DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Rango Decreto
Publicación 2007-06-26
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Decreto 773/2007

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel

operativo de la citada Dirección Nacional, organismo descentralizado

dependiente del Ministerio del Interior.

Bs. As., 21/6/2007

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente Nº S02:0003328/2005 del registro

de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, la Ley

Nº 17.671, sus modificatorias, los Decretos Nº 1716 del 15 de

septiembre de 1992, Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996, Nº 140 del 19

de febrero de 2007 y la Decisión Administrativa Nº 513 del 19 de

diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.671 establece las funciones y

atribuciones de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS

PERSONAS, organismo descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por el Decreto Nº 1410/96 se aprobaron los objetivos de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que la Decisión Administrativa Nº 513/96 aprobó la

estructura organizativa de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL

DE LAS PERSONAS, y desde entonces las tareas se han incrementado

tornando aconsejable un reordenamiento de los diferentes niveles

organizativos, con el objeto de optimizar su funcionamiento y cumplir

con los fines estratégicos propuestos.

Que las adecuaciones propuestas se encuentran

fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de las

competencias y responsabilidades propias de la DIRECCION NACIONAL DEL

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que en función de lo expuesto resulta conveniente

proyectar una nueva conformación organizativa aprobando la nueva

estructura del citado organismo.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la citada

DIRECCION NACIONAL, del MINISTERIO DEL INTERIOR y la SUBSECRETARIA DE

LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado

la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las

facultades atribuidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION

NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase la estructura

organizativa de primer nivel operativo de la DIRECCION NACIONAL DEL

REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado

dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo con el Organigrama,

Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación, que como

Anexos I, II y III, integran la presente medida.

(Nota Infoleg*: por art. 1° de la Decisión Administrativa N° 43/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/01/2019, se aprueba la estructura organizativa de primer nivel

operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS

PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y

VIVIENDA, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades

Primarias y Acciones que, como Anexos I (GDE

IF-2018-55943641-APN-DNDO#JGM) y II (GDE

IF-2019-01649377-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la norma de referencia.

Por art. 2°de laDecisión Administrativa N° 43/2019**de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/01/2019, se aprueba la estructura organizativa de segundo nivel

operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS

PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la

SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y

VIVIENDA, de conformidad con el Organigrama y las Acciones que, como

Anexos IIIa, IIIb (GDE IF-2018-55945341-APN-DNDO#JGM), y IV (GDE

IF-2019-01652193-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la norma de referencia.*

*Por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 43/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 29/01/2019, se mantiene la vigencia de las unidades de nivel

departamental aprobadas por el presente Decreto, las cuales se detallan en la Planilla Anexa al artículo 5° (GDE

IF-2019-01655695-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante de la norma de referencia, las que mantendrán las acciones y

suplementos vigentes a la fecha)*

Art. 2º— En un plazo de NOVENTA (90)

días a partir de la publicación del presente Decreto, la DIRECCION

NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS deberá aprobar el

proyecto de estructura organizativa correspondiente a las aperturas

inferiores a las que se aprueban por la presente medida, la cual deberá

prever como máximo CATORCE (14) cargos de conducción. Mientras se

encuentre en proceso la reestructuración de las áreas afectadas por el

presente decreto, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales

existentes, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades

primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus

respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas aprobadas.

Art. 3º— La atención de las

erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán

atendidas con cargo al presupuesto vigente previsto por la Ley Nº

26.198 para el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Art. 4º— Facúltase al Director

Nacional de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS

PERSONAS, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la estructura

organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban por este

acto.

Art. 5º— (Artículo derogado por art. 15 delDecreto Nº 606/2020B.O. 21/7/2020)

Art. 6º— (Artículo derogado por art. 15 delDecreto Nº 606/2020B.O. 21/7/2020)

Art. 7º— Las retribuciones

establecidas en el presente serán las únicas que percibirán las

autoridades comprendidas por el desempeño de tales cargos, salvo las

que correspondan, por el Complemento por Responsabilidad del Cargo

contemplado en el Decreto Nº 140/07, asignaciones familiares y el

sueldo anual complementario.

Art. 8º— Comuníquese, publíquese,

dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —

KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

(Nota Infoleg: por art. 14 delDecreto Nº 606/2020*B.O. 21/7/2020 se establece que el Director o la Directora Nacional de la

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER),

organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE

INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, tendrá rango y jerarquía de

Subsecretario.)*

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 2° delDecreto N° 167/2012B.O. 06/02/2012)

[IMG]

ANEXO II

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

OBJETIVOS

1.

Entender en la inscripción e identificación de

las personas de existencia visible que se domicilien en territorio

argentino o jurisdicción argentina y a todos los argentinos sea cual

fuere el lugar donde se domiciliaren, conforme lo establece la Ley Nº

17.671, modificatorias y concurrentes.

2.

Entender en el trámite de identificación,

renovación, rectificación y otorgamiento de nuevos ejemplares de

Documentos Nacionales de Identidad a las personas argentinas nativas,

por opción y/o naturalizadas y extranjeras, asignándoles a tal efecto

un legajo con número fijo, exclusivo e inmutable.

3.

Entender en la clasificación y procesamiento de

la información relacionada con el Potencial Humano, de manera tal que

permita proporcionar al Gobierno Nacional las bases de información

necesarias que permitan fijar la política demográfica que más convenga

a los intereses de la Nación.

4.

Entender, con carácter exclusivo, en la

expedición del Documento Nacional de Identidad, y de todos aquellos

otros informes, certificados o testimonios, previstos en la Ley Nº

17.671, otorgados en base a la identificación dactiloscópica.

5.

Entender en la aplicación de multas previstas en

la Ley de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano

Nacional.

6.

Entender en la administración de los bienes e

instalaciones pertenecientes al Organismo, pudiendo representarlo en

juicio por sí o por apoderado, y transigir o celebrar acuerdos

judiciales o extrajudiciales.

7.

Entender en la proyección anual del presupuesto

de gastos de cálculo de recursos del Organismo, autorizar los

movimientos de fondos y entender en la firma de los libramientos de

pago.

8.

Entender en el nombramiento, ascenso, contrato,

suspensión o remoción del personal del Organismo de acuerdo a las

normas legales vigentes.

9.

Entender en los convenios y contratos con los

Organismos Nacionales e Internacionales, públicos o privados, que

celebre el Organismo en el marco de sus competencias.

10.

Intervenir como órgano consultivo de la Unidad

de Asuntos Jurídicos, en su relación con el Poder Judicial con

competencia electoral u ordinaria, tanto a nivel Nacional como

Provincial.

11.

Entender en la substanciación de los sumarios que se instruyan por aplicación de la normativa vigente.

12.

Representar al organismo en la celebración de

acuerdos nacionales o internacionales para la transferencia de datos a

organismos públicos o privados, en el marco de la legislación vigente.

13.

Entender en el otorgamiento de los distintos

tipos de pasaportes nacionales, con excepción de los pasaportes

diplomáticos y oficiales (Objetivo incorporado por art. 1° delDecreto N° 167/2012B.O. 06/02/2012)

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

Responsabilidad Primaria:

Planificar, programar y ejecutar exámenes y

evaluaciones posteriores a las actividades del organismo en sus

aspectos presupuestario, económico, financiero, patrimonial, normativo,

operacional y de gestión, ejerciendo un control integral e integrado

fundado en criterios de eficacia, eficiencia y economía, de acuerdo a

lo dispuesto por la Ley Nº 24.156 y sus decretos reglamentarios.

Asegurar a la máxima autoridad una opinión

profesional válida, a fin de mantenerla informada, con razonable

certeza, sobre la confiabilidad del diseño y funcionamiento de los

sistemas de control establecidos en el organismo, el desempeño integral

de la gestión y del descargo de sus responsabilidades.

Acciones:

1.

Establecer la planificación general de la

Auditoría Interna, conforme a las normas generales de control interno y

Auditoría Interna.

2.

Elaborar el Plan global y anual de la Auditoría Interna.

3.

Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.

4.

Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del sistema de Control Interno.

5.

Brindar asesoramiento, en aspectos de su

competencia, a los responsables de dar solución a los problemas

detectados, con una orientación dirigida a agregar valor al conjunto de

la organización.

6.

Verificar la existencia de un sistema de control

que garantice la integridad, confidencialidad y disponibilidad de datos

y recursos de tecnología de información (sistemas de aplicación,

tecnología asociada, instalaciones y personal).

7.

Tomar conocimiento integral de los proyectos a

llevar adelante en el organismo y evaluar aquéllos de significativa

trascendencia económica.

8.

Verificar si en las erogaciones e ingresos de la

jurisdicción se cumplen los principios contables y niveles

presupuestarios de la normativa legal vigente.

9.

Constatar la confiabilidad de los antecedentes

utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos

contables.

10.

Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

11.

Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad, financieros y de sistemas.

12.

Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.

13.

Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

14.

Comunicar a las autoridades superiores y a la

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de los desvíos que se detecten con las

recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

15.

Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

16.

Informar sobre los temas que la SINDICATURA

GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus

actividades.

17.

Participar en el Comité de Control

Jurisdiccional en el marco del Programa de Regularización del Ambiente

de Control implementado por la Sindicatura General de la Nación.

DEPARTAMENTO TECNICO ADMINISTRATIVO

Responsabilidad Primaria:

Intervenir en la recepción, registro, análisis en

sus aspectos técnicos y de gestión, tramitación y seguimiento de toda

documentación que se someta a consideración de la Dirección Ejecutiva.

Asegurar su efectiva canalización hacia las áreas con competencia y/o

responsabilidad en la temática planteada.

Acciones:

1.

Intervenir, coordinar y supervisar el despacho general de la Dirección Ejecutiva.

2.

Coordinar y supervisar la recepción, análisis en

sus aspectos técnicos y de gestión y tramitación de los proyectos de

leyes, decretos, resoluciones y demás instrumentos y proceder una vez

suscriptos a su protocolización, archivo y conservación.

3.

Recibir, controlar en sus aspectos formales y

custodiar todo instrumento de carácter administrativo emanado de la

Dirección Ejecutiva y de la Subdirección Ejecutiva.

4.

Efectuar el seguimiento de los trámites

administrativos de la jurisdicción y controlar el cumplimiento de las

normas vigentes.

5.

Supervisar la recepción de los distintos

expedientes administrativos que sustenten las denuncias que lleve

adelante el Organismo.

6.

Entender en la elaboración y actualización de los manuales de procedimientos.

DEPARTAMENTO SUMARIOS

Responsabilidad Primaria:

Dirigir la instrucción de los sumarios administrativos que deban iniciarse conforme la normativa vigente.

Acciones:

1.

Impulsar todas las acciones vinculadas con

sumarios administrativos y/o disciplinarios según corresponda en el

ámbito del Registro Nacional de las Personas.

2.

Intervenir en la sustanciación de los sumarios,

proponiendo la designación de los instructores sumariantes necesarios

para tal fin.

3.

Supervisar la recopilación de informes,

declaraciones y documentación necesaria para determinar la

responsabilidad patrimonial y el perjuicio fiscal si lo hubiera.

DEPARTAMENTO DE EVALUACION Y CALIDAD DE GESTION

Responsabilidad Primaria:

Entender en la coordinación e implementación del

"Programa Carta Compromiso con el Ciudadano", su monitoreo y

evaluación, en el ámbito de la Dirección Nacional del Registro Nacional

de las Personas.

Acciones:

1.

Coordinar el Programa de "Carta Compromiso con el Ciudadano", en la órbita del Organismo.

2.

Centralizar y coordinar la información

correspondiente a los resultados de las mediciones realizadas con

relación al grado de cumplimiento de los estándares establecidos y de

los compromisos asumidos por el Registro Nacional de las Personas en el

marco de los programas de mejoramiento de los servicios.

3.

Procesar y analizar la información relativa al

cumplimiento de los programas de mejoramiento de los servicios elevando

los informes de resultados a la Dirección Nacional.

4.

Asistir y colaborar en el diseño, planificación y

coordinación de lineamientos estratégicos referidos a elevar la calidad

de los servicios prestados por el Organismo.

5.

Verificar las necesidades de los Centros de

Atención coordinando con el responsable del área, las mejoras que

posibiliten una adecuada atención.

6.

Proponer y coordinar la aplicación de pautas de

trabajo para una adecuada atención al público, como así también,

elaborar una base informativa que posibilite un asesoramiento integral

al ciudadano.

7.

Mantener actualizada la página web del Organismo en lo referente a la Guía de Trámites y Servicios.

DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° delDecreto N° 167/2012B.O. 06/02/2012)

Entender

en el otorgamiento de Documentos de Viaje y Pasaportes nacionales,

centralizando la información de antecedentes personales y el

intercambio de la misma, mediante la celebración y seguimiento de

Convenios.

Administrar

la información producida por las distintas áreas del organismo referido

a la toma de trámites, emisión y entrega de pasaportes nacionales y

documentos de viaje en tiempo y forma.

ACCIONES:

1.

Propiciar, celebrar, administrar y gestionar Convenios con los

Organismos Nacionales a fin de establecer las previsiones adecuadas en

orden a centralizar la información de antecedentes personales

necesarios para el otorgamiento del Pasaporte.

2.

Impulsar la realización de Acuerdos con organismos provinciales,

municipales y organizaciones no gubernamentales, en el ámbito de su

competencia.

3.

Intervenir en la formulación de propuestas normativas referentes al otorgamiento de documentos de viaje y pasaportes.

4.

Mantener actualizados los registros y sistemas de información del área.

5.

Producir informes sobre las actividades desarrolladas y formular las

recomendaciones necesarias para la optimización de las mismas.

6.

Detectar e intervenir en ocasión de observarse desviaciones o

situaciones especiales en cualquier etapa del proceso de

otorgamiento de pasaportes.

DIRECCION NACIONAL DE ATENCION AL CIUDADANO Y RELACIONES

INSTITUCIONALES

Responsabilidad Primaria:

Entender en todo lo relativo a las relaciones con

organismos públicos, nacionales, provinciales, municipales e

internacionales, con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas

en todo lo referente a la aplicación de la Ley Nº 17.671, sus

concordantes y modificatorias, como así también intervenir en la

coordinación de los grupos operativos y centros de atención al

ciudadano y asesorar en todo lo referente a la relación con los medios

periodísticos nacionales y extranjeros.

Acciones:

1.

Entender en la formulación, ejecución y control

de las políticas de comunicación, tanto internas como externas, del

Organismo.

2.

Programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de relaciones institucionales del Organismo.

3.

Entender y propiciar la difusión de las normas que hagan a la plena vigencia de los derechos de identidad.

4.

Intervenir en la determinación de pautas

destinadas a coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos

referidos a objetivos y cursos de acción comunitaria en el marco de los

objetivos del Organismo.

5.

Coordinar el funcionamiento de las Delegaciones,

Centros de Atención al Público y Grupos Operativos para la toma y

entrega de trámites.

6.

Asistir a la Dirección Ejecutiva del organismo en

sus relaciones con los gobiernos provinciales, municipales y de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en el asesoramiento en materia de

identificación de las personas.

7.

Mantener contacto permanente con las Direcciones

Provinciales, Entes Regionales, Oficinas Seccionales y Grupos

Operativos, difundiendo las normas, instructivos, circulares y

resoluciones que hacen al sistema Documentario Nacional.

8.

Atender los reclamos de Documentos Nacionales de

Identidad tramitados en las Oficinas Seccionales y Consulares,

gestionados por argentinos, nativos, por opción y/o naturalizados y

extranjeros.

9.

Promover acuerdos o convenios con entes públicos

o privados, nacionales o internacionales para la implementación de

acciones tendientes a optimizar el sistema de identificación de las

personas.

10.

Entender en la relación directa con la prensa

oral, escrita o televisiva a fin de transmitir, informar y asesorar en

materia de políticas de identificación adoptadas por el Organismo como

así también administrar y coordinar la elaboración diaria de informes

periodísticos.

DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION

Responsabilidad Primaria:

Organiza la gestión del Sistema Nacional de

Identificación de las personas argentinas, nativas, por opción y/o

naturalizadas y extranjeras. Dirigir el proceso de identificación de

las personas, asignándoles a tal efecto un legajo con número fijo,

exclusivo e inmutable. Organizar y administrar los diferentes archivos

y velar por la seguridad de la documentación, articulando los

diferentes procesos de control.

Acciones:

1.

Entender en todo lo atinente a la identificación

de las personas según lo establecido en las Leyes Nº 17.671 y Nº

24.540, sus modificatorias y concordantes.

2.

Dirigir el control y la validación de la identificación, previo a la producción documental.

3.

Supervisar y coordinar la recepción,

clasificación, registración y/o captura de datos de todo trámite de

identificación, actualización, renovación, rectificación y reposición

de Documento Nacional de Identidad, así como todo trámite de registro

que no genere Documento Nacional de Identidad, provenientes de Oficinas

Seccionales y de Oficinas Consulares.

4.

Organizar, dirigir y administrar operativamente el archivo numérico, dactiloscópico, y patronímico, nacional y extranjero.

5.

Coordinar los informes solicitados por los

Organismos Públicos que sean usuarios autorizados por las disposiciones

vigentes para acceder a datos personalísimos, así como también por

otras entidades, de acuerdo al marco legal.

6.

Regular el ejercicio de control de la legalidad

en el proceso de la identificación de las personas, elaborando pautas

de seguridad documentaria.

7.

Entender en el registro y validación de datos

biométricos y datos dactiloscópicos, en el trámite de identificación de

Documentos Nacionales de Identidad de las personas argentinas, nativas,

por opción y/o naturalizadas y extranjeras.

8.

Registrar todo dato personalísimo que el interesado pretenda inscribir.

9.

Intervenir y mantener actualizado el registro de fallecidos y comunicar las novedades a los organismos competentes.

10.

Fiscalizar el cumplimiento y aplicación de la normativa identiticatoria.

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION Y PRODUCCION DOCUMENTAL

Responsabilidad Primaria:

Dirigir el proceso de producción y emisión de

Documento Nacional de Identidad a las personas argentinas, nativas, por

opción y/o naturalizadas, y extranjeras. Administrar el egreso y

distribución de las cartillas, de acuerdo con lo establecido por la

Superioridad. Desarrollar la planificación sobre la productividad de

los diferentes sectores y producir toda información estadística

requerida por autoridad superior.

Acciones:

1.

Dirigir el control y la validación de la producción documentaria.

2.

Programar y adjudicar las series para identificar a los recién nacidos.

3.

Proveer los Documentos Nacionales de Identidad de

Recién Nacidos para ser adjudicados en las Oficinas Seccionales y

Consulares.

4.

Proveer las series de Documentos Nacionales de

Identidad para los trámites de identificación de argentinos,

naturalizados y extranjeros, y perforar los soportes para diligenciar

los trámites por identificación, actualización, renovación,

rectificación y reposición.

5.

Supervisar la provisión de cartillas en blanco

por parte del Instituto Geográfico Militar, su almacenamiento, custodia

e ingreso al sistema de producción.

6.

Fiscalizar y realizar el balance anual de las

series de cartillas en blanco provistas a las Oficinas Seccionales y

Consulares, como así también la inversión de los números de Documentos

Nacionales de Identidad a ser adjudicados en este organismo.

7.

Dirigir y coordinar la destrucción de cartillas

de D.N.I. inutilizadas que deban ser objeto de reposición por cualquier

causa.

8.

Confeccionar los Documentos Nacionales de Identidad.

9.

Intervenir en la firma de los Documentos Nacionales de Identidad.

10.

Centralizar y realizar el desglose,

clasificación, ordenamiento y distribución de los distintos formularios

de identificación, actualización de dieciséis años, renovación,

rectificación y reposición de Documentos Nacionales de Identidad de

argentinos, nativos, por opción y/o naturalizados, y extranjeros, a los

archivos correspondientes y remitir la información de las

actualizaciones de datos a las Secretarías Electorales.

11.

Coordinar plan de tareas de acuerdo a la

productividad, proporcionando toda información estadística requerida

por la Superioridad.

DIRECCION DE FISCALIZACION

Responsabilidad Primaria:

Supervisar la aplicación de la Ley Nº 17.671 en los

Registros Civiles Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

oficinas consulares y otras dependencias en las que el Registro

Nacional de las Personas delega atribuciones, a través de inspecciones

periódicas. Intervenir y emitir opinión sobre las diversas

irregularidades documentarias que ocurrieran.

Acciones:

1.

Fiscalizar y asesorar a la Superioridad en lo que

respecta al contralor del circuito documentario emitiendo informes

preliminares.

2.

Efectuar el estudio y opinión sobre los

requerimientos internos y externos vinculados a consultas y pericias

técnicas respecto a la autenticidad material de cartillas de Documentos

Nacionales de Identidad, y concurrir a los diversos Tribunales

Federales del país cuando así se lo requiera, asesorando a organismos

oficiales, fuerzas de seguridad, entidades bancarias y/o comerciales,

en aquellos casos en los que se solicite un dictamen técnico de

autenticidad.

3.

Inspeccionar en forma periódica las distintas

Direcciones Generales de Registro Civil y Oficinas Seccionales

orientando, informando, supervisando e instruyendo en lo atinente a la

aplicación de las normas documentarias.

4.

Registrar las altas, bajas y modificaciones de las Oficinas Seccionales y Consulares.

5.

Confeccionar y actualizar los legajos de las

Oficinas Seccionales y Consulares, registrando en ellos las

irregularidades y robos de cartillas que se produjeren en dichas

oficinas, manteniendo en guarda el registro de firmas de funcionarios

autorizados.

6.

Resguardar la base de datos conteniendo información de Oficinas Seccionales y Consulares.

7.

Controlar la legalidad de los distintos

instrumentos públicos que avalan las solicitudes de ciudadanía por

opción y naturalización.

8.

Intervenir y participar en los distintos

procedimientos o medidas ordenadas por la Justicia Federal en el marco

de causas vinculadas a falsificación de Documentos Nacionales de

Identidad y robos de documentación.

9.

Denunciar la comisión de delitos contra la fe pública en el marco del artículo Nº 177 inciso 1 del Código Procesal Penal.

10.

Recepcionar e investigar hechos y/o denuncias

formuladas por ciudadanos en atención a diversas irregularidades

documentarias en los que resultaren damnificados.

11.

Confeccionar las actas de traspaso de jefaturas

en las diferentes áreas así como también actas de apertura y de

constatación de las diversas delegaciones y Centros de Atención

dependientes del Registro Nacional de las Personas.

12.

Presenciar los actos de destrucción de cartillas

con errores en la producción y/o elaboración por parte del Instituto

Geográfico Militar.

13.

Destruir las cartillas de los Documentos

Nacionales de Identidad remitidos por las distintas Oficinas

Seccionales y/o áreas internas del Organismo, Organismos Oficiales y

Juzgados de todo el país en razón del descarte por diferentes causales

y confeccionar las respectivas actas de destrucción, que permanecerán

en custodia de la Dirección.

14.

Custodiar y resguardar los Documentos Nacionales

de Identidad tramitados en los Centros de Atención al Público de

nacionales y extranjeros no retirados por los ciudadanos solicitantes,

así como los tramitados en las diversas Delegaciones del Registro

Nacional de las Personas, hasta tanto se venza el plazo legal de guarda

estipulado para su conservación.

15.

Custodiar los Libros de Adjudicaciones de ciudadanos argentinos y extranjeros.

DIRECCION GENERAL TECNICA JURIDICA

Responsabilidad Primaria:

Entender en la representación jurídica del Registro

Nacional de las Personas, y asesorar a la Dirección Ejecutiva del

organismo en toda materia técnico legal referida a cuestiones en que

estén involucrados sus intereses, en apoyo de las decisiones políticas,

participando en su fundamentación. Entender en el ingreso y egreso de

documentación proveniente de los poderes públicos, organismos oficiales

y entidades privadas, producir la información necesaria a otras

dependencias públicas o privadas en el marco establecido por la

legislación vigente, y protocolizar, archivar, notificar y comunicar

los actos administrativos producidos por la Dirección Nacional.

Acciones:

1.

Actuar como delegación del Cuerpo de Abogados del

Estado en el Registro Nacional de las Personas, y efectuar y coordinar

tareas de carácter técnico-jurídico, que hacen a las responsabilidades

legalmente asignadas al organismo.

2.

Representar al Registro Nacional de las Personas

ante los órganos jurisdiccionales, de cualquier fuero, Organismos

Administrativos del Estado Nacional y Provinciales y Entidades Privadas.

3.

Entender en el cumplimiento de los términos prescriptos por las normas vigentes y los establecidos judicialmente.

4.

Asesorar respecto de la legalidad de los actos

sometidos a consideración de la Dirección Ejecutiva, elaborar

dictámenes jurídicos, tramitar recursos administrativos conforme a la

normativa de procedimientos.

5.

Participar en la elaboración de anteproyectos de

leyes, decretos, resoluciones, convenios y demás instrumentos

referentes al Potencial Humano Nacional.

6.

Supervisar los juicios en los que el Registro Nacional de las Personas sea parte.

7.

Entender en la recepción, protocolización,

reproducción y certificación de los actos emanados del Registro

Nacional de las Personas, supervisar su oportuna notificación, despacho

y archivo, y entender en la custodia de toda documental de carácter

administrativo producida por autoridad competente.

8.

Intervenir y supervisar el Despacho General del Organismo.

9.

Entender en el ingreso, clasificación,

registración, distribución y egreso de las documentales que

corresponden a requerimientos judiciales y los provenientes de

Organismos Administrativos del Estado Nacional, Estados Provinciales y

Entidades privadas.

DIRECCION DE PREVENCION Y CONTROL

Responsabilidad Primaria:

Entender en la optimización de los recursos, en

forma sistemática y permanente, a fin de resguardar la seguridad del

patrimonio físico y de los archivos identorregistrales del potencial

humano nacional, como así también la seguridad de las personas en todo

el ámbito del Registro Nacional de las Personas.

Acciones:

1.

Formular diagnósticos y elaborar los lineamientos

generales de seguridad, proponiendo estrategias y cursos de acción

desde perspectivas multidisciplinarias para la prevención de accidentes

y/o delitos.

2.

Estudiar las normas y métodos tendientes a

garantizar el mínimo riesgo tanto para el factor humano como para el

mantenimiento y guarda de los elementos y/o equipos del Organismo.

3.

Planificar e inspeccionar periódicamente las

instalaciones y equipos, e informar y proponer las acciones

pertinentes, en coordinación con las áreas involucradas.

4.

Coordinar, planificar, asistir, y participar en

las comunicaciones del Registro Nacional de las Personas con las

Direcciones Provinciales y Fuerzas de seguridad.

5.

Formular la estrategia general de seguridad del Organismo siguiendo los lineamientos de la Dirección Ejecutiva.

6.

Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de la jurisdicción.

7.

Planificar y supervisar los programas de mantenimiento preventivo, cambios o reparaciones.

8.

Efectuar el control y seguimiento de la prestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de su competencia.

9.

Entender en la Coordinación de las actividades de vigilancia y mantenimiento del edificio y sus bienes.

10.

Efectuar las acciones necesarias para asegurar

la coordinación, coherencia y excelencia de los programas de

optimización, tanto de las comunicaciones como de infraestructura

edilicia.

DIRECCION GENERAL DE PLANEAMIENTO Y LOGISTICA

(Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° delDecreto N° 275/2009B.O. 17/4/2009)

Responsabilidad Primaria:

Ejercer el planeamiento operativo y logístico de

corto, mediano y largo plazo atinente a la función principal del

Organismo, en concordancia con las prioridades de gestión establecidas

por la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

Canalizar los requerimientos de información y/o apoyo logístico

requeridos por las áreas de producción, coordinando la actividad con

los sectores de apoyo.

Acciones:

1.

Elaborar y sistematizar propuestas de diseño de procesos transversales a la producción documentaria.

2.

Entender en la planificación operativa de las

áreas sustantivas, asegurando la integridad en la ejecución de los

programas y proyectos.

3.

Diseñar los sistemas de logística para la asignación y distribución de insumos, formularios y DNI.

4.

Intervenir en la unificación y sistematización de la información estadística producida por las distintas áreas del Organismo.

5.

Participar en el diseño y la implementación de normas, sistemas y estándares de calidad.

6.

Asistir técnicamente a la Dirección Nacional del

Registro Nacional de las Personas en la planificación y ejecución de

proyectos y planes interinstitucionales.

7.

Participar junto a la Dirección General de

Recursos Humanos y Organización, en el proceso de análisis y diseño

organizacional.

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION.

(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 2° delDecreto N° 275/2009B.O. 17/4/2009)

Responsabilidad Primaria:

Planificar, coordinar y administrar las actividades

de tecnología de la información del Organismo, incluyendo la totalidad

de la infraestructura de equipamiento y software computacional y de

comunicaciones, tanto de datos como de voz, los sistemas de información

y las tecnologías asociadas, existentes y a incorporarse.

Desarrollar y administrar los mecanismos de

optimización a través de sistemas informáticos de las actividades

establecidas por la Ley Nº 17.671, control de la producción y monitoreo

de su calidad, en la sede central del organismo como en sus

delegaciones de todo el territorio nacional.

Acciones:

1.

Elaborar y mantener actualizado el plan

estratégico de tecnología de la información del Organismo, alineado con

su plan estratégico y presupuestario.

2.

Investigar, analizar, proponer e instrumentar

alternativas tecnológicas que coadyuven a mejorar la calidad, la

seguridad y la velocidad de respuesta al ciudadano respecto de las

tareas de identificación y documentarias del Organismo.

3.

Coordinar el diseño e instalación de los sistemas

administrativos e informáticos en las áreas de las Direcciones

Generales de los Registros Civiles provinciales con funciones delegadas

del Organismo, que cooperen a estandarizar procedimientos y a mejorar

la calidad en la atención de los ciudadanos, atendiendo también a la

capacitación de los usuarios.

4.

Supervisar el diseño y mantenimiento del modelo

de arquitectura de la información del Organismo, el que se documentará

en un diccionario de datos corporativo, con especificación de los

controles de consistencia, integridad, confidencialidad y validación

aplicables, coordinando la administración de las bases de datos.

5.

Entender en todos los aspectos relativos a la

seguridad e intangibilidad de los datos en los repositorios

informáticos del Organismo, definiendo políticas de acceso y resguardo,

incluyendo las bases de datos de imágenes digitalizadas

correspondientes a las fichas identificatorias de la totalidad de los

ciudadanos del país, estableciendo los planes de contingencia para los

sistemas críticos.

6.

Entender en la programación de los instrumentos

de control informático de los procesos identificatorios y documentarios

de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas,

proponiendo el conjunto de indicadores adecuados tendientes a brindar

información oportuna para la toma de decisiones, a fin de anticipar y

corregir desvíos en la producción.

7.

Entender en la programación de las aplicaciones

informáticas que aseguren un adecuado control de la calidad, seguridad

e integralidad del proceso de producción.

8.

Coordinar los aspectos técnicos, operativos y

administrativos de las redes y servicios teleinformáticos y de

telecomunicaciones, analógicas y digitales del Organismo.

9.

Proponer y coordinar la ejecución del plan de

mantenimiento y actualización tecnológica de la infraestructura de

procesamiento de datos y de comunicaciones del Organismo.

10.

Intervenir en la planificación de la

capacitación informática en sus aspectos técnicos tanto del personal

que utiliza los servicios de información en la sede central del

Organismo como en las áreas correspondientes a las Direcciones

Generales de los Registros Civiles provinciales.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Responsabilidad Primaria:

Organizar, controlar, registrar y ejecutar los actos

vinculados con la gestión operativa, financiera y patrimonial requerida

para el funcionamiento eficaz y eficiente del Organismo.

Acciones:

1.

Elaborar los criterios y procedimientos de gestión económica-financiera y su registro.

2.

Coordinar, dirigir, supervisar, sustentar,

evaluar el desarrollo y aplicación del Sistema de Contabilidad

Gubernamental, de las actividades financieras y patrimoniales propias

del Organismo.

3.

Intervenir en la formulación del proyecto de

presupuesto anual, sus modificaciones, reajustes, ejecución y control

de la ejecución.

4.

Coordinar y supervisar todo lo relacionado con la gestión de compras y contrataciones de bienes y servicios.

5.

Coordinar la acción referida a proyectos de inversión real directa.

6.

Entender, difundir, coordinar e implementar las

políticas de los órganos rectores de la actividad presupuestaria y

financiera del Estado, constituyendo el enlace entre ellos y el

Organismo.

7.

Conducir la gestión presupuestaria y económica y

financiera del Organismo, profundizando las técnicas de programación,

análisis y la evaluación de los programas presupuestarios.

8.

Coordinar la administración de los bienes del

Estado y/o de aquellos que utilice el Organismo y que sean propiedad

del Estado, su almacenamiento, conservación, mantenimiento, asignación,

reasignación y racionalización de los espacios físicos, identificando a

los responsables por el uso de los mismos.

9.

Entender en la confección de la red de acciones

programáticas, la elaboración de estadísticas, proponer metas,

relaciones insumo-producto, fijación de centros de costo y gasto, y de

los manuales de procedimientos.

10.

Elaborar los informes que sean requeridos por las autoridades y las unidades de contralor.

11.

Entender, proponer, coordinar, supervisar e

implementar todas las acciones necesarias con respecto a la seguridad e

higiene tanto de los recursos humanos como conservación, mantenimiento,

control de acceso, etc. en todo el ámbito del Registro Nacional de las

Personas, proveyendo la adopción de todas las medidas concurrentes para

el logro del objetivo planteado.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

Responsabilidad Primaria:

Administrar las políticas y la aplicación de las

normas que regulan el empleo de los agentes públicos, su carrera

administrativa, su capacitación laboral y desarrollo profesional, las

relaciones laborales, de medicina del trabajo, de higiene y seguridad

en el trabajo del Registro Nacional de las Personas. Entender en la

planificación y diseño organizacional del Organismo.

Acciones:

1.

Procurar mejorar los niveles de productividad,

satisfacción laboral y la calidad en la prestación de los servicios a

cargo del organismo.

2.

Monitorear el estado de avance del personal en el

régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes para

su optimización.

3.

Administrar y actualizar los sistemas de

información de administración de recursos humanos, aplicando los

controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

4.

Entender, coordinar y supervisar el accionar del

Servicio Médico del Organismo, manteniendo actualizadas las historias

clínicas, informes estadísticos, etc. y proponer medidas a tomar en

situaciones críticas.

5.

Administrar y actualizar los sistemas de

información relacionados con la aplicación de las herramientas del

sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos

humanos.

6.

Entender técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo del Organismo.

7.

Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, de higiene y seguridad laboral.

8.

Intervenir en el desarrollo de la carrera del personal.

9.

Planificar, coordinar, intervenir y asistir

técnicamente en los procesos de búsqueda, selección, incorporación,

inducción y desvinculación de los recursos humanos técnicos,

administrativos y profesionales.

10.

Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y

diseño organizacional. Elaborar y proponer las modificaciones de las

estructuras organizativas, que correspondan en consecuencia.

11.

Asistir técnicamente a la Delegación

Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera u otra instancia

que el marco normativo establezca.

12.

Entender en las relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

DIRECCION DE CENTROS TERRITORIALES DE DOCUMENTACION

(Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 2° delDecreto N° 1735/2009B.O. 17/11/2009)

Responsabilidad Primaria:

Dirigir, organizar, planificar, supervisar y

coordinar la ejecución de la gestión operativa de los Centros de

Documentación Rápidos bajo administración del Organismo, en el

cumplimiento de las políticas y los objetivos que para cada área

determinen las máximas autoridades del mismo.

Acciones:

1.

Participar en la evaluación de los planes y

proyectos en ejecución relativos a la asistencia técnica, modernización

y mejoramiento de la capacidad de gestión de los Centros de

Documentación Rápidos en todo el territorio nacional.

2.

Intervenir en la promoción y difusión de los

proyectos y programas orientados a la mejora en los servicios y

atención al ciudadano en los que se encuentre involucrado el REGISTRO

NACIONAL DE LAS PERSONAS, relacionados con la actividad de los Centros

de Documentación Rápidos.

3.

Entender en el equipamiento de los Centros de

Documentación Rápidos, gestionando la obtención de los recursos

humanos, materiales, tecnológicos y todo otro necesario para su normal

funcionamiento.

4.

Concentrar los reclamos e inconvenientes que

surjan en el desempeño de los Centros de Documentación Rápidos, con

miras a gestionar ante las áreas competentes del Organismo las

soluciones a los reclamos efectuados.

5.

Producir informes semestrales al Director

Nacional de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

que den cuenta de los resultados del monitoreo realizado sobre el

accionar de los Centros de Documentación Rápidos.

6.

Elaborar estadísticas de producción de los

Centros habilitados y todo otro informe que le fuera solicitado por el

titular del Organismo.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

DIRECCION NACIONAL DE POBLACION

(Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 6° delDecreto N° 1215/2010B.O. 2/9/2010)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer, elaborar y dar seguimiento a las políticas

de población con el fin de incorporar los aspectos demográficos en la

formulación de los programas que deriven de dichas políticas, a partir

de la clasificación y el procesamiento de la información relacionada

con el Potencial Humano.

Coordinar con las áreas competentes de la DIRECCION

NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, el accionar de los

Registros Civiles, elaborando los estudios necesarios para brindar

asesoramiento y capacitación en relación con la problemática registral.

ACCIONES

1.

Asistir en el diseño e implementación de

políticas públicas en materia de población, promoviendo la inserción de

la dimensión poblacional en la planificación y gestión del gobierno

nacional.

2.

Clasificar y procesar la información relacionada

con el Potencial Humano, para proporcionar al Poder Ejecutivo Nacional

las bases de información necesarias que permitan fijar la política

demográfica que más convenga a los intereses de la Nación.

3.

Proponer objetivos, metas y medidas para la

definición de una política nacional de población, atendiendo a las

acciones que realizan los distintos Ministerios en relación con los

comportamientos de la población en el ámbito de sus respectivas

competencias.

4.

Analizar, evaluar y sistematizar las estadísticas

sobre los actos vitales de la población y su integración al Sistema

Estadístico Nacional.

5.

Participar en la elaboración de diagnósticos e

investigaciones aplicadas sobre el comportamiento de las variables

demográficas y sobre sus particularidades sociales, económicas y

regionales.

6.

Asistir a las autoridades en el enlace con los

organismos nacionales e internacionales, gubernamentales y no

gubernamentales especializados en población, como con aquellos

organismos que relevan información sobre el comportamiento de las

variables socio-demográficas.

7.

Colaborar con las autoridades en el asesoramiento

y asistencia técnica en la materia de su competencia, cuando así se

requiera, a las Comisiones de las Cámaras de Diputados y Senadores del

Honorable Congreso de la Nación.

8.

Participar en encuentros de carácter

político-institucionales con incumbencia en el tratamiento de

cuestiones demográficas, en particular entre los países que integran el

bloque regional del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

9.

Proponer y asesorar en la celebración de acuerdos

y/o convenios pertinentes en materia poblacional, con organismos

públicos y privados, nacionales e internacionales y efectuar el

seguimiento de los compromisos y obligaciones que surjan de los mismos.

10.

Colaborar con la DIRECCION GENERAL TECNICA

JURIDICA en la promoción de reformas a la legislación vigente y

proyectar, cuando así lo estime necesario, nuevas disposiciones legales

respecto de las competencias de los Registros Civiles.

11.

Recopilar y mantener actualizada la información

sobre el Derecho Internacional en materia de registración y elaborar

informes comparativos sobre los mismos.

12.

Participar en el ámbito de foros Internacionales

y de Naciones Unidas donde se dé tratamiento de las cuestiones en

materia poblacional.

13.

Promover la capacitación técnica de agentes

gubernamentales en materia de población y registración, con la

colaboración de organismos internacionales, nacionales y privados, con

el objeto de perfeccionar el nivel técnico y científico de los mismos.

14.

Asistir a las autoridades en la coordinación del funcionamiento del CONSEJO FEDERAL DE POBLACION.

ANEXO III

PLANTA PERMANENTE

AGRUPAMIENTO: GENERAL

JURISDICCION: MINISTERIO DEL INTERIOR

ESCALAFON SINAPA DECRETO 993/91

SUBSECRETARIA DE INTERIOR

ORGANISMO: REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS - ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

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ANEXO IV

(Anexo derogado por art. 15 delDecreto Nº 606/2020B.O. 21/7/2020)

Antecedentes Normativos

- Anexo Isustituido por art. 5° delDecreto N° 1215/2010B.O. 2/9/2010;

- Anexo I sustituido por art. 1° delDecreto N° 1735/2009B.O. 17/11/2009;

- Anexo I sustituido por art. 1° delDecreto N° 275/2009B.O. 17/4/2009.

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