PRESIDENTE DE LA NACION
SE PERMITE AL EXMO. SR PRESIDENTE DE LA CONFEDERACION AUSENTARSE DE LA CAPITAL PROVISORIA HACIA A ALGUNOS DEPARTAMENTOS DEL TERRITORIO FEDERALIZADO.-
**Ley N° 35
Ley permitiendo al Presidente ausentarse de la Capital.**
El Senado y Cámara de Diputados, etc. etc.
Art. 1° Se permite al Exmo. Sr. Presidente de la Confederación
ausentarse de la capital provisoria hacia á algunos departamentos del
territorio federalizado, á los objetos que ha indicado en su nota de 21
del corriente.
Sala de sesiones de la Camara de Diputados en el Parana, á veintidos
dias del mes de Agosto de mil ochocientos cincuenta y cinco. JOSÉ
BENITO GRAÑA. Presidente. - Felipe Contreras. - Secretario.
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