de gasto en
materia de defensa, enfocado ello desde un punto de vista comparativo
con otras geografías del mundo. Más allá de algunos casos puntuales de
modernización de equipamiento y adquisición de nuevos sistemas de
armas, cabe señalar que, los presupuestos de defensa, en la casi
mayoría de los estados regionales, se encuentran destinados en buena
medida al rubro personal. Respecto de las adquisiciones señaladas, las
mismas se refieren centralmente a la sustitución y actualización de
sistemas de armas y equipamiento militar, y esto, a su vez, se efectúa
en el marco de un contexto estratégico signado por el diálogo y que no
responde a situaciones de competencias ni de balance de poder.
Asimismo, no debe dejar de destacarse, la
existencia de una diferenciación creciente a nivel sudamericano de dos
realidades subregionales signadas por distintas dinámicas en materia de
defensa y de seguridad internacional, más allá de la relativa
"homogeneidad" general de las situaciones y desafíos que se presentan a
la región Sudamericana en su conjunto.
En efecto, definidas más que por su ubicación
geográfica, por la similitud de sus características y procesos, se
diferencian, por un lado, una subregión Andina y, por otro, una
subregión del Cono Sur. En términos generales, puede afirmarse que en
varias de las naciones de la subregión Andina se registran dinámicas y
graves desafíos a la seguridad, protagonizados particularmente por las
actividades del narcotráfico, la insurgencia o el accionar de grupos
armados paramilitares. Además se registran en esta subregión latentes
conflictos interestatales derivados de causas diversas, tales como:
persistentes diferendos limítrofes, dificultades para implementar
acciones cooperativas en la gestión de asuntos de seguridad de carácter
transnacional y también por el mismo círculo vicioso de la desconfianza
provocadas por la propia vigencia de estas dinámicas, cuadro general
que resulta en un escenario y tendencia a la inestabilidad estratégica
militar. La reciente situación de conflicto entre la REPUBLICA DE
COLOMBIA y la REPUBLICA DEL ECUADOR da cuenta de este estado de
situación en esta subregión Sudamericana.
En las naciones del Cono Sur, por su parte, el
escenario en materia de defensa y seguridad internacional es, como se
destacara anteriormente, mucho más estable y carente de las dinámicas
negativas señaladas en la materia para la subregión Andina.
Es preciso también señalar que la consolidación
general de las prácticas de cooperación creciente no ha supuesto en
modo alguno la renuncia de los países a estructurar, disponer y
organizar un dispositivo militar que les permita asegurarse una
capacidad de defensa autónoma. El riesgo de la violencia, que aparece
asociado a la dinámica de las relaciones interestatales, sigue
configurando un elemento de peso a la hora de explicar el hecho de que,
prácticamente, ningún estado nacional esté dispuesto a renunciar
voluntaria y unilateralmente a sus capacidades soberanas de defensa.
Todo ello otorga fundamento al carácter permanente e
indelegable de la misión primaria encomendada a las Fuerzas Armadas y
pone de manifiesto, a la vez, el desafío implícito que supone recrear
un sistema basado exclusivamente en la identificación, promoción y
consolidación progresiva de un conjunto integrado de capacidades
requeridas para asegurar, de modo permanente, la defensa nacional.
Es en este marco, que debe recordarse la última
guerra convencional entre países latinoamericanos, registrada durante
1995 entre la REPUBLICA DEL PERU y la REPUBLICA DEL ECUADOR y conocida
como "Guerra del Cóndor". Originada en diferendos limítrofes y con
características de enfrentamiento "limitado", tanto en razón de la
magnitud de los medios militares empleados como también en función del
alcance del territorio afectado de manera concreta en las acciones
bélicas. En esa ocasión, cabe mencionar también, se registró una rápida
y relativamente eficiente capacidad de respuesta de las naciones de la
región con su correspondiente correlato referido al despliegue de
observadores militares en la zona de conflicto.
Finalmente, no puede dejar de puntualizarse la
existencia de circunstancias y procesos vinculados al desarrollo de
situaciones de naturaleza no militar, que eventualmente han demostrado
capacidad para incidir de manera significativa en la seguridad en el
ámbito internacional y que se han manifestado con particular énfasis en
la región, tales como diversas modalidades de criminalidad organizada.
Al respecto, se debe señalar que en el caso de la
República Argentina este tipo de situación es atendida por organismos
policiales, de seguridad y de inteligencia específica, conforme la
legislación vigente en la materia. La eventual intervención de las
Fuerzas Armadas en circunstancias asociadas a estos casos, se encuentra
estrictamente regulada por la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior y de
ninguna manera podrá incidir ello en aspectos relacionados con la
doctrina, organización, equipamiento, capacitación e inteligencia de
dichas instituciones castrenses.
CAPITULO II
Política de Defensa Nacional: Concepción y Posicionamiento Estratégico de la REPUBLICA ARGENTINA en Materia de Defensa:
En coherencia con los postulados y valores
esenciales que inspiran el ordenamiento interno y las relaciones
exteriores de la REPUBLICA ARGENTINA, la Política de Defensa de la
Nación se encuentra fundada en el inequívoco respeto y promoción de la
democracia, los derechos humanos, la autodeterminación de los pueblos,
la vocación por la paz y la justicia, el apego al derecho internacional
y al sistema multilateral como instrumentos centrales para regular las
relaciones nacionales y resolver las controversias entre los Estados y
también en la firme convicción de la importancia irremplazable que
posee la cooperación interestatal como medio de construcción y
consolidación de la paz y la seguridad internacional.
Consecuentemente con ello, desde hace ya tiempo, la
REPUBLICA ARGENTINA suscribió todos los Tratados que proscriben la
producción, el desarrollo y el almacenamiento de cualquier tipo de arma
de destrucción masiva, participando activamente del régimen
internacional de no proliferación, consolidando su carácter de actor
responsable de la comunidad internacional, así como también rechazando
los procedimientos de carácter unilateral, las prácticas
intervencionistas y toda conducta internacional que no se ajustara a
los criterios que en materia de paz y seguridad establece la Carta de
las Naciones Unidas.
En este sentido, es central destacar que la
concepción, el posicionamiento y la actitud estratégica que conforman
la Política de Defensa de la Nación encuentran en el concepto de
"legítima defensa" el criterio esencial y ordenador sobre el cual se
estructura todo el sistema de defensa del Estado Argentino.
En efecto, la REPUBLICA ARGENTINA sostiene un modelo
de defensa de carácter "defensivo", de rechazo y oposición a políticas,
actitudes y capacidades ofensivas de proyección de poder hacia terceros
Estados, en el cual la concepción y la disposición estratégica, la
política de defensa y su consecuente política militar, diseño de
fuerzas y previsión de empleo y evolución del instrumento militar, se
encuentra estructurada según el principio de legítima defensa ante
agresiones de terceros Estados.
Este modelo de defensa argentino, enteramente
previsible en términos de concepción estratégica y cabalmente
"defensivo" en términos de su diseño de fuerzas y de la disposición de
sus capacidades, asume a la Defensa Nacional según el esquema clásico y
en coherencia con el ordenamiento normativo vigente, según el cual, el
Sistema de Defensa debe conjurar y repeler mediante el empleo de las
Fuerzas Armadas, instrumento militar de la Defensa Nacional, toda
agresión externa militar, a fin de garantizar y salvaguardar de modo
permanente la soberanía, independencia y autodeterminación de la
Nación, su integridad territorial y la vida y libertad de sus
habitantes.
Asimismo, la concepción argentina en materia de
Defensa, también se funda en el reconocimiento de la importancia que
detenta la cooperación interestatal y la dimensión multilateral en
defensa y seguridad como genuinos instrumentos complementarios de la
política de defensa propia.
En este sentido, en un mundo crecientemente
interrelacionado e interdependiente, la REPUBLICA ARGENTINA concibe su
defensa en la doble dimensión "autónoma" por un lado, y "cooperativa"
por otro, esto es, la propia política de defensa de la Nación, su
diseño de fuerzas y sus capacidades no ofensivas hacia terceros
Estados, se vincula y complementa según la concepción y el
posicionamiento estratégico argentino con la dimensión y los
compromisos multilaterales, tanto de nivel subregional, cuanto regional
y también global. En este espíritu, la Argentina participa de modo
activo y constructivo en las consultas tendientes al futuro
establecimiento de un órgano de Defensa Sudamericano en el marco de la
UNION DE NACIONES SURAMERICANAS (UNASUR).
En efecto, la paz y la seguridad de las naciones son
objetivos y realidades cada vez más interdependientes de las
condiciones internacionales globales de paz y seguridad, por lo cual,
la política de defensa nacional reconoce y adhiere a los postulados que
reclaman mayor y creciente cooperación internacional en la materia. De
la misma forma que la NACION ARGENTINA asumió sus responsabilidades
respecto de la paz, la defensa y la seguridad internacional a través de
su contribución al sistema de Seguridad Colectiva estructurado en torno
a las Naciones Unidas, la política de defensa argentina también
continuará comprometida con el afianzamiento y la consolidación de las
prácticas y de las políticas de cooperación militar y de defensa que a
nivel regional y, particularmente, subregional se registran en
Sudamérica.
Es política de estado profundizar, a nivel regional,
la cooperación en materia militar y de defensa y, al mismo tiempo,
avanzar, según las voluntades de los estados vecinos, en la
construcción de un sistema de defensa subregional que trascienda los
niveles de confianza mutua ya alcanzados y permita acceder a estadios
cualitativamente superiores a los que la cooperación militar y de
defensa de la subregión han logrado hasta el presente, a fin de
asegurar las condiciones que contribuyan a garantizar el mantenimiento
futuro de la paz.
En este sentido, y a partir de ello, es objetivo de
la Política de Defensa Nacional continuar avanzando en procura de
afianzar crecientes niveles de seguridad y defensa así como también
continuar contribuyendo a la consolidación de la estabilidad y
previsibilidad política estratégica subregional, regional y,
consecuentemente, mundial.
De manera específica y particularizada, no puede
dejar de señalarse que la Política de Defensa de la REPUBLICA ARGENTINA
ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las ISLAS
MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR y los espacios marítimos
e insulares correspondientes, por ser éstos parte integrante del
territorio nacional; asimismo, cabe también señalar que la recuperación
de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, conforme a
los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo
permanente e irrenunciable del pueblo argentino: en este sentido se
debe remarcar que el Gobierno Argentino ha privilegiado la búsqueda de
la reanudación de las negociaciones sobre la soberanía, persistiendo
ante los organismos internacionales, regionales y la comunidad
internacional en el llamado al REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA
DEL NORTE para reanudar las mismas, de conformidad con las resoluciones
y declaraciones de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) y la
ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA).
En dicho contexto, la REPUBLICA ARGENTINA rechaza y
cuestiona los actos unilaterales británicos en el área disputada, los
que son contrarios a los entendimientos provisorios bajo fórmula de
soberanía así como lo establecido por las resoluciones pertinentes de
las Naciones Unidas que instan a las dos partes a reanudar
negociaciones tendientes a resolver la disputa de soberanía y, en
particular, la Resolución Nº 31/49 de la Asamblea General de dicho
organismo, que insta a las partes a abstenerse de adoptar decisiones
que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la
situación mientras las Islas atraviesan el proceso recomendado por la
ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) en sus resoluciones sobre la
"Cuestión de las Islas Malvinas". En este sentido, debe tenerse
presente que el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE está
trabajando en la pretensión de extender su alegada soberanía
territorial en las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR
y en la Antártida hasta TRESCIENTOS CINCUENTA (350) millas marítimas,
basándose en el Artículo 76 de la Convención sobre el Derecho del Mar.
Respecto de la reivindicación de los derechos
nacionales sobre un sector del territorio antártico, cabe destacar que
es política nacional antártica el afianzamiento de los derechos
argentinos de soberanía, objetivo al cual, el MINISTERIO DE DEFENSA,
coadyuva a través de la asistencia logística en la ejecución de la
actividad antártica, brindada por las capacidades operativas del
Instrumento Militar de la Nación. En este sentido, el MINISTERIO DE
DEFENSA se encuentra en proceso de recuperación y optimización de
dichas capacidades logísticas-operativas del Instrumento Militar, a
efectos de seguir contribuyendo con el fortalecimiento de las
reivindicaciones nacionales de soberanía sobre el continente antártico.
Finalmente, debe considerarse que para el año 2009
la REPUBLICA ARGENTINA deberá efectuar su presentación relacionada con
el límite exterior de la plataforma continental marina ante la COMISION
DE LIMITES DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL (CLPC). En este sentido, se
reclamará la extensión de la plataforma continental argentina de
DOSCIENTAS (200) millas marinas hasta un máximo de TRESCIENTOS
CINCUENTA (350) millas marinas, de manera tal que nuestro país aspira a
consolidar el ejercicio de los derechos de soberanía sobre los recursos
naturales de un territorio de aproximadamente UN MILLON DE KILOMETROS
CUADRADOS (1.000.000 Km2) adicionales, que deberán sumarse a los DOS
MILLONES SETECIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS DIEZ KILOMETROS CUADRADOS
(2.721.810 Km2) que hoy se encuentran bajo soberanía nacional.
Estos aspectos, que hacen a una cuestión medular de
los objetivos de la Política Exterior de la Nación, deben considerarse
desde la óptica de las responsabilidades propias y específicas de la
Defensa Nacional, apoyando materialmente bajo la dirección del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO las
acciones tendientes a fundamentar los reclamos soberanos de referencia
y hacer operativos los objetivos políticos concretos que de ello se
deriven.
CAPITULO III
Directrices para la Instrumentación de la Política de Defensa y de la Política Militar
Instrucciones dirigidas al Ministerio de Defensa:
En función de los criterios y parámetros
establecidos oportunamente por la Ley de Defensa Nacional Nº 23.554 y
por la Ley de Reestructuración de las Fuerzas Armadas Nº 24.948, así
como por los Decretos Nros. 727/06, 1691/06 y 1729/07, que regulan los
aspectos centrales de la organización y el funcionamiento de la Defensa
Nacional en la REPUBLICA ARGENTINA, el MINISTERIO DE DEFENSA deberá
orientar su gestión de los próximos años en base a los siguientes
lineamientos y objetivos generales:
Respecto del Gobierno Político de la Defensa Nacional:
Continuar y profundizar el proceso de
fortalecimiento y consolidación del pleno y efectivo gobierno político
de la Defensa Nacional, esto es, de la conducción, administración,
supervisión y planificación superior de los organismos, dependencias y
funciones que componen la jurisdicción de la Defensa Nacional: el
MINISTERIO DE DEFENSA, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS,
el EJERCITO ARGENTINO, la ARMADA ARGENTINA y la FUERZA AEREA ARGENTINA.
Ello implica avanzar en el fortalecimiento de las
diversas competencias ministeriales respecto del diseño, la
determinación, la organización y el funcionamiento de todas las
cuestiones relativas al sistema de defensa y a sus organismos
componentes. Consecuentemente, es condición esencial continuar con el
proceso de consolidación de las capacidades institucionales, técnicas y
administrativas del MINISTERIO DE DEFENSA, en el sentido de lo
oportunamente estipulado por los Decretos Números 727/06 y 788/07,
relacionados con la progresiva adecuación organizacional de dicho
organismo a los efectos de garantizar la ejecución plena del ejercicio
del gobierno para la defensa nacional.
En este sentido el MINISTERIO DE DEFENSA atenderá
aquellas cuestiones referidas a la implementación efectiva de la
política de defensa en sus diversos aspectos: la dirección superior del
funcionamiento y la organización general de las Fuerzas Armadas, la
ejecución del Ciclo del Planeamiento de la Defensa Nacional y la
instrumentación de la política militar correspondiente.
Asimismo, deberá consolidarse el funcionamiento de
la arquitectura institucional ya puesta en marcha y tendiente a la
gestión sistémica e integral de los recursos de la Defensa Nacional, a
la maximización de la eficiencia en la utilización y empleo de los
mismos y al logro de un efectivo accionar militar conjunto, esto último
en el sentido de lo establecido por el artículo 21 de la Ley de Defensa
Nacional Nº 23.554, que establece que la organización y funcionamiento
de las Fuerzas Armadas se inspirarán en criterios de organización y
eficiencia conjunta, unificándose las funciones, actividades y
servicios cuya naturaleza no sea específica de una sola fuerza.
Consecuentemente, deberán establecerse y/o
perfeccionarse los procedimientos burocráticos, técnicos o normativos
necesarios para el expeditivo funcionamiento y correspondiente
afianzamiento de la referida arquitectura institucional.
Respecto de la Gestión Logística y Presupuestaria de la Defensa:
Con referencia a estos asuntos, se deberá avanzar en
el proceso de constitución de un sistema logístico integrado de la
defensa que garantice alcanzar adecuados niveles de normalización y,
por ende, interoperabilidad entre los distintos sistemas de armas y
equipamiento de que dispone el instrumento militar. Para ello, el
MINISTERIO DE DEFENSA deberá fortalecer su capacidad para centralizar
efectivamente el planeamiento, ejecución y supervisión de las funciones
y actividades logísticas de las Fuerzas Armadas que se determinen.
Para ello, el MINISTERIO DE DEFENSA deberá crear
bajo su órbita un organismo especializado con competencia,
procedimientos, recursos presupuestarios y personal para centralizar
gradualmente el planeamiento y gestión operativa de la obtención de
sistemas de armas e insumos (bienes y servicios) de uso común en las
Fuerzas Armadas, posicionándose como cliente único ante el sector
privado de modo tal de generar economías de escala que redunden en
mejores precios colectivos para el sector.
Dicho organismo será de composición civil y militar,
constituirá un destino para el personal militar en actividad y
absorberá las funciones relativas a la dotación de personal que
actualmente posee la DIRECCION GENERAL DE LOGISTICA CONJUNTA del ESTADO
MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Deberá avanzarse en el desarrollo y la consolidación
del Sistema Integral de Gestión de Inversiones para la Defensa (SIGID),
a los fines de garantizar la debida adecuación entre las capacidades de
mediano y largo plazo determinadas como necesarias por el Planeamiento
de la Defensa Nacional y los distintos proyectos de inversión pública y
militar que sean conformados por las Fuerzas Armadas y postulados por
el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Asimismo, se deberán consolidar procedimientos
tendientes al aprovechamiento conjunto de las capacidades de
mantenimiento de las Fuerzas Armadas, así como diseñar e implementar un
sistema para la certificación y homologación de los productos y
procesos existentes en el sector.
Por otra parte, deberá fortalecerse la capacidad de
planificación presupuestaria del MINISTERIO DE DEFENSA, priorizándose
la cabal y efectiva articulación del presupuesto y, específicamente, de
los proyectos de inversión pública y militar con los programas de
recuperación, modernización y adquisición de los medios materiales
identificados como contribuyentes al desarrollo de las capacidades
operativas del instrumento militar determinadas como necesarias por el
Planeamiento de la Defensa Nacional, como así también con la política y
los programas de investigación, desarrollo y producción industrial
propia de sistemas para la Defensa.
Respecto de la Investigación, Desarrollo y Producción para la Defensa Nacional:
En orden a estas cuestiones, el MINISTERIO DE
DEFENSA deberá continuar con el proceso de fortalecimiento y
profundización del desarrollo de la Industria de Producción para la
Defensa, en especial, a través del desarrollo, la gestión y la
supervisión coordinada, integral y sistemática de todos los proyectos
de investigación y desarrollo tecnológico del ámbito de la Defensa con
los diversos organismos que integran el esquema productivo de la
industria vinculada a la defensa, con las diversas entidades estatales
que realizan o pudieren realizar investigaciones y desarrollos útiles
para la defensa (universidades nacionales, institutos de Investigación
y Desarrollo), como así también por medio de la profesionalización,
capacitación y actualización regular del personal técnico y profesional
perteneciente al ámbito mencionado.
Deberán promoverse los cambios necesarios a efectos
de lograr un sistema científico y tecnológico de la Defensa
efectivamente coordinado y funcional, que articule e integre a la
totalidad de los instrumentos y organismos del MINISTERIO DE DEFENSA y
de las Fuerzas Armadas dedicados a la investigación y desarrollo para
la Defensa, como así también a los diseminados recursos de la
jurisdicción destinados a esta materia.
En este sentido, y a efectos de superar la
dispersión y desarticulación de esfuerzos y recursos de la jurisdicción
y generar un genuino sistema de ciencia y tecnología para la Defensa,
deberá elaborarse en el corto plazo una planificación integral de los
lineamientos, de la política y de los proyectos de investigación y
desarrollo para la Defensa para el mediano y largo plazo, proceso que
se orientará en base a las necesidades y requerimientos identificados
por el Planeamiento Militar Conjunto y que, asimismo, deberá evaluar la
posibilidad de articular estos proyectos de Investigación y Desarrollo
con el objetivo de fortalecer y profundizar el desarrollo de la
Industria de Producción para la Defensa.
Respecto de la Formación y Capacitación para la Defensa Nacional:
Respecto de estas cuestiones, el MINISTERIO DE
DEFENSA deberá continuar con el proceso de definición de las políticas
educativas y de las estructuras de educación, formación y actualización
de las Fuerzas Armadas. La educación para la defensa deberá
identificar, lograr y consolidar el requerido perfil técnico
profesional del personal militar así como también construir y
fortalecer el indispensable concepto y sentido de ciudadanía y de
servicio público del mismo, sustentado en los valores y normas de
conducta que encierra la propia condición militar y la concepción
democrática de la Defensa Nacional.
Asimismo, se deberá desarrollar y fortalecer, a
través de la ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL, la formación de los recursos
humanos necesarios para la adecuada gestión de los asuntos de la
Defensa Nacional por profesionales civiles con formación integrada al
Sistema Universitario Nacional, de modo que los mismos se encuentren
aptos para ello desde el punto de vista de los requerimientos de
especificidad temática, técnica y burocrática que presentan las
diversas responsabilidades de conducción del MINISTERIO DE DEFENSA y
del Instrumento Militar de la Defensa Nacional.
En el marco precedente, se deberá también continuar
con la ejecución de aquellas iniciativas en marcha, particularmente las
dirigidas a la readecuación de las currículas de las escuelas y
colegios de formación básica e inicial para oficiales: el COLEGIO
MILITAR DE LA NACION, la ESCUELA NAVAL MILITAR y la ESCUELA DE AVIACION
MILITAR y las escuelas de formación básica e inicial para suboficiales.
Se deberá, asimismo, consolidar el funcionamiento de la ESCUELA
SUPERIOR DE GUERRA CONJUNTA, el Curso Básico Conjunto de Aviador
Militar, el Curso Básico Conjunto de Piloto de Helicóptero y el Curso
para Instructores Militares.
Respecto de los Derechos Humanos y las Políticas de Género:
En esta materia, el MINISTERIO DE DEFENSA deberá
continuar con el desarrollo de la política que en forma transversal e
integral garantice la perspectiva de los derechos humanos, en especial,
deberán profundizarse medidas en relación a los siguientes ejes:
colaboración y coordinación con el proceso de
memoria, verdad y justicia respecto de los hechos ocurridos durante la
vigencia del terrorismo de Estado.
promoción de una cultura institucional de respeto
a los derechos humanos mediante el desarrollo de actividades de
difusión y/o sensibilización en la materia, así como también mediante
una adecuada contemplación de la perspectiva de los derechos humanos en
el proceso de las reformas educativas, considerando especialmente la
temática de género.
profundización del trabajo de revisión de
normativa, regulaciones y/o prácticas institucionales que contradicen
el conjunto de derechos y garantías constitucionalmente consagrados,
promoviendo su reforma y/o derogación, considerando especialmente la
temática de género.
continuación del proceso de reforma integral y modernización del sistema de justicia militar.
desarrollo y optimización en la implementación de
mecanismos de reclamo y atención de casos por abuso de autoridad,
discriminación y otras formas de vulneración de derechos en el ámbito
de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, como parte inescindible de una perspectiva
integral de derechos humanos y del proceso de modernización
institucional en su conjunto, corresponde dar continuidad a las
políticas de género y promoción de condiciones de equidad e igualdad de
oportunidades para hombres y mujeres, especialmente a través de las
siguientes acciones:
mantener el trabajo de diagnóstico, monitoreo y
seguimiento de la situación sobre integración de la mujer en las
Fuerzas Armadas.
asegurar la transversalidad de la perspectiva de
género en el proceso de reforma educativa a fin de dotar de
sustentabilidad institucional al conjunto de cambios implementados.
promover la adopción de políticas específicas en
relación con la problemática del acoso sexual y otras formas de
violencia de género en el ámbito de las instituciones de la Defensa.
profundizar la política institucional de
protección de la maternidad y paternidad responsable, asegurando la
cobertura de servicios básicos para el personal militar y civil con
hijos y/o hijas a su cargo, cuando ello contribuya a una mejor
coordinación entre las responsabilidades del ámbito familiar y el
desarrollo profesional.
continuar y monitorear el desarrollo de las
medidas adoptadas en relación con la aplicación de una perspectiva de
género en el ámbito de las operaciones internacionales de mantenimiento
de la paz, de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 1325
(2000) del CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS.
La Política Militar: Criterios que deberán orientar y dirigir la estructuración y el desarrollo del Instrumento Militar:
El conjunto de normas legales que regulan en
términos generales la jurisdicción de la Defensa así como también
aquellas normas reglamentarias que instrumentan estos principios, han
delineado un horizonte concreto respecto de la organización futura de
las Fuerzas Armadas y respecto del imperativo de avanzar
sistemáticamente en el proceso de adecuación y modernización requerido.
Al respecto, se debe señalar que el objetivo es el
diseño de un Instrumento Militar "moderno", entendiéndose por ello, un
Instrumento Militar definido en base a nuevos y específicos parámetros
organizacionales, de funcionamiento y de despliegue, que reconozcan y
ponderen las circunstancias normativas, doctrinales, políticas y
estratégicas vigentes. En este sentido, el Instrumento Militar de la
Defensa Nacional deberá articularse en torno al siguiente conjunto de
principios básicos, a saber:
1) La organización y el funcionamiento del Sistema
de Defensa debe estructurarse prioritariamente en función de la misión
principal asignada al Instrumento Militar de la Defensa Nacional
(IMDN), es decir, a efectos de asegurar la defensa nacional ante
agresiones de origen externo perpetradas por fuerzas armadas
pertenecientes a otros Estados. Se entenderá como "agresión de origen
externo" el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía,
la integridad territorial o la independencia política de nuestro país o
en cualquier forma que sea incompatible con lo establecido por la Carta
de las Naciones Unidas.
Las misiones subsidiarias asignadas a las Fuerzas
Armadas no deberán suponer modificaciones organizacionales o
funcionales que puedan alterar y/o restringir los recursos requeridos
para garantizar de modo permanente la Defensa Nacional.
En este aspecto, se deberá considerar de manera
preferente a la participación de las Fuerzas Armadas en el marco de
Operaciones de Mantenimiento de Paz de Naciones Unidas o de otras
organizaciones internacionales que oportunamente pudieren ser
determinadas por el Gobierno Nacional, y salvo expresa disposición en
contrario del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como eventuales escenarios de
posible participación respecto de estos compromisos internacionales, al
ámbito regional/continental.
Asimismo tendrá prioridad la constitución y el
crecimiento de la Fuerza Binacional de Paz Argentino-Chilena "Cruz del
Sur", en tanto que su fortalecimiento favorece la interoperabilidad,
confianza mutua y complementariedad en el avance hacia un Sistema de
Defensa Subregional. También se debe ponderar y prever especialmente,
en lo que se refiere a tareas de apoyo a la comunidad nacional o de
países amigos, un mayor esfuerzo para los próximos años, destinado no
sólo a la comunidad nacional sino también a las de las naciones amigas,
particularmente, a las de los estados limítrofes.
Finalmente, en función de lo oportunamente
establecido en los Decretos Nº 2316/90 y Nº 207/03 y a causa de las
responsabilidades derivadas, deberá preverse y considerarse a la
Antártida como un "escenario" en el marco del cual es obligación
cumplir con las funciones de sostén logístico asignadas al Instrumento
Militar.
2) La misión primaria asignada al EJERCITO
ARGENTINO, la ARMADA ARGENTINA y la FUERZA AEREA ARGENTINA, como
organizaciones militares específicas, consiste en alistar, adiestrar y
sostener los medios puestos a su disposición a los efectos de
garantizar su eficaz y eficiente empleo en el marco del accionar
conjunto. Este conjunto de fuerzas, conforman el Instrumento Militar de
la Defensa Nacional (IMDN), el cual está concebido como una única
instancia integradora de las formas y modalidades de acción propias de
cada una de esas fuerzas. El mismo adoptará las formas organizacionales
y funcionales requeridas por el planeamiento estratégico militar o por
las decisiones emanadas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
3) El Planeamiento Estratégico Militar y el diseño
de fuerzas que se deriven, se elaborará conforme el criterio de
"capacidades" como factor de planeamiento, esto es, deberá formularse
en función de alcanzar y consolidar la aptitud para ejecutar en forma
autónoma la completa gama de operaciones que demandan todas las formas
genéricas de agresión que se manifiestan en conflictos internacionales.
Asimismo, deberá contemplar en su desarrollo el siguiente conjunto de factores, a saber:
La vigencia de una concepción, posicionamiento y
actitud estratégica de naturaleza defensiva y una disposición de
carácter cooperativo.
La totalidad de la superficie bajo soberanía
territorial de la REPUBLICA ARGENTINA en sus dimensiones terrestres,
marítimas y aéreas, tanto en su magnitud como en sus características
geográficas y morfológicas.
Atender a lo oportunamente determinado en el
Decreto Nº 1691/06 respecto de cómo rediseñar el Instrumento Militar
según la concepción, el posicionamiento y la actitud estratégica
defensiva.
Finalmente, deberá tenerse presente que el
desarrollo y la obtención de la "fuerza activa sustancial" requerida
por el Planeamiento Estratégico Militar, exigirá necesariamente una
definición respecto del conjunto de prioridades y, por ende, de la
reformulación de los parámetros tradicionales de distribución de la
inversión en materia de defensa.
4) El diseño orgánico y funcional, la composición y
las características del despliegue territorial de las fuerzas armadas,
como organizaciones específicas, deberán atender estrictamente a:
I) Las misiones y competencias asignadas en el marco legal y reglamentario vigente.
II) Lo oportunamente determinado por el Planeamiento Estratégico Militar.
III) La reducción de estructuras administrativas y
burocráticas y la supresión de instancias orgánicas carentes de
finalidad práctica.
IV) La vigencia del criterio de "concentracióndispersión" que tienda a la optimización de recursos y del esfuerzo logístico.
V) El uso eficiente y racional de las instalaciones
y la proporcionalidad y/o correspondencia entre nivel organizacional de
las dependencias componentes con la infraestructura efectivamente
disponible y con los medios asignados a las mismas.
VI) El carácter conjunto del sistema de defensa
militar, impulsando para ello la conformación de agrupaciones
conjuntas, la concentración de unidades y la unificación de todas
aquellas funciones, actividades y/o servicios de naturaleza no
específica.
Instrucciones dirigidas al ESTADO MAYOR CONJUNTO DE
LAS FUERZAS ARMADAS y a los Estados Mayores Generales de las Fuerzas
Armadas:
En el marco de los criterios y principios generales
reseñados precedentemente para la implementación de la Política
Militar, así como en función de las competencias determinadas por el
marco legal vigente, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y
los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas deberán
desarrollar el conjunto de acciones y tareas que a continuación se
detallan.
ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS:
Consolidar, en su nivel de competencia, la
implementación y la eficiente consecución del Ciclo de Planeamiento de
la Defensa Nacional. Será tarea prioritaria del ESTADO MAYOR CONJUNTO
DE LAS FUERZAS ARMADAS el diseño y la definición del Instrumento
Militar de la Nación y de sus respectivas capacidades. En reemplazo del
modelo basado en hipótesis de conflicto, el Planeamiento Estratégico
Militar y el correspondiente diseño de fuerzas del Instrumento Militar,
se elaborará conforme al criterio de "capacidades" como factor de
planeamiento, esto es, deberá formularse en función de alcanzar y
consolidar la aptitud de ejecutar en forma autónoma la completa gama de
operaciones que demandan todas las formas genéricas de agresión que se
manifiestan en los conflictos convencionales de origen externo
generados por actores estatales.
Esta será la tarea esencial del ESTADO MAYOR
CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, puesto que del diseño y la definición
de las "capacidades necesarias" del Instrumento Militar, con su
correspondiente juicio por aptitud, resultará, respecto del estado de
situación actual, la determinación de las "capacidades a mantener", las
"capacidades a incorporar" y las "capacidades a eliminar" del
Instrumento Militar y, consecuentemente, todo el ordenamiento derivado.
En este sentido, deberá fortalecer, según lo
dispuesto por la Ley Nº 24.948, su capacidad para determinar la aptitud
y aceptabilidad de los proyectos de inversión pública y militar
conformados por las Fuerzas Armadas según los criterios y plazos
estipulados por el Sistema Integral de Gestión de Inversiones para la
Defensa (SIGID), garantizar la interoperabilidad y compatibilidad entre
los distintos sistemas de armas del Instrumento Militar.
Proponer, en atención a la implementación del nuevo
modelo de planeamiento y a efectos de hacer frente a las nuevas tareas
y responsabilidades asignadas, su reestructuración integral, antes del
cumplimiento del primer año de vigencia de la presente Directiva. En
este sentido, deberá también proponer los refuerzos humanos y
materiales necesarios para responder adecuadamente a la nueva
estructura propuesta y a todas las obligaciones que oportunamente le
han sido determinadas.
Profundizar y fortalecer el accionar militar
conjunto y, particularmente a estos efectos, la estructura y el
funcionamiento del Comando Operacional y de los niveles operacionales
orgánicos y/o de aquellos cuya conformación esté prevista en el
Planeamiento Militar. En este sentido, es de suma importancia que el
ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS afiance de manera concreta
y efectiva su competencia respecto de la dirección del adiestramiento
militar conjunto y del control y supervisión del planeamiento
estratégico operacional.
En función de propender a una gestión integral y
centralizada de los medios militares que permita lograr crecientes
niveles de capacidad operacional y de respuesta, en el lapso de los
primeros SEIS (6) meses de vigencia de la presente Directiva de
Política de Defensa Nacional, los Estados Mayores Generales de las
Fuerzas Armadas deberán elevar al ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS
ARMADAS un informe preciso y detallado sobre la totalidad de los medios
militares disponibles en sus ámbitos respectivos. Las modificaciones
que se registrasen en estos datos (cualquiera fuere su origen), deberán
informarse de manera inmediata al ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS
ARMADAS, además de que deberá elevarse al mismo Estado Mayor un informe
general y de manera regular cada SEIS (6) meses de la totalidad de
dicha información. En este sentido, y en función de las
responsabilidades operacionales que le han sido asignadas, el ESTADO
MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, deberá arbitrar los medios
necesarios para que los Estados Mayores Generales de las Fuerzas
Armadas eleven las actualizaciones pertinentes y los informes regulares
semestrales en tiempo y forma.
El ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
deberá elaborar y elevar al MINISTERIO DE DEFENSA, al final de cada
año, un análisis completo respecto de la comprobación operativa
registrada, y según los criterios oportunamente establecidos por la
Resolución MD Nº 330 del 8 de marzo de 2007, sobre la totalidad de los
ejercicios militares combinados realizados durante ese año, bilaterales
y multilaterales, específicos o conjuntos, proponiendo, en caso de
considerarse pertinente, nuevos criterios o parámetros de naturaleza
militar para la planificación y ejecución de futuras ejercitaciones.
Asimismo, deberá supervisar, comprobar y, en caso de
ser necesario, propiciar en cada una de las Fuerzas el proceso de
adecuación de la doctrina militar específica vigente en función de lo
oportunamente estipulado por el Decreto Nº 727/06, el Decreto Nº
1691/06, el Decreto Nº 1729/07 y por los criterios políticos sobre los
que se fundamenta la Política de Defensa y la Política Militar
presente; ello deberá privilegiar, particularmente, los documentos de
doctrina básica de cada Fuerza, los que deberán encontrarse concluidos
al primer año de vigencia de la presente Directiva.
Respecto de la doctrina conjunta, los planes,
manuales, reglamentos, programas y procedimientos, dicho Estado Mayor
deberá proceder a su actualización, a fin de asegurar y facilitar el
accionar militar conjunto de las Fuerzas Armadas y la plena
compatibilidad de la doctrina del instrumento militar con la política
de defensa y la normativa vigente en la materia. Este proceso deberá
encontrarse concluido al segundo año de vigencia de la presente
Directiva.
En otro orden, el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS
FUERZAS ARMADAS deberá también propiciar y supervisar la integración y
estandarización del conjunto de reglas y procedimientos de las TRES (3)
Fuerzas relativas al empleo de los medios militares, a efectos de
lograr un uso eficiente de los mismos, así como también de profundizar
el fortalecimiento y la consolidación de las capacidades operacionales
existentes. Este proceso deberá encontrarse concluido al segundo año de
vigencia de la presente Directiva.
En referencia a los recursos humanos, deberá
buscarse la excelencia del personal, privilegiando la calidad sobre la
cantidad, capacitando a todos los niveles jerárquicos y,
particularmente, realizando un aprovechamiento intensivo de cada perfil
de carrera. En aras de maximizar la eficiencia y la eficacia en el
logro de los objetivos institucionales y también en el aprovechamiento
de los recursos humanos disponibles, como lineamiento general para todo
el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, tanto en lo que se
refiere a los niveles de conducción como también a los niveles de
implementación y ejecución, deberá observarse una permanencia y
estabilidad en el destino para el personal militar no menor a TRES (3)
años, pudiendo prolongarse ese período por el tiempo que se considere
conveniente, particularmente en aquellos casos donde la especificidad y
la importancia de la función a desempeñar demande recursos humanos con
destacada experiencia.
En función de la crítica importancia que para el
planeamiento estratégico militar, el accionar conjunto, las capacidades
operativas y la toma de decisiones posee el tratamiento, gestión e
integración de la información generada por los diversos medios y
organismos militares en el habitual desempeño de sus funciones, será
responsabilidad del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
atender al desarrollo y la supervisión de los proyectos que se generen
en el ámbito de las Fuerzas referidos a este tema, a efectos de
asegurar la interoperabilidad, tratamiento y explotación de la
información proveniente de los distintos sensores y sistemas de control
disponibles en el ámbito del Instrumento Militar y de aquellos que
eventualmente pudieran determinarse y que se integraren en el marco del
Accionar Conjunto y Conjunto/Combinado; asimismo, será también
responsabilidad del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS la
orientación y coordinación de los esfuerzos de desarrollo de las
fuerzas armadas en los ámbitos específicos y específicos combinados en
materia de proyectos tecnológicos referidos a las capacidades de
Comando, Control, Comunicación, Computación, Inteligencia,
Interoperabilidad, Vigilancia y Reconocimiento (C4I2SR), a fin de
posibilitar un efectivo y eficiente accionar integrado del Instrumento
Militar y, consecuentemente, el eficaz cumplimiento de las funciones y
responsabilidades de vigilancia y control de los espacios soberanos del
territorio nacional.
Respecto de las Fuerzas Armadas:
Los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas
deberán proponer las modificaciones y readecuaciones de las estructuras
orgánico- funcionales militares pertinentes, a efectos de lograr la
máxima capacidad de alistamiento y adiestramiento compatible con lo
establecido por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS a
través del correspondiente Planeamiento Estratégico Militar. En este
sentido, deberán eliminarse todas las funciones y organizaciones que no
se hallen en sintonía y colisionasen con la tarea del COMANDO
OPERACIONAL del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
La circunstancia precitada, además, a los efectos de
cumplir con la normativa correspondiente (Decreto Nº 727/06 y Decreto
Nº 1691/06) y para facilitar también la gestión integral y funcional
del "sistema militar", entendiéndose por éste al conjunto y la
totalidad de medios y recursos militares que componen el Sistema de
Defensa Nacional, cualquiera fuere la configuración que el mismo adopte
(Unidades Operacionales, Fuerzas de Tareas, Componentes Conjuntos o
Comandos Estratégicos), tal como fuera oportunamente establecido por la
"Directiva sobre Organización y Funcionamiento de las Fuerzas Armadas"
(Decreto Nº 1691/06), es imprescindible.
Asimismo, dichos Estados Mayores Generales deberán
proponer, en armonía con los preceptos enunciados en el párrafo
anterior y con la participación previa del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS
FUERZAS ARMADAS, las modificaciones correspondientes a los reglamentos
y disposiciones vigentes, a los efectos de adecuar los mismos a la
misión asignada al Instrumento Militar de la Defensa Nacional y a las
Fuerzas Armadas conforme lo establecen los artículos 1º y 24 del
Decreto Nº 727/06.
Deberán, además, adecuar su doctrina y estructura
orgánica a los fines de cumplir cabalmente con lo estipulado en el
Reglamento de Aeronavegabilidad Militar (RAM) (Resolución MD Nº 18 del
20 de diciembre de 2007).
Hasta tanto el Planeamiento Estratégico Militar
establezca criterios integrales en la materia, los Estados Mayores
Generales de las Fuerzas Armadas deberán priorizar la optimización del
empleo de los recursos y del esfuerzo logístico mediante el
agrupamiento conveniente de medios y servicios. En referencia a este
tema, y a efectos de su consideración y evaluación, los Estados Mayores
Generales de las Fuerzas Armadas deberán elevar, en los plazos que se
determinen, a través del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS,
sus propuestas al respecto. Asimismo, se fomenta la presentación de
iniciativas tendientes a alcanzar un aprovechamiento conjunto de la
infraestructura del instrumento militar.
Los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas
deberán elaborar y elevar al MINISTERIO DE DEFENSA al final de cada año
un análisis completo respecto de la comprobación operativa de todos los
ejercicios militares específicos realizados durante ese año,
proponiendo, en caso de considerarse pertinente, nuevos criterios o
parámetros de naturaleza militar para la planificación y ejecución de
futuras ejercitaciones.
En referencia a los recursos humanos, será premisa
de acción la búsqueda de la excelencia del personal, privilegiando la
calidad sobre la cantidad, capacitando a todos los niveles jerárquicos
y, particularmente, realizando un aprovechamiento intensivo de cada
perfil de carrera. En aras de maximizar la eficiencia y la eficacia en
el logro de los objetivos institucionales y también en el
aprovechamiento de los recursos humanos disponibles, como lineamiento
general para cada una de las Fuerzas Armadas, tanto en lo que refiere a
los niveles de conducción como también a los niveles de implementación
y ejecución, deberá observarse una permanencia y estabilidad en el
destino para el personal militar no menor a TRES (3) años, pudiendo
prolongarse ese período por el tiempo que se considere conveniente,
particularmente en aquellos casos donde la especificidad y la
importancia de la función a desempeñar demande recursos humanos con
destacada experiencia. Por otra parte, en lo que se refiere a educación
del personal militar, es imperioso considerar que la formación militar
deberá adecuarse plenamente a los lineamientos y políticas impulsadas
en la materia, evitando superposiciones con la estructura educativa
nacional.
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