MINISTERIO DE TURISMO

Rango Decreto
Publicación 2012-05-31
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 8
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**MINISTERIO

DE TURISMO**

Decreto 821/2012

**Apruébase la estructura organizativa

de primer nivel operativo.**

Bs. As., 29/5/2012

VISTO el Expediente Nº STN:0002111/2010 del Registro del MINISTERIO DE

TURISMO, los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 357 de

fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 919/10, se sustituyó el artículo 1° de la

Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus

modificaciones, a fin de crear el MINISTERIO DE TURISMO.

Que por el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se

aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública

Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se

encuentran los referidos al MINISTERIO DE TURISMO para cumplir con las

responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus

competencias.

Que, en atención al marco normativo expuesto, es procedente la

aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del

MINISTERIO DE TURISMO, a fin de cumplir con los objetivos de la

Jurisdicción.

Que la estructura cuya aprobación se propicia es el resultado del

análisis de la experiencia de gestión recogida, como así también, de la

consideración de razones de funcionalidad que, en conjunto con

criterios de eficacia y eficiencia para el logro de los objetivos

estratégicos propuestos, propenden a optimizar el funcionamiento del

citado Ministerio.

Que, en función de ello, resulta necesario proceder a la modificación

del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la

parte correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO,

para el Ejercicio 2012.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE

GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción ha tomado la

intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de

los artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Apruébase la

estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE

TURISMO, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y

Acciones y Dotación que como Anexos I, II y III respectivamente, forman

parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Facúltase al titular

del MINISTERIO DE TURISMO a aprobar las aperturas estructurales

inferiores de esa Jurisdicción, que deberán prever un máximo de

VEINTICUATRO (24) cargos de conducción.

Art. 3° — Establécese que en un

plazo de NOVENTA (90) días a partir de la publicación de este decreto

deberán ser aprobadas las aperturas inferiores de las unidades

organizativas que se aprueban por la presente medida. Hasta tanto, se

mantendrán las aperturas inferiores vigentes a la fecha de publicación

del presente decreto, con su personal, niveles y grados de revista

correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de Cargos

con Funciones Ejecutivas.

Art. 4° —Facúltase al titular

del MINISTERIO DE TURISMO, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE

GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION

ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o

modificar la dotación, conforme las leyes de presupuesto vigentes.

Art. 5° — Modifícase la

distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -

Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 -

MINISTERIO DE TURISMO para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle

obrante en las Planillas Anexas a este artículo, que forman parte

integrante del presente decreto.

Art. 6° — El gasto que demande

el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a las partidas

presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE

TURISMO para el presente ejercicio.

Art. 7° — Derógase el Decreto

Nº 1635 de fecha 24 de noviembre de 2004.

Art. 8° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.

Lorenzino. — Carlos E. Meyer.

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 3° del[Decreto

N° 1067/2013](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=218220)B.O. 7/8/2013)

[IMG]

(Nota Infoleg:por art. 1°delDecreto N° 232/2015*B.O. 23/12/2015 se transfiere la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,

con sus unidades organizativas dependientes, de la órbita del

MINISTERIO DE TURISMO, a la órbita del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y

DESARROLLO SUSTENTABLE)*

ANEXO II

MINISTERIO DE TURISMO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en las funciones asignadas por la Ley Nº 24.156 de

Financiera y de los Sistemas de Control del Sector

Público Nacional, ejecutando el control y la evaluación ex post de las

diversas fases del proceso administrativo en todas las áreas del

MINISTERIO DE TURISMO, utilizando el control en una concepción

integrada de la gestión pública.

ACCIONES:

1.

Entender en las acciones de Auditoría y de información de la gestión

productiva, de legitimidad y razonabilidad generadas, para asesorar e

informar al titular del organismo.

2.

Elaborar el Plan General de la Auditoría Interna a desarrollar por

la jurisdicción en los términos del artículo 103 de la Ley Nº 24.156, y

elevar el Plan Anual de Auditoría Interna para la aprobación del

titular del Ministerio y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

3.

Efectuar las auditorías según la programación anual prevista, de

acuerdo con las normas de auditoría interna aplicables, y las

auditorías especiales, intervenciones, verificaciones y demás

actividades de control que determine la máxima autoridad del Ministerio.

4.

Implementar y fiscalizar el mantenimiento del sistema de control

interno, del plan de organización y de los manuales de procedimiento y

la actualización de los ya existentes en los términos del artículo 101

de la Ley Nº 24.156.

5.

Fiscalizar la gestión pública realizada por las distintas áreas

operativas y de apoyo en el cumplimiento del presupuesto anual

económico-financiero aprobado al Ministerio, observando aquellos

procedimientos que no se ajustaren a lo establecido en el artículo 4°

de la Ley Nº 24.156 y efectuando las recomendaciones que estimare

adecuadas.

6.

Formular informes no planificados generados por la misma Unidad o a

requerimiento de las máximas autoridades del MINISTERIO DE TURISMO y de

la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y comunicar los desvíos que se

detectaren, acompañando las observaciones y/o recomendaciones que se

formulen.

7.

Remitir copia de las recomendaciones, informes y observaciones que

produzca la Unidad de Auditoría Interna a la SINDICATURA GENERAL DE LA

NACION, de los asuntos en los que ésta intervenga.

8.

Requerir a las unidades organizativas que conforman la estructura

del Ministerio la información adecuada, en calidad y oportunidad para

la toma de decisiones y el control superior de la gestión pública.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en el desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos

económicos, financieros, presupuestarios, contables, patrimoniales y el

diligenciamiento de los actos y documentación administrativa que se

tramite en el ámbito del Ministerio como así también en lo atinente a

la prestación de los servicios auxiliares.

ACCIONES:

1.

Controlar la percepción de los impuestos que establece la Ley

Nacional de Turismo Nº 25.997 y liquidar las sanciones por multas e

intereses que por incumplimiento correspondiere aplicar.

2.

Efectuar las acciones de orden financiero-contable de acuerdo con lo

establecido por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los

Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas

complementarias, atendiendo a los procesos de compras y contrataciones,

tesorería y registro patrimonial de conformidad con la normativa

vigente.

3.

Dirigir las tareas vinculadas con los procedimientos contables, el

movimiento y custodia de fondos y valores, el pago en término de los

compromisos contraídos y las atinentes al procesamiento de datos para

la liquidación de haberes del personal y sus actividades conexas.

4.

Elaborar el anteproyecto de presupuesto de gastos y recursos del

organismo, sus reajustes y demás tareas conexas y conducir su posterior

ejecución.

5.

Elaborar y ejecutar los planes de inversión y mantenimiento y

dirigir las acciones que hacen a la prestación de los servicios

auxiliares (mantenimiento, limpieza, seguridad, movilidad, recepción,

sistemas de comunicación, sala reproductora de documentación, etcétera).

6.

Dirigir las tareas atinentes a la recepción, clasificación,

asignación de carácter, registro, diligenciamiento de la documentación

y correspondencia, reserva y archivo de las actuaciones y todo tipo de

acto administrativo que se tramite en el ámbito del organismo de

acuerdo con las reglamentaciones vigentes.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al

personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las

relaciones laborales y el servicio de higiene y seguridad en el

trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción

laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la

Jurisdicción.

Efectuar la planificación y diseño organizacional del MINISTERIO DE

TURISMO.

ACCIONES:

1.

Entender en lo relacionado con la administración de los recursos

humanos de acuerdo con las disposiciones legales, reglamentarias y

demás normativa vigente.

2.

Intervenir en las diligencias vinculadas con la aplicación del

Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) o del régimen vigente en

materia de selección, evaluación de desempeño y capacitación,

monitoreando el estado de avance del personal en el régimen de carrera,

proponiendo las medidas pertinentes y asistiendo técnicamente a la

Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera cuando

corresponda.

3.

Coordinar con el organismo específico correspondiente las

actividades de capacitación del personal y atender lo relacionado con

el ofrecimiento de becas al personal.

4.

Coordinar las actividades de análisis, planeamiento y diseño

organizacional y las que deriven de la aplicación de programas de

mejoramiento de la calidad de los servicios en el ámbito de su

competencia.

5.

Entender en todo lo relativo a la liquidación de haberes,

asignaciones familiares, servicios extraordinarios y otros ingresos

específicos de los agentes.

6.

Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados

con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de

recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta

liquidación de haberes.

7.

Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la

fiscalización y coordinación de la información relacionada con los

temas de su competencia.

DIRECCION GENERAL DE LEGISLACION Y ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en materia de asuntos relativos a la legislación general e

instrumentación normativa de las políticas públicas, objetivos y

acciones en materia turística, en las cuestiones de carácter jurídico

atinentes al desenvolvimiento del Ministerio y en el control de

legitimidad y legalidad de los actos y procedimientos administrativos.

ACCIONES:

1.

Asesorar y asistir a las autoridades del Ministerio en todos los

aspectos jurídicos de las distintas gestiones que se desarrollen o

impulsen, interviniendo en la elaboración de proyectos de normas de

actualización y mejoramiento de la legislación turística.

2.

Analizar y efectuar proposiciones relativas a proyectos normativos

originados o destinados a otras jurisdicciones, que sirvan a los

propósitos de regulación, promoción, desarrollo e incentivo de las

actividades turísticas.

3.

Asesorar y dictaminar respecto de normas vigentes dispuestas o

aplicables por otras jurisdicciones, que pudieren afectar el desarrollo

del turismo, comprendiendo las cuestiones de compatibilidad y

coordinación normativa interjurisdiccional y su correspondencia con la

legislación federal y los tratados y convenios internacionales.

4.

Intervenir en la instrumentación normativa de procedimientos

eficaces tendientes a la protección de los derechos del turista, los

recursos turísticos naturales, y a la prevención y solución de

conflictos en los ámbitos mencionados.

5.

Intervenir en la instrumentación de convenios de cooperación,

delegación y fiscalización con otros órganos oficiales federales o

locales y con entidades privadas.

6.

Ejercer la representación judicial del Ministerio, el patrocinio y

la procuración en todas las causas judiciales en que éste sea parte, en

las ejecuciones fiscales impositivas y de multas aplicadas a agencias

de turismo y en los recursos de apelación judicial directa, efectuando

y asistiendo en las denuncias y querellas en sede criminal,

sustanciando los reclamos administrativos previos y los recursos

administrativos.

7.

Intervenir en la instrucción de sumarios a los agentes de percepción

del impuesto administrado por el Ministerio.

8.

Centralizar y diligenciar por sí o con derivación a otras

dependencias competentes, los oficios judiciales ordenatorios e

informativos.

9.

Atender el servicio jurídico permanente, con las demás funciones

legales y reglamentarias atribuidas al Cuerpo de Abogados del Estado.

DIRECCION DE SISTEMAS INFORMATICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Administrar los recursos informáticos orientados a automatizar la

gestión global del organismo en función de nuevas tecnologías

determinando sus objetivos y necesidades.

Conducir las acciones que hacen al desarrollo de las tareas vinculadas

con el procesamiento electrónico de la información.

ACCIONES:

1.

Realizar los estudios de factibilidad necesarios para la adquisición

de nuevas tecnologías de software y hardware, estableciendo pautas de

evaluación, mantenimiento y modernización del equipamiento informático

y de los insumos y servicios relacionados con las referidas tecnologías.

2.

Asistir técnicamente sobre los temas de su competencia.

3.

Formular propuestas y planes de desarrollo de innovación

tecnológica, en coordinación con las otras áreas del organismo y con

entidades públicas y/o privadas, a fin de favorecer el desarrollo e

implementación de nuevas tecnologías.

4.

Desarrollar sistemas informáticos orientados al cumplimiento de las

actividades en las cuales el Ministerio tiene responsabilidad ante

terceros, prestando asistencia técnica a organizaciones vinculadas al

turismo para la transferencia de tecnologías propias o desarrolladas

por otros y orientadas a la modernización de medios técnicos.

5.

Asesorar en licitaciones para la compra o contratación de productos

y servicios, participando asimismo en el análisis técnico de las

propuestas.

6.

Preparar y conducir la operación de puesta en funcionamiento de los

sistemas y programas informáticos.

7.

Mantener la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la

información del Ministerio.

8.

Coordinar con las distintas áreas del organismo el apoyo y el

soporte técnico de estas tecnologías, su actualización, así como el

desarrollo y la capacitación de los recursos humanos existentes.

9.

Realizar el registro, la delegación y la actualización de los

dominios gubernamentales dependientes del Ministerio.

10.

Realizar las tareas de diseño, desarrollo, implantación,

actualización y gestión del alojamiento de las páginas web del

Ministerio.

DIRECCION DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Conducir la substanciación de los sumarios administrativos

disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción

ministerial, como así también a los agentes de percepción o

responsables del impuesto sobre pasajes aéreos, marítimos y fluviales

al exterior.

ACCIONES:

1.

Instruir los sumarios administrativos e informaciones sumarias con

el objeto de determinar la responsabilidad disciplinaria y patrimonial

de los agentes de la jurisdicción alcanzados por las prescripciones del

Reglamento de Investigaciones Administrativas y normas concordantes,

comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las

disposiciones legales vigentes.

2.

Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario

competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en

que se advierta la existencia de hechos que, en principio, revistieren

las características externas de delito de acción pública.

3.

Supervisar la recopilación de los informes y la documentación

necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad

patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el

ejercicio de las acciones de recupero.

4.

Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el Reglamento

de Investigaciones Administrativas y toda otra que resulte necesaria.

5.

Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en

el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO.

SECRETARIA DE TURISMO

DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES TURISTICAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Fomentar en todo el ámbito del país el turismo social dirigido a los

grupos vulnerables de la sociedad ejecutando las acciones relativas a

la prestación de los servicios a través de los Programas Federales de

Turismo Social en forma conjunta con las Unidades Turísticas de

Chapadmalal y Embalse bajo su dependencia y ejerciendo el control de la

calidad de las estadías y facilitando la accesibilidad turística.

ACCIONES:

1.

Formular propuestas de planes, programas y proyectos para fomentar

el turismo social dirigido a las familias de escasos recursos

económicos y los sectores de juventud, minoridad, tercera edad y

personas discapacitadas, como así también asegurar la prestación de los

servicios que se brindan a los contingentes en las Unidades Turísticas

de Chapadmalal y Embalse y el Programa Federal de Turismo Social.

2.

Proponer para su ejecución a nivel nacional paseos y miniturismo

destinados a escolares, familias de escasos recursos, personas

discapacitadas y de la tercera edad, fomentando el campamentismo y el

establecimiento de albergues de la juventud.

3.

Establecer relaciones y realizar en forma conjunta programas con

organismos de educación, tercera edad, personas con discapacidad y toda

otra área oficial y privada con objetivos comunes mediante acuerdos de

complementación orientados a incentivar el desarrollo del turismo

social en el orden nacional, provincial y municipal.

4.

Diseñar y programar las tarifas, los ingresos y los alojamientos de

los contingentes turísticos en las Unidades Turísticas dependientes y

el Programa Federal de Turismo Social, estableciendo las normas

prioritarias para las familias numerosas, la clase pasiva, las personas

con discapacidad y los grupos escolares.

5.

Diseñar e implementar la fiscalización de los servicios de turismo

social brindados por los concesionarios de las Unidades Turísticas y/o

prestadores privados a través del Programa Federal de Turismo Social.

6.

Proponer y ejecutar a nivel nacional una política de turismo social

sin exclusiones a través del diseño de nuevos instrumentos y programas

que posibiliten integrar a todos los sectores de la población a la

práctica turística.

7.

Planificar y establecer una red nacional de turismo social para

todos a través de corredores y giras turísticas novedosas que abarquen

las Unidades Turísticas y los destinos incipientes no tradicionales

incorporando pequeñas empresas hoteleras y prestadoras de servicios a

la oferta social.

8.

Coordinar a nivel nacional políticas de turismo social que permitan

incrementar la oferta turística relevando y poniendo en uso

establecimientos aptos para la actividad social a nivel nacional,

provincial y municipal a través de convenios de adhesión.

SECRETARIA DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA

DIRECCION NACIONAL DE CALIDAD TURISTICA

*(Responsabilidad Primaria y Acciones

sustituidas por art. 4° del*[Decreto

N° 1067/2013](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=218220)B.O. 7/8/2013)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir a la Subsecretaría en las estrategias institucionales

tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones turísticas,

estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del

desarrollo sustentable del sector.

Asistir a la Subsecretaría en la implementación de los procesos de

diseño y puesta en marcha del Sistema Argentino de Calidad Turística y

el Plan Federal de Capacitación.

Promover programas y acciones que permitan el desarrollo y la

optimización de los recursos humanos del sector turístico, en

coordinación con organismos internacionales, nacionales, provinciales y

municipales y con entidades privadas y educativas del sector turístico.

ACCIONES:

1.

Entender en el diseño e implementación del Plan Nacional de Calidad

Turística, proponiendo procesos escalonados de distinción y de

certificación para la obtención de la marca de calidad, efectuando su

actualización conforme a la evolución del mercado turístico.

2.

Determinar estándares de calidad internacionalmente competitivos

para las empresas, los productos y/o los destinos turísticos,

definiendo los mecanismos de cumplimiento e indicadores de evaluación

necesarios.

3.

Coordinar la evaluación periódica del Sistema Argentino de Calidad

Turística, atento su evolución y la del mercado turístico.

4.

Asistir a la Subsecretaría en el incremento de la competitividad

turística mediante planes y programas de capacitación de recursos

humanos que permitan el desarrollo sustentable del turismo, con

resguardo del patrimonio natural y cultural en el ámbito federal.

5.

Desarrollar acciones de educación, formación, concientización y

sensibilización turística para los actores vinculados a la actividad,

generando el trabajo en red integrando los sectores académico,

productivo y a los organismos regionales y provinciales de turismo con

el fin de adecuar los productos y servicios turísticos existentes a las

nuevas exigencias de la demanda de la excelencia y calidad.

6.

Diseñar, ejecutar y controlar las acciones de capacitación en

modalidad virtual, brindando asistencia técnica y formación permanente

en la creación y gestión de proyectos y actividades a equipos de

trabajo y comunidades de aprendizaje en los ámbitos provinciales y

nacionales.

7.

Asistir a la Subsecretaría en las relaciones institucionales,

públicas y privadas, a través de la instrumentación de convenios,

planes, programas y proyectos sobre educación, capacitación y calidad.

DIRECCION NACIONAL DE AGENCIAS DE VIAJES

*(Dirección, Responsabilidad Primaria

y Acciones incorporadas por art. 4° del*[Decreto

N° 1067/2013](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=218220)B.O. 7/8/2013)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en el registro, la fiscalización y el control de los

prestadores de los servicios turísticos, haciendo observar el

cumplimiento de las normas legales y reglamentarias vigentes en la

materia, a los efectos de asegurar la protección del usuario.

Entender en la resolución de controversias entre prestadores turísticos

y usuarios derivadas de contratos turísticos.

ACCIONES:

1.

Intervenir en el registro y autorización de operación de los

prestadores de servicios turísticos sobre los que el Ministerio tiene

competencia.

2.

Fiscalizar a los prestadores de servicios turísticos sobre los que

el Ministerio tiene competencia, generando un Registro de Infractores.

3.

Intervenir a solicitud de parte en la resolución de controversias

entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos

turísticos.

4.

Intervenir en sumarios de oficio u originados en denuncias de

terceros contra agencias de turismo, prestadores del sistema turístico

de tiempo compartido o terceros no habilitados para realizar esa

actividad turística.

DIRECCION DE RELACIONES INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Impulsar y atender las relaciones institucionales con las

organizaciones regionales e internacionales oficiales y privadas y con

los organismos públicos nacionales, provinciales y locales, promoviendo

con la intervención del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la

negociación y celebración de convenios bilaterales y multilaterales de

cooperación y asistencia para facilitar el desenvolvimiento turístico.

ACCIONES:

1.

Intervenir en las relaciones del Ministerio con las organizaciones

nacionales, regionales e internacionales, públicas y privadas de

turismo, con el objeto de generar acciones concurrentes al desarrollo y

facilitación del turismo en el país.

2.

Proponer la elaboración de acuerdos y participar en la celebración,

con las provincias y municipios, de convenios relacionados con la

fiscalización de servicios turísticos.

3.

Fomentar y atender las relaciones del Ministerio con las

organizaciones nacionales, regionales e internacionales, públicas y

privadas de turismo, en especial con la Dirección de Apoyo al Turismo y

Promoción de Inversiones y el Instituto del Servicio Exterior de la

Nación (ISEN), ambos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,

el Consejo Federal de Turismo y los organismos oficiales de Turismo de

las Provincias, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de los

relevantes municipios turísticos del país, con el objeto de generar

acciones concurrentes al desarrollo y facilitación del turismo en el

país.

4.

Coordinar, juntamente con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y

CULTO, la participación en las reuniones de las organizaciones

turísticas regionales e internacionales, particularmente de la

Organización Mundial del Turismo; analizar la documentación y ejecutar

acciones tendientes a la obtención de asistencia técnica para el

desarrollo y posicionamiento protagónico de la actividad turística

argentina, tanto de nivel público como privado.

5.

Participar en las Reuniones Especializadas de Turismo del MERCOSUR y

en las negociaciones de acuerdos y convenios bilaterales o

multilaterales de cooperación en turismo, como asimismo intervenir en

el tratamiento de temas inherentes al desarrollo turístico tratados por

otros Grupos Técnicos del MERCOSUR, y efectuar el seguimiento de los

acuerdos alcanzados.

6.

Intervenir en los temas relacionados con la Comisión Nacional

Argentina de Cooperación con la UNESCO constituida en el ámbito del

MINISTERIO DE EDUCACION.

SECRETARIA DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TURISTICO

DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir a la Subsecretaría en la coordinación de las actividades

derivadas de la aplicación del diseño de estrategias para la

planificación del desarrollo turístico del país.

Dirigir los procesos técnicos y administrativos tendientes a la

obtención, sistematización, interpretación y distribución de

información estadística de Turismo.

Implementar las políticas definidas para el ordenamiento y desarrollo

de la oferta turística.

Promover la planificación y concertación de la inversión pública en el

sector, procurando la modelización de la inversión privada para el

fortalecimiento del empresariado turístico nacional y la armoniosa

completitud de la oferta turística.

ACCIONES:

1.

Entender en los procesos de planificación turística de escala

nacional.

2.

Propiciar ámbitos de discusión y análisis para el diseño e

implementación de estrategias de desarrollo turístico.

3.

Generar herramientas para la planificación turística basadas en

sistemas de información y estadística turística.

4.

Dirigir las acciones conducentes a la obtención, procesamiento y

elaboración e interpretación de estadísticas básicas de turismo,

haciendo accesibles estos resultados a todos los actores del sector.

5.

Procurar acometer la cuenta satélite de turismo en el marco de las

obligaciones fijadas al MINISTERIO DE TURISMO por el Sistema

Estadístico Nacional.

6.

Dirigir la elaboración, ejecución, gestión y control de programas y

proyectos para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística

existente así como también para la incorporación de nuevos productos a

efectos de satisfacer la demanda del turismo interno e internacional

receptivo.

7.

Profundizar el uso de herramientas inductoras de desarrollo

turístico en los espacios prioritarios del Plan Federal Estratégico de

Desarrollo Turístico 2016.

8.

Entender en la evaluación y formulación de proyectos de inversión

turística en el marco del modelo de desarrollo turístico sustentable

propuesto por el Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.

9.

Entender en la captación y radicación de capitales tendientes a la

mejora y completitud de la oferta turística.

10.

Dirigir las acciones conducentes a la sistematización de

información relativa a las inversiones públicas y privadas en el sector.

SUBSECRETARIA DE PROMOCION TURISTICA NACIONAL

DIRECCION NACIONAL DE MARKETING Y PROMOCION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en las estrategias de comunicación para la promoción turística

nacional.

Planificar, desarrollar y ejecutar acciones destinadas a promover la

demanda del turismo interno.

ACCIONES:

1.

Asistir a la Subsecretaría en la formulación de los objetivos de

políticas y planes de desarrollo para la promoción turística nacional.

2.

Entender en las políticas de diferenciación y posicionamiento, y en

las estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado vínculo

entre demanda y oferta turísticas.

3.

Fomentar la interrelación y la cooperación entre el sector público y

el privado en la promoción del turismo interno.

4.

Entender en la elaboración del Plan Anual de Acciones Nacionales de

Promoción, y en la programación y organización de toda actividad

destinada a la promoción del turismo nacional.

5.

Intervenir en las acciones inherentes al diseño, desarrollo,

mantenimiento sistémico, administración y distribución nacional e

internacional de la base de información turística, y en las tareas de

búsqueda, análisis, procesamiento, actualización y control de la

información que la conforma.

6.

Intervenir en las acciones relacionadas con la difusión de la oferta

turística nacional a través del portal del organismo, en el marco de

las estrategias de comunicación que se establezcan.

7.

Intervenir en las tareas de asesoramiento a turistas y/o personas

que lo requieran en los centros de información habilitados al efecto, y

en la atención de huéspedes extranjeros, giras de familiarización y

visitas guiadas.

8.

Impulsar las propuestas de declaración de interés turístico, fiesta

nacional y auspicio, relacionados con acontecimientos de significación

turística que se desarrollen en el país, cuando contribuyan a la

difusión de la oferta y al incremento de la demanda.

9.

Intervenir en las actividades vinculadas con el diseño, producción,

control de calidad y distribución del material promocional, y en la

determinación de los medios de comunicación a ser utilizados para la

ejecución de campañas de difusión y publicidad.

10.

Impulsar las propuestas de otorgamiento de apoyos económicos a

entidades públicas y privadas para la realización de acciones

promocionales del turismo interno.

11.

Impulsar la realización de convenios con entidades públicas y

privadas para el desarrollo de acciones de promoción turística.

12.

Intervenir en la elaboración de informes de evolución y control de

la gestión, del anteproyecto del Presupuesto Plurianual y de la Memoria

Anual de la Subsecretaría.

13.

Colaborar con las áreas del organismo, informando las novedades

advertidas en ocasión del desempeño de las funciones de las áreas bajo

su dependencia.

14.

Controlar que las Direcciones a su cargo trabajen en coordinación

permanente con toda la Subsecretaría y con los otros sectores del

Ministerio.

ANEXO III

(Nota Infoleg: VerDecreto N° 1067/2013*B.O. 7/8/2013, modificaciones a la

distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -

Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 -

MINISTERIO DE TURISMO para el Ejercicio 2013, la misma no se encuentra plasmada en el presente texto actualizado)*

JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 01 - Actividades Centrales

ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)

Unidad

Organizativa

Aut.

Sup.

E/E

Niveles

Escalafonarios

Subtotal

A

B

C

D

E

F

Unidad

Ministro

1

3

-

3

5

2

-

-

10

Unidad

Auditoría Interna

1

-

3

4

-

-

-

7

Unidad

Subsecretario de Coordinación

1

2

-

2

6

1

1

-

10

Dirección

General de Administración

2

7

20

14

14

2

59

Dirección

General de Recursos Humanos y Organización

1

3

14

6

1

-

25

Dirección

General de Legislación y Asuntos Jurídicos

2

6

7

-

-

1

16

Dirección

de Sistemas Informáticos

-

1

4

2

1

-

8

Dirección

de Sumarios

-

1

-

-

-

-

1

TOTALES

5

26

60

25

17

3

136

JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 16 - Desarrollo y Promoción del Turismo Nacional

ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)

Unidad

Organizativa

Aut.

Sup.

E/E

PSE

Niveles

Escalafonarios

Subtotal

A

B

C

D

E

F

Unidad

Secretario de Turismo

1

2

1

1

1

-

2

1

-

5

Dirección

Nacional de Calidad Turística

1

4

20

4

7

-

36

Dirección

de Relaciones Internacionales

-

1

4

2

-

-

7

Subsecretaría

de Desarrollo Turístico

1

Dirección

Nacional de Desarrollo Turístico

2

6

11

3

2

-

24

Subsecretaría

de Promoción Turística Nacional

1

Dirección

Nacional de Marketing y Promoción

2

3

17

12

4

-

38

TOTALES

6

15

52

23

14

-

110

JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA PRESUPUESTARIO 18 - Prestaciones Turísticas

ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)

Unidad

Organizativa

Aut.

Sup.

E/E

Niveles

Escalafonarios

Subtotal

A

B

C

D

E

F

Dirección

Nacional de Prestaciones Turísticas

-

1

4

24

35

94

11

169

TOTALES

-

-

1

4

24

35

94

11

169

Planilla Anexa al artículo 5°

PRESUPUESTO 2012

JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES

RECURSOS HUMANOS

CARGO

O CATEGORIA

CANTIDAD

DE

CARGOS

HORAS

DE CATEDRA

PERSONAL

PERMANENTE

Personal

del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP)

A

1

B

9

C

22

D

-1

E

-6

F

2

SubtotaI

Escalafón

27

TOTAL

PROGRAMA

27

JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA 16 - DESARROLLO Y PROMOCION DEL TURISMO NACIONAL

RECURSOS HUMANOS

CARGO

O CATEGORIA

CANTIDAD

DE

CARGOS

HORAS

DE CATEDRA

PERSONAL

PERMANENTE

Personal

del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP)

B

3

C

8

D

-14

E

-1

SubtotaI

Escalafón

-4

TOTAL

PROGRAMA

-4

JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA 18 - PRESTACIONES TURISTICAS

RECURSOS HUMANOS

CARGO

O CATEGORIA

CANTIDAD

DE

CARGOS

HORAS

DE CATEDRA

PERSONAL

PERMANENTE

Personal

del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP)

A

1

C

6

D

-1

E

-21

F

-8

SubtotaI

Escalafón

-23

TOTAL

PROGRAMA

-23

| Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | Niveles Escalafonarios | Subtotal | | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | A | B | C | D | E | F | | | | | | Unidad Ministro | 1 | 3 | - | 3 | 5 | 2 | - | - | 10 | | Unidad Auditoría Interna | | 1 | - | 3 | 4 | - | - | - | 7 | | Unidad Subsecretario de Coordinación | 1 | 2 | - | 2 | 6 | 1 | 1 | - | 10 | | Dirección General de Administración | | | 2 | 7 | 20 | 14 | 14 | 2 | 59 | | Dirección General de Recursos Humanos y Organización | | | 1 | 3 | 14 | 6 | 1 | - | 25 | | Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos | | | 2 | 6 | 7 | - | - | 1 | 16 | | Dirección de Sistemas Informáticos | | | - | 1 | 4 | 2 | 1 | - | 8 | | Dirección de Sumarios | | | - | 1 | - | - | - | - | 1 | | TOTALES | | | 5 | 26 | 60 | 25 | 17 | 3 | 136 |

| Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | PSE | Niveles Escalafonarios | Subtotal | | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | A | B | C | D | E | F | | | | | | | Unidad Secretario de Turismo | 1 | 2 | 1 | 1 | 1 | - | 2 | 1 | - | 5 | | Dirección Nacional de Calidad Turística | | | | 1 | 4 | 20 | 4 | 7 | - | 36 | | Dirección de Relaciones Internacionales | | | | - | 1 | 4 | 2 | - | - | 7 | | Subsecretaría de Desarrollo Turístico | 1 | | | | | | | | | | | Dirección Nacional de Desarrollo Turístico | | | | 2 | 6 | 11 | 3 | 2 | - | 24 | | Subsecretaría de Promoción Turística Nacional | 1 | | | | | | | | | | | Dirección Nacional de Marketing y Promoción | | | | 2 | 3 | 17 | 12 | 4 | - | 38 | | TOTALES | | | | 6 | 15 | 52 | 23 | 14 | - | 110 |

| Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | Niveles Escalafonarios | Subtotal | | | | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | A | B | C | D | E | F | | | | | | Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas | | - | 1 | 4 | 24 | 35 | 94 | 11 | 169 | | TOTALES | - | - | 1 | 4 | 24 | 35 | 94 | 11 | 169 |

| CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | | | --- | --- | --- | | CARGOS | HORAS DE CATEDRA | | | PERSONAL PERMANENTE | | | | Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | | | | A | 1 | | | B | 9 | | | C | 22 | | | D | -1 | | | E | -6 | | | F | 2 | | | SubtotaI Escalafón | 27 | | | TOTAL PROGRAMA | 27 | |

| CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | | | --- | --- | --- | | CARGOS | HORAS DE CATEDRA | | | PERSONAL PERMANENTE | | | | Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | | | | B | 3 | | | C | 8 | | | D | -14 | | | E | -1 | | | SubtotaI Escalafón | -4 | | | TOTAL PROGRAMA | -4 | |

| CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | | | --- | --- | --- | | CARGOS | HORAS DE CATEDRA | | | PERSONAL PERMANENTE | | | | Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | | | | A | 1 | | | C | 6 | | | D | -1 | | | E | -21 | | | F | -8 | | | SubtotaI Escalafón | -23 | | | TOTAL PROGRAMA | -23 | |

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