PRESUPUESTO ADMINISTRACION NACIONAL
PRESUPUESTO
Decreto 829/2022
DECNU-2022-829-APN-PTE - Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 13/12/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-132595922-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N°
882 del 23 de diciembre de 2021, el Decreto N° 88 del 22 de febrero de
2022, el Decreto N° 331 del 16 de junio de 2022 y la Decisión
Administrativa N° 4 del 5 de enero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario incrementar los créditos presupuestarios para
incorporar el impacto de las mejoras en las remuneraciones dispuestas
por normas legales durante el presente año para el personal de las
Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL.
Que se requiere modificar los créditos vigentes de la AUDITORÍA GENERAL
DE LA NACIÓN, de la HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA NACIÓN, de la
HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN, de la BIBLIOTECA DEL
CONGRESO DE LA NACIÓN, de la DIRECCIÓN DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL
DEL CONGRESO DE LA NACIÓN, de la OFICINA DE PRESUPUESTO DEL CONGRESO DE
LA NACIÓN y de la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y
ADOLESCENTES, organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO
NACIONAL, con el fin de afrontar necesidades específicas.
Que resulta menester reforzar el Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA, organismo actuante en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA
NACIÓN, con el objeto de afrontar sus necesidades operativas.
Que resulta necesario ampliar el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el fin de mejorar la competitividad
de las provincias por medio de obras civiles de infraestructura vial y
a través de acciones de capacitación, las que serán ejecutadas a través
del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR).
Que el refuerzo citado en el Considerando anterior se financia con Crédito Externo.
Que, asimismo, se establece una compensación de créditos por la cual se
atienden gastos de funcionamiento a través de una disminución de los
previstos para gastos de capital.
Que deben reforzarse los créditos del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN
DE POLÍTICAS SOCIALES con el objeto de atender el Plan Nacional
AccionAR y los gastos de funcionamiento.
Que corresponde incrementar los créditos de la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el fin de completar el pago de becas del
mes de diciembre.
Que, asimismo, se incorporan recursos no tributarios en virtud de la
deuda mantenida con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en
concepto de gastos de canon y expensas.
Que es preciso incrementar los créditos de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, destinados a la atención médica de los
pensionados no contributivos y las pensionadas no contributivas.
Que por la Resolución N° 256 del 15 de noviembre de 2022 de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL se establece el valor de
la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus
modificatorias, motivo por el cual es menester incrementar el
presupuesto del citado organismo, con el fin de incorporar el impacto
de dicha fórmula de movilidad.
Que corresponde incrementar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD destinado al pago del subsidio extraordinario dispuesto
por el Decreto N° 788 del 29 de noviembre de 2022.
Que es menester compensar créditos presupuestarios de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS para atender los gastos que hacen al normal
desenvolvimiento de la institución, lo que implica una disminución de
los gastos de capital y una modificación en la Finalidad de las
erogaciones.
Que en el presupuesto de la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se refuerzan los créditos con
el propósito de atender gastos de publicidad y propaganda.
Que resulta necesario adecuar el presupuesto de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado actuante
en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el fin de
cubrir el pago de los servicios profesionales enmarcados en el Decreto
N° 1109/17, los gastos de funcionamiento de la entidad y cumplir con
las transferencias al Tesoro Nacional en función del artículo 15 del
Decreto N° 1382/12 y sus modificaciones.
Que resulta menester incrementar el presupuesto del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO con el fin de
atender el desarrollo de la promoción de exportaciones, alquileres de
los inmuebles y los gastos de funcionamiento de las representaciones
argentinas en el exterior.
Que el citado refuerzo se financia con una mayor recaudación de la tasa de estadística.
Que es preciso reforzar los créditos vigentes del SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS, con el fin de atender la provisión de alimentos
destinada a la población penal alojada en establecimientos
penitenciarios, gastos de funcionamiento y becas de los y las cadetes
de la Escuela Penitenciaria de la Nación.
Que con el objeto de afrontar el pago del peculio y la adquisición de
insumos destinados a la producción de los talleres de laborterapia y
gastos de funcionamiento se incrementa el presupuesto del ENTE DE
COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL,
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que el refuerzo mencionado en el Considerando precedente se financia parcialmente con la incorporación de recursos propios.
Que con la finalidad de afrontar los gastos citados en los
Considerandos precedentes, como así también los gastos salariales
correspondientes a sus organismos dependientes, se adecúa el
presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
mediante la reducción de sus gastos corrientes y la incorporación de
recursos propios.
Que resulta oportuno incrementar en el presupuesto del MINISTERIO DE
SEGURIDAD UN (1) cargo y las asignaciones para gastos en personal
cedidas por el MINISTERIO DE TRANSPORTE, en cumplimiento de lo
dispuesto por la Decisión Administrativa N° 1081 del 31 de octubre de
2022, mediante la cual se transfiere UN (1) agente de planta permanente
a la órbita de la cartera mencionada en primer término.
Que es menester adecuar el presupuesto vigente de la POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de atender gastos de
funcionamiento, comisiones de servicio del personal trasladado al
interior del país, sentencias judiciales firmes y solventar el pago del
suministro de gas del Comando de Región I “Campo de Mayo” y gastos
correspondientes a la prestación del servicio de policía adicional que
brinda la mencionada Fuerza Policial.
Que el refuerzo citado en el Considerando precedente se financia
parcialmente mediante la incorporación de recursos correspondientes a
la prestación del citado servicio de policía adicional.
Que es necesario adecuar el presupuesto de la GENDARMERÍA NACIONAL,
organismo desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, con la finalidad de atender gastos de funcionamiento,
sentencias judiciales firmes y solventar el suministro de gas del
Comando de Región I “Campo de Mayo” mediante una cesión de créditos al
ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.
Que corresponde incrementar el presupuesto vigente de la PREFECTURA
NAVAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, con el objeto de afrontar gastos de
funcionamiento y de reconversión y actualización de helicópteros,
viáticos para operativos de Seguridad Ciudadana, adquisición de
vehículos y de equipamiento y atención de causas con sentencias
judiciales firmes.
Que es preciso reforzar los créditos vigentes de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo desconcentrado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con la finalidad de atender gastos de
funcionamiento, becas para los y las aspirantes a oficiales y causas
con sentencias firmes.
Que por la Resolución N° 718 del 27 de octubre de 2022 del MINISTERIO
DE SEGURIDAD se incrementó el haber mensual del personal en actividad
de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERÍA NACIONAL y de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
Que por la Resolución Conjunta N° 6 del 28 de octubre de 2022 del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y del MINISTERIO DE ECONOMÍA
se incrementó el haber mensual y los valores de diversas compensaciones
y suplementos del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL (SPF).
Que por efecto de las citadas medidas se recomponen en forma directa
los haberes de los Jubilados y las jubiladas, retirados y retiradas y
pensionados y pensionadas de las citadas fuerzas de seguridad y del
Servicio Penitenciario Federal.
Que por tal motivo resulta necesario reforzar el presupuesto de la CAJA
DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL (CRJPPF),
organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que es menester reforzar el crédito destinado al pago de sentencias
judiciales de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA
POLICÍA FEDERAL, sustituyendo en consecuencia el primer párrafo del
artículo 4º del Decreto Nº 331 del 16 de junio de 2022.
Que con el fin de atender gastos operativos y de funcionamiento se
amplían los créditos del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS,
del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA
ARMADA y del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, organismos
desconcentrados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que deben reforzarse los créditos del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA, financiados con recursos de
afectación específica cedidos por el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO
para la promoción de actividades científicas.
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO recibe créditos cedidos por el
INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES
MILITARES para cancelar el gasto de sentencias judiciales.
Que, por último, incorpora en su presupuesto créditos provenientes de
la GENDARMERÍA NACIONAL, organismo desconcentrado actuante en la órbita
del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA considera oportuno regularizar
la adquisición de bienes de uso y de consumo, realizada en ejercicios
anteriores, mediante la utilización de activos financieros.
Que el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, propicia la
incorporación de remanentes, de acuerdo a lo establecido en el artículo
15 de la Ley N° 22.963 y sus modificaciones.
Que resulta oportuno propiciar una compensación de recursos en el
SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en
la esfera del MINISTERIO DE DEFENSA, incrementando la Venta de Bienes y
Servicios de Administraciones Públicas en detrimento de las fuentes
financieras.
Que, asimismo, es preciso reforzar los créditos vigentes del organismo
citado en el Considerando anterior mediante una cesión de créditos
provenientes del MINISTERIO DE DEFENSA con el fin de adquirir un
Sistema de Computación de Alto Desempeño para incrementar la capacidad
de modelado y pronóstico numérico.
Que por la Resolución Conjunta N° 6 del 28 de octubre de 2022 del
MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE ECONOMÍA se incrementó el
haber mensual del personal militar de las Fuerzas Armadas.
Que por efecto de la citada medida se recomponen en forma directa los
haberes de los jubilados y las jubiladas, retirados y retiradas y
pensionados y pensionadas de las Fuerzas Armadas.
Que, en consecuencia, resulta necesario reforzar el presupuesto
destinado a la atención de las Jubilaciones, Retiros y Pensiones del
INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES
MILITARES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE DEFENSA.
Que es menester reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, a los efectos garantizar la puesta en operatividad de la
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO Y LA COMPETITIVIDAD FEDERAL,
dependiente de esa cartera de Estado, y para la atención de gastos
operacionales del Fondo de Capital Social (FONCAP).
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL
DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo descentralizado actuante en la órbita de
la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto de
permitir la cancelación de sus gastos operativos.
Que es preciso incrementar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a los
efectos de garantizar la continuidad de las acciones que facilitan el
acceso al crédito a las MiPyMEs y de las jurisdicciones provinciales
que posean Fondos de Garantía de Carácter Público, reforzando las
transferencias con destino al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo
(FONDEP), como así también para garantizar el correcto funcionamiento y
accionar de esa Secretaría.
Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado actuante
en el ámbito de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de afrontar gastos de su Sistema de
Centros de Investigación.
Que para financiar parcialmente el aumento mencionado en el Considerando precedente se aumentan los recursos propios.
Que es oportuno realizar una compensación de las asignaciones
corrientes en detrimento de las de capital en el presupuesto del
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto de
atender los servicios de seguridad brindados a dicho organismo.
Que es menester adecuar el presupuesto vigente del SERVICIO GEOLÓGICO
MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el fin de permitir el financiamiento de sus
gastos operativos.
Que, a su vez, es preciso incrementar el presupuesto vigente de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
con el objeto de permitir la distribución de las Actas del Consejo
Federal Pesquero en el marco de la Ley N° 24.922 y sus modificaciones,
incluyendo las erogaciones correspondientes a las tareas de
investigación que lleva adelante el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN
Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que a los efectos de atender esas erogaciones se incrementan los
recursos de carácter no tributario en la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA.
Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante
en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, a los efectos de asegurar el financiamiento de
sus actividades sustantivas que garanticen el accionar institucional,
para la atención de las obligaciones emergentes del programa de
becarios y becarias, adelanto a proveedores por obras en curso y otros
gastos de funcionamiento.
Que corresponde ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL
DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado actuante en la órbita de
la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, para el desarrollo de actividades institucionales en la
provincia de Mendoza, de la que forman parte los diversos actores del
sector vitivinícola y para asegurar el normal funcionamiento de ese
Instituto.
Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a los efectos de atender
las erogaciones vinculadas a las actividades sustanciales de inocuidad
y calidad agroalimentaria, laboratorios, protección vegetal y sanidad
animal, de equipamiento y para atender las obligaciones emergentes del
Servicio de la Deuda Pública.
Que los adicionales previstos en el considerando anterior se financian
con un incremento en el cálculo de recursos vigente del citado
organismo.
Que en vistas a la próxima culminación del Programa de Desarrollo de
Corredores Turísticos, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE y coejecutor de dicho programa,
regulariza su presupuesto mediante devolución de créditos al MINISTERIO
DE TURISMO Y DEPORTES.
Que el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES hace uso parcial de esos
créditos para financiar el Proyecto de infraestructura turística
“Parador Gastronómico en Costanera Senillosa”.
Que, asimismo, se disminuyen créditos no utilizados correspondientes al Programa PREVIAJE.
Que a efectos de mejorar la calidad de la infraestructura deportiva y
el fortalecimiento de las iniciativas sociocomunitarias se adecúa el
presupuesto del citado Ministerio, alterando la distribución de
finalidades del gasto.
Que por el artículo 72 de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2021 se dispuso la prórroga
del Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por
Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País.
Que mediante el artículo 19 del Decreto N° 331 del 16 de junio de 2022
se prorrogó la vigencia del Fondo de Compensación al Transporte Público
de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País,
por un importe de PESOS TREINTA Y OCHO MIL MILLONES ($38.000.000.000),
con el objeto de continuar brindando un marco transicional que tienda a
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