VIAJES OFICIALES

Rango Ley
Publicación 2021-01-06
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 2
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VIAJES OFICIALES

Ley 27607

Acuérdase autorización.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Acuérdase autorización al señor Presidente de la Nación para ausentarse del país durante el año 2021.

Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DÍA VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

REGISTRADO BAJO EL N° 27607

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

e. 06/01/2021 N° 451/21 v. 06/01/2021

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