SERVICIO PUBLICO

Rango Ley
Publicación 1959-06-09
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 3

CONCESIONES A ENTIDADES MUTUALISTAS

Historial de reformas JSON API

Ley 14.804

CONCESIONES A ENTIDADES MUTUALISTAS

BUENOS AIRES, 20 de mayo de 1959

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos

en Congreso, etc.

SANCIONA CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 2.- Derógase toda disposición que se oponga a la presente.

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

GUZMAN - Monjardin - Jitriy - Oliver

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.