CREDITO SUPLEMENTARIO PARA EL SENADO - AUTORIZACION
TENGASE POR LEY, PUBLIQUESE Y DESE AL REGISTRO NACIONAL.
Decreto S/N
Ministerio del Interior.Paraná, Julio 16 de 1861.
Tengase por ley, publíquese y dése al Registro Nacional.- PEDERNERA. - Severo Gonzalez.-
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.