DEPARTAMENTO DE CULTO

Rango Ley
Publicación 1887-11-19
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 4

LEY AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO PARA PROCEDER POR LOS TRAMITES CIVILES Y CANONICOS A LA CREACION DE TRES NUEVA DIOCESIS.

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LEY N° 2246

**Ley N° 2246 autorizando al Poder

Ejecutivo para proceder por los trámites civiles y canónicos á la

creación de tres nuevas Diócesis.**

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Art. 1°- Autorizase al Poder

Ejecutivo para proceder por los trámites civiles y canónicos á la

creación de tres nuevas Diócesis de La Plata, Diócesis de Santa Fé y

Diócesis de Tucumán, de Santiago del Estero y de Catamarca.

Art. 2°- Autorízase igualmente

al Poder Ejecutivo para proceder por los mismos trámites, á la

determinación de las Diócesis en que deban ser comprendidos los

Territorios Federales.

Art. 3°- El Poder Ejecutivo

propondrá al Congreso las sumas necesarias para la cóngrua dotación de

las Iglesias, sus prelados, funcionarios eclesiásticos y demás

necesarios á la organización y servicios de las nuevas Diócesis.

Art. 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á

diez y nueve de Noviembre de mil ochocientos ochenta y siete.

A.C.CAMBACERES.- Adolfo J. Labouale, Secretario del Senado. CARLOS S. TAGLE.- Juan Ovando, Secretario de la Cámara de Diputados

Departamento del Culto

Buenos Aires, Noviembre 25 de 1887

Téngase por ley de la Nación, cúmplase, etc., JUAREZ CELMAN. Filemon Posse

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