HIDROCARBUROS
DEROGASE EL DECRETO NUMERO 632 DE FECHA 27 DE AGOSTO DE 1974 POR EL QUE SE DISPUSO EL OTORGAMIENTO DE TODAS LAS AUTORIZACIONES DE ESTACIONES DE SERVICIO Y BOCAS DE EXPENDIO DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES A FAVOR DE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES.
HIDROCARBUROS
Decreto N° 2.568/1979
Derógase el Decreto N° 632 de fecha 27 agosto de 1974.
Bs. As., 17/10/79
VISTO el Expediente N° 360.019/78, de la Secretaría de Estado de
Energía, por el cual Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del
Estado, solicita la derogación del Decreto Número 632 de fecha 27 de
agosto de 1974, de nacionalización de bocas de expendio de combustibles
y lubricantes, y
CONSIDERANDO:
Que con el dictado del Decreto N° 223 de fecha 27 de abril de 1976 se
encaró la situación existente a raíz de los distintos diferendos
planteados entre el Estado Nacional y empresas privadas, nacionales y
extranjeras, entre ellos los resultantes de la aplicación del decreto
citado en el Visto.
Que a tal efecto fueron creadas Comisiones Asesoras Honorarias que
tuvieron a su cargo el estudio de los antecedentes de cada caso y la
recomendación de las soluciones pertinentes.
Que los acuerdos los acuerdos a que se arribara en el seno de dichas
Comisiones fueron aprobados por los Decretos números 1535/77, 1536/77,
1539/77, 2371/77, 3241/77, 2035/78, 697/79 768/79 y 1183/79,
excluyéndose las empresas afectadas del régimen legal establecido por
el Decreto N° 632 de fecha 27 de agosto de 1974.
Que, consecuentemente corresponde disponer su derogación,
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°- Derógase el
Decreto número 632 de fecha 27 de agosto de 1974 por el que se dispuso
el otorgamiento de todas las autorizaciones de estaciones de servicio y
bocas de expendio de combustibles y lubricantes a favor de Yacimientos
Petrolíferos Fiscales.
Art. 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA.
José A. Martínez de Hoz.
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