DECRETOS DESCLASIFICADOS
MODIFICANSE LAS AUTORIZACIONES PARA GASTAR DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO DE 1976, DE ACUERDO CON EL SIGUIENTE RESUMEN Y EL DETALLE OBRANTE EN PLANILLAS ANEXAS AL PRESENTE ARTICULO, QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL MISMO.
Decreto S 3010/1976
Buenos Aires, 24/11/1976
VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
ejercicio 1976, aprobado por la Ley N° 21.395, distribuido por el
Decreto N° 1.816 de fecha 25 de agosto de 1976, y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional se encuentra empeñado en arbitrar las medidas
conducentes a la ejecución de un plan de apoyo a las Fuerzas actuantes
en las provincias, que les permita alcanzar la aptitud operativa
adecuada para la lucha antisubversiva.
Que frente al problema que tal situación plantea, es imprescindible la
concurrencia del Comando en Jefe del Ejército, para que mediante la
intervención de sus servicios de carácter reservado, proceda a la
adquisición de los elementos que garanticen el desenvolvimiento eficaz
de las operaciones antiguerrilleras.
Que a tales efectos es necesario practicar un reajuste de la
distribución presupuestaria vigente, habilitando los créditos
correspondientes, de acuerdo con la autorización conferida por los
artículos 5° y 6° de la Ley N° 21.395.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modifícanse las autorizaciones para gastar del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio de
1976, de acuerdo con el siguiente resumen y el detalle obrante en
planillas anexas al presente artículo, que forman parte integrante del
mismo.
[IMG]
ARTICULO 2°.- Modifícase el Cálculo de Recursos afectado a la
financiación del presupuesto de la Cuenta Especial 764 - Comando en
Jefe del Ejército - Cumplimiento Ley N° 18.302 “S”, correspondiente a
la Jurisdicción 46 - Comando en Jefe del Ejército, de acuerdo con el
detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte
integrante del mismo.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/05/2019 N° 30313/19 v. 06/05/2019
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