PODER EJECUTIVO DE LA NACION - AUTORIZACION

Rango Ley
Publicación 1855-09-01
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 2

SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO DE LA NACION PARA QUE EL EXMO. SR. PRESIDENTE, BRIGADIER GENERAL D. JUSTO JOSE DE URQUIZA OBTENGA LA LEGITIMACION DE SUS HIJOS NATURALES.

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**Ley N° 41

Ley legitimando los hijos naturales del General Urquiza.**

*El Senado y Cámara de Diputados de la Confederación Argentina, reunidos en Congreso sancionana con fuerza de

ley.*

Art. 1° Se autoriza al Poder Ejecutivo de la Nación, para que en

vista del espediente que el Exmo. Sr. Presidente, Brigadier General D.

Justo José de Urquiza produzca, para obtener la lejitimación de sus

hijos naturales, le otorgue esta con derecho á heredarle los

lejitimados, en virtud de esta sancion, concurriendo con perfecta

igualdad en cuando á la patria, potestad, herencia y demás derechos

civiles con los que puedan ser lejitimados por subsiguientes

matrimonio, ó nazcan lejítimos en vistud de este.

Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Sesiones del Congreso en el Paraná, Capital provisoria de la

Nación Argentina, á un día del mes de Setiembre del año de mil

ochocientos cincuenta y cinco. - BALTAZAR SANCHEZ. - Presidente. - Benjamín de Igarzábal. - Secretario.

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