MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Rango Decreto
Publicación 2008-10-28
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 13
Historial de reformas JSON API

pirotécnico y de sustancias químicas controladas, propiciando su ensayo

y registración.

7.

Registrar, controlar y fiscalizar las armas de

fuego y demás materiales controlados secuestrados e incautados y los

arsenales y depósitos públicos o privados que conformen la Red Nacional

de Depósitos.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

DIRECCION DE FISCALIZACION Y CONTROL DE GESTION

ACCIONES

1.

Entender en las actividades de fiscalización y control desarrolladas a través de inspecciones y/o verificaciones.

2.

Ejecutar las tareas vinculadas a la fiscalización

del funcionamiento de Delegaciones del RENAR, Agencias Registrales y

Registros Provinciales de Armas.

3.

Implementar sistemas de calidad y mejoras

continuas, desarrollando un eficaz control de gestión a partir de los

indicadores de desempeño provistos por las distintas áreas conforme con

los convenios de mejora de la calidad de gestión.

4.

Implementar, coordinar y supervisar el

funcionamiento de las actividades de seguridad del Organismo y de las

otras fuerzas policiales o de seguridad que presten cooperación y apoyo

a las áreas que lo requieran conforme con las funciones del RENAR y en

particular a la custodia y guardia del material secuestrado.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

DELEGACION TECNICO-ADMINISTRATIVA

ACCIONES

1.

Gestionar y coordinar todo lo relacionado con la

formulación y ejecución del presupuesto y rendiciones de cuenta del

organismo.

2.

Entender en las solicitudes y gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios del organismo.

3.

Entender en las tareas de mantenimiento,

conservación y equipamiento de las instalaciones del RENAR, como así

también gestionar y coordinar las acciones relacionadas con el

mantenimiento edilicio, de bienes y el Registro y Control de Bienes

Patrimoniales.

4.

Entender en la administración de los recursos humanos del organismo.

5.

Organizar y supervisar la recepción, registro,

trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y

documentación ingresada, en movimiento y egresada del organismo. Llevar

la firma y posterior protocolización, comunicación y archivo de los

actos emanados del Director Nacional.

6.

Orientar el trámite de la documentación,

elaborando los informes, providencias y notas correspondientes y

atender el servicio de gestoría ante los organismos de la

Administración Pública Nacional con respecto al trámite de la

documentación, expedientes y actos administrativos, según corresponda.

7.

Asistir al Director Nacional y entender en la

gestión económica, presupuestaria, financiera, contable e impositiva

del organismo como subresponsable de la DIRECCION GENERAL DE

ADMINISTRACION.

8.

Entender y coordinar con las distintas áreas del

Registro Nacional de Armas los trámites administrativos necesarios para

la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamiento y todo

otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas del

organismo.

9.

Supervisar el desarrollo e implementación de los

sistemas informáticos y de comunicaciones del RENAR, como así también

sus condiciones de seguridad, en coordinación con la DIRECCION GENERAL

DE GESTION INFORMATICA.

10.

Asistir jurídicamente al Director Nacional en

todos los proyectos de leyes, decretos, resoluciones o disposiciones

emanadas del Director Nacional y en aquellas que introduzcan o

modifiquen normas vinculadas con la actividad del organismo.

11.

Analizar, investigar y proponer sanciones

administrativas en las conductas de los legítimos usuarios contrarias a

la normativa vigente.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO UNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir la organización y el funcionamiento del

Registro Unico de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos creado por la

Ley Nº 25.854, a fin de proporcionar a los jueces y organismos

oficiales que tienen a su cargo trámites relacionados con la adopción,

una lista centralizada de aspirantes a guarda con fines adoptivos

admitidos.

ACCIONES

1.

Centralizar la información remitida por los

órganos oficiales habilitados de las Jurisdicciones que adhieran a la

Ley Nº 25.854, a fin de confeccionar las nóminas pertinentes.

2.

Entender en el diseño, aprobación y mantenimiento de un archivo informático, necesario para el cumplimiento de sus fines.

3.

Permitir el acceso a la información contenida en

las diferentes nóminas, a los sujetos legitimados, con el alcance que

disponga la reglamentación para cada uno de ellos.

4.

Promover la adhesión a la Ley Nº 25.854.

5.

Coordinar acciones con las autoridades a cargo de

los registros con asiento en las Provincias y la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires que adhieran a la Ley Nº 25.854, a fin de unificar

criterios y evitar la duplicidad de inscripciones de postulantes a

guarda con fines adoptivos.

6.

Analizar y clasificar la información recibida y

requerir datos a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

a fin de elaborar estadísticas que permitan generar y modificar

políticas de alcance nacional en materia de adopción.

7.

Confeccionar boletines estadísticos semestrales.

8.

Realizar la comunicación trimestral establecida en el artículo 15 de la Ley Nº 25.854.

9.

Elaborar junto con la SECRETARIA NACIONAL DE

NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, y dando intervención a los organismos

locales con competencia en la materia, pautas uniformes para la

realización de las evaluaciones previstas en el artículo 7º de la Ley

Nº 25.854.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Aplicar los regímenes jurídicos que regulan todo lo concerniente a la propiedad de los automotores y a los créditos prendarios.

ACCIONES

1.

Organizar el funcionamiento de los Registros

Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios para la

adecuada prestación de los servicios a su cargo.

2.

Establecer la organización y funcionamiento de

los Registros Seccionales; ejercer su superintendencia; intervenirlos y

designar a sus interventores, en caso de acefalía, suspensión, licencia

o ausencia injustificada de su titular y para preservar la misma

prestación del servicio; asignar funciones de Encargados Suplentes y de

Suplentes Interinos y disponer su desafectación.

3.

Proponer la designación y remoción de los

Encargados de Registro, la fijación de sus retribuciones, la creación

de Registros Seccionales y la modificación de sus jurisdicciones; y la

determinación de los aranceles por los trámites que ante ellos se

realicen.

4.

Celebrar convenios con autoridades nacionales,

provinciales y municipales y con entidades privadas, para la

realización de tareas vinculadas a las prestaciones a su cargo y

coordinar con ellas los procedimientos a aplicar para la mejor

racionalización de los trámites registrales.

5.

Dictar normas administrativas y de procedimiento relativas a los trámites registrales.

6.

Controlar las inscripciones realizadas en los

Registros Seccionales; autorizar inscripciones especiales y organizar

el archivo centralizado de los Registros Nacionales de la Propiedad del

Automotor y Créditos Prendarios y emitir información respecto de datos

contenidos en éste.

7.

Implementar, en forma coordinada, con el área

pertinente de la Secretaría de Seguridad Interior, el Registro Unico de

Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas, creado por la Ley Nº

25.761.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DIRECCION DE REGISTROS SECCIONALES

ACCIONES

1.

Gestionar y coordinar la organización del

funcionamiento de los Registros Nacionales de la Propiedad del

Automotor y de Créditos Prendarios, para la adecuada prestación de los

servicios a su cargo.

2.

Entender en el estudio de las jurisdicciones

registrales asignadas a los registros nacionales, a fin de determinar

las necesidades de su creación, refundición o supresión.

3.

Intervenir de manera integral en los

procedimientos de designación y remoción de los encargados titulares de

los Registros Seccionales.

4.

Entender en la intervención de los registros

seccionales, como así también en la designación de sus interventores en

caso de acefalía, licencia o ausencia injustificada a fin de preservar

la prestación del servicio.

5.

Entender en las propuestas de actualización de

los aranceles que se perciben en los registros seccionales y en las

remuneraciones de sus encargados.

6.

Entender en la inscripción de los comerciantes habitualistas y concesionarios.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DIRECCION DE FISCALIZACION Y CONTROL DE GESTION

ACCIONES

1.

Entender en las actividades de fiscalización y control desarrolladas a través de inspecciones.

2.

Efectuar las tareas vinculadas a la fiscalización del funcionamiento de los Registros Seccionales.

3.

Implementar sistemas de calidad y mejoras

continuas desarrollando un eficaz control de gestión a partir de los

indicadores de desempeño provistos por las distintas áreas, conforme

con los convenios de mejora de la calidad de gestión.

4.

Entender en todo lo relacionado con la

elaboración e implementación de convenios de complementación de

servicios con los entes recaudadores de los tributos vinculados con los

automotores.

5.

Entender en la coordinación de los procedimientos

de fiscalización con las autoridades nacionales, provinciales,

municipales y entidades privadas para la mejor racionalización de los

trámites registrales.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DIRECCION TECNICO-REGISTRAL Y RUDAC

ACCIONES

1.

Analizar las observaciones surgidas luego de los

controles desarrollados en relación a las inscripciones iniciales y

trámites posteriores.

2.

Evaluar y resolver los requerimientos de las inscripciones especiales.

3.

Instrumentar políticas de prevención de delitos

del automotor, tendientes a preservar la fe pública registral y el

derecho de propiedad de los usuarios del sistema.

4.

Organizar y entender en el Registro de

Automotores Clásicos y expedir la documentación pertinente relacionada

con la inscripción en dicho Registro.

5.

Entender en lo relativo al Registro Unico de Desarmaderos y Actividades Conexas creado por la Ley Nº 25.761.

6.

Organizar el archivo centralizado de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DELEGACION DE GESTION ADMINISTRATIVA

ACCIONES

1.

Gestionar y coordinar todo lo relacionado con la formulación y ejecución del presupuesto y rendición de cuentas.

2.

Entender en la gestión de las contrataciones,

compras y locación de bienes y servicios, como así también gestionar y

coordinar las solicitudes de adquisiciones, compras por caja chica, si

correspondiere, y el almacenamiento y distribución de bienes o insumos.

3.

Gestionar y coordinar las acciones relacionadas

con el mantenimiento edilicio y de conservación y equipamiento de las

instalaciones de la Dirección Nacional, como así también entender en el

registro y control de Bienes Patrimoniales.

4.

Entender en la administración del fondo permanente asignado a la Dirección Nacional.

5.

Entender en la gestión y coordinación de los

aspectos relacionados con los recursos humanos y desarrollo de carrera

del personal de la planta permanente de la Dirección Nacional.

6.

Organizar y supervisar la recepción, registro,

trámite, derivación, seguimiento y archivo de la correspondencia,

expedientes y documentación ingresada, en movimiento y egresada.

7.

Llevar la firma y posterior protocolización, comunicación y archivo de los actos emanados del Director Nacional.

8.

Asistir al Director Nacional y entender en la gestión económica, presupuestaria, financiera, contable e impositiva.

9.

Entender y coordinar con las distintas áreas de

la Dirección Nacional en los trámites administrativos necesarios para

la obtención de recursos humanos, materiales, equipamiento y todo otro

insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas del

Organismo.

10.

Supervisar el desarrollo e implementación de los

sistemas informáticos y de comunicaciones, como así también entender en

la elaboración de programas de innovación y modernización de dichos

sistemas.

11.

Gestionar las comunicaciones e intercambio de

información registral con las distintas áreas de la Dirección Nacional

incluyendo los Registros Seccionales y otros Organismos Público y

Privados.

12.

Asesorar respecto de la aplicación de las normas

legales y dictaminar sobre los asuntos jurídicos relacionados con las

funciones de la Dirección Nacional.

13.

Asistir jurídicamente al Director Nacional.

14.

Entender en el dictado de normas administrativas y de procedimiento relativas a los trámites registrales.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Actuar como órgano de control de la Ley Nº 25.326, de protección de datos personales.

ACCIONES

1.

Dictar normas administrativas y de procedimiento

relativas a los trámites registrales y demás funciones a su cargo, y

las normas y procedimientos técnicos relativos al tratamiento y

condiciones de seguridad de los archivos, registros y bases o bancos de

datos públicos y privados.

2.

Asistir y asesorar tanto a personas físicas como

jurídicas acerca de los alcances de la Ley Nº 25.326 y de los medios

legales disponibles para la defensa de los derechos que ésta garantiza.

3.

Realizar un censo de archivos, registros o bancos

de datos alcanzados por la citada Ley y mantener el registro permanente

de los mismos.

4.

Controlar la observancia de las normas sobre

integridad y seguridad de datos por parte de los archivos, registros o

bancos de datos, verificando a través de los medios asignados por la

Ley Nº 25.326 el cumplimiento de los objetivos perseguidos por ésta.

5.

Solicitar información a las entidades públicas y

privadas, garantizando la seguridad y confidencialidad de la

información y elementos suministrados.

6.

Imponer las sanciones administrativas que en su

caso correspondan por violación a las normas de la Ley Nº 25.326, el

Decreto Nº 1558/01 y demás reglamentaciones que se dicten en

consecuencia.

7.

Constituirse en querellante en las acciones penales que se promovieran por violaciones a la Ley Nº 25.326.

8.

Homologar los Códigos de Conducta que se

presenten de acuerdo a lo establecido por el artículo 30 de la Ley Nº

25.326, previo dictamen del Consejo Consultivo, teniendo en cuenta su

adecuación a los principios reguladores del tratamiento de datos

personales, la representatividad que ejerza la asociación y organismo

que elabora el código y su eficacia ejecutiva con relación a los

operadores del sector mediante la previsión de sanciones.

9.

Controlar el cumplimiento de los requisitos y

garantías que deben reunir los archivos o bancos de datos privados

destinados a suministrar informes, para obtener la correspondiente

inscripción en el registro de archivos de datos.

10.

Evaluar, de oficio o a pedido de parte

interesada, el nivel de protección proporcionado por las normas de un

Estado u organismo internacional para los casos de transferencia de

datos personales hacia tales destinos.

11.

Atender las denuncias y reclamos interpuestos

con relación al tratamiento de datos personales en los términos de la

Ley Nº 25.326.

12.

Percibir las tasas que se fijen por los servicios de inscripción y otros que preste.

13.

Organizar y proveer lo necesario para el

adecuado funcionamiento del Registro de archivos, registros o bancos de

datos públicos y privados previstos en el artículo 21 de la Ley Nº

25.326.

14.

Diseñar los instrumentos adecuados para la mejor

protección de los datos personales de los ciudadanos y el mejor

cumplimiento de la legislación de aplicación.

15.

Coordinar las actividades de la Administración Pública Nacional referidas a la protección de datos personales.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la centralización de la información

referida a los procesos penales sustanciados en cualquier jurisdicción

del país, conforme el régimen que regula la Ley Nº 22.117, modificada

por la Ley Nº 25.266.

ACCIONES

1.

Efectuar el registro centralizado de actos

procesales, sentencias y resoluciones dictadas en todos los tribunales

del país que tengan competencia en materia penal, a fin de

suministrarla a quien esté autorizado para requerirla.

2.

Expedir informes sobre datos y antecedentes penales registrados, en los casos que corresponda.

3.

Intervenir en peritajes de identificación de personas, dispuestos por autoridad competente.

4.

Intervenir en el intercambio con países

extranjeros de informaciones sobre antecedentes penales de personas de

conformidad con los convenios vigentes en la materia.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA

DIRECCION DE REGISTRO NOMINATIVO Y DACTILOSCOPICO

ACCIONES

1.

Dirigir y organizar el ingreso de documentación

para la actualización del Sistema Registral a fin de asegurar una

información fidedigna y veraz.

2.

Supervisar y organizar la búsqueda nominativa e informar acerca de su resultado.

3.

Supervisar y suscribir informes específicos dirigidos a los Juzgados que correspondan.

4.

Supervisar y organizar la búsqueda técnica dactiloscópica e informar acerca de su resultado.

5.

Supervisar, actualizar, mantener y custodiar la base técnica dactiloscópica.

6.

Entender en todo lo atinente en materia de

innovación técnica referente al sistema de registración, ordenamiento y

clasificación dactiloscópica.

7.

Coordinar la aplicación de normas y

procedimientos para la organización y mantenimiento del archivo

dactiloscópico y demás registros.

8.

Coordinar el intercambio de experiencias y conocimientos con Instituciones y Organismos que posean gabinetes análogos.

9.

Actualizar, mantener y custodiar la base nominativa documental que conforma los legajos virtuales.

10.

Realizar el análisis y procesamiento estadístico de las sentencias condenatorias dictadas en las distintas jurisdicciones.

11.

Actualizar, mantener y custodiar la base

nominativa documental que conforma el legajo físico (Prontuarios, según

lo establecido en el Decreto Reglamentario Nº 2004/80).

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA

DIRECCION DE ATENCION E INFORMACION AL USUARIO

ACCIONES

1.

Supervisar la recepción de los pedidos de

antecedentes oficiales, en sus diferentes formas de envío por parte de

los distintos organismos (personalmente, e-mail, correo o fax).

2.

Supervisar la expedición de informes de los

pedidos de antecedentes oficiales de acuerdo a las diferentes vías en

que fueron solicitados (personalmente, e-mail, correo o fax).

3.

Supervisar ingreso y verificación de pedidos de

antecedentes nominativos efectuados personalmente, por correo, fax o

vía e-mail.

4.

Supervisar ingreso y verificación de pedidos de antecedentes completos efectuados personalmente y por correo.

5.

Supervisar el ingreso, clasificación

dactiloscópica y escaneo de los pedidos completos recibidos

personalmente, por correo o vía e-mail.

6.

Supervisar la habilitación y las modificaciones de las Delegaciones y Unidades de Expedición y Recepción.

7.

Supervisar el funcionamiento e instrucción a las

Delegaciones, Unidades de Expedición y Recepción sobre aplicación de

normas registrales y la tramitación de pedidos de antecedentes.

8.

Elevar informes mensuales a la Dirección Nacional

acerca del funcionamiento de las Delegaciones y Unidades de Expedición

y Recepción.

9.

Entender en los reclamos de los usuarios respecto de la información brindada en el certificado de antecedentes penales.

10.

Extender los certificados de antecedentes

penales a los particulares que, demostrando un interés legítimo, así lo

soliciten; de acuerdo con lo establecido por el artículo 8º, inciso f)

de la Ley nº 22.117.

11.

Organizar la custodia y resguardo de los

Certificados de Antecedentes Penales tramitados tanto en el organismo

como en las Delegaciones y Unidades de Expedición y Recepción, que no

fueron retirados por los solicitantes, hasta tanto se venza el plazo

legal de guarda estipulado para su conservación.

12.

Denunciar la comisión de delitos contra la fe pública en el marco del artículo 117 bis del Código Penal.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA

DIRECCION DE INFORMACION DE ANTECEDENTES

ACCIONES

1.

Supervisar el análisis de la documentación que contiene el legajo en consideración.

2.

Suministrar la información requerida por

Organismos Judiciales y Oficiales, en un todo de acuerdo con lo

prescripto por el artículo 51 del Código Penal y la excepción al mismo

en caso de ser solicitada.

3.

Analizar e informar la documentación que corresponda en los casos de los pedidos de informes nominativos.

4.

Analizar, definir e informar, en los pedidos de

antecedentes procedentes de Juzgados de Ejecución Penal, el faltante de

dicha condena.

5.

Producir informes o certificaciones sobre actos

procesales registrados, que corresponda reproducir o transcribir en

respuesta a pedidos oficiales de antecedentes.

6.

Supervisar la ratificación o rectificación de informes de antecedentes penales nominativos.

7.

Supervisar el análisis dactiloscópico de las

fichas decadactilares que recibe el organismo a fin de efectuar los

informes de antecedentes.

8.

Supervisar la ratificación o rectificación de informes de antecedentes penales basados en análisis dactiloscópico.

9.

Participar en peritajes de identificación de personas dispuestos por autoridad competente.

10.

Suministrar a la Policía Federal, Gendarmería

Nacional y Prefectura Naval Argentina los autos de rebeldía dictados

por los Juzgados Federales, Nacionales, Provinciales y Militares.

11.

Informar respecto de las resoluciones y

sentencias dictadas en procesos vinculados con drogas, estupefacientes

y psicofármacos.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el registro de títulos que constituyan,

reconozcan, modifiquen o extingan derechos sobre bienes inmuebles

ubicados en la Capital Federal, como así también en el registro de

medidas cautelares y anotaciones dispuestas por ley, a fin de asegurar

la publicidad jurídica de inscripciones, anotaciones y demás

situaciones jurídicas que establezcan las leyes.

ACCIONES

1.

Entender en la inscripción o anotación, según

corresponda, de los documentos que constituyan, transmitan, declaren,

modifiquen o extingan derechos reales sobre inmuebles.

2.

Entender en la inscripción o anotación, según

corresponda, de los actos que ordenen embargos y demás medidas

cautelares o declaren la inhibición de personas para la libre

disposición de sus bienes y coordinar la inscripción o anotación que,

con relación a los otros actos, dispongan expresamente las leyes

nacionales.

3.

Entender en la publicidad registral que establece la ley.

4.

Entender en la sustanciación y resolución, con

arreglo a las normas vigentes, de los recursos registrales interpuestos

por los interesados o de reclamaciones presentadas por los mismos.

5.

Asistir técnica y jurídicamente, en lo que se

refiere a la aplicación de la Ley 17.801 y en la adecuación de los

respectivos organismos, a las provincias que lo soliciten y asesorar a

dependencias del Estado y Organismos e Instituciones Nacionales e

Internacionales en materias relacionadas con el derecho registral

inmobiliario.

6.

Entender en la confección de estadísticas y de la

memoria de la repartición, en la edición de publicaciones sobre las

materias vinculadas y en la organización de la biblioteca del museo

histórico jurídico registral de la Capital Federal.

7.

Proponer planes de mejoramiento del servicio de la publicidad registral inmobiliaria.

8.

Proponer reformas legislativas vinculadas con el sistema y el servicio de la publicidad registral inmobiliaria.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

DIRECCION DE REGISTRACIONES REALES Y PUBLICIDAD

ACCIONES

1.

Dirigir los procesos de la calificación de los

documentos notariales, judiciales y administrativos que constituyan,

transmitan, declaren, modifiquen o extingan derechos reales sobre

inmuebles; los originados en la aplicación del régimen de las leyes

13.512 (propiedad horizontal), 19.724 (prehorizontalidad), 14.394 (bien

de familia) y demás leyes especiales; y los que dispongan medidas

cautelares y sus levantamientos, que en todos los casos correspondan a

inmuebles ubicados en las 21 circunscripciones catastrales.

2.

Entender en los procesos de la Inscripción y anotación de los referidos documentos según establece la ley 17.801.

3.

Entender en los procesos de la publicidad

registral relativa al estado jurídico de los inmuebles, según las

constancias registradas.

4.

Disponer la ejecución de los asientos de prevención que establezca la Dirección General.

5.

Dirigir el proceso de asignación de la matrícula

que corresponda a los inmuebles en la técnica real (arts. 10 a 13 de la

ley 17.801).

6.

Dirigir los procedimientos de la organización y mantenimiento del archivo de folios reales.

7.

Supervisar la guarda de los folios reales, de conformidad con las disposiciones que la Dirección General establezca.

8.

Supervisar el procedimiento de los recursos de

recalificación que se interpongan contra las observaciones efectuadas a

los documentos.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

DIRECCION DE APOYO TECNICO Y FISCALIZACION INTERNA

ACCIONES

1.

Entender en la recepción e ingreso en el ordenamiento diario y la salida de documentación registrable.

2.

Entender en la formación de los expedientes vinculados con el procedimiento registral.

3.

Examinar la regularidad de los procedimientos

inscriptorios practicados, disponiendo las denuncias que correspondan

ante los órganos jurisdiccionales, colaborando con las Fiscalías

actuantes.

4.

Conducir las informaciones sumarias que correspondan por aplicación del régimen disciplinario.

5.

Dirigir la aplicación en su faz

técnico-informática del régimen operativo del Sistema Computarizado

Registral (SACRI), y de los demás sistemas en operación o que se

desarrollen en el futuro para efectuar con este medio el servicio a

cargo del R.P.I.

6.

Dirigir y proyectar las tareas de programación, que disponga la Dirección General.

7.

Entender en la fiscalización y evaluación del rendimiento y control de calidad de los programas en aplicación.

8.

Entender en la selección de sistemas y medios de

computación, y en la determinación de capacidad de máquina en las

distintas aplicaciones.

9.

Entender en el mantenimiento de los registros y medios disponibles.

10.

Implementar las directivas para la realización de los diagramas y diseños operacionales que se requieran.

11.

Dirigir la tarea de resguardo de los archivos de la información contenida en microfilmes y con técnica de discos ópticos.

12.

Entender en el despacho de la secretaría general de la Dirección General.

13.

Entender en la preparación del despacho administrativo diario de la Dirección General.

14.

Entender en la ejecución y análisis del presupuesto del Organismo.

15.

Entender en el control del patrimonio de bienes, insumos y elementos afectados al Organismo.

16.

Supervisar los proyectos de Disposiciones y

Ordenes de Servicio administrativas (arts. 176 y 177 del Decreto

2080/80 —t.o. 1999—).

17.

Entender en la administración de los recursos humanos del Organismo.

18.

Supervisar la confección de la estadística

general y particular de la actividad del Organismo y atender el

servicio de publicaciones.

19.

Entender en la coordinación de la capacitación del personal.

20.

Entender en la organización de las tareas de

conservación de los edificios, instalaciones sanitarias, eléctricas,

maquinarias y bienes de uso de la Repartición.

21.

Dirigir la organización y mantenimiento del servicio de vigilancia en las dependencias de la Repartición.

22.

Entender en la impresión de publicaciones que se

disponga, en su distribución, y en la encuadernación de la

documentación que se requiera, a efectos de su archivo y conservación.

23.

Supervisar el servicio de mayordomía y correo.

24.

Comunicar a la Dirección General las acciones propuestas vinculadas a la higiene y seguridad en el trabajo.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

DIRECCION DE REGISTRACIONES ESPECIALES Y PUBLICIDAD INDICIARIA

ACCIONES

1.

Dirigir los procesos de calificación de los

documentos que dispongan inhibiciones o interdicciones de las personas

físicas o jurídicas.

2.

Dirigir los procesos de calificación de los documentos destinados al registro de cesiones de acciones y derechos.

3.

Dirigir la organización y mantenimiento del índice de titulares de dominio.

4.

Dirigir la publicidad de los registros que existen en la base de datos del Organismo.

5.

Dirigir la organización y tramitación de las

afectaciones y desafectaciones previstas por el régimen de Bien de

Familia (ley 14.394) y proponer la resolución de los recursos de

recalificación que se interpongan.

6.

Dirigir la atención del régimen residual de la ley 1893 (Inscripciones y publicidad en Tomo y Folio).

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

DIRECCION DE INTERPRETACION NORMATIVA Y PROCEDIMIENTO RECURSIVO

ACCIONES

1.

Asistir a la Dirección General en la resolución de cuestiones jurídico registrales.

2.

Asistir jurídicamente a las Direcciones de

Registraciones Reales y Publicidad y de Registraciones Especiales y

Publicidad Indiciaria, y a los usuarios, en cuestiones de derecho

registral, o en las que le requiera la Dirección General.

3.

Supervisar el trámite y substanciación de los

recurso de apelación, y fiscalizar el proceso de reconstrucción de

asientos registrales.

4.

Proyectar Disposiciones Técnico Registrales,

Ordenes de Servicio de igual contenido y Resoluciones del procedimiento

recursivo (art. 175 Dec. 2080/80 —t.o. 1999—), cuando se lo requiera la

Dirección General.

5.

Dirigir la recopilación y mantenimiento

actualizado de la legislación aplicable y la doctrina jurídica

resultante de las decisiones registrales y de los recursos ante la

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

6.

Entender en la aplicación de las políticas que fije la Dirección General respecto de la biblioteca jurídica del Organismo.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir la organización y funcionamiento del

Registro de Derechos de Autor, dando cumplimiento a los objetivos

establecidos en el régimen legal de la propiedad intelectual.

ACCIONES

1.

Efectuar el registro de obras científicas, literarias, artísticas y de publicaciones periódicas.

2.

Resolver las oposiciones a obras inscriptas o en trámite.

3.

Efectuar la inscripción de editoriales, convenios y otros actos jurídicos.

4.

Efectuar la inspección de editoriales a fin de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a las mismas.

5.

Realizar estudios sobre aplicación de normas

relacionadas con regímenes de derecho de autor y ejecutar la

compilación de estadísticas sobre la actividad registral.

6.

Asesorar a los organismos nacionales,

provinciales, municipales e instituciones internacionales, en materias

relacionadas con el derecho de autor.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

DIRECCION DE COORDINACION Y ASUNTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL

ACCIONES

1.

Entender en las relaciones de la Dirección

Nacional con los organismos internacionales con competencia en temas de

propiedad intelectual (Organización Mundial de la Propiedad

Intelectual- OMPI, UNESCO, Organización Mundial del Comercio-OMC, etc.)

2.

Entender en las relaciones con el Ministerio de

Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, en la propuesta

de la política a adoptar en el ámbito nacional, en materia de derecho

de autor y derechos conexos.

3.

Entender en las relaciones con otras Oficinas Nacionales de Derecho de Autor del extranjero.

4.

Intervenir en las reuniones del Comité Permanente

de Derecho de Autor y Derechos Conexos de la OMPI, preparatorias de

normativa internacional.

5.

Intervenir en las reuniones con otras áreas

gubernamentales relativas a la protección regional del derecho de autor

y conexos.

6.

Intervenir en las reuniones internacionales

convocadas por organismos nacionales y extranjeros relativas a la

actualización de los derechos de propiedad intelectual sobre las obras

literarias y artísticas y sobre los derechos conexos.

7.

Intervenir en la preparación de proyectos de normas nacionales en materia de derechos de autor y conexos.

8.

Coordinar las distintas áreas de la Dirección Nacional.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejercer las funciones atribuidas a la Ley Nº 22.315,

en particular llevar el Registro Público de Comercio y ejercer la

fiscalización de las sociedades comerciales, nacionales y extranjeras,

en los términos y con los alcances de la normativa vigente.

Llevar el registro y la fiscalización de las

sociedades de capitalización y ahorro, con jurisdicción en todo el

territorio nacional, en los términos del Decreto Nº 142.277/43 y sus

modificatorios.

Otorgar personería jurídica y fiscalizar el

funcionamiento de las asociaciones civiles y fundaciones, en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y aprobar la modificación de sus

estatutos.

ACCIONES

1.

Intervenir en la autorización, reglamentación y

fiscalización del funcionamiento de sociedades que realicen operaciones

de capitalización y ahorro, conformando su publicidad.

2.

Resolver la autorización y fiscalizar el

funcionamiento en el país de asociaciones, fundaciones y agencias o

sucursales de sociedades comerciales, constituidas en el extranjero,

con excepción de las constituidas en el extranjero que desarrollen

algún tipo de actividad en el país con competencia territorial en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

3.

Mantener el Registro Público de Comercio y

registrar en las respectivas matrículas a comerciantes individuales, a

agentes auxiliares del comercio y a sociedades comerciales.

4.

Efectuar la inscripción de transferencias de

fondos de comercio que comprendan la transmisión de establecimientos

comerciales e industriales y de otros actos y documentos relacionados

con la matrícula del comerciante.

5.

Expedir certificados e informes sobre el estado

jurídico de los sujetos, bienes, cosas y derechos registrados en el

organismo, a requerimiento judicial, administrativo y de particulares.

6.

Representar al organismo en los trámites judiciales relacionados con el cumplimiento de sus funciones específicas.

7.

Dictar la normativa de alcance general que regula las materias de su competencia.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE SOCIEDADES

ACCIONES

1.

Asistir al Inspector General en las cuestiones vinculadas a la gestión del registro nacional de sociedades.

2.

Organizar y llevar el Registro Nacional de Sociedades, creado por la Ley Nº 26.047.

3.

Recabar la información existente sobre sociedades en todas las provincias adheridas.

4.

Centralizar la información referente a las sociedades que funcionan dentro de la República Argentina.

5.

Realizar estudios e investigaciones de orden jurídico-contable sobre las materias propias de su competencia.

6.

Entender en los pedidos de informes formulados

por el Poder Judicial y los distintos organismos de la Administración

Pública Nacional, Provincial o Municipal y las entidades privadas en

cuanto fueren pertinentes.

7.

Coordinar con los organismos provinciales

competentes, las tareas que fueren necesarias para el cumplimiento de

los fines que prescribe la Ley Nº 26.047.

8.

Propiciar mejoras o innovaciones en los

procedimientos para un más adecuado sistema de control interno de la

gestión del Registro Nacional de Sociedades.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

DIRECCION DE ENTIDADES CIVILES

ACCIONES

1.

Asistir al Inspector General en lo relacionado

con el otorgamiento de personería jurídica y fiscalización de entidades

civiles, asesorándolo en las materias de su competencia.

2.

Entender en los procedimientos para el otorgamiento de personería jurídica a Asociaciones Civiles y Fundaciones.

3.

Establecer los lineamientos para la fiscalización permanente de las entidades civiles.

4.

Disponer la concurrencia a asambleas y reuniones de órganos directivos de entidades fiscalizadas.

5.

Entender en la instrucción de sumarios de oficio ante información pública o de particulares en la materia de su competencia.

6.

Entender en las denuncias que se presenten contra

Fundaciones y Asociaciones Civiles y en los conflictos entre las

entidades y sus asociados.

7.

Propiciar mejoras o innovaciones en los

procedimientos para un más adecuado sistema de control interno de la

gestión de las entidades civiles.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

DIRECCION DE SOCIEDADES COMERCIALES

ACCIONES

1.

Asistir al Inspector General en lo que resulta materia de su competencia.

2.

Supervisar los trámites de inscripción y de autorización para funcionar de las entidades sometidas a su control.

3.

Establecer los lineamientos para el control de legalidad de los instrumentos registrables.

4.

Llevar el archivo de protocolos.

5.

Coordinar los procedimientos de otorgamiento y

cancelación de la autorización para funcionar de las sociedades de

capitalización y ahorro.

6.

Supervisar los procedimientos de rúbrica e intervención de libros.

7.

Propiciar mejoras o innovaciones en los

procedimientos para un más adecuado sistema de control interno de la

gestión del Registro Público de Comercio.

8.

Entender en las denuncias tramitadas en el ámbito de su competencia.

9.

Establecer los lineamientos técnicos contables del control a su cargo.

10.

Supervisar y establecer los criterios de las inspecciones a su cargo.

11.

Establecer los lineamientos para la aprobación

de planes, bases técnicas y fiscalización de las sociedades que

realizan operaciones de capitalización y ahorro.

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

DELEGACION ADMINISTRATIVA

ACCIONES

1.

Coordinar los procedimientos de gestión de la mesa de entradas del Organismo.

2.

Supervisar la emisión de testimonios, legalizaciones y certificaciones.

3.

Llevar el archivo de expedientes.

4.

Coordinar las acciones de capacitación del personal del organismo.

5.

Coordinar la gestión de los sistemas informáticos del organismo.

6.

Coordinar el despacho del Inspector General y de las unidades sustantivas del organismo.

7.

Organizar la biblioteca jurídica del organismo.

8.

Propiciar la innovación en el desarrollo de

procedimientos para una adecuada implementación de un sistema de

control interno de la gestión.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

COMITE NACIONAL DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Secretario de Seguridad Interior en la

formulación de las políticas correspondientes al ámbito de la seguridad

aeroportuaria, así como en la elaboración de los planes y programas

tendientes a garantizar dichas políticas.

ACCIONES

1.

Compilar y ordenar la normativa vinculada a la seguridad en el ámbito aeroportuario, o con incidencia en ella.

2.

Aconsejar o proponer la emisión, modificación,

derogación o adecuación de normas referidas o con incidencia en la

seguridad en el ámbito aeroportuario a fin de lograr la armonización de

la emitida por diferentes Organismos estatales en el ámbito de su

competencia.

3.

Asesorar en cuestiones de seguridad aeroportuaria

o con incidencia en ella a los representantes de diferentes Organismos

estatales que participen en reuniones internacionales en las que se

consideren asuntos vinculados a dicha materia o con incidencia en ella.

4.

Emitir opinión en relación a los proyectos de

normas vinculados a la seguridad en el ámbito aeroportuario o con

incidencia en la misma.

5.

Establecer y mantener una permanente coordinación

e interacción con los Comité Locales de Seguridad Aeroportuaria

previstos en el artículo 10 de la Ley Nº 26.102 de Seguridad

Aeroportuaria.

6.

Solicitar a Organismos o entidades estatales, o

requerir fundadamente a las personas físicas o jurídicas privadas la

información necesaria para la planificación y coordinación en

cuestiones vinculadas a la seguridad aeroportuaria.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

DIRECCION DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Actuar como órgano de aplicación de lo establecido

por la Ley Nº 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, en su Capítulo VIII

"Control Policial".

ACCIONES

1.

Velar por el cumplimiento de leyes, reglamentos y disposiciones de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

2.

Ordenar la instrucción de las actuaciones sumariales cuando fueran requeridas.

3.

Designar por sorteo un defensor letrado

integrante de la Defensoría del Policía cuando el imputado no ejerza la

facultad de la asistencia letrada.

4.

Dictar la disponibilidad preventiva o la

desafectación del servicio del o de los encausados a petición de la

Auditoría de Asuntos Internos en el marco de actuaciones sumariales.

5.

Designar por sorteo auditores sumariales e inspectores ad hoc cuando circunstancias especiales y urgentes lo justifiquen.

6.

Establecer o determinar los procedimientos de auditoría e inspecciones preventivas.

7.

Efectuar la programación anual de las auditorías e inspecciones preventivas.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

DIRECCION DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

AUDITORIA DE ASUNTOS INTERNOS

ACCIONES

1.

Prevenir conductas del personal de la institución

con estado policial que pudiesen constituir faltas disciplinarias

graves o muy graves.

2.

Identificar las conductas del personal de la

institución con estado policial que pudiesen constituir falta

disciplinaria grave o muy grave.

3.

Instruir los sumarios administrativos

correspondientes e investigar las referidas conductas, colectando

pruebas, comprobando los hechos y las circunstancias tendientes a

calificarlas e individualizar a los responsables de las mismas.

4.

Acusar al personal policial, responsable de la

falta disciplinaria grave o muy grave cuando hubiere indicios

fehacientes y concordantes, o semiplena prueba, ante el Tribunal de

Disciplina Policial a los efectos de su juzgamiento.

5.

Denunciar ante la autoridad judicial competente

la posible comisión de los delitos cometidos por el personal policial

que fuesen conocidos en el ejercicio de sus funciones.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

DIRECCION DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL

ACCIONES

1.

Juzgar administrativamente al personal policial

acusado por la Auditoría de Asuntos Internos de ser responsable de la

comisión de falta disciplinaria grave o muy grave, asegurando el debido

proceso y el carácter contradictorio del mismo.

2.

Aplicar las sanciones administrativas

establecidas en el régimen disciplinario de la Policía de Seguridad

Aeroportuaria que correspondiere al personal policial responsable de la

comisión de falta disciplinaria grave o muy grave; y en caso de

cesantía o exoneración, aconsejar tales sanciones a la autoridad

administrativa.

3.

Denunciar ante la autoridad judicial competente

la posible comisión de delitos cometidos por el personal policial que

fuesen conocidos en el ejercicio de sus funciones.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

DIRECCION DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

DEFENSORIA DEL POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA

ACCIONES

1.

Garantizar el debido proceso legal del personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

2.

Ejercer la defensa del Personal policial, si no

hubiere designado defensor particular, cuando fueren acusados por la

Auditoría de Asuntos Internos, o cuando le fuere requerida por el

Director de Control Policial.

3.

Entender en los procedimientos jurídico-administrativos del personal policial de Seguridad Aeroportuaria.

4.

Proponer mecanismos de salvaguarda de los derechos del personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE FORMACION PROFESIONAL, CAPACITACION E INVESTIGACION EN SEGURIDAD INTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Atender los asuntos que se relacionen con la

formación profesional —inicial y continua— de los recursos humanos que

conforman el Sistema de Seguridad Interior, la determinación de

doctrina y los estudios e investigaciones vinculados a la Seguridad

Interior para la formulación de objetivos y políticas, en coordinación

con los organismos competentes en la materia, a fin de contribuir al

mejor cumplimiento de las misiones asignadas en los planes

correspondientes (Decreto Nº 1273/92, Art. 10).

ACCIONES

1.

Asistir en la fijación de la doctrina de las

Fuerzas de Seguridad y los Cuerpos Policiales que integran el Sistema

de Seguridad Interior para el mejor cumplimiento de las misiones

asignadas en los planes correspondientes.

2.

Intervenir en la formulación de criterios que

contribuyan a elevar la calidad de la formación profesional de los

Cuerpos Policiales y las Fuerzas de Seguridad, tendiendo a la

integración y economía de esfuerzos del Sistema Educativo Policial.

3.

Entender en el desarrollo de actividades de

capacitación y actualización profesional en materia de Seguridad

Interior —conferencias, cursos, seminarios, congresos, campañas u otras

actividades de difusión— que respondan a las necesidades del contexto.

4.

Asistir en la ejecución de proyectos y

actividades de cooperación orientados al fortalecimiento de las

instituciones de formación policial, a la gestión curricular y a la

formación de instructores y docentes.

5.

Asistir en el diseño, elaboración y difusión de

recursos didácticos destinados a la formación profesional y a las

actividades de capacitación dirigidas a los recursos humanos del

Sistema de Seguridad Interior.

6.

Intervenir en la articulación entre el Sistema de

Seguridad Interior, el Sistema Educativo y el Sistema Científico y

Tecnológico nacionales.

7.

Entender en la investigación de temas relacionados con la Seguridad Interior para la formulación de objetivos y políticas.

8.

Asistir en la ejecución de proyectos orientados

al desarrollo de las capacidades científicas y tecnológicas disponibles

en el campo de la seguridad.

9.

Entender en la ejecución de convenios y acuerdos

—tanto en el ámbito nacional como internacional — tendientes a

concretar las acciones antes mencionadas.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DE DELITOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer al Subsecretario de Seguridad Ciudadana,

políticas, estrategias y acciones de prevención del delito,

particularmente, en los centros de transporte terrestre y su entorno,

tanto en el ámbito Nacional como en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asistir al Subsecretario de Seguridad Ciudadana en

la supervisión de los planes referidos a estrategias y acciones de la

prevención del delito, en las relaciones de las Fuerzas Policiales y de

Seguridad con la comunidad, en la formulación de la Política de

Seguridad Interior y en el ejercicio del Poder de Policía.

Asistir y asesorar al Subsecretario de Seguridad

Ciudadana sobre políticas y acciones en materia de Seguridad Regional

en el MERCOSUR y en los ámbitos regional y continental, formulando el

diagnóstico de la situación de seguridad y asesorando en lo referente a

la coordinación de las políticas sobre el tema entre los países

miembros del MERCOSUR.

Asistir al Subsecretario de Seguridad Ciudadana en

la coordinación y formulación de planes de inversiones, equipamiento y

bienestar de las fuerzas policiales y de seguridad.

Entender en lo referente a las relaciones

institucionales con entidades y organismos de los sectores públicos,

privados y organismos no gubernamentales vinculados con las acciones de

protección ciudadana.

Interactuar con las instituciones formales e

informales de la sociedad civil con el objeto de propiciar políticas

públicas democráticas, inclusivas y plurales.

Asistir en las relaciones institucionales con los

Gobiernos de las Provincias y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

asesorando en las cuestiones de seguridad interprovinciales y

municipales.

ACCIONES

1.

Proponer estrategias y acciones de relaciones entre las Fuerzas Policiales y de Seguridad con la comunidad.

2.

Dirigir el Programa de Prevención del Delito Tren Alerta.

3.

Elaborar un plan integral de relaciones

institucionales compuesto por programas específicos dirigidos al sector

público, privado y a las organizaciones no gubernamentales.

4.

Contribuir al fortalecimiento de las relaciones

entre los cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad, a fin de optimizar

la calidad de las relaciones policiales, basadas en la defensa de las

necesidades e intereses de la comunidad.

5.

Requerir toda información necesaria a los

organismos civiles nacionales, provinciales y los de la policía como de

las fuerzas de seguridad.

6.

Establecer la coordinación necesaria con el Consejo de Seguridad Nacional.

7.

Asistir al Comité de Crisis y al Consejo de Seguridad Interior en los aspectos de la Ley Nº 24.059.

8.

Promover y coordinar las reuniones regionales y

nacionales de las provincias adheridas a la Ley Nº 24.059 y normas

complementarias.

9.

Asistir en la elaboración de programas, proyectos y planes destinados a fortalecer la seguridad ciudadana.

10.

Dirigir el Nodo Nacional Argentino (NONAR) del Sistema de Intercambio de Informaciones de Seguridad del MERCOSUR.

11.

Interactuar con las instancias técnicas bilaterales, regionales y continentales en materia de seguridad regional.

12.

Asesorar en materia de doctrina, política y legislación referidas a la Seguridad Regional.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DE DELITOS

DIRECCION DE PREVENCION EN CENTROS DE TRANSPORTE TERRESTRE

ACCIONES

1.

Asistir a la superioridad en la supervisión de

los planes referidos a estrategias y acciones de la prevención del

delito en los centros de transporte terrestre.

2.

Diseñar relevamientos en el espacio urbano y en

inmediaciones de los centros de transporte terrestre para fortalecer la

seguridad ciudadana de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

3.

Elaborar el mapeo de los relevamientos realizados

en el espacio urbano de los centros de transporte terrestre y sus

inmediaciones en el ámbito de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

4.

Diseñar e implementar las bases de datos de los

relevamientos llevados a cabo en el espacio urbano en los centros de

transporte terrestre y sus inmediaciones, en el ámbito de las

Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

5.

Disponer la realización de estadísticas referidas

a tasas de victimización, denuncias y tipología de delitos en centros

de transporte terrestre y sus inmediaciones, en el ámbito de las

Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

6.

Promover la coordinación de esfuerzos con otros

organismos del estado nacional, provincial, municipal, Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y organizaciones civiles para el tratamiento de temas

que exijan una actuación integral en la materia.

7.

Participar del desarrollo del Plan General de

Coordinación y Cooperación para el mantenimiento del espacio urbano de

los centros de transporte terrestre y sus inmediaciones, en el ámbito

de las Provincias, Municipios y Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tendientes al fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

8.

Implementar planes y programas de prevención del delito en centros de transporte terrestre.

9.

Administrar el Programa de Prevención del Delito Tren Alerta.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DE DELITOS

DIRECCION DE COORDINACION Y LOGISTICA

ACCIONES

1.

Realizar las previsiones y todas aquellas

acciones que sean necesarias para proporcionar a la superioridad los

medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones, en el lugar y

momento que la emergencia lo requiera.

2.

Formular los planes e implementar los medios para

promover la capacitación, racionalización, difusión y optimización del

uso y empleo de los recursos humanos y medios disponibles tendientes al

fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

3.

Asistir en lo referente a intervenciones que sean

inminentes en las áreas de su competencia, tendientes a la seguridad

ciudadana.

4.

Coordinar la operatividad de las áreas

gubernamentales y de los organismos externos a la administración

pública que tengan injerencia en todos los ámbitos que competan.

5.

Asistir a la superioridad a fin de suministrarle

los recursos que sean requeridos por éste o las áreas que le dependen

para el fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana.

6.

Centralizar la información acerca de los recursos

con que cuenta la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a efectos de

elaborar una base de datos.

7.

Realizar intervenciones en el ámbito de dominio

público con el objeto de prevenir situaciones que impliquen riesgo para

la ciudadanía.

8.

Asistir en la planificación de respuestas de tipo

logístico, de acuerdo a las necesidades y recursos existentes, con el

propósito de optimizar los mismos.

9.

Desarrollar programas de capacitación en

coordinación con las fuerzas policiales y de seguridad de los gobiernos

provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

10.

Promover la suscripción de convenios con

organismos gubernamentales nacionales, provinciales, municipales y

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no gubernamentales nacionales o

internacionales y acuerdos federales para propender a una mayor

coordinación en la implementación de los programas que se desarrollen.

11.

Ejecutar, realizar el seguimiento y control de

las políticas, programas y proyectos que fueran desarrollados desde

este organismo.

12.

Analizar las situaciones motivo de intervención

y proponer prioridades, acerca de los centros vulnerables a ser

intervenidos.

13.

Elaborar estudios estadísticos de las

intervenciones realizadas, proporcionar a los sectores correspondientes

los resultados obtenidos y reunir, procesar y difundir la información

relativa a los mismos.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

DIRECCION NACIONAL DE PREVENCION DE DELITOS RURALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Participar en la formulación de políticas de

prevención de delitos rurales y entender en su implementación. Entender

en la elaboración de estadísticas sobre ilícitos en zonas rurales.

ACCIONES

1.

Entender en la creación de Bases de Datos sobre ilícitos en zonas rurales, como también en su actualización periódica.

2.

Participar en las operaciones simultáneas de

control que realicen los diversos organismos y Fuerzas de Seguridad

Nacionales con competencia en las materias que configuran la seguridad.

3.

Coordinar la actuación de las Autoridades

Nacionales y locales competentes para el mejoramiento de las

actividades de prevención y, cuando corresponda, de represión de los

ilícitos que afecten el patrimonio de los habitantes de zonas rurales.

4.

Participar en la coordinación del Encuentro

Nacional de Seguridad Rural y Ambiente Rural, a realizarse

periódicamente con la participación de todos los Organismos y

Jurisdicciones Nacionales de los diversos poderes del Estado, de las

Fuerzas de Seguridad Nacionales, Fuerzas Policiales Provinciales,

Entidades representativas del agro, comercio e industria y fuerzas

vivas relacionadas con el ámbito rural, como también con las

autoridades de los Gobiernos Provinciales y Municipalidades que acepten

concurrir a dicho Encuentro.

5.

Propiciar la realización de convenios y acuerdos

de cooperación y complementación entre las Fuerzas de Seguridad

Nacionales, entre sí, o con los diversos Organismos Nacionales,

Provinciales y/o Municipales con competencias en la temática de la

seguridad rural.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la producción y difusión de Inteligencia

Criminal con el objeto de prevenir y reprimir actividades criminales

que por su naturaleza, magnitud, consecuencias previsibles,

peligrosidad o modalidades afecten la libertad, la vida, el patrimonio

de los habitantes, sus derechos y garantías y las instituciones

democráticas establecidos en la Constitución Nacional.

Ejercer la dirección funcional y coordinación de las

actividades de los órganos de Información e Inteligencia de la Policía

Federal Argentina, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina y

de los órganos provinciales de acuerdo a los convenios que se celebren,

con los enlaces establecidos en la Ley Nº 24.059 de Seguridad Interior

y el Decreto Reglamentario Nº 1273/92.

ACCIONES

1.

Dirigir las actividades de obtención, reunión,

sistematización y análisis de información a realizar por los órganos

previstos en la responsabilidad primaria, sobre aquellas actividades

propias de Inteligencia Criminal y coordinar acciones con los órganos

provinciales y otros organismos nacionales cooperantes. Proporcionar

los medios adecuados para dichas actividades.

2.

Diseñar y dirigir la Red Nacional de Inteligencia

Criminal (REDUNIC), que contemple la actuación coordinada de los

órganos previstos en el punto primero, y la integración de sus

capacidades humanas y tecnológicas y proporcionar los medios técnicos

necesarios.

3.

Entender en la formulación de acuerdos de

capacitación e integración de esfuerzos para constituir áreas de

Inteligencia Criminal en las Fuerzas Federales y en las Provincias, con

misiones, alcances, funciones y tareas que posibiliten el trabajo en

conjunto.

4.

Entender en las normas específicas para la

formación y capacitación de los planteles de personal a ser

desarrollados por los Institutos respectivos de las Fuerzas de

Seguridad y Policiales y supervisar dicha formación.

5.

Dirigir y supervisar la relación de los órganos

contemplados en la Responsabilidad Primaria con los organismos de

información e inteligencia y/o con otras áreas públicas o privadas,

nacionales y extranjeras en lo atinente a Inteligencia Criminal, en

especial la capacitación, la asistencia a cursos, y los intercambios de

información específica.

6.

Dirigir las reuniones del componente nacional del

Comando Tripartito de la Triple Frontera y mantener el enlace técnico

con los órganos de Inteligencia destacados en la zona.

7.

Dirigir los estudios y las acciones tendientes a

consolidar bases de datos unificadas entre todos los integrantes del

Esfuerzo Nacional de Policía, respecto de las acciones criminales que

por su magnitud, peligrosidad y consecuencias representen amenazas a la

seguridad interior de la Nación y que constituyen prioridades de la

Conducción Política del ENP.

8.

Dirigir la representación argentina ante el GTP/GTE Terrorismo de la RMI MERCOSUR.

9.

Participar del desarrollo del Plan General de

Coordinación y Cooperación para la Seguridad Regional, desarrollado por

la RMI MERCOSUR en todo lo atinente a la Inteligencia Criminal.

10.

Organizar y mantener actualizado el listado de

facilidades tecnológicas existentes en el conjunto del Esfuerzo

Nacional de Policía y supervisar la incorporación de los equipamientos

necesarios para el desarrollo de la actividad.

11.

Participar en la Comisión de Desarrollo del

Sistema de Intercambio de Informaciones de Seguridad del MERCOSUR

(SISME) y asesorar en coordinación con el SURC y REDUNIC.

12.

Dirigir la participación de las Fuerzas Federales en las reuniones de la Comunidad de Contraespionaje.

13.

Constituirse en punto focal operativo del Comité

Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE) y entender en la relación

con los organismos técnicos del Comité.

14.

Dirigir estudios tendientes a lograr la

unificación doctrinaria en materia de Inteligencia Criminal y

establecer los criterios de la actividad, que deberán ser comunes en el

conjunto del Esfuerzo Nacional de Policía.

15.

Dirigir las actividades de Inteligencia Criminal

correspondientes al Esfuerzo Nacional de Policía, en todo lo atinente a

la prevención de amenazas terroristas.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION DE DESARMADEROS Y AUTOPARTES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Secretario de Seguridad Interior en el

diseño de políticas que permitan, a través del control administrativo

que ejerce el Estado Nacional, desalentar la comisión de delitos

primarios sobre bienes muebles registrables y sus concomitancias sobre

otros bienes y personas.

Asistir al Secretario de Seguridad Interior en la

implementación de las acciones de fiscalización de las actividades

reguladas por la Ley 25.761, su reglamentación, normas complementarias

y modificatorias y aquellas que en el futuro regulen el despiece,

recuperación de partes y disposición de rezagos de los diferentes

bienes muebles registrables.

ACCIONES

1.

Entender en el ejercicio de las actividades que,

como autoridad de aplicación, son asignadas a la Secretaría de

Seguridad Interior por la Ley 25.761 y su reglamentación.

2.

Entender en el análisis del marco normativo

regulatorio del desarmado de vehículos, la comercialización, transporte

y/o almacenamiento de piezas usadas y la disposición final de sus

rezagos.

3.

Propiciar la introducción de las modificaciones o

adecuaciones legales y reglamentarias que desalienten el desarrollo de

actividades ilícitas previstas en la Ley 25.761.

4.

Intervenir en la recepción, análisis e

instrucción de las denuncias que se efectúen a través del Servicio

Gratuito creado por el art. 14º de la Ley 25.761, las receptadas a

título espontáneo y personal y aquellas derivadas por organismos

provinciales competentes en la materia.

5.

Propender, a través de la suscripción de

convenios de integración, a la adopción de políticas y estrategias que

coadyuven a un óptimo y coordinado desenvolvimiento operativo de las

Fuerzas de seguridad y Policiales con competencia en la materia.

6.

Solicitar la intervención de las Fuerzas de

Seguridad y/o Policiales para la realización de inspecciones,

verificaciones y actividades de control en todo el territorio nacional,

relacionadas con la información contenida en el RUDAC, denuncias

recibidas y/o informes ambientales o de inteligencia emanados de las

autoridades competentes.

7.

Solicitar el desempeño de las Fuerzas de

Seguridad y Policiales en la prevención y persecución de ilícitos con

conexidad a los previstos en la Ley 25.761.

8.

Intervenir en la sustanciación de los sumarios

que correspondan por infracciones a la Ley 25.761, y en caso de

resultar procedente, disponer sobre la aplicación de multas.

9.

Verificar que los funcionarios competentes en

razón de la materia, efectúen las denuncias penales a que hubiere

lugar, derivadas de los hechos que puestos en su conocimiento, ameriten

dicha acción.

10.

Implementar los procedimientos necesarios a fin

de llevar a cabo las tareas de descontaminación, compactación y

disposición final como chatarra de vehículos contemplados por la

normativa vigente.

11.

Disponer sobre la aplicación de multas y las

diferentes sanciones administrativas ante la falta de cumplimiento de

las normas que son materia de su competencia.

12.

Entender en la coordinación de las tareas de las

Fuerzas de Seguridad Nacionales y policías locales, con competencia en

la investigación y la prevención en la comisión de los delitos

previstos en las normas antedichas y otros conexos.

13.

Ejercer la fiscalización operativa y funcional

sobre los Establecimientos inscriptos en el REGISTRO UNICO DE

DESARMADEROS DE AUTOMOTORES Y ACTIVIDADES CONEXAS (RUDAC).

14.

Crear, mantener y actualizar una Base de Datos

Nacional que integre las estadísticas de comisión de delitos sobre

bienes muebles registrables y su potencial relación con plantas de

desguace, para la adopción de procedimientos de prevención y desaliento

de actividades ilícitas de este tipo en todo el país.

15.

Entender en el proceso de descontaminación,

compactación y disposición final en el marco de la Ley Nº 26.348 y

concordantes, determinando qué autopartes deben ser descontaminadas y

compactadas a fin de ordenar su destrucción y fiscalizar su

cumplimiento.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTACULOS FUTBOLISTICOS

DIRECCION DE COORDINACION OPERATIVA Y FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Subsecretario de Seguridad en los

Espectáculos Futbolísticos de la Secretaría de Seguridad Interior en la

coordinación de los operativos de seguridad de los partidos de fútbol y

en la fiscalización de las condiciones edilicias de los estadios.

Impartir las directivas correspondientes al

ejercicio de las tareas y funciones que se desprenden del cumplimiento

del Decreto Nº 1466/97, los requerimientos técnico-legales de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y los diagramas de seguridad y contingencia de

los clubes de fútbol, para garantizar las responsabilidades asignadas.

ACCIONES

1.

Planificar las actividades adecuadas para

garantizar seguridad para la vida, la integridad física del público y

el normal desarrollo del espectáculo futbolístico.

2.

Participar en las reuniones del Consejo Nacional

para la Prevención de la Violencia y la Seguridad en el Fútbol,

controlar las actividades y elaborar recomendaciones sobre la seguridad

en los espectáculos futbolísticos.

3.

Participar en las reuniones del Comité de

Seguridad en el Fútbol, controlar las actividades y brindar

asesoramiento técnico-operativo sobre temas relativos a la calificación

de los encuentros, la aprobación del número de efectivos y coordinación

del acompañamiento a las hinchadas, y emitir opinión sobre casos de

actuación de veto a los estadios.

4.

Supervisar la diagramación para la cobertura de

los operativos de seguridad de los partidos de fútbol y el cumplimiento

del plan anual de inspecciones a los estadios.

5.

Asistir al personal policial y a los operadores

de la sala de audio y video, a los representantes de la organización

del club y a los funcionarios de la Justicia Contravencional durante el

desarrollo de los espectáculos futbolísticos.

6.

Sistematizar la documentación probatoria colectada durante los eventos futbolísticos.

7.

Mantener actualizado el Banco Nacional de Datos sobre Violencia en el Fútbol.

8.

Reunir evidencias para aportar en denuncias ante el ámbito judicial correspondiente.

9.

Generar mecanismos de intercambio de información y evaluación con las fuerzas policiales a nivel federal.

10.

Elaborar estadísticas sobre el desempeño de los

operativos y la fiscalización de las condiciones edilicias de los

estadios futbolísticos.

11.

Brindar asesoramiento en materia de la

fiscalización de la infraestructura de los estadios e identificar los

recaudos en la organización de los eventos futbolísticos.

12.

Elaborar respuestas a requerimientos técnicos de la Justicia Contravencional (Comisión Técnica Evaluadora).

13.

Conformar expedientes administrativos en virtud

del Art. 22 del Decreto Nº 1466/97 – Actuación administrativa en la

clausura de los estadios.

14.

Elaborar proyectos y acuerdos con las

jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

tendientes a la armonización de las cuestiones técnicas y operativas de

coordinación federal.

15.

Propender al desarrollo e implementación de

programas federales de formación y capacitación vinculados a la

coordinación de la cobertura de los operativos policiales y a la

fiscalización de la infraestructura de los estadios.

16.

Coordinar la asistencia técnica para la mejora

de la infraestructura y evaluar el cumplimiento del Plan Integral de

Reforma de los estadios futbolísticos.

17.

Mantener actualizados las normas y los

procedimientos administrativos de seguridad en la infraestructura de

los estadios de fútbol a nivel nacional.

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD EN LOS ESPECTACULOS FUTBOLISTICOS

DIRECCION DE POLITICAS DE PREVENCION Y RELACIONES INTERJURISDICCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al Subsecretario de Seguridad en los

Espectáculos Futbolísticos de la Secretaría de Seguridad Interior en el

desarrollo de un esquema preventivo conducente a la transformación

cultural y moral en el fútbol, a través de la implementación de

políticas de Estado.

Organizar, coordinar y supervisar el desarrollo de

las acciones tendientes a la articulación con las provincias y la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la actualización de la normativa

sobre el régimen de seguridad en el fútbol, y al fortalecimiento

institucional del Consejo Federal en los Espectáculos Futbolísticos.

ACCIONES

1.

Planificar las actividades adecuadas para

garantizar la articulación de acciones de alcance federal en materia de

formación y capacitación, coordinación operativa, normatización y

fiscalización de la infraestructura de los estadios.

2.

Propender al desarrollo e implementación de programas para la prevención de la violencia a nivel nacional.

3.

Participar en las reuniones del Consejo Nacional

para la Prevención de la Violencia y la Seguridad en el Fútbol y del

Comité de Seguridad en el Fútbol y elaborar recomendaciones sobre temas

vinculados a la seguridad en los espectáculos futbolísticos.

4.

Asistir al Consejo Federal de Seguridad en los

Espectáculos Futbolísticos en la elaboración de acuerdos programáticos

con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

5.

Establecer cronogramas de trabajo con el fin de

armonizar la política de seguridad sobre cuestiones locales, en

competencias provinciales no delegadas a la Nación.

6.

Brindar asesoramiento a las provincias y a la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la creación y fortalecimiento de

los comités de seguridad en el fútbol.

7.

Coordinar reuniones técnicas de evaluación sobre

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