ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
**ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL**
Decreto 764/2024
**DECTO-2024-764-APN-PTE - Decreto N°
50/2019. Modificación.**
Ciudad de Buenos Aires, 27/08/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-86393814-APN-STEYFP#MDYTE, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 27.431 y sus
modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 585 del 4 de julio de 2024, 644 del 18 de julio de 2024
y 699 del 5 de agosto de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias se establecieron los Ministerios que tendrán a su cargo
el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de
Presidencia necesarias para posibilitar las actividades del Presidente
de la Nación.
Que mediante el Decreto Nº 585/24 se dispuso que el Ministro de
Economía sería asistido por un Secretario Coordinador de Producción, un
Secretario Coordinador de Infraestructura y un Secretario Coordinador
de Energía y Minería.
Que por el Decreto N° 699/24 se dispuso la disolución total del ENTE
NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en los términos del inciso b) del artículo
3° de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los
Argentinos N° 27.742.
Que, por otra parte, resulta necesario adecuar el Organigrama de
Aplicación, los Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de
los organismos desconcentrados y descentralizados de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y del MINISTERIO DE ECONOMÍA, aprobados
por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Que por el Decreto N° 644/24 se creó, en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS”, resultando necesario modificar
sus objetivos, su conducción y disponer la creación de cargos
extraescalafonarios en dicha Unidad.
Que mediante el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias,
incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672
(T.O. 2014) y sus modificatorias, se facultó al PODER EJECUTIVO
NACIONAL a crear Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias y/o para
gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y
excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y
asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que
dichas unidades tendrán una duración que no podrá exceder de los DOS
(2) años, pudiendo ser prorrogadas siempre que estén previstas en el
presupuesto del año siguiente al vencimiento del plazo.
Que con el fin de optimizar el cumplimiento de los Objetivos asignados
a la citada “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS”, deviene
necesaria la creación de diversos cargos extraescalafonarios en su
órbita, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 4º del
Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE
POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención que les
compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, por el siguiente:
“V. – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
- SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
V BIS. - VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA
SECRETARÍA EJECUTIVA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
V TER. - VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA LEGAL DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES
- SUBSECRETARÍA DE TURISMO
- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por el siguiente:
“VII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS AMERICANOS
SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E
INTEGRACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA
EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA
SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CULTO
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES EN DERECHOS HUMANOS Y
CIVILIZACIÓN”.
ARTÍCULO 3°. - Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por
el siguiente:
“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
SECRETARÍA DE HACIENDA
- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL
SECRETARÍA DE FINANZAS
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES GASEOSOS
- SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
SECRETARÍA DE MINERÍA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍAS REGIONALES Y DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS
PRODUCTORES
- SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL
- SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
- SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO”.
ARTÍCULO 4°.- Incorpórase al Anexo II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, V
BIS - VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, como Objetivo 17 de la
SECRETARÍA EJECUTIVA, el siguiente:
“17. Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del SISTEMA
NACIONAL DE INVERSIONES PÚBLICAS, creado por la Ley N° 24.354, las
normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar
todos los actos que se requieran para la debida implementación del
mismo”.
ARTÍCULO 5°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, V
BIS - VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, los Objetivos
correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS de la
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES, conforme al
detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2024-86623153-APN-VGE#JGM) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los Objetivos 3, 13 y 14 de
la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES por los siguientes:
“3. Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la
formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y
cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL
ante los organismos internacionales y regionales en materia de
seguridad internacional, nuclear y espacial, de seguridad humana y
cibernética, de lucha contra el uso indebido de drogas, el tráfico
ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la política de
desarme y no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las
armas de destrucción, como así también en la prevención y sanción de
delitos internacionales”.
“13. Intervenir en la concesión del derecho de asilo.
Entender en la aplicación de los principios y las normas del
Derecho Internacional Público y Privado y en la confección y registro
de los instrumentos internacionales de los que sea parte la REPÚBLICA
ARGENTINA”.
ARTÍCULO 7°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los Objetivos 3 y 8 de la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR de la SECRETARÍA DE RELACIONES
EXTERIORES y los Objetivos de la SECRETARÍA DE CULTO.
ARTÍCULO 8°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los Objetivos de la
SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN y los de sus dependientes
SUBSECRETARÍA DE CULTO y SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES EN
DERECHOS HUMANOS Y CIVILIZACIÓN, conforme al detalle obrante en la
Planilla Anexa (IF-2024-91571092-APN-MRE) al presente artículo, que
forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado IX- MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el obrante
en la Planilla Anexa (IF-2024-91950836-APN-MEC) al presente artículo,
que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Objetivo
3 de la SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL dependiente de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD y el Objetivo 3 de la SECRETARÍA DE LUCHA
CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA, respectivamente,
por los siguientes:
“3. Asistir a la Secretaría en la planificación del modelo de actuación
de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, atendiendo la especificidad
del conflicto”.
“3. Coordinar la elaboración de políticas, estrategias y acciones para
la prevención y represión del narcotráfico y del crimen organizado
local y transnacional con el MINISTERIO DE JUSTICIA, la VICEJEFATURA DE
GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el
MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
y demás organismos con competencia en la materia”.
ARTÍCULO 11.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por
el que, con igual denominación, obra en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2024-87737557-APN-MEC), que forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 12. - Sustitúyense los artículos 29 y 30 del Decreto N° 644
del 18 de julio de 2024 por los siguientes:
“ARTÍCULO 29.- Créase la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA
DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, con el objeto de dirigir y coordinar todas las acciones en
materia de desenvolvimiento de las empresas y sociedades contempladas
en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus
modificatorias, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica,
tanto en lo referido a los planes de acción y presupuesto como en
cuanto a la modificación o transformación de su estructura jurídica,
fusión, escisión, reorganización, reconformación o transferencia a las
provincias o a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE
EMPRESAS PÚBLICAS” será conducida por un titular con rango y jerarquía
de Secretario y un subtitular con rango y jerarquía de Subsecretario,
ambos funcionarios fuera de nivel.
ARTÍCULO 30.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” tendrá los siguientes Objetivos:
Coordinar el seguimiento y la evaluación de los planes de acción y
partidas presupuestarias extraordinarias de las Empresas y Sociedades
del Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº
24.156 y sus modificatorias, cualquiera sea su denominación o
naturaleza jurídica, con el objeto de resguardar el interés público
general comprometido.
Intervenir y asistir en la definición de las directivas y
recomendaciones a las que deberán ajustar su actuación los titulares de
las dependencias del ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la
titularidad del ejercicio de los derechos societarios en las Empresas y
Sociedades del Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de
la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, cualquiera sea su denominación o
naturaleza jurídica, quienes deberán coordinar su accionar con el
titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS”, con el objeto de resguardar el
interés público general comprometido.
Dirigir, implementar y prestar asistencia a los titulares de las
dependencias del ESTADO NACIONAL que tengan participaciones accionarias
en las Empresas y Sociedades del Estado contempladas en el inciso b)
del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, cualquiera
sea su denominación o naturaleza jurídica en los procedimientos de
intervención, liquidación, cierre, privatización, iniciativa privada,
venta total o parcial de paquete accionario, fusión, escisión,
disolución y/o disposición estratégica.
Asistir a los titulares de las dependencias del ESTADO NACIONAL que
posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos
societarios, en los procedimientos de concesión de Empresas y
Sociedades del Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de
la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, cualquiera sea su denominación o
naturaleza jurídica, de conformidad con la Ley N° 27.742 y otras
disposiciones análogas, como así también en la formación de las
decisiones y/o participación en las mismas, y/o entender en la
disposición de sus activos, cuentas y fondos especiales vinculados a
los procesos antes mencionados.
Dirigir y administrar la obtención de datos e información relevante
y prioritaria que permita realizar la evaluación y el seguimiento de
los planes de acción de las Empresas y Sociedades del Estado
contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus
modificatorias, como así también respecto de las cuentas y fondos
especiales, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica.
Participar en la administración, coordinación y ejecución de las
políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios
correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al
ESTADO NACIONAL necesarias para la transformación y disposición
estratégica de las mismas.
Proponer y asistir a los titulares de las dependencias del ESTADO
NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los
derechos societarios en los proyectos integrales vinculados a la
concesión, intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión,
escisión, disolución, transformación, reestructuración, reorganización,
venta total o parcial de paquete accionario, y/o disposición
estratégica, incluyendo cualquier tipo de figura asociativa, ya sea con
entidades del ámbito Público y/o Privado, nacionales o extranjeras, de
las Empresas y Sociedades del Estado contempladas en el inciso b) del
artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias.
Participar en la evaluación, implementación y seguimiento de los
planes de acción y presupuestos de las Empresas, Sociedades del Estado
y aquellas Sociedades en las que el ESTADO NACIONAL tenga participación
mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones, en lo
relativo a la transformación y/o los procesos de privatización y/o
disposición estratégica de las mismas.
Asistir a los titulares de las dependencias del ESTADO NACIONAL que
posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos
societarios en la administración, coordinación y ejecución de las
políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios
correspondientes a las participaciones accionarias en las Empresas y
Sociedades del Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de
la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, actuantes en su ámbito
jurisdiccional.
Entender en todas las cuestiones vinculadas con los aspectos
legales y normativos propios del desarrollo de las funciones
institucionales de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS”.
Intervenir, en forma previa a su selección, en los aspectos legales
y normativos de los proyectos integrales de intervención, liquidación,
cierre, privatización, venta total o parcial de paquete accionario,
iniciativa privada, fusión, escisión, disolución, transformación y
disposición estratégica de las participaciones y/o de los activos que
integran las Empresas, Sociedades del Estado y aquellas Sociedades en
las que el ESTADO NACIONAL tenga participación mayoritaria en el
capital o en la formación de las decisiones, analizando su factibilidad
en el ámbito de su competencia.
Participar en la elaboración y aprobación de los Pliegos de Bases y
Condiciones Generales y Particulares y demás documentación contractual
necesarios para llevar adelante los procedimientos de iniciativa
privada y privatización y en la aprobación de los términos de los
pliegos de disposición estratégica de las Empresas y Sociedades del
Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156
y sus modificatorias.
Participar en la designación de los integrantes de las comisiones
de adjudicaciones que se conformen respecto de los procesos de
privatizaciones y/o cualquier otra disposición estratégica de las
Empresas y Sociedades del Estado contempladas en el inciso b) del
artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias.
Someter a la aprobación del PODER EJECUTIVO NACIONAL las
adjudicaciones que se realicen en los procesos de privatizaciones y/o
cualquier otra disposición estratégica, en el ámbito de su competencia.
Dirigir la implementación y administración de un sistema de
monitoreo permanente del desempeño de las Empresas y Sociedades del
Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156
y sus modificatorias, cualquiera sea su denominación o naturaleza
jurídica, en lo relativo a los procesos de transformación y disposición
estratégica de las mismas, realizando las recomendaciones que considere
pertinentes.
Coordinar las relaciones con las áreas de articulación y
seguimiento de las Empresas o Sociedades del Estado contempladas en el
inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias,
declaradas sujetas a privatización.
Coordinar las solicitudes de información y elaboración de informes
dirigidos a los Organismos y dependencias de la Administración Pública
Nacional con competencia en la materia, necesarios para el cumplimiento
de los objetivos asignados a la Unidad Ejecutora.
Efectuar recomendaciones a los titulares de las dependencias del
ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio
de los derechos societarios relativas a las mandas respecto de la
participación en las Asambleas que se desarrollen en las Empresas y
Sociedades del Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de
la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, sujetas a alguno de los procesos
de concesión, intervención, liquidación, cierre, privatización, fusión,
escisión, disolución o disposición estratégica.
Coordinar la contratación de asesores y servicios de consultoría
especializada, efectuar consultas profesionales especializadas en el
marco de su competencia; como así también proponer a los titulares de
las dependencias del ESTADO NACIONAL que posean bajo su ámbito la
titularidad del ejercicio de los derechos societarios la designación de
al menos un director o interventor de las Empresas y Sociedades del
Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156
y sus modificatorias, con las funciones técnico-administrativas
específicas para garantizar el cumplimiento de las competencias que se
le asignan a la Unidad Ejecutora “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
PÚBLICAS”.
Articular las relaciones laborales entre las Empresas y Sociedades
del Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº
24.156 y sus modificatorias, cualquiera sea su denominación o
naturaleza jurídica, la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y la SUBSECRETARÍA DE
DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, dependiente del MINISTERIO
DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Dirigir la elaboración del informe circunstanciado previsto en el
artículo 3° del Anexo I del Decreto N° 695/24.
Dictar los procedimientos necesarios para el cumplimiento de los
objetivos de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” y para el cumplimiento de las
previsiones establecidas en el Anexo I del Decreto N° 695/24.
Colaborar en la implementación de los procedimientos vinculados con
las privatizaciones a que refiere el artículo 4° del Anexo I del
Decreto N° 695/24.
Implementar los mecanismos que garanticen la transparencia en los
procedimientos de manifestación de interés para la elección de
potenciales oferentes con experiencia y solvencia debidamente
acreditada, en el ámbito de sus competencias.
Brindar asistencia a las Empresas y Sociedades del Estado
contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus
modificatorias, cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica,
la contratación de asesores o servicios especializados para realizar
las tasaciones, cuando se den los supuestos y en las condiciones
previstas en el artículo 8° del Anexo I del Decreto N° 695/24.
Proponer y asistir a los titulares de las dependencias del ESTADO
NACIONAL que posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los
derechos societarios de alternativas de emisión de acciones, venta
total o parcial del paquete accionario, sea o no por oferta pública e
ingreso al régimen de oferta pública, de las Empresas y Sociedades del
Estado contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156
y sus modificatorias, cualquiera sea su denominación o naturaleza
jurídica; así como respecto de aquellas participaciones accionarias en
empresas y sociedades, cualquiera sea su denominación o naturaleza
jurídica, donde el ESTADO NACIONAL posea participación accionaria y la
tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA en forma
directa o indirecta”.
ARTÍCULO 13.- Créanse, con carácter de excepción a lo dispuesto en el
artículo 4º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios y con dependencia de la Unidad Ejecutora Especial
Temporaria “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, los cargos extraescalafonarios de Director
Ejecutivo de Apoyo Legal, Director Ejecutivo de Procesos y
Privatizaciones, Director Ejecutivo de Pliegos y Contratos Especiales,
Director Ejecutivo de Articulación Laboral y Director Ejecutivo de
Apoyo Societario y Relaciones Contractuales, todos con rango de
Director Nacional y remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0,
Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios y complementarios, cuyas
funciones se detallan en la Planilla Anexa (IF-2024-91950695-APN-MEC)
al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 14.- Los cargos creados por el artículo anterior mantendrán su
vigencia hasta la disolución de la Unidad creada mediante el artículo
29 del Decreto N° 644 del 18 de julio de 2024.
ARTÍCULO 15.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por el presente decreto, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,
las que transitoriamente mantendrán sus acciones, dotaciones y personal
con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos
vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 16.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones involucradas.
ARTÍCULO 17.- La presente medida entrará en vigencia el día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 18.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/08/2024 N° 58245/24 v. 28/08/2024
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
[IMG]
**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 5°**
(Anexo II)
**V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
V BIS. - VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA**
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS
OBJETIVOS
Organizar y coordinar la vinculación
con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en lo atinente a
la confección y presentación del Informe del Jefe de Gabinete de
Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y la Memoria detallada del
estado de la Nación, y asistir en el tratamiento de las materias y
proyectos específicos del área.
Diseñar los mecanismos institucionales tendientes a la elaboración
de los Informes del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO
DE LA NACIÓN.
Asistir a la Secretaría en la elaboración del Informe Mensual y la
Memoria Anual, y su publicación.
Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones
necesarias para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar y supervisar la
elaboración de la memoria detallada de la marcha del Gobierno de la
Nación, asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus Comisiones e
integrantes y, en especial en lo relativo a la tramitación de los
proyectos de ley y en particular los que deban ser remitidos a ese
Poder en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6 de
la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que
cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la
Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN,
atento a lo normado por el artículo 100, incisos 9, 10 y 11 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Asistir a la Secretaría en la gestión, a requerimiento del HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN, del suministro de la información y documentación
solicitada ante los organismos competentes y la asistencia de
funcionarios cuando sean debidamente notificados.
Asistir a la Secretaría en la coordinación del seguimiento de los
proyectos legislativos considerados prioritarios por aquella.
Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones
institucionales y políticas con los representantes de ambas Cámaras del
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y sus autoridades.
Colaborar en los asuntos jurídicos y constitucionales relativos a
la relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
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**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 8°**
(Anexo II)
**VII.- MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO**INTERNACIONAL Y CULTO
SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN
OBJETIVOS
Promover valores y principios
contenidos en la Constitución Nacional relativos a la civilización
universal y al progreso económico, social y político de la REPÚBLICA
ARGENTINA con el objeto de difundir la imagen del país en el exterior.
Definir estrategias para promover la protección de las personas
desplazadas forzosamente por la intolerancia, el autoritarismo y las
divisiones religiosas o raciales, de conformidad con el derecho
internacional de los derechos humanos.
Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la
formulación de políticas, elaboración de planes y programas, y en la
representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales
en materia de culto, de derechos humanos, y en aquellos relativos a la
condición y situación de la mujer, la niñez, la familia, los adultos
mayores y las personas en situación de vulnerabilidad, como así también
en la prevención y sanción de delitos internacionales, en coordinación
con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en
la materia.
Entender en la formulación de políticas referidas a las relaciones
de la REPÚBLICA ARGENTINA con la SANTA SEDE y con la Soberana Orden de
Malta, y en lo inherente a la conclusión de instrumentos
internacionales, incluyendo la negociación y celebración de concordatos
y acuerdos en materia religiosa.
Asistir al Ministro en todo lo inherente a las relaciones del
gobierno nacional con la Iglesia Católica Apostólica Romana,
centralizando las gestiones con la Iglesia, especialmente, con relación
a asuntos eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al
sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano, así como en el
otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.
Asistir al Ministro en lo inherente a las relaciones del gobierno
nacional con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades
Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que
existen en el país, así como en la centralización de las gestiones que
ante las autoridades públicas hicieren las mismas.
Intervenir en la centralización de las gestiones que ante las
autoridades públicas hiciera la Iglesia Católica Apostólica Romana, y
el Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Entender en las solicitudes de reconocimiento e inscripción de las
iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas distintas de
la Iglesia Católica Apostólica Romana, que ejerzan su actividad en
nuestro país.
Intervenir en la planificación y desarrollo de los objetivos y
estrategias para posicionar internacionalmente a la REPÚBLICA ARGENTINA
como Estado comprometido con la defensa de la libertad religiosa, la
convivencia y la promoción del diálogo interreligioso.
Asistir al Ministro en la elaboración, ejecución y seguimiento de
las políticas, planes y programas en el ámbito internacional para la
promoción y protección de los derechos humanos y los valores y
principios relativos a la civilización, en coordinación con las áreas
de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.
Articular con el MINISTERIO DE JUSTICIA y con las áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia en la materia, el
diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas orientadas al
cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el ESTADO
NACIONAL en materia de derechos humanos.
Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con asuntos
contenciosos internacionales en materia de derechos humanos, en
coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con
competencia en la materia.
Intervenir en el otorgamiento de la condición de refugiado.
Participar, desde el punto de vista de la política exterior, en
todo lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas
a la REPÚBLICA ARGENTINA por los gobiernos extranjeros o por organismos
o entidades internacionales, de acuerdo al requerimiento del gobierno
nacional en los temas materia de su competencia.
Asesorar a funcionarios del gobierno nacional que requieran
asistencia en cuestiones de índole religiosa y de derechos humanos.
Asistir a reuniones, misiones, congresos y conferencias nacionales
e internacionales en materia religiosa y/o de culto y/o de derechos
humanos.
Proponer, en el ámbito de su competencia, la suscripción de
convenios en materia religiosa, de culto y de derechos humanos, y
asesorar a los estados provinciales, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, a los estados municipales y/o instituciones de la sociedad
civil, en dichas materias.
SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN
SUBSECRETARÍA DE CULTO
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en la
formulación de políticas referidas a las relaciones de la REPÚBLICA
ARGENTINA con la SANTA SEDE y con la Soberana Orden de Malta.
Asistir a la Secretaría en la negociación y celebración de
Concordatos y acuerdos en materia religiosa y/o el culto.
Intervenir todo lo inherente a las relaciones del gobierno nacional
con la Iglesia Católica Apostólica Romana, centralizando las gestiones
con la Iglesia, especialmente, con relación a asuntos eclesiásticos y
en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto
Católico Apostólico Romano, así como en el otorgamiento de las
credenciales eclesiásticas.
Intervenir en la tramitación de las solicitudes de reconocimiento e
inscripción de las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades
Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana y de
Institutos de Vida Consagrada, que desarrollen su actividad en el
territorio nacional.
Intervenir en lo inherente a las relaciones del gobierno nacional
con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas
distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que existen en el
país, así como en la centralización de las gestiones que ante las
autoridades públicas hicieren las mismas.
Participar en la planificación y desarrollo de los objetivos y
estrategias para posicionar internacionalmente a la REPÚBLICA ARGENTINA
como Estado comprometido con la libertad e igualdad religiosa, la
diversidad y el diálogo interreligioso.
Participar, a requerimiento de las autoridades de la Jurisdicción,
en las reuniones, congresos y conferencias de carácter nacional e
internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros y
entidades internacionales que se relacionen con la materia religiosa
y/o el culto.
Intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de
reconocimiento e inscripción y demás trámites administrativos que las
Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas realicen ante
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS.
SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES EN DERECHOS HUMANOS Y CIVILIZACIÓN
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en la promoción de los valores y principios
contenidos en la Constitución Nacional relativos a la civilización
universal y al progreso económico, social y político de la REPÚBLICA
ARGENTINA con el objeto de difundir la imagen del país en el exterior.
Coordinar el desarrollo de planes y acciones para promover la
protección de las personas desplazadas forzosamente por la
intolerancia, el autoritarismo y las divisiones religiosas o raciales,
en línea con el derecho internacional de los derechos humanos.
Intervenir en la elaboración, ejecución y seguimiento de las
políticas, planes y programas para la promoción y protección de los
derechos humanos en el ámbito internacional.
Intervenir en la elaboración de políticas, planes y programas, y en
la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos
internacionales en materia de derechos humanos, la condición y
situación de la mujer, la niñez, la familia, los adultos mayores y las
personas en situación de vulnerabilidad dentro del ámbito de la
política exterior, y colaborar en la formulación de la legislación
nacional en dichas materias.
Colaborar en la propuesta y desarrollo de políticas, planes y
programas en el ámbito internacional para la promoción y protección de
los derechos humanos y los valores y principios relativos a la
civilización universal, en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia en la materia de
conformidad con los estándares internacionales en la materia.
Asistir a la Secretaría en todo lo inherente a la articulación con
el MINISTERIO DE JUSTICIA y las demás áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia en la materia, para el diseño,
ejecución y evaluación de las políticas públicas orientadas al
cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el ESTADO
NACIONAL en materia de derechos humanos.
Asesorar en los aspectos jurídicos relativos al Derecho
Internacional de los Derechos Humanos.
Efectuar, de manera coordinada con las áreas con competencia en la
materia, el seguimiento de las denuncias que tramiten ante la CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, la COMISIÓN INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS y cualquier otro organismo de protección internacional
de los derechos humanos.
Participar en las relaciones con los demás Estados en los temas
vinculados a los Derechos Humanos y sus regímenes legales
internacionales, en coordinación con las áreas competentes del
Ministerio.
Participar en el otorgamiento de la condición de refugiado.
IF-2024-91571092-APN-MRE
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**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 9°**
(ANEXO II)
IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Asistir al Ministro en la priorización de las políticas públicas a
implementarse desde el Ministerio y en la coordinación de los objetivos
estratégicos que le encomiende el titular de la Jurisdicción.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Ministro.
Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las
distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.
Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la
viabilidad de políticas sustantivas en el ámbito de competencia del
Ministerio.
Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,
herramientas y procedimientos para generar información de gestión, en
coordinación con las áreas competentes.
Sistematizar reportes e información producida por las unidades
dependientes del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de
las diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.
Brindar apoyo en el diseño de la agenda institucional del Ministerio
de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.
Colaborar en el análisis de las propuestas de acuerdos y convenios a
celebrarse por el Ministerio.
Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas
con la gestión logística propias del desarrollo de sus funciones
institucionales.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y
administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros
del Ministerio.
Coordinar las actividades de apoyo legal del servicio jurídico del
Ministerio.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad
sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
del Ministerio.
Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y
disciplinarios del Ministerio.
Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y
demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios
Administrativos Financieros del Ministerio, como así también en los
proyectos de participación público privada.
Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.
Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las
previsiones establecidas en la Ley N° 27.275.
Coordinar la comunicación institucional interna y externa.
Coordinar la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación
de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.
Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de
la Jurisdicción.
Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones
institucionales, y en materia de ceremonial y protocolo de la
Jurisdicción.
Brindar información procesada como aporte a la comunicación
institucional interna y externa de la Jurisdicción.
Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de
mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su
competencia.
Supervisar la promoción de la gestión cultural, el fortalecimiento
institucional y las relaciones basadas en el patrimonio artístico,
aplicando el marco jurídico relativo a los bienes culturales.
Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la
recuperación y conservación del patrimonio cultural, así como
fortalecer el acervo editorial de la Jurisdicción.
Coordinar el suministro de la información solicitada por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativa a empresas y sociedades del
estado en las que el Ministerio tenga participación societaria.
Asesorar e intervenir, en el ámbito de su competencia, en la
aplicación del Título VII - RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES
INVERSIONES (RIGI)- de la Ley N° 27.742.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
Coordinar el servicio jurídico del Ministerio, en lo que respecta a
la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.
Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,
prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos
del Poder Judicial.
Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia
en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.
Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de
consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la
Administración Pública Nacional.
Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y
servicios públicos de la Jurisdicción.
Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas
aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.
Intervenir en la tramitación de los sumarios
administrativo-disciplinarios que se instruyan en la órbita del
Ministerio.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
OBJETIVOS
Asistir en el diseño y evaluación del cumplimiento de la política
presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de la
Jurisdicción, con excepción de aquellos asignados a la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA.
Colaborar con la Secretaría en su asistencia a las unidades
ejecutoras de las distintas categorías programáticas, correspondientes
a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita, en
la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, correspondientes a los Servicios Administrativos
Financieros asignados a su órbita, efectuando los trámites
administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos,
materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el
cumplimiento de los objetivos y metas previstos para la SECRETARÍA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, la
SECRETARÍA DE HACIENDA, la SECRETARÍA DE FINANZAS, la SECRETARÍA DE
ENERGÍA y la SECRETARÍA DE MINERÍA.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general, con excepción de aquellas que por su
especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades
programáticas.
Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e
inmuebles, y de servicios correspondientes a los Servicios
Administrativos Financieros asignados a su órbita.
Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos del Ministerio y de las áreas
vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su
órbita.
Dirigir la aplicación de los programas de administración y
liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las
empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen
de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con
la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes
y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o
Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya
liquidación sea encomendada al Ministerio, como así también de sus
bienes, derechos y obligaciones remanentes.
Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión
empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO
NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la
aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el
Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas
vigentes.
Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea
participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.
Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en aquellas empresas con participación estatal en el ámbito de
la Jurisdicción, como así también, la representación del MINISTERIO DE
ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la
Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y
la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, con
excepción de aquellas empresas con participación estatal y órganos
societarios que pertenezcan a los sectores de hacienda, financieros,
energéticos y mineros, de industria, comercio, agricultura, ganadería y
pesca, de obras públicas y transporte.
Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de
Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito de la
Jurisdicción y la gestión en sede administrativa vinculada con la
cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de
consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.
Intervenir en los procesos de gestión administrativa,
presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos,
cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con
financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de
proyectos de participación público privada, en lo que es materia de su
competencia, con excepción de aquellos asignados a la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA.
Intervenir en los trámites administrativos necesarios para la
obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los
objetivos y metas, previstos por las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas de las áreas del MINISTERIO DE
ECONOMÍA que ejecutan programas con financiamiento externo, con
excepción de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el
desarrollo productivo, la agricultura, ganadería y pesca, desarrollo
territorial, hábitat y vivienda, obras públicas, y transporte.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN
OBJETIVOS
Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la
política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de
las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo
productivo, la agricultura, ganadería y pesca.
Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas
vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la
agricultura, ganadería y pesca, en la formulación y programación de la
ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos
Financieros de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el
desarrollo productivo, la agricultura, ganadería y pesca efectuando los
trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos
humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en
las áreas de su competencia.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan
a la gestión de otras unidades programáticas.
Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e
inmuebles, y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos
Financieros asignados a su órbita.
Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los de recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos de las áreas vinculadas a los
Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.
Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los
Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.
Intervenir en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria
y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas,
donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así
también de proyectos de participación público privada, de las áreas
vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la
agricultura, ganadería y pesca.
Intervenir en las actuaciones administrativas vinculadas con los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y respecto de
los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas de
las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de
las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo
productivo, la agricultura, ganadería y pesca, que se ejecuten a través
de programas con financiamiento externo.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA
OBJETIVOS
Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la
política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de
las áreas vinculadas al desarrollo territorial, hábitat y vivienda, las
obras públicas y al transporte.
Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas
vinculadas a su órbita, en la formulación y programación de la
ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos
Financieros de las áreas vinculadas a su órbita, efectuando los
trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos
humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en
las áreas de su competencia.
Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general a su cargo, con excepción de aquellas que por su
especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades
programáticas.
Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos
Financieros asignados a su órbita.
Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos correspondientes a las áreas
vinculadas al desarrollo territorial, hábitat y vivienda, las obras
públicas y al transporte.
Participar en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria
y financiera- contable de los diversos programas y proyectos,
correspondientes a las áreas vinculadas a su órbita.
Intervenir en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria
y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas,
donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así
también de proyectos de participación público privada de las áreas
vinculadas al desarrollo territorial, hábitat y vivienda, las obras
públicas y el transporte.
Intervenir en las actuaciones administrativas vinculadas con los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos por
las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de
las áreas vinculadas al desarrollo territorial, hábitat y vivienda, las
obras públicas, y al transporte, que ejecutan programas con
financiamiento externo.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
OBJETIVOS
Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos
estratégicos para la programación de la política económica y la
planificación del desarrollo.
Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos
institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y
organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la
Jurisdicción, en lo que es materia de su competencia.
Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las
políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su
competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un
control estratégico sobre su instrumentación.
Entender en la determinación de los objetivos de política económica
y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y
negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional
en el ámbito de su competencia.
Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en
el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios
económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia
específica.
Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial
y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el
desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los
cambios en el contexto internacional, en coordinación con las áreas de
la Jurisdicción con competencia en la materia.
Programar y coordinar la realización de diagnósticos y el
seguimiento de los niveles de vida, de pobreza, del empleo y la
distribución del ingreso de la población y coordinar la elaboración,
propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a
promover el crecimiento económico con inclusión social.
Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación
de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el
punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos, y de
pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal
en el marco de la política económica vigente.
Entender en la programación regional y sectorial de la política
económica nacional, en coordinación con las distintas Jurisdicciones
del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad
en los lineamientos estratégicos de la política económica para el
desarrollo a largo plazo.
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
OBJETIVOS
Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al
seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el
análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto
internacional sobre la economía nacional, en coordinación con la
SECRETARÍA DE FINANZAS.
Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación
macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas
macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas
macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el
marco de la política económica vigente.
Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la
elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar
el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de
programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la
economía real.
Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo
plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de
coordinación de políticas macroeconómicas.
Efectuar el seguimiento y el diagnóstico de los niveles de empleo,
pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de
acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la
coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a
promover el crecimiento económico con inclusión social.
Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios
para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones
fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico,
así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la
política económica.
Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del
balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el
desempeño del sector externo.
Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del
Ministerio en la representación ante los grupos y comisiones de trabajo
en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y de otros espacios
económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia
específica.
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política
económica, considerando el impacto de los componentes presupuestarios,
tributarios y regulatorios en el desarrollo productivo a nivel regional
y sectorial.
Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación
microeconómica regional y sectorial, coordinando su accionar con las
Jurisdicciones con competencia en la materia.
Intervenir en el diseño e implementación de instrumentos de
seguimiento y análisis del impacto sobre la actividad de las
iniciativas presupuestarias, tributarias y de las regulaciones o
desregulaciones, a nivel regional y sectorial, y emitir informes
periódicos sobre los datos relevados y análisis efectuados.
Dirigir la evaluación de los impactos de las iniciativas productivas
a nivel regional y sectorial sobre los resultados fiscales, en
coordinación con las áreas con competencia en la materia del ESTADO
NACIONAL.
Coordinar el análisis de rentabilidad, estructura de costos e
incidencia de los impuestos y regulaciones nacionales o locales en la
actividad microeconómica, como insumo para la definición de la política
tributaria.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE HACIENDA
OBJETIVOS
Coordinar la aplicación de las políticas y la administración
presupuestaria y financiera del gasto público nacional.
Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y
Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de
Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera del Sector Público Nacional.
Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del
ESTADO NACIONAL.
Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del
Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,
por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones
de pago y desarrollar políticas y programas de asistencia a las mismas
en lo que es materia de su competencia.
Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea
participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.
Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación
accionaria y ejerza la tenencia accionaria.
Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos
fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través
de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional.
Proponer la política salarial del Sector Público Nacional y
desarrollar el control y análisis presupuestario del gasto en personal
del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas
correspondientes de otras jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con
competencia en la materia.
Participar en los procesos de modernización y transparencia del
ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.
Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y
económicos en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos
Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y elaborar
propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.
Asistir al Ministro en su participación en la instrumentación y
seguimiento, en forma concurrente con los otros ministerios
competentes, de políticas fiscales, económicas y financieras entre el
Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las
provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos
a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales
coparticipables.
Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público
No Financiero Provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de
su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.
Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector
Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de
información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones
salariales, dictado de actos administrativos de alcance general que
otorguen beneficios económicos de cualquier tipo a los agentes
comprendidos en las jurisdicciones del Sector Público Nacional o en
aquellas negociaciones salariales que, directa o indirectamente,
signifiquen erogaciones del Tesoro Nacional.
Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE
MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia
impositiva y aduanera y participar en aquellos que afecten recursos de
la seguridad social.
Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los
recursos de la seguridad social, como así también participar en el
diseño de los regímenes de promoción económica que involucren esos
aspectos.
Diseñar, en el marco de sus competencias y en coordinación con las
áreas con competencia en la materia, convenios interjurisdiccionales
relativos a la política tributaria y de distribución de la base
imponible, en los que intervengan las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y los municipios.
Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la
normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de
regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las
provincias, en coordinación con la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
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