ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2022-08-11
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 480/2022

DCTO-2022-480-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-82170681-APN-DNDO#JGM, la Ley de

Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992 y sus modificatorias), la Ley Nº 27.591 y sus

modificatorias, los Decretos Nros. 945 del 17 de noviembre de 2017, 50

del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 882 del 23 de

diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría

para cumplir con las responsabilidades que le son propias,

estableciendo, asimismo, sus Objetivos y los ámbitos jurisdiccionales

en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que razones de gestión tornan necesaria la transferencia de la

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL

DESARROLLO de la órbita de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN al ámbito de la SECRETARÍA DE ASUNTOS

ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE ECONOMÍA y

la consecuente modificación de la conformación organizativa y Objetivos

de la citada Secretaría.

Que por el Decreto Nº 451/22, modificatorio de la Ley de Ministerios,

se creó, con dependencia directa de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, la SECRETARÍA DE GABINETE por lo que en esta instancia

resulta necesario aprobar su conformación organizativa.

Que atento las modificaciones introducidas, en última instancia, a la

Ley de Ministerios por el Decreto N° 451/22 resulta necesario adecuar

la conformación organizativa de la Administración Pública Nacional y

dotar a la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS de sus competencias.

Que atento las funciones asignadas a la SECRETARÍA DE ASUNTOS

ESTRATÉGICOS y al MINISTERIO DE ECONOMÍA resulta necesario exceptuarlos

de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 945/17.

Que por razones de optimización de la gestión de gobierno resulta

necesario proceder a la creación del cargo extraescalafonario de

Coordinador o Coordinadora de Seguimiento y Asistencia de Entes

Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, con dependencia de

la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, efectuando la correspondiente adecuación

presupuestaria.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente

de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención que les compete.

Que los servicios jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 6° y

10 de la Ley N° 27.591, prorrogada por el Decreto N° 882/21.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS

INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO, dependiente de la SECRETARÍA DE

ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al ámbito de la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES del

MINISTERIO DE ECONOMÍA. La transferencia aludida comprende las unidades

organizativas, como así también los créditos presupuestarios, bienes y

dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de

revista.

ARTÍCULO 2º.- Suprímense del Anexo I – Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-

aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios los Apartados X, MINISTERIO DE DESARROLLO

PRODUCTIVO, y XI, MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios el Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS

ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“III.- SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

UNIDAD GABINETE DE ASESORES”.

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese del Anexo I – Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría -

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, por el siguiente:

“V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE RELACIONES CON LA SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO COMUNITARIO

SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

ARTÍCULO 5º.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por

el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE HACIENDA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SECRETARÍA DE FINANZAS

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES

SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO Y LA COMPETITIVIDAD FEDERAL

SECRETARÍA DE COMERCIO

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

CONOCIMIENTO

SECRETARÍA DE MINERÍA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

ARTÍCULO 6º.- Exceptúase a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y al MINISTERIO DE ECONOMÍA de lo dispuesto en

el artículo 1° del Decreto N° 945 del 17 de noviembre de 2017 .

ARTÍCULO 7º.- Suprímense del Anexo II –Objetivos- aprobado por el

artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios los Apartados X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

XI, MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 8º.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios el Apartado III, SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el obrante en la Planilla Anexa

(IF-2022-82653582-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el

obrante en la Planilla Anexa (IF-2022-82656087-APN-DNDO#JGM) al

presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 10.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el obrante

en la Planilla Anexa (IF-2022-82994687-APN-DNDO#JGM) al presente

artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 11.- Suprímense del Anexo III –Ámbitos jurisdiccionales en los

que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-

aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios los Apartados X, MINISTERIO DE DESARROLLO

PRODUCTIVO, y XI, MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-

aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, por el siguiente:

“V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Organismos Descentralizados

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO

CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”.

ARTÍCULO 13.- Sustitúyese del Anexo III – Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-

aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por

el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE ENERGÍA

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA)

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)

AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME)

SECRETARÍA DE MINERÍA

SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA)

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE)

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP)

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

SECRETARÍA DE COMERCIO

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO

COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO

CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO

POLO TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE

COMISIÓN MIXTA ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ

NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

ENERGÍA ARGENTINA S.A.

ENTE BINACIONAL YACYRETÁ

DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA

UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE)

YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS

SECRETARÍA DE MINERÍA

YACIMIENTOS MINEROS AGUA DE DIONISIO (YMAD)

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INNOVACIONES TECNOLÓGICAS AGROPECUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA (INTEA)

INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

Entes del Sector Público Nacional Financiero

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA

BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR

Sociedades comprendidas en el artículo 15 de la Ley N° 26.741

SECRETARÍA DE ENERGÍA

YPF SOCIEDAD ANÓNIMA

YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA”.

ARTÍCULO 14.- El MINISTERIO DE ECONOMÍA será continuador a todos sus

efectos y en lo pertinente a las relaciones, negociaciones y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA con los bancos y organismos

multilaterales y bilaterales de crédito de las responsabilidades de la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 15.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales

existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente

mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual

situación de revista.

ARTÍCULO 16.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las funciones

transferidas por el artículo 1° del presente decreto serán atendidas

con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen

de las mismas.

ARTÍCULO 17.- Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA

ADMINISTRACIÓN NACIONAL - Recursos Humanos, en la parte correspondiente

a la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para el

Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa

(IF-2022-82148949-APN-SCA#JGM) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 18.- Créase, con dependencia de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN

LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el

cargo extraescalafonario de Coordinador o Coordinadora de Seguimiento y

Asistencia de Entes Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado,

con rango y jerarquía de Subsecretario o Subsecretaria, cuyas funciones

se detallan en la Planilla Anexa (IF-2022-82730754-APN-DNDO#JGM) al

presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

(Nota Infoleg:por art. 26 delDecreto Nº 45/2023*B.O. 15/12/2023 se suprime el cargo extraescalafonario de Coordinador o

Coordinadora de Seguimiento y Asistencia de Entes Descentralizados,

Empresas y Sociedades del Estado, creado por el presente artículo)*

ARTÍCULO 19.- El Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las

modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la

implementación de lo establecido en el presente decreto.

ARTÍCULO 20.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 21.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/08/2022 N° 62132/22 v. 11/08/2022

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

ANEXO

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8°

ANEXO II

III.- SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

OBJETIVOS

1.

Entender en la identificación, el análisis y el seguimiento de

aquellos asuntos que resulten estratégicos para el desarrollo nacional

y deban ser sometidos a consideración de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

2.

Intervenir en el establecimiento, el análisis, la planificación y el

seguimiento de los temas prioritarios y estratégicos para el desarrollo

nacional en materia productiva y territorial, y asistir a la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el seguimiento de tales temas.

3.

Entender en la determinación de prioridades estratégicas para el

desarrollo del CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL creado por el Decreto N°

124/21, con el objeto de generar consensos entre los distintos actores.

4.

Intervenir en cuestiones relativas a las prioridades de la

estrategia de inserción internacional del país, efectuando su análisis,

planificación y seguimiento, en coordinación con el MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas de

la Administración Pública Nacional competentes.

5.

Participar en el diseño de la estrategia de inserción internacional

del país en relación con organismos internacionales (UNASUR, G20,

G24, OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras instancias internacionales en que la

REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o tenga participación), en coordinación

con las áreas competentes de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

6.

Participar en la coordinación de la agenda de vinculación

internacional e institucional de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

7.

Entender en el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de las

directivas emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sobre los asuntos

estratégicos prioritarios en la agenda presidencial.

8.

Participar en la coordinación estratégica de los temas relacionados

con la participación del Presidente o Presidenta de la Nación en

cumbres, viajes y visitas de Jefes o Jefas de Estado y de Gobierno, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

9.

Asistir a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en la definición y el

monitoreo de las prioridades estratégicas de gestión y entender en la

coordinación entre las distintas esferas de gobierno para su logro.

10.

Participar en el seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

11.

Entender en la conducción del Cuerpo de Administradores Gubernamentales.

12.

Participar en la definición de los lineamientos y contenidos

estratégicos relativos a la formación de expertos y expertas en los

niveles gerenciales que conforman la Administración Pública Nacional.

13.

Participar en la definición de las prioridades estratégicas para el

desarrollo de una economía del conocimiento inclusiva y en la

coordinación y monitoreo de las acciones formativas y de investigación

en la materia de los distintos actores públicos y privados

involucrados, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia.

14.

Participar en las iniciativas críticas del sector público relativas

al uso de las tecnologías para el desarrollo de la economía del

conocimiento, tales como la inteligencia artificial, las cadenas de

bloques y otros proyectos que contribuyan a consolidar la soberanía

tecnológica argentina, en coordinación con las áreas con competencia en

la materia.

15.

Participar en el seguimiento de las negociaciones internacionales

en el marco de organizaciones intergubernamentales y en el monitoreo y

evaluación de los convenios internacionales suscriptos por la REPÚBLICA

ARGENTINA, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

16.

Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo asignados al ámbito de su competencia.

17.

Coordinar la elaboración de informes, estudios y análisis

vinculados a los asuntos estratégicos internacionales y la estrategia

para el desarrollo.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIA PARA EL DESARROLLO

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la identificación, el análisis y el

seguimiento de aquellos asuntos que resulten estratégicos en razón de

su relevancia para el desarrollo nacional y, como tales, deban ser

sometidos a consideración de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

2.

Asistir a la Secretaría en el establecimiento y seguimiento de los

temas prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional en

materia de vectores productivos, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

3.

Asistir a la Secretaría en el establecimiento y el seguimiento de

los temas prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional en

materia de planificación territorial, en coordinación con las áreas de

la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4.

Asistir a la Secretaría en el análisis, la evaluación y el

establecimiento de las prioridades estratégicas para el desarrollo del

CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL creado por el Decreto N° 124/21.

5.

Asistir a la Secretaría en el monitoreo y seguimiento del

cumplimiento de las directivas emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

sobre los asuntos estratégicos prioritarios en la agenda presidencial.

6.

Asistir a la Secretaría en la definición y monitoreo de las

prioridades estratégicas de gestión y entender en la coordinación entre

las distintas esferas de gobierno para su logro.

7.

Elaborar indicadores para el seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

8.

Proponer los contenidos estratégicos y las modalidades para la

formación de expertos y expertas en los niveles gerenciales que

conforman la Administración Pública Nacional, en coordinación con las

áreas con competencia en la materia.

9.

Asistir a la Secretaría en su participación en materia de

definición de las prioridades estratégicas para el desarrollo de una

economía del conocimiento inclusiva y en la coordinación y monitoreo de

las acciones formativas y de investigación de los distintos actores

públicos y privados involucrados.

10.

Proponer medidas para fomentar el uso en el Sector Público Nacional

de tecnologías para el desarrollo de la economía del conocimiento,

tales como la inteligencia artificial, las cadenas de bloques y otros

proyectos que contribuyan a consolidar la soberanía tecnológica

argentina, en coordinación con las áreas con competencia específica en

la materia.

11.

Elaborar informes, estudios y análisis vinculados a la estrategia para el desarrollo.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en cuestiones relativas a las prioridades de

la estrategia de inserción internacional del país establecidas por la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, efectuando su análisis, planeamiento y

seguimiento, en coordinación con las áreas de la Administración Pública

Nacional con competencia en la materia.

2.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la estrategia de inserción

internacional del país en relación con organismos internacionales

(UNASUR, G20, G24, OCDE, MERCOSUR, CELAC y otras instancias

internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o tenga

participación), en coordinación con las áreas competentes de la

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

3.

Asistir a la Secretaría en el seguimiento de las negociaciones

internacionales en el marco de organizaciones intergubernamentales y en

el monitoreo y evaluación de los convenios internacionales suscriptos

por la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia específica.

4.

Asistir a la Secretaría en el seguimiento de los temas prioritarios

y estratégicos para la inserción internacional en relación con las

transformaciones geopolíticas y su impacto sobre la REPÚBLICA ARGENTINA

establecidos por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en coordinación con las

áreas con competencia en la materia.

5.

Elaborar informes, estudios y análisis sobre asuntos que,

considerando su relevancia para la inserción internacional de la

REPÚBLICA ARGENTINA, resulten estratégicos.

6.

Participar de la construcción de la agenda de vinculación

internacional e institucional del Presidente o Presidenta de la Nación,

en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

7.

Proponer a la Secretaría lineamientos estratégicos en temas de

diplomacia presidencial, así como también colaborar en los aspectos

vinculados a la participación del Presidente o Presidenta de la Nación

en cumbres, viajes y visitas de Jefes o Jefas de Estado y de Gobierno.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores de la Secretaría.

2.

Asistir a la Secretaría en los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

3.

Asistir a la Secretaría en la ejecución operativa y en los procesos

de gestión administrativa, presupuestaria y financiero-contable de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo asignados al ámbito de su

competencia.

4.

Coordinar la gestión administrativa de los recursos humanos,

presupuestarios, materiales, desarrollos y equipamientos tecnológicos y

de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y

metas previstos.

5.

Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

6.

Asistir en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la

disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas

competentes.

7.

Coordinar los asuntos de la Secretaría relacionados con la prensa y los medios de comunicación.

8.

Coordinar el seguimiento de los programas y proyectos de las

distintas áreas de la Secretaría para la optimización de la gestión.

9.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como

la difusión de contenidos, el desarrollo y la implementación de la

imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

10.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

brindar respuesta a las cuestiones priorizadas por la Secretaría.

11.

Supervisar el accionar del Cuerpo de Administradores Gubernamentales.

IF-2022-82653582-APN-DNDO#JGM

[IMG]

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9°

ANEXO II

V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

OBJETIVOS

1.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la resolución de

los temas que le indique el PODER EJECUTIVO NACIONAL y en los propios

del ámbito de competencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2.

Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.

3.

Coordinar, con las áreas de gobierno correspondientes, la producción

de información estratégica relativa a la gestión gubernamental como

insumo para la toma de decisiones.

4.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el diseño y

coordinación de políticas públicas de la Administración vinculadas con

el cumplimiento de los objetivos de gobierno.

5.

Intervenir en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las políticas públicas involucradas.

6.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete en la coordinación y ejecución de

acciones tendientes a fortalecer la vinculación política e

institucional con los distintos poderes del ESTADO NACIONAL,

provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, sector

privado, académico y organizaciones de la sociedad civil.

7.

Entender en la coordinación interinstitucional e interjurisdiccional

de los temas delegados por el Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros que

requieran intervención de las distintas áreas de gobierno, así como en

la articulación de la gestión de los temas prioritarios con provincias,

municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

8.

Asesorar y confeccionar diagnósticos e informes al Jefe o Jefa de

Gabinete de Ministros sobre el contexto sociopolítico e impacto de las

políticas públicas en el territorio nacional.

9.

Diseñar y ejecutar una agenda política tendiente a la gestión de

demandas y necesidades provenientes de organismos nacionales y

sub-nacionales.

10.

Diseñar e implementar las relaciones parlamentarias del PODER

EJECUTIVO NACIONAL, cumpliendo las obligaciones y prerrogativas

constitucionales inherentes a su vínculo con el HONORABLE CONGRESO DE

LA NACIÓN.

11.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la evaluación de

la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de

mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y del decreto que disponga

la prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones

extraordinarias.

12.

Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe o

Jefa de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en el

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria

detallada de la marcha del Gobierno de la Nación.

13.

Entender en la elaboración de los informes solicitados por ambas

Cámaras y de la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE

LA NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, incisos

9 y 11, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

14.

Entender en las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas

Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus comisiones e

integrantes y en lo relativo a la tramitación de los proyectos de ley y

en particular los que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento

de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL.

15.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la coordinación

y supervisión del análisis, la formulación y la evaluación de la

estrategia presupuestaria, como así también en la elaboración del

Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su

ejecución.

16.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la determinación

de los lineamientos estratégicos que permitan la evaluación y toma de

decisiones con relación a los programas y proyectos de inversión,

cualquiera sea su fuente de financiamiento, en coordinación con las

áreas competentes.

17.

Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y

seguimiento de la producción pública contemplada en el Presupuesto

Nacional.

18.

Colaborar en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre

la Nación y las Provincias y monitorear el grado de cumplimiento de las

metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.

19.

Intervenir en la elaboración de los informes que, en materia

presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe o Jefa de Gabinete de

Ministros en oportunidad de su concurrencia al HONORABLE CONGRESO DE LA

NACIÓN, como así también en aquellos informes que cualquiera de las

Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral

Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

20.

Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA

NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, las

normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar

todos los actos que se requieran para la debida implementación del

mismo.

21.

Intervenir en el estudio y ejecución de los proyectos de inversión,

así como en el seguimiento, promoción, asistencia y toda otra actividad

tendiente a lograr la concreción de los proyectos de inversión que

surjan a partir de los mismos, en coordinación con las áreas

competentes.

22.

Entender en la centralización normativa de los contratos regidos

por la Ley N° 27.328 y coordinar el apoyo consultivo, operativo y

técnico a los órganos o entes licitantes, en las etapas de formulación

del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y ejecución

del contrato.

23.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el análisis y

propuesta del diseño de la estructura de la Administración Pública

Nacional Centralizada y Descentralizada.

24.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en las acciones

necesarias para la operatividad del COMITÉ EJECUTIVO PARA LA LUCHA

CONTRA LA TRATA Y EXPLOTACIÓN DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y

ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS, creado por la Ley N° 26.842.

25.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la evaluación y

seguimiento de los planes de acción y presupuesto de las Sociedades del

Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados y/o

desconcentrados y cuentas y fondos especiales cualquiera sea su

denominación o naturaleza jurídica en la órbita de su competencia, así

como en su intervención, liquidación cierre, fusión, disolución o

centralización.

26.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el control

tutelar de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE) y

de la AGENCIA DE INFORMACIÓN PÚBLICA.

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS

OBJETIVOS

1.

Organizar y coordinar la vinculación con ambas Cámaras del HONORABLE

CONGRESO DE LA NACIÓN, en lo atinente a la confección y presentación

del Informe del Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el HONORABLE

CONGRESO DE LA NACIÓN y la Memoria detallada del estado de la Nación, y

asistir en el tratamiento de las materias y proyectos específicos del

área.

2.

Diseñar los mecanismos institucionales tendientes a la elaboración

de los Informes del Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros al HONORABLE

CONGRESO DE LA NACIÓN.

3.

Entender en la elaboración del Informe Mensual y la Memoria Anual, y su publicación.

4.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones

necesarias para la concurrencia del Jefe o Jefa de Gabinete de

Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar y

supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del

Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe o Jefa de Gabinete de

Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la

CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5.

Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas

Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus Comisiones e

integrantes y, en especial en lo relativo a la tramitación de los

proyectos de ley y en particular los que deban ser remitidos a ese

Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6,

de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que

cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la

Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,

atento a lo normado por el artículo 100, incisos 9 y 11 de la

CONSTITUCIÓN NACIONAL.

7.

Gestionar a requerimiento del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, el

suministro de información y documentación solicitada ante los

organismos competentes y la asistencia de funcionarios cuando sean

debidamente notificados.

8.

Coordinar el seguimiento de los proyectos legislativos considerados

prioritarios por la Secretaría, produciendo los informes

correspondientes.

9.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones

institucionales y políticas con los representantes de ambas Cámaras del

HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y sus autoridades.

10.

Asistir a la Secretaría en los asuntos jurídicos y constitucionales

relativos a la relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA

OBJETIVOS

1.

Asesorar a la Secretaría para la coordinación y supervisión del

análisis, la formulación y la evaluación de la estrategia

presupuestaria.

2.

Asesorar a la Secretaría en la elaboración del Proyecto de la Ley de

Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.

3.

Participar en la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto

Nacional y en el seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la

Nación y las provincias.

4.

Participar en el monitoreo del grado de cumplimiento de las metas fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.

5.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que, en

materia presupuestaria, le sean requeridos por el Jefe o Jefa de

Gabinete de Ministros.

6.

Entender en el control de la formulación y evaluación de los

proyectos de inversión realizadas por las Jurisdicciones, en cuanto al

cumplimiento de las metodologías y procedimientos establecidos.

7.

Participar en la elaboración del Plan Nacional de Inversiones Públicas (PINP).

8.

Gestionar el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN).

9.

Asistir a la Secretaría en la determinación de los lineamientos

estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con

relación a los programas y proyectos de inversión, elaborando una

propuesta de priorización.

10.

Participar en el Fondo de Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM).

11.

Intervenir en la centralización normativa de los contratos regidos

por la Ley N° 27.328 y prestar apoyo consultivo, operativo y técnico, a

solicitud de los órganos o entes licitantes, en las etapas de

formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y

ejecución del contrato de proyectos de participación público privada.

12.

Entender en el control de la formulación y evaluación de los

proyectos de inversión realizados en las Jurisdicciones, en

cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la

Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública

ejecutados a través de contratos de participación público privada en

los términos de la Ley N° 27.328.

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICA E INSTITUCIONAL

OBJETIVOS

1.

Participar en el diseño y coordinación de políticas públicas de su

competencia vinculadas con el cumplimiento de los objetivos de gobierno.

2.

Participar en el diseño de estrategias de gobierno, coordinando las políticas públicas del ESTADO NACIONAL involucradas.

3.

Asistir a la Secretaría en la coordinación interinstitucional con

los organismos nacionales y sub-nacionales en la implementación de

políticas y programas en todo el territorio.

4.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una agenda política

tendiente a la gestión de demandas y necesidades de naturaleza nacional

y local.

5.

Asistir a la Secretaría en la coordinación y ejecución de acciones

tendientes a fortalecer la vinculación política e institucional con los

distintos poderes del ESTADO NACIONAL, provincial, municipal y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, sector privado, académico y

organizaciones de la sociedad civil.

6.

Asistir a la Secretaría en la coordinación interjurisdiccional de

los planes, programas y proyectos que comprendan la participación de

las provincias, municipios y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

7.

Asistir a la Secretaría en la coordinación interministerial de los

planes, programas y proyectos que requieran la intervención de las

distintas áreas de gobierno.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el

Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros.

3.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en todas las

cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos

propios del desarrollo de sus funciones institucionales.

4.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en materia de comunicación y prensa.

5.

Entender en la definición de los procedimientos de evaluación y

seguimiento de los planes, programas y proyectos de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, la optimización de la gestión de los mismos, el

intercambio y la evaluación de impacto en la implementación de las

políticas.

6.

Entender en el diseño, elaboración, definición de ajustes y

actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos

tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información,

en coordinación con las áreas competentes.

7.

Entender en la coordinación de las relaciones institucionales con

organismos y autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o municipal, así como con distintos sectores

del ámbito público y privado.

8.

Participar en la coordinación interinstitucional de los temas

delegados por el Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros que requieran

intervención de las distintas áreas de gobierno.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el diseño del

presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la formulación y

programación de la ejecución presupuestaria de las unidades ejecutoras

de las distintas categorías programáticas y en las modificaciones que

se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la Jurisdicción.

4.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la realización de

los trámites administrativos relacionados con la gestión de los

recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos

tecnológicos y de todo otro insumo necesario para las unidades

ejecutoras de las distintas categorías programáticas.

5.

Coordinar, monitorear y supervisar las acciones que hacen al

desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos,

financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de

control de gestión de la Jurisdicción.

6.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos y

en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de

la Jurisdicción.

7.

Entender en la gestión documental de la Jurisdicción y en el

seguimiento y archivo de todos los actos administrativos dictados por

el Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros y por los titulares de las

distintas dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda la

documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de

la misma.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo.

9.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros y al Secretario o

Secretaria de Gabinete en la formulación y seguimiento técnico,

jurídico y administrativo de planes, programas y proyectos de la

Jurisdicción, los organismos descentralizados, entes y empresas con

capital mayoritario actuantes en su ámbito, así como en el seguimiento

de la optimización de su gestión.

10.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la evaluación y

seguimiento de los planes de acción y presupuesto de las sociedades del

Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados y/o

desconcentrados y cuentas y fondos especiales cualquiera sea su

denominación o naturaleza jurídica en su área, así como en su

intervención, liquidación cierre, fusión, disolución o centralización.

11.

Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al

ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito

de la Jurisdicción, y la representación de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS en aquellos órganos societarios de los entes donde la

Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y

la tenencia accionaria sea ejercida por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

12.

Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en la COORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción, e

intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con las

actividades sustantivas de las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

2.

Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL en los procesos

judiciales en los que deba intervenir la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

3.

Coordinar con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con

competencia en la materia el análisis jurídico de los proyectos

normativos por ellas elaborados, con carácter previo a su dictado.

4.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia

en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

5.

Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos

administrativos contra actos emanados de la Jurisdicción y de los

organismos descentralizados actuantes en su órbita.

6.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

7.

Intervenir en todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACIÓN

DEL TESORO DE LA NACIÓN, a la FISCALÍA NACIONAL DE INVESTIGACIONES

ADMINISTRATIVAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y a la AUDITORÍA

GENERAL DE LA NACIÓN.

8.

Sustanciar, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios administrativos que se ordenen instruir en la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en el diseño del presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.

Intervenir en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria de las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero de la Jurisdicción.

3.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política de recursos

humanos, organización y sistemas administrativos de la Jurisdicción.

4.

Supervisar la gestión documental de la Jurisdicción y el seguimiento

y archivo de todos los actos administrativos dictados por el Jefe o

Jefa de Gabinete de Ministros y por los titulares de las distintas

dependencias de la Jurisdicción, como así también de toda la

documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de

la misma.

5.

Planificar y supervisar las políticas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Jurisdicción.

6.

Asistir a la Secretaría en la coordinación, monitoreo y supervisión

de las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con

los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de

sistemas informáticos y de control de gestión de la Jurisdicción.

7.

Dirigir la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo.

8.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la gestión de los/as

directores/as que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas con

participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción, y la

representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos

órganos societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO

NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea

ejercida por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

OBJETIVOS

1.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la implementación

de las políticas relativas a la mejora estratégica de los recursos

humanos y su capacitación, la política salarial, la promoción y el

desarrollo de carrera de los/las agentes de la Administración Pública

Nacional y en la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.

2.

Entender en la formulación de las políticas nacionales en materia de

recursos humanos, gestión del empleo público, evaluaciones de

desempeño, compensaciones y monitoreos, en el ámbito de su competencia.

3.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la aplicación de

la política salarial en el marco de los límites presupuestarios

establecidos por la ley.

4.

Intervenir en el análisis y aprobación de las medidas relativas a la

política salarial de la Administración Pública Nacional y de los

sistemas de incentivos del empleo público.

5.

Desarrollar programas de asistencia a los organismos del Sector

Público Nacional y a las provincias que así lo requieran, que tengan

por objeto la optimización de la gestión del empleo público, en

coordinación con los organismos competentes en la materia.

6.

Entender en la interpretación de la normativa de empleo público, en el ámbito de su competencia.

7.

Entender en la sistematización de los procesos de administración de

los recursos humanos: liquidación de salarios, justificación de

inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección

de la salud en el trabajo en coordinación con la SECRETARÍA DE

INNOVACIÓN PÚBLICA.

8.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la temática de

gestión y empleo público concerniente al Consejo Federal de la Función

Pública (COFEFUP).

9.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el diseño,

desarrollo e implementación de las políticas de capacitación y carrera

administrativa para el personal de la Administración Pública Nacional.

10.

Entender en la elaboración de planes y programas tendientes a la

vinculación y la cooperación técnico-académica en el ámbito de su

competencia, con universidades nacionales e internacionales, Entidades

y/o centros académicos, de formación y/o investigación, organismos

internacionales y organizaciones de la sociedad civil.

11.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en la formulación e

implementación de políticas de fortalecimiento del empleo público en el

Sector Público Nacional y de la normativa aplicable en materia de

relaciones laborales.

12.

Representar al ESTADO NACIONAL en las negociaciones colectivas en

las cuales el mismo sea parte, en coordinación con las demás

Jurisdicciones y Entidades competentes.

13.

Integrar las Comisiones Negociadoras que se constituyan en el marco

de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias en las que intervengan

organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las

instituciones de seguridad social y entes estatales o empresas y

Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.

14.

Asesorar y/o intervenir frente a requerimientos, consultas o

presentaciones efectuadas por parte de Entidades gremiales,

estableciendo un criterio uniforme para toda la Administración Pública

Nacional.

15.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en los procesos de

resolución de conflictos individuales o colectivos del personal del

Sector Público Nacional en materia de relaciones laborales.

16.

Ejercer la representación del Estado empleador en el Consejo de

Administración del Fondo Permanente de Capacitación y Recalificación

Laboral (FOPECAP) y asistir técnicamente en la formulación y evaluación

de los programas académicos a financiar por el Fondo Permanente de

Capacitación y Recalificación Laboral (FOPECAP).

17.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el diseño,

desarrollo e implementación de políticas públicas que fortalezcan la

integridad en la función pública y prevengan la corrupción, en

coordinación con los organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en

la materia.

18.

Asistir, en el ámbito de su competencia, al Jefe o Jefa de Gabinete

de Ministros en la definición de lineamientos estratégicos para la

realización de programas dirigidos a mejorar la gestión sobre la base

de la implementación de la gestión por resultados y la planificación

estratégica en las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público

Nacional.

19.

Asistir al Jefe o Jefa de Gabinete de Ministros en el diseño e

implementación de programas que propendan a la mejora de los servicios

al ciudadano, propiciando la mejora de la calidad en la gestión de los

organismos públicos.

20.

Asistir, en el ámbito de su competencia, al Jefe o Jefa de Gabinete

de Ministros en el diseño, desarrollo e implementación de programas de

optimización de procesos y procedimientos en las Jurisdicciones y

Entidades del Sector Público Nacional.

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la planificación y formulación de

políticas nacionales en materia de recursos humanos y gestión de la

política salarial.

2.

Promover la realización de programas dirigidos a mejorar la gestión

del empleo público en los organismos del Sector Público Nacional,

brindando asistencia técnica en la materia.

3.

Implementar las políticas de evaluación de desempeño de los recursos

humanos del Estado, y controlar la correcta ejecución de las políticas

de selección y reclutamiento de personal.

4.

Supervisar el análisis de la información vinculada a la evolución

del empleo público, el diseño y la administración de la política

salarial del personal de la Administración Pública Nacional.

5.

Asistir en la sistematización de los procesos de administración de

los recursos humanos tales como, liquidación de salarios, justificación

de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y

protección de la salud en el trabajo.

6.

Colaborar con los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de capacidades de gestión de

empleo público.

7.

Entender en la sistematización de las normas, doctrina y criterios

jurisprudenciales relativos a la gestión de las relaciones laborales en

el ámbito del Sector Público Nacional.

8.

Asistir a la Secretaría en la interpretación y el control en la

aplicación de la normativa que rige las relaciones laborales de empleo

público, realizando estudios y propuestas normativas, proponiendo

acciones para revisar y consolidar la legislación referida.

9.

Coordinar la implementación de mecanismos de interacción con las

áreas vinculadas a la gestión de las relaciones laborales y de recursos

humanos del Sector Público Nacional.

10.

Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se

constituyan en el marco de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias, en

las que intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos

últimos a las instituciones de seguridad social y entes estatales o

empresas y Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP)

OBJETIVOS

1.

Ejercer las funciones fijadas por la Ley N° 20.173 y sus normas modificatorias.

2.

Aprobar, en su carácter de órgano rector del Sistema Nacional de

Capacitación, los planes de capacitación y de formación propuestos por

los Ministerios y organismos descentralizados, así como determinar los

créditos aplicables a cada actividad de capacitación.

3.

Entender en la ejecución de la política de capacitación y formación

para el personal de las distintas Jurisdicciones y Entidades del Sector

Público Nacional, estableciendo pautas metodológicas y didácticas, y

brindar asistencia técnica a requerimiento de los gobiernos

provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el

ámbito de su competencia.

4.

Supervisar la operación y funcionamiento del Sistema Nacional de

Capacitación, estableciendo normas de calidad de las acciones de

formación, evaluando su impacto en el desempeño del personal y en las

unidades organizativas en las que trabajen, en cumplimiento de los

objetivos y metas de las distintas Jurisdicciones y Entidades.

5.

Entender en el diseño y ejecución de programas de capacitación y de

formación destinados a los funcionarios de nivel gerencial, en el

ámbito de su competencia.

6.

Entender en la acreditación, supervisión y evaluación de los planes,

programas y acciones de formación y capacitación del Sector Público

Nacional, en línea con la carrera administrativa.

7.

Administrar los datos del registro de prestadores de servicios formativos.

8.

Asistir técnicamente en la elaboración y/o desarrollo de programas

de capacitación específicos e investigación a requerimiento de los

gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES.

9.

Promover y realizar estudios e investigaciones que releven buenas

prácticas de administración pública y contribuyan a la mejora de la

gestión y la innovación del ESTADO NACIONAL.

10.

Coordinar la red nacional de documentación e información sobre

Administración Pública, manteniendo un centro de referencia en materia

de Administración Pública, resguardando en forma sistematizada la

información y documentación correspondiente.

SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

OBJETIVOS

1.

Asesorar a la Secretaría en el diseño, desarrollo e implementación

de políticas públicas que fortalezcan la integridad en la función

pública y prevengan la corrupción, en coordinación con los organismos

del ESTADO NACIONAL con competencias en la materia.

2.

Diseñar y proponer lineamientos relacionados con el fortalecimiento

institucional y la promoción de políticas de integridad en la función

pública, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO

NACIONAL.

3.

Asistir a la Secretaría en el seguimiento de la implementación de

las políticas de integridad y fortalecimiento institucional, y en la

coordinación de su ejecución, en relación con los organismos del ESTADO

NACIONAL con competencia en la materia.

4.

Evaluar y consolidar la información originada en las Jurisdicciones

cuyas competencias se encuentran vinculadas con los sistemas de control

del sector público nacional, las políticas públicas de integridad y

fortalecimiento institucional del ESTADO NACIONAL, en coordinación con

los organismos con competencia en la materia.

5.

Desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis

referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento

institucional en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

6.

Formular y desarrollar programas de fortalecimiento de las

capacidades institucionales para la Administración Pública Nacional,

con foco prioritario en la mejora de la calidad en la gestión y del

servicio público.

7.

Establecer pautas y criterios metodológicos para la implementación

de un modelo de gestión por resultados en los organismos de la

Administración Pública Nacional.

8.

Formular y desarrollar las pautas e instrumentos metodológicos para

la implementación de planes de reingeniería de procesos sustantivos y

de apoyo administrativo para la Administración Pública Nacional.

9.

Desarrollar y establecer las pautas e instrumentos metodológicos

para la implementación de planes estratégicos y operativos en las

organizaciones públicas.

10.

Desarrollar pautas y lineamientos metodológicos para el

seguimiento, monitoreo y evaluación de planes, programas y proyectos

establecidos por las organizaciones públicas.

11.

Diseñar programas de desarrollo y fortalecimiento de la cultura

organizacional en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración

Pública Nacional.

12.

Asistir técnicamente a la Secretaría, en su carácter de Autoridad

de Aplicación de la Ley N° 24.127 que instituye el Premio Nacional a la

Calidad, en lo referido al sector público.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

OBJETIVOS

1.

Diseñar, proponer y coordinar las políticas de innovación

administrativa y tecnológica del ESTADO NACIONAL en sus distintas

áreas, su Administración central y descentralizada, y determinar los

lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias

en la materia.

2.

Entender en el diseño de las políticas que promuevan la apertura e

innovación y el gobierno digital, como principios de diseño aplicables

al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional.

3.

Intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre

tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros

sistemas electrónicos de tratamiento de información de la

Administración Pública Nacional.

4.

Colaborar con las provincias, municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES en sus procesos de innovación administrativa y

tecnológica, coordinando las acciones específicas de las Entidades y

Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5.

Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de

los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y

tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional.

6.

Proponer diseños en los procedimientos administrativos que propicien

su simplificación, transparencia y control social, y elaborar los

desarrollos informáticos correspondientes.

7.

Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que

establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N°

25.506.

8.

Intervenir en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance

transversal, o comunes a los organismos y Entes de la Administración

Pública Nacional centralizada y descentralizada.

9.

Entender en la ciberseguridad y protección de infraestructuras

críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público

Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos

en el artículo 1° de la Ley N° 27.078.

10.

Entender en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al

desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad,

estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL.

11.

Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en

materia de telecomunicaciones e intervenir en la elaboración de las

estructuras arancelarias en materia de comunicaciones.

12.

Entender en la elaboración de las políticas, leyes y tratados, y

supervisar a los organismos y entes de control de los prestadores de

los servicios en materia de comunicaciones y de las normas de

regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de

servicios de comunicaciones, o de otros títulos habilitantes

pertinentes otorgados por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas

por convenios a los regímenes federales en la materia.

13.

Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal.

14.

Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas

tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como

asimismo en la coordinación con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, las empresas y los organismos de su dependencia, en

relación a la optimización del uso de las facilidades y redes

existentes.

15.

Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en ARGENTINA

SOLUCIONES SATELITALES S.A. (ARSAT) y en CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA

ARGENTINA S.A.

16.

Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

17.

Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de

compras del Sector Público Nacional y supervisar las acciones

desempeñadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

18.

Intervenir en la formulación e implementación de las políticas en

materia de inscripción y calificación de constructores y firmas

consultoras de obras públicas y ejercer el contralor en todo lo

relacionado con el accionar del REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y

FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS.

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS Y PAÍS DIGITAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en el desarrollo y coordinación de las políticas que

promuevan la apertura e innovación y el gobierno digital como

principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el

Sector Público Nacional.

2.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia nacional

de gobierno abierto, en el marco de la agenda de innovación del Sector

Público Nacional.

3.

Desarrollar y coordinar, en el ámbito de su competencia, las

políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para

el gerenciamiento de la información pública.

4.

Entender en el diseño, planificación y ejecución de la estrategia de

apertura de datos e información pública del Sector Público Nacional.

5.

Entender en la formulación y seguimiento del Plan de Acción Nacional

de Gobierno Abierto en el marco de la participación en la Alianza para

el Gobierno Abierto.

6.

Promover la realización de acuerdos bilaterales, multilaterales e

interjurisdiccionales que favorezcan la apertura de datos en el Sector

Público Nacional, Provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

Municipal, en coordinación con los organismos competentes.

7.

Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL.

8.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la realización de

acuerdos bilaterales, multilaterales e interjurisdiccionales que

favorezcan la innovación del Sector Público Nacional, Provincial, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Municipal, en coordinación con los

organismos competentes.

9.

Desarrollar y coordinar las políticas, marcos normativos y

plataformas tecnológicas necesarias para promover la participación e

innovación ciudadana en el proceso de formulación de políticas públicas.

10.

Promover el desarrollo de la red de innovación pública y gobierno

abierto a nivel nacional, generando espacios de trabajo colaborativo,

intercambio y capacitación con el Sector Público Nacional, Provincial,

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Municipal, el sector privado,

académico y organizaciones de la sociedad civil.

11.

Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y

acuerdos de servicios digitales e innovación pública en el territorio

nacional, en particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales

y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

12.

Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en

el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos

provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a

otros poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los

productos y programas que la Secretaría diseñe.

13.

Articular proyectos para la simplificación, mejora y digitalización

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