POLICIA FEDERAL
CREACION DEL CUARTEL EZEIZA DE BOMBEROS DE LA POLICIA FEDERAL.
Ley 17.749
CREACION DEL CUARTEL EZEIZA DE BOMBEROS DE LA POLICIA FEDERAL.
BUENOS AIRES, 24 de mayo de 1968
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del
Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
Creación de la séptima zona- Cuartel Ezeiza de la Dirección de
Bomberos de la Policía Federal.
ARTICULO 1.- Créase la 7a. Zona -Cuartel Ezeiza- de la Dirección Bomberos de la Policía Federal, con asiento en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza con jurisdicción en el Parque del Aeropuerto Nacional.
ARTICULO 2.- (Nota de redacción) (Modificatorio de la ley orgánica de la Policía Federal Decreto Ley 333/58)
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ONGANIA - Borda
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