LEGACIONES DIPLOMATICAS
PROMULGAN LEYES DE CREACION DE TRES LEGACIONES
Relaciones Diplomáticas con el Reino de Arabia Saudita
LEY No. 13.208
Bs. As. 6 de julio de 1948
POR CUANTO:
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionana con fuerza de
LEY:
ARTICULO 1°. - Apruébase el
establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República Argentina
y el Reino de Arabia Saudita, realizado mediante el cambio de notas
reversales firmadas en la ciudad de Londres, el 16 de febrero de 1946,
por el presidente de la delegación argentina a la primera parte de la
primera sesión de la Asamblea de las Naciones Unidas, celebrada en
dicha capital, en 1946, y el señor ministro de Relaciones
Exteriores del citado reino.
ARTICULO 2°. - Créase la legación argentina en Arabia Saudita, con sede en Djedda.
ARTICULO 3°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a veinticinco de junio de mil novecientos cuarenta y ocho.
J. H. QUIJANO - H. J. CAMPORA
Alberto H. Reales - Zavalla Carbó
- Registrada bajo el N° 13.208 -
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