POLICIA FEDERAL
DESCENTRALIZANSE TAREAS PARA COMPROBACION DE FALLECIMIENTOS DE FAMILIARES DEL PERSONAL, FUERA DEL PERIMETRO DE LA CAPITAL. MODIFICASE EL ART. 249 DE LA REGLAMENTACION DE LA LEY ORGANICA DE LA POLICIA FEDERAL
Ministerio del Interior
POLICIA FEDERAL
DIRECCION DE COORDINACION FEDERAL.– Descentralízanse tareas para comprobación de fallecimientos de familiares del personal, fuera del perímetro de la Capital.
DECRETO Nº 2.775
Bs. As. 10/4/61
VISTO el Expediente 2.760-P-1961, por el que la Policía Federal solicita la modificación al artículo 249 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal en su parte "in fine", con el objeto de descentralizar las tareas que cumple la Dirección Coordinación Federal, en lo relacionado con la comprobación de los fallecimientos de familiares del personal de la Institución fuera del perímetro de la Capital Federal.
El presidente de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º – Modifícase el artículo 249 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal (Decreto 6.580/58) en su parte "in fine", en la siguiente forma:
Artículo 249:
En los tiempos indicados no se incluye el término que insume el viaje de ida y de regreso. Tratándose de fallecimientos dentro del perímetro de la Capital Federal, la comprobación se hará por intermedio de la Comisaría Seccional respectiva. Si lo fuere dentro del radio del Gran Buenos Aires, por la Dependencia donde revista el causante y si lo fuere en el interior del país por la Dirección Coordinación Federal.
Art. 2º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
FRONDIZI. – Alfredo R. Vítolo.
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