SUPERINTENDENCIA DE LOCACIONES
TRANSFIERESE LA SUPERINTENDENCIA DE LOCACIONES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA, A LA SECRETARIA DE ESTADO DE VIVIENDA.
Secretaría de Hacienda
SUPERINTENDENCIA DE LOCACIONES
DECRETO Nº 31
Pasa a jurisdicción de la Secretaría de Vivienda.
Bs. As., 18/1/68
VISTO lo dispuesto por el Art. 39 de la Ley Nº 16.956 y el Art. 20 de la Ley número 17.271, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a las nuevas competencias asignadas a los Ministros, Secretarías de Estado y Comandos en Jefe de las Fuerzas Armadas por las leyes citadas, corresponde disponer la transferencia de la Superintendencia de Locaciones que, por la naturaleza de sus funciones, debe cambiar de jurisdicción;
Por ello,
El Presidente de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º — Transfiérese la Superintendencia de Locaciones de la Secretaría de Estado de Hacienda, a la Secretaría de Estado de Vivienda.
Art. 2º — La transferencia indicada en el artículo anterior comprenderá la totalidad del personal, bienes muebles e inmuebles, cuentas especiales y créditos presupuestarios y, en general, todos los bienes y derechos que integren su patrimonio y/o estén afectados a su funcionamiento.
Art. 3º — Los servicios administrativos pertinentes adoptarán las medidas necesarias para efectuar los reajustes de presupuestos, cuando correspondiere, y hasta tanto las modificaciones presupuestarias no se formalicen los gastos se imputarán a las partidas existentes.
Art. 4º — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Economía y Trabajo y de Bienestar Social, y firmado por los señores Secretarios de Hacienda y de Vivienda.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA. — Adalbert Krieger Vasena. — Julio E. Alvarez. — Luis S D' Imperio. — Ernesto García Olano.
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