TRATADOS

Rango Ley
Publicación 1872-08-06
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 2

APROBACION CON MODIFICACIONES A LA CONVENCION POSTAL CON EL BRASIL

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TRATADOS

LEY N° 526

Se aprueba con modificaciones la Convencion Postal con el Brasil.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nacion Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de

LEY:

Art. 1° - Apruébase la Convencion Postal celebrada por el

Plenipotenciario Argentino en Rio Janeiro y el Gobierno del Imperio del

Brasil, con las modificaciones siguientes:

Primera:

El art. 3° en esta forma: La correspondencia oficial de ambos Gobiernos

con sus respectivas Legaciones y Agentes Consulares no está sujeta á

franqueo y será entregada libre de porte en el país de su destino.

Segundo:

En lugar del art. 4°, el siguiente: Cuando las correspondencias y

publicaciones antes mencionadas, lo mismo que la correspondencia

pública franqueada segun el art. 2° pasaren en tránsito por uno de los

dos paises, estará este último obligado á encaminarlas á su destino; y

si para ello hubiere necesidad de franquearlas, el franqueo se hará por

cuenta del Gobierno á que pertenezca el correo del tránsito, sin

responsabilidad del otro.

Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, á seis de Agosto de mil ochocientos setenta y dos.

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