ENERGIA ELECTRICA
TENGASE POR LEY DE LA NACION, CUMPLASE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, DESE A LA DIRECCION GENERAL DEL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTAS Y ARCHIVESE.
Ley N° 14.793
Apruébase el contrato a que se refiere el Decreto 10.633/58.
Decreto N° 540/1959
Buenos Aires, 16 de enero de 1959.
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
FRONDIZI. - Emilio Donato del Carril. - Gregorio A. Merra.
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