ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2023-12-27
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 14
Historial de reformas JSON API

**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL**

Decreto 86/2023

**DECTO-2023-86-APN-PTE - Decreto N°

50/2019. Modificación.**

Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-150761760- -APN-MCH, la Ley de

Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992) y sus modificatorios, los Decretos Nros. 357 del 21 de

febrero de 2002 y sus modificatorios, 195 del 24 de febrero de 2011 y

50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los

Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la

Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias

para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que mediante el artículo 4° del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios

se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES en el

ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objeto de constituir un

ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional

para mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de

políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales,

optimizando la asignación de los recursos.

Que por el Decreto N° 195/11 se creó CASA PATRIA GRANDE “PRESIDENTE

NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” como organismo desconcentrado en la órbita de

la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con la misión de

impulsar la promoción de la integración de los pueblos latinoamericanos

en términos culturales, políticos, económicos y sociales y constituir

un espacio especial para la juventud.

Que en virtud de los objetivos asignados a los citados organismos

desconcentrados resulta procedente su transferencia a la órbita del

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario aprobar la conformación organizativa del

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y establecer los organismos

desconcentrados y descentralizados que actuarán en su ámbito.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 4° del Decreto N° 357 del 21 de

febrero de 2002 y sus modificatorios por el siguiente:

“ARTÍCULO 4º.- Créase el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS

SOCIALES en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, con el objeto

de constituir un ámbito de planificación y coordinación de la política

social nacional para mejorar la gestión de gobierno, mediante la

formulación de políticas y la definición de cursos de acción

coordinados e integrales, optimizando la asignación de los recursos.

La Presidencia del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS

SOCIALES será ejercida por un funcionario con rango y jerarquía de

Secretario, designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 195 del 24 de

febrero de 2011 por el siguiente:

“ARTÍCULO 1º.- Créase CASA PATRIA GRANDE “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS

KIRCHNER” como organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE

CAPITAL HUMANO, cuya misión será impulsar la promoción de la

integración de los pueblos latinoamericanos en términos culturales,

políticos, económicos y sociales, y constituir un espacio especial para

la juventud”.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XVII por el siguiente:

“XVII.- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE CULTURA

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

FAMILIA”.

ARTÍCULO 4°.- Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, los Apartados XVIII, XIX, XX, XXI y XXII.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado XVII por el obrante en la PLANILLA ANEXA

(IF-2023-152079708-APN-MCH) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 6°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, los Apartados XVIII, XIX, XX, XXI y XXII.

ARTÍCULO 7°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, la parte correspondiente a la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN, conforme el siguiente detalle:

“PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Organismos Descentralizados

SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA (AFI)”.

ARTÍCULO 8°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“I - SECRETARÍA GENERAL

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE MUSEOS Y ARCHIVOS PRESIDENCIALES

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR”.

ARTÍCULO 9°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el apartado XVII por el siguiente:

“XVII – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

Organismos Desconcentrados

CASA PATRIA GRANDE “PRESIDENTE NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES (INJUVE)

CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA

INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE

SECRETARÍA DE CULTURA

COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES

COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS

SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL

CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”

PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE

SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL

MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES

INSTITUTO NACIONAL SANMARTINIANO

INSTITUTO NACIONAL YRIGOYENEANO

INSTITUTO NACIONAL BELGRANIANO

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS “JUAN MANUEL DE ROSAS”

INSTITUTO NACIONAL BROWNIANO

INSTITUTO NACIONAL NEWBERIANO

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS “EVA PERÓN”

SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL

MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL

Organismos Descentralizados

BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO

CINEMATECA Y ARCHIVO DE LA IMAGEN NACIONAL

INSTITUTO NACIONAL “JUAN D. PERÓN” DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES

HISTÓRICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS

BALLET NACIONAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)

INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

FUNDACIÓN MIGUEL LILLO

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU)

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)

SECRETARÍA DE CULTURA

FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

TEATRO NACIONAL CERVANTES

INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SERVICIO DE RADIO Y TELEVISIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA

(SRT- UNC)

RADIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL (LT10-UNL)

EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)

SECRETARÍA DE CULTURA

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA)

INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA”.

ARTÍCULO 10.- Suprímense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los

que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, los Apartados XIX, XX, XXI y XXII.

ARTÍCULO 11.- Las modificaciones que se disponen por los artículos 1° y

2° de la presente medida comprenden las unidades organizativas, como

así también los créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y cargos a

la fecha y el personal con sus respectivos cargos y niveles

escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 12.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales

existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente

mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos

cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 13.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos

presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/12/2023 N° 105907/23 v. 27/12/2023

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 5°**

(ANEXO II)

XVII.- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3.

Asistir al Ministro en los aspectos logísticos, de gestión

ministerial y administrativos propios del desarrollo de sus funciones

institucionales.

4.

Asistir al Ministro en materia de ceremonial y protocolo, y en las

relaciones institucionales con organismos del ámbito público y privado,

nacionales e internacionales, y con organizaciones de la sociedad civil.

5.

Coordinar la comunicación institucional, la relación con la prensa y

los medios de comunicación y la difusión de contenidos, el desarrollo e

implementación de la imagen institucional y de los contenidos digitales

de la Jurisdicción.

6.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

áreas del Ministerio, y de los proyectos de cooperación con agencias y

organismos de temática afín, para la optimización de la gestión en la

implementación de las políticas.

7.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para posibilitar la disponibilidad de

insumos de información, en coordinación con las áreas competentes.

8.

Entender en la coordinación de acciones que faciliten la

sistematización y viabilización del acceso a la información pública en

el ámbito de competencia jurisdiccional.

9.

Asistir al Ministro en el diseño e implementación de acciones de

relevamiento, sistematización y análisis de estudios que aporten

información de carácter prospectivo estratégico para la consecución de

los objetivos jurisdiccionales.

10.

Entender en la evaluación, monitoreo y seguimiento de los planes,

programas y proyectos de la Jurisdicción.

11.

Establecer y coordinar canales de intercambio de información con

los sistemas de ejecución y monitoreo de los programas sociales como

insumo de la evaluación de las políticas sociales implementadas.

12.

Asistir en los procesos tendientes a consensuar criterios de

políticas sociales y de implementación programática, en el marco de un

encuentro federal entre las Jurisdicciones de carácter nacional,

provincial y municipal con el objeto de contribuir a la consolidación

de la inversión social para el desarrollo humano y la inclusión

comunitaria en todo el territorio nacional.

13.

Asistir en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en

lo referido con los proyectos legislativos vinculados con las

competencias del Ministerio.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en el desarrollo de las acciones tendientes al

cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y

erradicación de la violencia por razones de género y de asistencia

integral a las víctimas en todos los ámbitos.

2.

Asistir al Ministro en el diseño, ejecución y evaluación de las

políticas públicas orientadas al cumplimiento de los compromisos

internacionales asumidos por el ESTADO NACIONAL en materia de políticas

de género, igualdad y diversidad, en coordinación con el MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y las demás áreas

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

3.

Coordinar acciones y cooperar con otras Jurisdicciones y Entidades

del Sector Público Nacional, como así también con los gobiernos

provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, para

la transversalización de las políticas contra la violencia por razones

de género y de las cuestiones de género.

4.

Asistir al Ministro en la suscripción de convenios con el ESTADO

NACIONAL y con los estados provinciales, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, con los estados municipales y/o con instituciones de la

sociedad civil, en materia de género y prevención de la violencia por

razones de género y asistencia y protección a las víctimas.

5.

Recibir la demanda efectiva de las personas y de las organizaciones

de la sociedad civil en las temáticas vinculadas a las políticas

públicas en materia de género y violencia por razones de género.

6.

Generar espacios de articulación que promuevan el diálogo entre

actores del sector público, privado y las organizaciones de la sociedad

civil en cuestiones de género y violencia por razones de género.

7.

Generar herramientas de análisis de impacto de leyes, planes y

programas vinculados a las cuestiones de género y a violencia por

razones de género.

8.

Dirigir la elaboración de documentos e informes de gestión

vinculados a la perspectiva de género y a la violencia por razones de

género a ser presentados ante organismos y conferencias internacionales.

9.

Asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de las

políticas de capacitación vinculadas a la perspectiva de género y a la

violencia por razones de género para agentes que presten servicios en

la Administración Pública Nacional y para promotores, formadores y

agentes de capacitación en género, en coordinación con las áreas con

competencia de la Administración Pública Nacional.

10.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión, en

coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

11.

Asistir al Ministro en el relevamiento, registro, producción,

sistematización y análisis integral de la información estadística en el

ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas competentes de

la Jurisdicción.

12.

Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción

y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las

acciones y políticas prioritarias cuestiones de género y violencia de

género.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas,

presupuestarias y financieras de los distintos Servicios

Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2.

Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y

administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros

del Ministerio.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad

sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

del Ministerio.

5.

Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios del Ministerio.

7.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y

demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios

Administrativos Financieros del Ministerio.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9.

Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

11.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca

la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13.

Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las

previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en

representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA

INFORMACIÓN PÚBLICA.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que

respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,

prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos

del Poder Judicial.

3.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia

en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia

de proyectos de leyes y de actos administrativos.

5.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

6.

Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y

servicios públicos de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas

aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8.

Intervenir en la tramitación de los sumarios

administrativo-disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los distintos

Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la

evaluación de su cumplimiento.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de los distintos Servicios Administrativos Financieros de

la Jurisdicción en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a

otras unidades orgánicas del Ministerio

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para

la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos

tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los

objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general de los distintos Servicios Administrativos

Financieros de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6.

Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su

competencia.

7.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

OBJETIVOS

1.

Formular políticas integrales para la cohesión organizativa del

sistema educativo y para la plena aplicación de la Ley Nacional de

Educación y leyes concordantes en todos los niveles y modalidades.

2.

Entender en la aplicación de normas generales relativas a la

equivalencia de títulos y de estudios de validez de planes del conjunto

de los niveles y modalidades del sistema educativo, con excepción de la

formación docente, concertados en el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN.

3.

Entender en la elaboración de políticas para fortalecer el carácter

federal del sistema educativo, respetando las particularidades locales

y promoviendo la articulación interjurisdiccional.

4.

Entender, en el marco de su competencia, en la ejecución y

evaluación de las políticas establecidas en el marco de las leyes

educativas nacionales y los programas específicos, adaptándolos a las

necesidades y contextos locales.

5.

Entender en la aplicación de las Leyes de Educación Nacional N°

26.206 y N° 26.075 y sus modificaciones, de la Ley N° 26.150 -Programa

Nacional de Educación Sexual Integral- y de las demás leyes educativas

nacionales.

6.

Entender en la identificación de requerimientos de actualización

normativa que fortalezcan el funcionamiento del Sistema Educativo

Nacional, alineándolas con las estrategias educativas establecidas.

7.

Intervenir la gestión del Sistema Nacional de Información Educativa

para la toma de decisiones basada en datos.

8.

Intervenir en la asistencia técnica y financiera a los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de

su competencia.

9.

Entender en el diseño y administración de programas y proyectos

educativos a nivel nacional, en colaboración con las jurisdicciones

provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

10.

Entender en la elaboración, en coordinación con las demás áreas con

competencia específica de la Jurisdicción, en la elaboración de

programas sociales, culturales y educativos para reducir las

desigualdades sociales y los desequilibrios regionales, orientados

hacia la equidad y calidad educativa.

11.

Entender en la producción de contenidos educativos y asegurar su

alineación con las políticas educativas nacionales.

12.

Intervenir en la definición de pautas y estándares para la

formación docente y en programas de capacitación y actualización

profesional.

13.

Intervenir en la definición de contenidos y criterios para la

formación técnica y profesional, así como en la implementación de un

sistema nacional de acreditación de competencias y saberes, los que

serán acordados en el seno del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN.

14.

Entender en la definición de lineamientos para la implementación de

un sistema integral de información y evaluación educativa para mejorar

la calidad y el desempeño del sistema educativo.

15.

Promover el desarrollo y la integración de políticas universitarias

que vinculen la educación superior con el modelo de desarrollo del país

y las demandas del mercado laboral.

16.

Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción

y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las

acciones y políticas prioritarias de la Secretaría.

17.

Diseñar y proponer lineamientos de política educativa tendientes a

la valoración y jerarquización de la tarea docente, como elementos

centrales a la mejora de la enseñanza.

18.

Supervisar el accionar del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE

y del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

19.

Ejercer el control tutelar de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO.

20.

Diseñar y gestionar programas y proyectos de cooperación técnica y

financiera nacional, regional e internacional en el campo educativo.

21.

Gestionar la Comisión Nacional Argentina Cooperación con la UNESCO

(CONAPLU).

22.

Intervenir en la gestión de los fondos transferidos a las distintas

Jurisdicciones en lo referido a la mejora de la calidad educativa.

23.

Diseñar estrategias, dispositivos y programas que acompañen y

enriquezcan las trayectorias educativas de los niños y jóvenes.

24.

Entender en los procesos de diagnóstico, investigación y

planificación de las políticas educativas a aplicarse en cada una de

las jurisdicciones y en el ámbito nacional.

25.

Entender en la dirección de los servicios de asistencia

técnico-administrativa de la Secretaría General al Consejo Federal de

Educación y a sus miembros.

26.

Colaborar con la Secretaría General del Consejo Federal de

Educación en la coordinación de las actividades concernientes a la

implementación del Fondo Nacional de Incentivo Docente y al Programa de

Compensación Salarial Docente, en el ámbito de su competencia.

27.

Colaborar con la Secretaría General del Consejo Federal de

Educación en lo relativo a las actividades, trabajos y estudios según

lo establezcan la Asamblea Federal y el Comité Ejecutivo, y mantenerlos

informados sobre el estado del trabajo en comisiones, en el marco de lo

establecido en la Ley N° 26.206.

28.

Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y

financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el desarrollo de pautas y lineamientos para alcanzar el

cumplimiento de los objetivos y metas de las leyes educativas

nacionales para el conjunto de los niveles y modalidades del Sistema

Educativo Nacional.

2.

Brindar y coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones de

asistencia técnica y financiera a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES en la ejecución de los planes de gobierno para el

mejoramiento de la calidad de la educación obligatoria y sus

modalidades.

3.

Coordinar las propuestas relativas a la gestión institucional y

curricular del conjunto de los niveles y modalidades del sistema

educativo, excepto la formación docente, orientadas al cumplimiento de

los objetivos y metas de las leyes educativas nacionales.

4.

Generar propuestas para la mejora de la gestión de los sistemas

educativos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la

organización de sus instituciones educativas.

5.

Formular y promover lineamientos para la organización y cohesión del

sistema educativo en lo referente a sus niveles y modalidades,

orientados a la plena aplicación de la Ley Nacional de Educación y

leyes concordantes.

6.

Gestionar, en el marco de su competencia, la aplicación de

normativas generales sobre equivalencia de títulos y planes de estudio

a nivel nacional, en coordinación con el Consejo Federal de Educación.

7.

Implementar acciones para el fortalecimiento del carácter federal

del sistema educativo, respetando las particularidades locales en los

diversos diseños de política educativa y promover la articulación entre

las Jurisdicciones.

8.

Proponer a la Secretaría la formulación y actualización normativa

que procure el fortalecimiento del funcionamiento del Sistema Educativo

Nacional, en concordancia con las políticas y estrategias educativas

fijadas.

9.

Participar en la gestión del Sistema Nacional de Información

Educativa.

10.

Asistir, en el ámbito de su competencia, en el diseño de programas

y proyectos jurisdiccionales a nivel nacional en conjunto con las

jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

11.

Elaborar, en coordinación con las áreas con competencia, programas

sociales, culturales y educativos dirigidos a superar las desigualdades

sociales y los desequilibrios regionales, orientados hacia la equidad y

calidad educativa.

12.

Coordinar y supervisar las acciones referidas a la producción de

contenidos educativos de la Secretaría.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA

OBJETIVOS

1.

Consolidar y fortalecer un sistema de información y evaluación de

componentes, procesos y resultados, como dispositivo que procure la

generación de evidencia técnicamente sólida para la toma de decisiones

referidas a la gestión del sistema educativo en cada una de las

Jurisdicciones y en el nivel nacional, así como para la formulación de

intervenciones públicas que impacten en el cumplimiento del derecho a

una educación de calidad.

2.

Organizar y coordinar la Red Federal de Información Educativa para

desarrollar criterios metodológicos y procedimientos comunes en todo el

país que permitan integrar en un sistema de información las principales

variables educativas.

3.

Implementar el Sistema Integral de Información Digital Educativa

(SInIDE), con el fin de instituir un sistema unificado de información

que consolide, para sus usuarios a nivel nacional, provincial y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la información nominal de estudiantes

y docentes con la de las instituciones educativas y estructure el

almacenamiento y procesamiento de los datos bajo criterios de

equivalencia.

4.

Coordinar acciones transversales para brindar información

actualizada, oportuna y relevante para la planificación, el seguimiento

y el monitoreo de las líneas de trabajo sustantivas que se desarrollan

en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo.

5.

Evaluar el desempeño del Sistema Educativo Nacional a través de la

elaboración de instrumentos e indicadores y de sistemas de evaluación

de la calidad educativa, como instrumentos estratégicos y de

retroalimentación permanente, generando insumos para orientar las

políticas públicas.

6.

Desarrollar, implementar y supervisar el sistema de monitoreo y

evaluación a través de la generación de metodologías cuantitativas y

cualitativas que permitan relevar, sistematizar e interpretar

información sustantiva sobre el sistema educativo.

7.

Promover la innovación y la planificación en el Sistema Educativo

Nacional en lo referente a sus niveles y modalidades.

8.

Establecer los lineamientos relativos al planeamiento, desarrollo y

seguimiento de las políticas educativas.

9.

Planificar, coordinar y supervisar la aplicación y participación en

pruebas nacionales e internacionales de evaluación, con el objetivo de

aportar al diseño de las políticas públicas educativas.

10.

Fortalecer los procesos de evaluación y autoevaluación, propiciando

la transparencia, validez, confiabilidad y la comparabilidad de los

resultados a partir del desarrollo de diversos instrumentos normativos,

procesos de validación y asistencia técnica en la materia.

11.

Coordinar la producción, sistematización y difusión de la

información sobre educación en la REPÚBLICA ARGENTINA y producir

información para acompañar la definición, implementación, monitoreo y

evaluación de las políticas y programas educativos, conjuntamente con

las áreas competentes de la Jurisdicción.

12.

Impulsar la producción de conocimiento en el campo educativo

generando un espacio de comunicación e intercambio con los decisores de

política y equipos de gestión educativa en sus diversos niveles.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

OBJETIVOS

1.

Promover el diseño e implementación de políticas para fortalecer las

funciones universitarias y su vinculación con el modelo de desarrollo

del país.

2.

Entender, en el marco de su competencia, en la interpretación y la

aplicación de las normas referidas a la educación superior, al

reconocimiento oficial y validez nacional de estudios y títulos, al

seguimiento y fiscalización de las instituciones universitarias

privadas y a la convalidación de títulos expedidos por universidades de

otros países.

3.

Impulsar, en el ámbito de su competencia, políticas de formación de

los profesionales, técnicos, investigadores y docentes que demanden los

planes de desarrollo nacional y regional.

4.

Fortalecer la articulación de acciones entre las universidades, la

sociedad y el Estado.

5.

Entender en la elaboración y evaluación de planes, programas y

proyectos de desarrollo de la educación universitaria y promover la

evolución y mejoramiento de la calidad de la enseñanza, la

investigación y la extensión.

6.

Establecer programas de cooperación con los organismos del Sistema

Científico Tecnológico Nacional, en coordinación con las áreas

competentes de la Administración Pública Nacional.

7.

Desarrollar políticas tendientes a fomentar actividades de

investigación, desarrollo tecnológico y vinculación de las

universidades con los sectores público y privado.

8.

Promover y mantener relaciones institucionales entre los diferentes

componentes del sistema de educación superior y con sectores vinculados

-directa o indirectamente- con él.

9.

Desarrollar políticas y estrategias para la articulación regional de

las instituciones que forman parte de la educación universitaria y de

éstas con la comunidad.

10.

Diseñar estrategias de mejoramiento de las instituciones

universitarias y de asignación y empleo de los recursos

económico-financieros.

11.

Participar en la elaboración de los contenidos de la formación

técnica y profesional y los criterios para la implementación de un

sistema nacional de acreditación de saberes, en lo que atañe a la

educación superior, los que serán acordados por el Consejo Federal de

Educación.

12.

Promover la calidad de la formación tecnológica en los niveles de

educación superior del Sistema Educativo Nacional, propiciando la

adecuación permanente de la oferta educativa a las demandas sociales y

productivas, a través de la coordinación y articulación federal con

programas de apoyo, compensación y estímulo.

13.

Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y

ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU).

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN

OBJETIVOS

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,

técnico y administrativo de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación

con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

2.

Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN y en la evaluación de su cumplimiento, y

coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y

financieras de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero; y coordinar las acciones que hacen al desarrollo

de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,

contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de

gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos de la SECRETARÍA

DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

4.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los

trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos

humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de

todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y

metas de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA

DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

5.

Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,

organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y

entender en la administración de los espacios físicos de la SECRETARÍA

DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

6.

Supervisar la aplicación de los sistemas de computación de datos de

la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.

7.

Entender en la gestión documental de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en

coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

8.

Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en

coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

9.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos

disciplinarios de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

10.

Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de

créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de la SECRETARÍA DE

EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

11.

Coordinar la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria, financiera-contable, de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de supervisión, control y monitoreo

de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y

asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de

proyectos de participación público-privada, de competencia de la

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en lo relativo a las relaciones y condiciones

individuales y colectivas de trabajo, al régimen legal de las

negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de

trabajadores y empleadores, al empleo, a la capacitación laboral y a la

seguridad social.

2.

Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su

competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Ministro

3.

Entender en el diseño de la política laboral nacional y en la

formulación de políticas de la inspección del trabajo, destinadas a la

eliminación del empleo no registrado y de las demás distorsiones que el

incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social

provoquen.

4.

Entender en la formulación y ejecución de los sistemas de

prestaciones y subsidios para casos de interrupciones ocupacionales.

5.

Asistir al Ministro en lo relativo a la aprobación de los convenios

de corresponsabilidad gremial suscriptos entre organismos competentes y

asociaciones gremiales de trabajadores y de empresarios.

6.

Intervenir en la aplicación de las normas de derecho internacional

público y privado del trabajo, como así también en la elaboración de

las mismas y en los aspectos laborales de los procesos de integración y

coordinar las acciones en materia de trabajo, empleo y capacitación

laboral con los organismos internacionales.

7.

Intervenir en la elaboración de estadísticas, estudios y encuestas

que proporcionen un mejor conocimiento de la problemática del trabajo,

del empleo, de la capacitación laboral, los ingresos y la seguridad

social.

8.

Ejercer el control tutelar de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL

TRABAJO (S.R.T.).

9.

Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas de la

seguridad social y en la elaboración, ejecución y fiscalización de

programas y regímenes integrados de seguridad social.

10.

Asistir al Ministro en relación a la aprobación de los convenios

entre los organismos competentes de la seguridad social y asociaciones

sindicales de trabajadores y de empleadores.

11.

Impulsar la armonización y coordinación del Sistema Previsional con

los regímenes provinciales, municipales, de profesionales y de estados

extranjeros, así como en la supervisión de los sistemas de

complementación previsional cualquiera fuera la normativa de creación.

12.

Ejercer las funciones que la autoridad central asignan los

Convenios N° 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo

(O.I.T.), sus recomendaciones complementarias y aquellas otras que

contribuyan al mejor desempeño de los servicios, velando por su

cumplimiento por parte de las distintas Jurisdicciones.

13.

Participar en la elaboración de la política salarial del sector

privado y en el Consejo Nacional del Empleo, de la Productividad y el

Salario Mínimo Vital y Móvil.

14.

Intervenir en la fijación de los salarios del Sector Público

Nacional, así como en la gestión de las negociaciones colectivas de ese

sector.

15.

Ejercer la Secretaría Permanente del Consejo Federal del Trabajo.

16.

Intervenir y entender en el tratamiento de los Procedimientos

Preventivos de Crisis de Empresas.

17.

Entender en la articulación de acciones con los Estados

Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el cumplimiento

de la política laboral nacional, en el marco de los convenios

suscriptos con éstos.

18.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, la realización de todas

las acciones que el Ministerio decida ejecutar en los Estados

Provinciales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, brindándoles el

apoyo administrativo y de servicios necesarios a través de las unidades

organizacionales distribuidas en el territorio nacional, procurando y

administrando los recursos respectivos.

19.

Entender en la gestión de los planes y programas destinados al

sostenimiento de los puestos de trabajo y al fortalecimiento de

empresas y sectores privados en situación de crisis, tal como el

Programa de Recuperación Productiva.

20.

Ejercer las funciones propias de la autoridad de aplicación del

Sistema Integral de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social

(SIDITYSS), creado por la Ley N° 25.877, destinado al control y

fiscalización de las normas del trabajo y de la seguridad social en

todo el territorio nacional.

21.

Entender en la asistencia y coordinación de ámbitos técnicos

multisectoriales con sectores empresarios y organizaciones del sector

privado, para debatir y consensuar líneas de acción conjunta y

programas específicos que promuevan políticas de Responsabilidad Social

y difundan, en este marco, la cultura del Trabajo Decente.

22.

Asistir al Ministro en la formulación, diseño, implementación,

monitoreo y seguimiento de políticas, planes, programas y acciones para

la promoción y el sostenimiento del empleo, la capacitación laboral

permanente y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de

empleabilidad de los desocupados y sub-ocupados con énfasis en la

articulación con provincias y municipios.

23.

Entender en lo concerniente a la Red de Servicios de Empleo a fin

de posibilitar la inserción de los desocupados y entre ellos los

destinatarios de planes sociales, en el empleo privado y/o en procesos

de terminalidad educativa y formación profesional.

24.

Entender en la formulación, administración y ejecución de los

programas dirigidos a la asignación de recursos financieros para la

creación y desarrollo de microempresas, promocionar la constitución de

formas asociativas y redes productivas y comerciales entre pequeños

productores y propiciar la capacitación del sector microempresarial.

25.

Entender en el diseño, implementación y administración de un

registro nacional de normas de competencia, de evaluadores de las

competencias de trabajadores y de certificación de competencias de

trabajadores.

26.

Entender en lo concerniente al Sistema Único de Registro Laboral.

27.

Entender en la realización de los Consejos Sectoriales, aumentando

su realización y facilitando el cumplimiento, en la medida de lo

posible, de sus conclusiones.

28.

Participar en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el

Salario Mínimo, Vital y Móvil, formulando recomendaciones para la

elaboración de políticas y programas de empleo.

29.

Administrar y gestionar los recursos del Fondo Nacional del Empleo

en el ámbito de su competencia.

30.

Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción

y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las

acciones y políticas prioritarias en materia de trabajo, empleo y

seguridad social.

31.

Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y

financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO

OBJETIVOS

1.

Participar en el diseño de la política laboral nacional, y de planes

y programas tendientes a asegurar los derechos de los trabajadores.

2.

Participar en la preparación, revisión, promoción, gestión y control

de cumplimiento de las normas relativas al régimen de contrato de

trabajo y otras de protección del trabajo, a las asociaciones

profesionales de trabajadores y de empleadores, a las negociaciones y

convenciones colectivas, al tratamiento de los conflictos individuales

y colectivos de trabajo, al poder de policía del trabajo, a regímenes

especiales de trabajo, a la salud y seguridad en el trabajo.

3.

Asistir a la Secretaría en la formulación de políticas de la

inspección del trabajo, destinadas a la eliminación del empleo no

registrado y las demás distorsiones que el incumplimiento de la

normativa laboral y de la seguridad social provoquen.

4.

Intervenir en la promoción, regulación y fiscalización del

cumplimiento de la igualdad de oportunidades y de trato en el acceso al

empleo y en el trabajo, así como en la protección de la maternidad, la

eliminación del trabajo forzoso, la violencia laboral y del trabajo

infantil.

5.

Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral

colectiva adquiera particular relevancia, asumiendo en forma directa

roles de mediación entre las partes.

6.

Presidir las deliberaciones de la Comisión Nacional de Trabajo

Agrario, asumiendo la representación de la SECRETARÍA DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su seno, de conformidad con la Ley N°

22.248.

7.

Participar en el ejercicio de las competencias del MINISTERIO DE

CAPITAL HUMANO en todo el país y articular con los Estados Provinciales

y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES el cumplimiento de la política

laboral nacional, en el marco de los convenios suscriptos con éstos.

8.

Asistir a la Secretaría en la gestión de los planes y programas

destinados al sostenimiento de los puestos de trabajo y al

fortalecimiento de empresas y sectores privados en situación de crisis.

9.

Coordinar, con los organismos públicos nacionales con competencia en

la materia y con las distintas Jurisdicciones, las acciones tendientes

a verificar el cumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad

social en todo el territorio nacional, formulando recomendaciones y

elaborando planes de mejoramiento.

10.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio de las funciones que a la

autoridad central asignan los Convenios Nros. 81 y 129 de la

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.), sus recomendaciones

complementarias y aquellas otras que contribuyan al mejor desempeño de

los servicios, velando por su cumplimiento por parte de las distintas

Jurisdicciones.

11.

Promover, con miras a la detección del trabajo no registrado, la

participación coordinada y la colaboración de las Entidades

representativas de los trabajadores y los empleadores.

12.

Realizar, coordinar y ejecutar el seguimiento y control de los

planes nacionales de fiscalización u otros instrumentados en general,

gestionando los recursos y el personal afectados a tal fin.

13.

Incorporar los planes de fiscalización a un sistema de emisión,

seguimiento y rendición con el fin de generar una herramienta de ágil

de gestión para contar con información temprana y oportuna en el

cumplimiento de los objetivos de la Secretaría.

14.

Participar de la Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y

Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral, en

representación de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

15.

Promover el diseño e implementación de políticas, planes y

programas vinculados con la generación de condiciones de trabajo

decente para los teletrabajadores.

16.

Gestionar el funcionamiento del Servicio de Conciliación Laboral

Obligatoria (SECLO).

17.

Coordinar y asegurar el adecuado funcionamiento del servicio de

asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito para los trabajadores del

sector privado, en el marco del PROGRAMA ASISTIR.

18.

Gestionar la ejecución del PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PRODUCTIVA

(REPRO).

19.

Coordinar las acciones del CONSEJO FEDERAL DEL TRABAJO, creado por

el Anexo l del Pacto Federal del Trabajo, ratificado por la Ley N°

25.212 y sus normas modificatorias y complementarias, asistiendo al

Secretario de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en su calidad de

Secretario Permanente del mismo.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y FORMACIÓN LABORAL

OBJETIVOS

1.

Promover la ejecución de los planes, programas y proyectos del área

de su competencia conforme las directivas que imparta la Secretaría.

2.

Participar en la formulación, diseño, implementación, monitoreo y

seguimiento de políticas, planes, programas y acciones para la

promoción y el sostenimiento del empleo, la capacitación laboral

permanente y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de

empleabilidad de los desocupados y sub-ocupados.

3.

Proponer estudios e investigaciones sobre la vinculación de

ocupación, desarrollo económico, producción y tecnología y los

requerimientos de capacitación laboral permanente y formación

profesional.

4.

Facilitar la inserción de las personas con discapacidad en

relaciones de trabajo decentes, mediante la ejecución de programas

especiales orientados a mejorar sus oportunidades ocupacionales y

eliminar los condicionamientos sociales que impiden su integración.

5.

Monitorear, en el ámbito de su competencia, los programas y acciones

a ejecutar por parte de las unidades orgánicas de la Secretaría.

6.

Participar en la ejecución de las acciones con los organismos

internacionales de crédito, destinadas a financiar planes, programas y

proyectos relacionados con las reformas del mercado de trabajo y los

programas de empleo, capacitación y formación profesional.

7.

Promover acciones de articulación entre la actividad económica y las

políticas de empleo que favorezcan al sector social de la economía y

contribuyan al desarrollo local mediante la creación de puestos

estables de trabajo.

8.

Proponer e instrumentar una red educativa y de formación profesional

de calidad, que dé respuesta a la demanda de calificaciones de los

empleadores, mejorando de ese modo la empleabilidad de los desocupados

y destinatarios de planes sociales.

9.

Promover sistemas de gestión y de información dentro del Ministerio

que permita instrumentar el control y seguimiento de las rendiciones de

cuenta de las transferencias y programas de empleo que se ejecuten bajo

la competencia de la Secretaría.

10.

Promover el diseño, elaboración y difusión de tutoriales, guías,

protocolos, manuales, cursos on-line, acerca de la capacitación

permanente, la formación profesional y la terminalidad educativa.

11.

Promover la colaboración público-privada y la participación

tripartita en todas las áreas de competencia de la Secretaría.

12.

Evaluar los planes, programas y acciones de la Secretaría, en

término de impactos y resultados de sus objetivos de diseño e

implementación.

13.

Representar a la Secretaría en el Comité Técnico de la AGENCIA

NACIONAL DE DISCAPACIDAD y ante el Comité Coordinador de Programas para

Personas con Discapacidad.

14.

Evaluar el Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, y

diseñar las mejoras necesarias a fin de lograr eficiencia y eficacia de

las prestaciones y su articulación con las demás políticas, programas y

acciones que lleva a cabo la Secretaría.

15.

Generar un Observatorio de Demandas de Empleo correspondiente con

criterio regional, provincial, urbano y rural, estacional, transitorio

y permanente.

16.

Asistir al Secretario en su participación en el Consejo Nacional

del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil,

formulando recomendaciones para la elaboración de políticas y programas

de capacitación laboral.

17.

Gestionar el PROGRAMA DE INCLUSIÓN LABORAL, creado por el Decreto

N° 565/23.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVOS

1.

Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su

competencia conforme las directivas de la Secretaría.

2.

Intervenir, en el marco de su competencia, en la elaboración,

ejecución y evaluación de las políticas institucionales, jurídicas,

legislativas de organización y gestión de la seguridad social y en la

creación, ordenamiento y fiscalización de los regímenes de la seguridad

social.

3.

Entender en la formulación, control, coordinación y supervisión de

la programación económica, financiera y presupuestaria de la seguridad

social, como también en el diseño, desarrollo y mantenimiento del

sistema estadístico de la seguridad social y sus indicadores, valorando

el impacto presupuestario de los proyectos que tengan incidencia en los

recursos o gastos del sistema de la seguridad social.

4.

Participar en la elaboración y ejecución de los programas integrados

de seguridad social en cuanto a jubilaciones y pensiones, riesgos del

trabajo, asignaciones familiares y seguro por desempleo que tiendan a

proteger a la población de toda contingencia de carácter social,

cualquiera sea su forma de organización y gestión.

5.

Entender en el funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DE PREVISIÓN

SOCIAL, previsto en la Ley N° 17.575, representando a la Secretaría.

6.

Entender en el dictado, con carácter general, de normas aclaratorias

y de aplicación de las leyes nacionales de seguridad social

obligatorias para los organismos de gestión de su Jurisdicción.

7.

Ejercer el control de gestión de las actividades atinentes a las

prestaciones de la seguridad social y regímenes de riesgos del trabajo,

evaluar su desarrollo y resultados; y efectuar o promover las

correcciones pertinentes.

8.

Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

9.

Intervenir en la coordinación y armonización del Sistema Integrado

de Jubilaciones y Pensiones con los regímenes provinciales, municipales

y de profesionales y sistemas de complementación previsional, así como

los correspondientes a Estados extranjeros.

10.

Promover un programa permanente de reformas que tengan por objetivo

establecer un Sistema de Seguridad Social coordinado entre sus

distintos regímenes.

11.

Representar a la Secretaría en los Organismos Internacionales en la

materia de su competencia.

12.

Colaborar en lo relativo a la aprobación de los Convenios de

Corresponsabilidad Gremial formalizados entre los organismos

competentes de la seguridad social y las asociaciones sindicales de

trabajadores y empleadores.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVOS

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,

técnico y administrativo de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN

LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

2.

Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y en la evaluación de

su cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas

administrativas y financieras de la Secretaría, en coordinación con la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero; y coordinar las acciones que hacen al desarrollo

de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,

contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de

gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos de la SECRETARÍA

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

4.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los

trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos

humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de

todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y

metas de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en

coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

5.

Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,

organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y

entender en la administración de los espacios físicos de la SECRETARÍA

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

6.

Supervisar la aplicación de los sistemas de computación de datos de

la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

7.

Entender en la gestión documental de la SECRETARÍA DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

8.

Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN

LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

9.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos

disciplinarios de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,

en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

10.

Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de

créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de la SECRETARÍA DE

TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en coordinación con la SECRETARÍA

DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

11.

Coordinar la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria, financiera-contable, de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de supervisión, control y monitoreo

de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y

asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de

proyectos de participación público-privada, de competencia de la

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en coordinación con la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE CULTURA

OBJETIVOS

1.

Entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes,

programas y proyectos de la Jurisdicción destinados a estimular y

favorecer a las culturas en todas sus formas.

2.

Dirigir el diseño de las políticas de participación institucional

que promuevan el desarrollo de las identidades culturales de la Nación.

3.

Asistir al Ministro en la implementación de planes y programas de

difusión y desarrollo de los hechos culturales nacionales, tanto en el

interior como el exterior del país, como así también de las actividades

económicas asociadas a las industrias culturales.

4.

Asistir al Ministro en la planificación de políticas de

financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y

organizaciones de la sociedad civil, en coordinación con las áreas

competentes de la Jurisdicción.

5.

Diseñar y gestionar políticas y acciones para la conservación,

resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.

6.

Ejecutar políticas de integración e intercambio cultural entre las

jurisdicciones del país y hacia el exterior mediante la formulación y

celebración de convenios nacionales e internacionales, dentro de su

competencia y participar en convenios nacionales e internacionales,

leyes y reglamentos generales para propiciar la ampliación de derechos

referidos a la materia.

7.

Asistir al Ministro en la promoción de la producción e intercambio

del conocimiento científico en temas relacionados con las industrias

culturales, la generación de empleo sectorial y los servicios

vinculados.

8.

Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar de la

BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, de la CINEMATECA Y ARCHIVO

DE LA IMAGEN NACIONAL, del INSTITUTO NACIONAL “JUAN D. PERÓN” DE

ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTÓRICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS y del

BALLET NACIONAL.

9.

Ejercer el control tutelar del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, del

TEATRO NACIONAL CERVANTES y del INSTITUTO NACIONAL del TEATRO.

10.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

promoción, organización y participación de exposiciones, ferias,

concursos, producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se

difundan producciones nacionales e internacionales, en coordinación con

las áreas con competencia en la materia.

11.

Desarrollar contenidos relacionados con las culturas en todas sus

formas, procurando llegar a público de todas las edades, en todo el

país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género,

religiosos y étnicos.

12.

Instrumentar, en el ámbito de su competencia, la realización de

actividades de producción y emisión de contenidos educativos destinados

a fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y

mejoramiento de la calidad de la educación, en coordinación con las

áreas y organismos competentes.

13.

Asistir al Ministro en la ejecución de políticas públicas

tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar

las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y

ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso

igualitario a bienes y medios de producción cultural.

14.

Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción

y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las

acciones y políticas prioritarias en materia de cultura.

15.

Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE

BIBLIOTECAS POPULARES y de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE

LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS.

16.

Participar, en el marco de su competencia, en el desarrollo y

promoción de contenidos y programas vinculados a la capacitación y

formación en gestión cultural.

SECRETARÍA DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL

OBJETIVOS

1.

Dirigir el diseño de políticas públicas destinadas a estimular y

favorecer el desarrollo cultural y creativo de la REPÚBLICA ARGENTINA,

generando innovación en este campo.

2.

Articular, en el ámbito de su competencia, con el sector público y

privado, nacional e internacional, acuerdos que permitan implementar

nuevos desarrollos tecnológicos innovadores que potencien las

disciplinas de la cultura argentina.

3.

Diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la

generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura y

creatividad, tendientes a impulsar la creación de puestos de trabajo en

el sector y proteger su desarrollo, perfeccionamiento y difusión.

4.

Supervisar el accionar del CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO

“PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” y del PARQUE TECNÓPOLIS DEL

BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE.

5.

Articular la política cultural entre los niveles de gobierno

nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal.

6.

Desarrollar políticas de cooperación cultural con las provincias y

la CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS AIRES, a través del CONSEJO FEDERAL DE

CULTURA, como así también con otros Estados y organismos

internacionales, en coordinación con las Jurisdicciones y Entidades

competentes.

7.

Entender en la planificación de políticas de financiamiento de la

actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la

sociedad civil.

8.

Promover la cultura nacional a través de actividades que la impulsen

en el exterior, en coordinación con los organismos competentes.

9.

Planificar y desarrollar planes de asistencia técnica, artística o

económica a eventos, programas, festivales y/o cualquier otra actividad

cultural provincial y/o municipal que sea considerada estratégica para

la Secretaría, en coordinación con las áreas con competencia de la

Jurisdicción.

10.

Diseñar, coordinar y gestionar políticas de integración y

cooperación internacional, para la promoción de las culturas, el

intercambio de conocimientos y experiencias y el desarrollo conjunto de

acciones afines, en coordinación con los organismos competentes.

11.

Participar en la promoción y desarrollo de espacios de

participación abierta de acceso a las expresiones culturales,

tecnológicas, científicas, educativas y artísticas.

SECRETARÍA DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL

OBJETIVOS

1.

Impulsar la ejecución de las políticas y acciones para la

conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la

Nación.

2.

Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su

acceso a través de la multiplicidad de vías existentes.

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