APRUEBA Y TENGASE COMO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE EL ARANCEL ADUANERO QUE INDICA

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1989-08-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA; SUBSECRETARÍA DE HACIENDA
artículos 6
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Notas. 1. Este capítulo no comprende: a) los escarpines de materias textiles sin suelas aplicadas (capítulos 61 ó 62) b) el calzado usado de la partida 63.09; c) los artículos de amianto (p. 68.12); d) el calzado y aparatos de ortopedia y sus partes (p. 90.21) e) el calzado que tenga características de juguete y el calzado con patines fijos (para hielo o de ruedas); espinilleras y demás artículos de protección utilizados en la práctica del deporte (capítulo 95) 2. En la partida 64.06, no se consideran partes las clavijas, protectores, anillos por ojetes, ganchos, hebillas, galones, borlas, cordones y demás artículos de ornamentación o de pasamanería, que siguen su propio régimen, ni los botones para el calzado (p. 96.06) 3. En este capítulo se consideran también caucho o plástico los tejidos u otros soportes textiles que presenten una capa exterior perceptible de caucho o de plástico 4. Salvo lo dispuesto en la Nota 3 de este capítulo: a) la materia de la parte superior (del corte) será la que constituya la superficie mayor de recubrimiento exterior, despreciando los accesorios o refuerzos tales como ribetes, protectores de tobillos, adornos, hebillas, orejas, anillos para ojetes o dispositivos análogos; b) la materia de la suela será la que constituya la superficie mayor en contacto con el suelo, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como puntas, tiras clavos, protectores o dispositivos análogos.

Nota de subpartidas

1.

En las subpartidas 6402.11, 6402.19, 6403.11, 6403.19 y 6404.11 se entiende por calzado de deporte exclusivamente: a) el calzado diseñado para la práctica de una actividad deportiva que esté o pueda estar provisto de clavos, tacos, ataduras, tiras o dispositivos similares: b) el calzado para patinar, esquiar, para la lucha, el boxeo y el ciclismo.

64.01 CALZADO IMPERMEABLE CON SUELA Y PARTE SUPERIOR (CORTE) DE CAUCHO O DE PLASTICO, CUYA PARTE SUPERIOR NO SE HAYA UNIDO A LA SUELA POR COSTURA O POR MEDIO DE REMACHES, CLAVOS, TORNILLOS, ESPIGAS O DISPOSITIVOS SIMILARES, NI SE HAYA FORMADO CON DIFERENTES PARTES UNIDAS DE LA MISMA MANERA

6401.10 - Calzado con puntera de metal PAR 15 PAR-17

6401.91 - Que cubran la rodilla PAR 15 PAR-17

6401.92 - Que cubran el tobillo sin cubrir la rodilla PAR 15 PAR-17

6401.99 - Los demás PAR 15 PAR-17

64.02 LOS DEMAS CALZADOS CON SUELA Y PARTE SUPERIOR (CORTE) DE CAUCHO O DE PLASTICO

6402.11 - De esquí PAR 15 PAR-17

6402.19 - Los demás PAR 15 PAR-17

6402.20 - Calzados con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por Latones (espigas) PAR 15 PAR-17

6402.30 - Los demás calzados con puntera de metal PAR 15 PAR-17

6402.99 - Los demás PAR 15 PAR-17

64.03 CALZADOS CON SUELA DE CAUCHO, PLASTICO, CUERO NATURAL, ARTIFICIAL O REGENERADO Y PARTE SUPERIOR (CORTE) DE CUERO NATURAL

6403.11 - De esquí PAR 15 PAR-17

6403.19 - Los demás PAR 15 PAR-17

6403.20 - Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo PAR 15 PAR-17

6403.30 - Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantilla y sin puntera de metal PAR 15 PAR-17

6403.40 - Los demás calzados con puntera de metal PAR 15 PAR-17

6403.51 - Que cubran el tobillo PAR 15 PAR-17

6403.59 - Los demás PAR 15 PAR-17

6403.91 - Que cubran el tobillo PAR 15 PAR-17

6403.99 - Los demás PAR 15 PAR-17

64.04 CALZADOS CON SUELA DE CAUCHO, DE PLASTICO O DE CUERO NATURAL, ARTIFICIAL O REGENERADO Y PARTE SUPERIOR (CORTE) DE MATERIAS TEXTILES

6404.11 - Calzado de deporte: calzado de tenis de baloncesto, de gimnasia, de entranamiento y calzados similares PAR 15 PAR-17

6404.19 - Los demás PAR 15 PAR-17

6404.20 - Calzado con suela de cuero natural o regenerado PAR 15 PAR-17

64.05 LOS DEMAS CALZADOS

6405.10 - Con la parte superior (el corte) de cuero natural, artificial o regenerado PAR 15 PAR-17

6405.20 - Con la parte superior de materias textiles PAR 15 PAR-17

6405.90 - Los demás PAR 15 PAR-17

64.06 PARTES DE CALZADOS; PLANTILLAS, TALONERAS Y ARTICULOS SIMILARES AMOVIBLES; POLAINAS, BOTINES Y ARTICULOS SIMILARES Y SUS PARTES

6406.10 - Cortes aparados y sus partes, con exclusión de los contrafuertes y punteras duras KB 15 KN-06

6406.20 - Suelas y tacones, de caucho o de plástico KB 15 KN-06

6406.91 - De madera KB 15 KN-06

6406.99 - De otras materias KB 15 KN-06

CAPITULO 65

ARTICULOS DE SOMBRERIA Y SUS PARTES

CAPITULO 65

ARTICULOS DE SOMBRERIA Y SUS PARTES

Notas.

1.

Esta capítulo no comprende: a) los artículos de sombrería usados de la partida 63.09; b) los artículos de sombrería de amianto (p. 68.12) c) los artículos de sombrería que tengan las características de juguetes, tales, como los sombreros de muñecas y los artículos de carnaval (capítulo 95) 2. La partida 65.02 no comprende los cascos o formas confeccionados por costura, excepto los que se obtienen por unión de bandas simplementes cosidas en espiral.

65.01 6501.00 CASCOS SIN FORMA NI ACABADO, PLATOS (DISCOS) Y BANDAS (CILINDROS), AUNQUE ESTEN CORTADAS EN EL SENTIDO DE LA ALTURA, DE FIELTRO, PARA SOMBREROS KL 15 KN-06

65.02 6502.00 CASCOS PARA SOMBREROS, TRENZADOS O FABRICADOS POR UNION DE BANDAS DE CUALQUIER MATERIA, SIN FORMAR, ACABAR NI GUARNECER KL 15 KN-06

65.03 6503.00 SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS DE FIELTRO FABRICADOS CON CASCOS O PLATOS DE LA PARTIDA 65.01, INCLUSO GUARNECIDOS KL 15 KN-06

65.04 6504.00 SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS, TRENZADOS O FABRICADOS POR UNION DE BANDAS DE CUALQUIER MATERIA, INCLUSO GUARNECIDOS KL 15 KN-06

65.05 SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS, DE PUNTO, DE ENCAJE, DE FIELTRO O DE OTROS PRODUCTOS TEXTILES EN PIEZA (PERO NO EN BANDAS), INCLUSO GUARNECIDOS: REDECILLAS Y REDES PARA EL CABELLO, DE CUALQUIER MATERIA, INCLUSO GUARNECIDAS

6505.10 - Redecillas y redes para el cabello KL 15 KN-06

6505.90 - Los demás KL 15 KN-06

65.06 LOS DEMAS SOMBREROS Y TOCADOS, INCLUSO GUARNECIDOS

6506.10 - Cascos de seguridad KL 15 KN-06

6506.91 - De caucho o de plástico KL 15 KN-06

6506.92 - De peletería natural KL 15 KN-06

6506.99 - De las demás materias KL 15 KN-06

65.04 6507.00 DESUDADORES, FORROS, FUNDAS, ARMADURAS, VISERAS, BARBOQUEJOS, PARA SOMBRERIA KL 15 KN-06

CAPITULO 66

PARAGUAS, SOMBRILLAS, QUITASOLES, BASTONES, BASTONES ASIENTO, LATIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES

CAPITULO 66

PARAGUAS, SOMBRILLAS, QUITASOLES, BASTONES, BASTONES ASIENTO, LATIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES

Notas. 1. Este capítulo no comprende: a) los bastones - medida y similares (p. 91.07) b) bastones escopeta, bastones estoque, bastones plomados y similares (capítulo 93); c) los artículos del capítulo 95 (por ejemplo: los paraguas y sombrillas manifiestamente destinados al entretenimiento de los niños) 2. La partida 66.03, no comprende los accesorios de materia textil, las vainas, fundas, borlas, dragonas y similares, de cualquier materia, para los artículos de las partidas 66.01 ó 66.02. Estos accesorios se clasifican separadamente, incluso cuando se presenten con los artículos a los que se destinen pero sin montar en dichos artículos

66.01 PARAGUAS, SOMBRILLAS Y QUITASOLES (INCLUIDOS LOS PARAGUAS - BASTON, LOS QUITASOLES - TOLDO Y ARTICULOS SIMILARES)

6601.10 - Quitasoles - toldo y artículos similares KB 15 KN-06

6601.91 - Con astil o mango telescópico KB 15 KN-06

6601.9110 - Paraguas KB 15 KN-06

6601.9190 - Los demás KB 15 KN-06

6601.99 - Los demás KB 15 KN-06

6601.9910 - Paraguas KB 15 KN-06

6601.990 - Los demás KB 15 KN-06

66.02 6602.00 BASTONES BASTONES - ASIENTO, LATIGOS FUSTAS, Y ARTICULOS SIMILARES KB 15 KN-06

66.03 PARTES, GUARNICIONES Y ACCESORIOS PARA LOS ARTICULOS DE LAS PARTIDAS 66.01 ó 66.02

6603.10 - Puños y pomos KB 15 KN-06

6603.20 - Monturas ensambles, incluso con el astil o mango, para paraguas, sombrillas o quitasoles KB 15 KN-06

6603.90 - Los demás KB 15 KN-06

CAPITULO 67

PLUMAS Y PLUMEN PREPARADOS Y ARTICULOS DE PLUMAS O PLUMON; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLOS

CAPITULO 67

PLUMAS Y PLUMEN PREPARADOS Y ARTICULOS DE PLUMAS O PLUMON; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLOS

Notas.

1.

Este capítulo no comprende: a) los capachos de cabellos (p. 59.11); b) los motivos florales de encaje, de bordados u otros tejidos (sección XI); c) el calzado (capítulo 64); d) los artículos de sombrerería y las redecillas y redes para el cabello (capítulo 65); e) los juguetes, los artefactos deportivos y los artículos de carnaval (capítulo 96) 2. La partida 67.01 no comprende: a) los artículos en los que las plumas o el plumón sean únicamente material de relleno y principalmente los artículos de cama de la partida 94.04; b) las prendas y complementos de vestir, en los que las plumas o el plumón sean simples adornos o material de relleno; c) las flores, follajes y sus partes y los artículos confeccionados de la partida 67.02 3. La partida 67.02 no comprende: a) los artículos de vidrio (capítulo 70); b) las imitaciones de flores, de follajes o de frutos, de cerámica, piedra, metal, madera, etec., de una sola pieza obtenidas por moldeo, forjando, cincelado, estampado o por cualquier otro procedimiento ni las formadas por varias partes unidas por procedimiento distintos del atado, pegado, encajado u otros análogos.

67.01 6701.00 PIELES Y OTRAS PARTES DE AVES CON LAS PLUMAS O EL PLUMON; PLUMAS, PARTES DE PLUMAS, PLUMON Y ARTICULOS DE ESTAS MATERIAS, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA 05.05 Y LOS CAÑONES Y ASTILES DE PLUMAS, TRABAJADOS KL 15 KN-06

67.02 FLORES, FOLLAJES Y FRUTOS, ARTIFICIALES Y SUS PARTES; ARTICULOS CONFECCIONADOS CON FLORES, FOLLAJES O FRUTOS, ARTIFICIALES

6702.10 - De plástico KL 15 KN-06

6702.90 - De las demás materias KL 15 KN-06

67.03 6703.00 CABELLOS PEINADO, AFINADO, BLANQUEADO O PREPARADO DE OTRA FORMA; LANA, PELOY OTRAS MATERIAS TEXTILES, PREPARADOS PARA LA FABRICACION DE PELUCAS O DE ARTICULOS SIMILARES KL 15 KN-06

67.04 PELUCAS, BARBAS, CEJAS, PESTAÑAS, MECHONES Y ARTICULOS ANALOGOS, DE CABELLO, DE PELO O DE MATERIAS TEXTILES; MANUFACTURAS DE CABELLO NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRAS PARTIDAS

6704.11 - Pelucas completas KL 15 KN-06

6704.19 - Los demás KL 15 KN-06

6704.20 - De cabello KL 15 KN-06

6704.90 - De las demás materias KL 15 KN-06

SECCION XIII

MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO, CEMENTO, AMIANTO, MICA O MATERIAS ANALOGOAS, PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO

CAPITULO 68

MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO, CEMENTO, AMIANTO, MICA O MATERIAS ANALOGAS

SECCION XIII

MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO, CEMENTO, AMIANTO, MICA O MATERIAS ANALOGOAS, PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO

CAPITULO 68

MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO, CEMENTO, AMIANTO, MICA O MATERIAS ANALOGAS

Notas.

1.

Este capítulo no comprende: a) los artículos del capítulo 25; b) el papel y cartón estocado, recubierto, impregnado o revestido de las partidas 48.10 ó 48.11 (por ejemplo: los recubiertos de polvo de mica o de gráfito, el papel y cartón embetunado o asfaltado); c) los tejidos y otras superficies textiles de los capítulos 56 ó 59, recubiertos, impregnados o revestidos (por ejemplo: los recubiertos de polvo de mica, de betún o de asfalto); d) los artículos del capítulo 71; e) las herramientas y partes de herramientas del capítulo 82; f) las piedras litográficas de la partida 84.42; g) los aisladores eléctricos (p. 85.46) y las piezas aislantes de la partida 85.47; h) las pequeñas muelas para tornos de dentista (p. 90.18) ij) los artículos del capítulo 91 (por ejemplo: cajas de relojes o de aparatos de relojería); k) los artículos del capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrados y construcciones prefabricadas) l) los artículos del capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos o artefactos deportivos) m) los artículos de la partida 96.02, cuando estén constituidos por las materias mencionadas en la Nota 2 b) del capítulo 96, los artículos de la partida 96.06 (por ejemplo: botones), de la partida 96.09 (por ejemplo: pizarrines) o de la partida 96.10 (por ejemplo: pizarras para escribir o dibujar); n) los artículos del capítulo 97 (por ejemplo: objetos de arte) 2. En la partida 68.02 la denominación piedra de talla o de construcción trabajada, se aplica, no solo a las piedras de las partidas 25.15 ó 25.16, sin también a todas las piedras naturales (por ejemplo: cuarcita, sílex, dolomita, esteatita) trabajadas de la misma forma, con excepción de la pizarra.

68.01 6801.00 ADOQUINES, ENCINTADOS Y LOSAS PARA PAVIMENTOS DE PIEDRA NATURAL (EXCEPTO LA PIZARRA) KB 15 KN-06

68.02 PIEDRA DE TALLA O DE CONSTRUCCION TRABAJADA (EXCEPT LA PIZARRA) Y SUS MANUFACTURAS (CON EXCLUSION DE LAS DE LA PARTIDA 68.01); CUBOS, DADOS Y ARTICULOS SIMILARES, PARA MOSAICOS, DE PIEDRA NATURAL (INCLUIDA LA PIZARRA), AUNQUE ESTEN SOBRE SOPORTE; GRANULOS, TASQUILES (FRAGMENTOS) Y POLVO DE PIEDRA NATURAL (INCLUIDA LA PIZARRA) COLOREADOS ARTIFICIALMENTE.

6802.10 - Losetas, cubos, dados y artículos similares de cualquier forma en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm; gránulos, tasquiles (fragmentos) y polvo, coloreados artificialmente KB 15 KN-06

6802.21 - Mármol, travertinos y alabastro KB 15 KN-06

6802.22 - Las demás piedras calizas KB 15 KN-06

6802.23 - Granito KB 15 KN-06

6802.29 - Las demás piedras KB 15 KN-06

6802.91 - Mármol, travertinos y alabastro KB 15 KN-06

6802.92 - Las demás piedras calizas KB 15 KN-06

6802.93 - Granito KB 15 KN-06

6802.99 - Las demás piedras KB 15 KN-06

68.03 6803.00 PIZARRA NATURAL TRABAJADA Y MANUFACTURAS DE PIZARRA NATURAL O AGLOMERADA KB 15 KN-06

68.04 MUELAS Y ARTICULOS SIMILARES, SIN BASTIDOR, PARA MOLER, DESFIBRAR, TRITURAR, AFILAR, PULIR, RECTIFICAR, CORTAR O TROCEAR, PIEDRAS DE AFILAR O PULIR A MANO, Y SUS PARTES, DE PIEDRA NATURAL, DE ABRASIVOS NATURALES O ARTIFICIALES AGLOMERADOS O DE CERAMICA, INCLUSO CON PARTES DE OTRAS MATERIAS

6804.10 - Muelas para moler o desfibrar

6804.1010 - De piedras naturales KB 15 KN-06

6804.1090 - Las demás KB 15 KN-06

684.21 - De diamante natural o sintético aglomerado KB 15 KN-06

6804.22 - De los demás abrasivos aglomerados o de cerámica KB 15 KN-06

6804.23 - De piedras naturales KB 15 KN-06

6804.30 - Piedras de afilar o pulir a mano KB 15 KN-06

6804.3010 - De piedras naturales KB 15 KN-06

6804.3090 - Las demás KB 15 KN-06

68.05 ABRASIVOS NATURALES O ARTIFICIALES EN POLVO O EN GRANULOS CON SOPORTES DE PRODUCTOS TEXTILES, PAPEL, CARTON U OTRAS MATERIAS, INCLUSO RECORTADOS, COSIDOS O UNIDOS DE OTRA FORMA

6805.10 - Con soporte de tejidos de materias textiles solamente KB 15 KN-06

6805.20 - Con soporte de papel o cartón solamente KB 15 KN-06

6805.30 - Con soporte de otras materias KB 15 KN-06

68.06 LANA DE ESCORIA, DE ROCA Y LANAS MINERALES SIMILARES: VERMICULITA DILATADA, ARCILLA DILATADA, ESPUMA DE ESCORIA, Y PRODUCTOS MINERALES SIMILARES DILATADOS; MEZCLAS Y MANUFACTURAS DE MATERIAS MINERALES PARA AISLAMIENTO TERMICO O ACUSTICO O PARA LA ABSORCION DEL SONIDO, CON EXCLUSION DE LAS PARTIDAS 68.11, 68.12 O DEL CAPITULO 69

6809.10 - Lana de escoria, de roca y lanas minerales similares, incluso mezclados entre sí, en masas, hojas o rollos KB 15 KN-06

6806.20 - Vermiculita dilatada, arcilla dilatada, espuma de escoria y productos minerales similares dilatados, incluso mezclados entre sí KB 15 KN-06

6806.90 - Los demás KB 15 KN-06

68.07 MANUFACTURAS DE ASFALTO O DE PRODUCTOS SIMILARES (POR EJEMPLO: PEZ DE PETROLEO O BREA)

6807.10 - En rollos KB 15 KN-06

6807.90 - Los demás KB 15 KN-06

68.08 6808.00 PANALES, PLANCHAS, BALDOSAS, BLOQUES Y ARTICULOS SIMILARES, DE FIBRAS VEGETALES, DE PAJA O DE VIRUTA, PLAQUITAS, PARTICULAS ASERRIN U OTROS DESPERDICIOS DE MADERA, AGLOMERADOS CON CEMENTO, YESO U OTROS AGLUTINANTES MINERALES

68.09 MANUFACTURAS DE YESO O DE PREPARACIONES A BASE DE YESO

6809.11 - Revestidos o reforzados exclusivamente con papel o cartón KB 15 KN-06

6809.19 - Los demás KB 15 KN-06

6809.90 - Las demás manufacturas KB 15 KN-06

68.10 MANUFACTURAS DE CEMENTO, DE HORMIGON O DE PIEDRA ARTIFICIAL, INCLUSO ARMADAS

6810.11 - Bloques y ladrillos para la construcción KB 15 KN-06

6810.19 - Los demás KB 15 KN-06

6810.20 - Tubos KB 15 KN-06

6810.91 - Elementos prefabricados para la construcción o la ingeniería KB 15 KN-06

6810.99 - Las demás KB 15 KN-06

68.11 MANUFACTURAS DE AMIANTO - CEMENTO, CELULOSA - CEMENTO O SIMILARES

6811.10 - Placas onduladas KB 15 KN-06

6811.20 - Las demás placas, paneles, baldosas, tejas y artículos similares KB 15 KN-06

6811.30 - Tubos, fundas y accesorios de tubería KB 15 KN-06

6811.90 - Las demás manufacturas KB 15 KN-06

68.12 AMIANTO TRABAJADO EN FIBRAS; MEZCLAS A BASE DE AMIANTO O A BASE AMIANTO Y CARBONATO DE MAGNESIO: MANUFACTURAS DE ESTAS MEZCLAS O DE AMIANTO (POR EJEMPLO: HILADOS, TEJIDOS, PRENDAS DE VESTIR, SOMBRERIA, CALZADO O JUNTAS), INCLUSO ARMADAS, EXCEPTO LAS DE LAS PARTIDAS 68.11 ó 68.13

6812.10 - Amianto trabajado en fibras: mezclas a base de amianto o a base de amianto y carbonato de magnesio KB 15 KN-06

6812.20 - Hilados KB 15 KN-06

6812.30 - Cuerdas y cordones, incluso trenzados KB 15 KN-06

6812.40 - Tejidos, incluso de punto KB 15 KN-06

6812.50 - Prendas y complementos de vestir calzados y sombrería KB 15 KN-06

6812.60 - Papel, cartón y fieltro KB 15 KN-06

6812.70 - Hojas de amianto, elastómetro, comprimidos, para juntas, incluso presentadas en rollos KB 15 KN-06

6812.90 - Las demás KB 15 KN-06

68.13 GUARNICIONES DE FRICCION (POR EJEMPLO: PLACAS, ROLLOS, BANDAS, SEGMENTOS, DISCOS, ARANDELAS O PLAQUITAS) SIN MONTAR, PARA FRENOS, EMBRAGUES O CUALQUIER ORGANO DE FROTAMIENTO, A BASE DE AMIANTO, DE OTRAS SUSTANCIAS MINERALES O DE CELULOSA, INCLUSO COMBINADAS CON TEXTILES U OTRAS MATERIAS

6310.10 - Guarniciones para frenos KB 15 KN-06

6813.90 - Los demás KB 15 KN-06

68.14 MICA TRABAJADA Y MANUFACTURAS DE MICA, INCLUIDA LA MICA AGLOMERADA O RECONSTITUIDA, INCLUSO CON SOPORTE DE PAPEL, CARTON U OTRAS MATERIAS

6814.10 - Placas, hojas y bandas de mica aglomeradas o reconstituidas, incluso con soporte KB 15 KN-06

6814.90 - Las demás KB 15 KN-06

68.15 MANUFACTURAS DE PIEDRA O DE OTRAS MATERIAS MINERALES (INCLUIDAS LAS MANUFACTURAS DE TURBA), NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRAS PARTIDAS

6815.10 - Manufacturas de grafito o de otros carbones para usos distintos de los eléctricos KB 15 KN-06

6815.20 - Manufacturas de turba KB 15 KN-06

6815.91 - Que contengan magnesita, dolomita o cromita KB 15 KN-06

6815.99 - Las demás KB 15 KN-06

CAPITULO 69

PRODUCTOS CERAMICOS

CAPITULO 69

PRODUCTOS CERAMICOS

Notas.

1.

Este capítulo sólo comprende los productos cerámicos conocidos después de darle forma. Las partidas 69.04 a 69.14 comprenden exclusivamente los productos que no puedan clasificarse en las partidas 69.01 a 69.03. 2. Este capítulo no comprende: a) los productos de la partida 28.44; b) los artículos del capítulo 71, principalmente los objetos que responden a la definición de bisutería; c) Los "cermets" de la partida 81.13; d) los artículos del capítulo 82; e) los aisladores eléctricos (p. 85.46) y las piezas aislantes de la partida 85.47; f) los dientes artificiales de cerámica (90.21); g) los artículos del capítulo 91 ( por ejemplo: cajas de relojes o de aparatos de relojería) h) los artículos del capítulo 94 ( por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado o construcciones prefabricadas); ij) los artículos del capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos o artefactos deportivos) k) los artículos de la partida 96.06 (por ejemplo: botones) o de la partida 96.14 (por ejemplo: pipas) l) los artículos del capítulo 97 (por ejemplo: objetos de arte)

I. PRODUCTOS DE HARINAS SILICEAS FOSILES O DE TIERRAS SILICEAS ANALOGAS Y PRODUCTOS REFRACTARIOS

69.01 6901.00 LADRILLOS, LOSAS, BALDOSAS Y OTRAS PIEZAS CERAMICAS DE HARINAS SILICEAS FOSILES (POR EJEMPLO: KIESELGUHR, TRIPOLITA O DIATOMITA) O DE TIERRAS SILICEAS ANALOGAS QMB 15 KN-06

69.02 LADRILLOS, LOSAS, BALDOSAS Y PIEZAS CERAMICAS, ANALOGAS DE CONSTRUCCION, REFRACTARIOS, EXCEPTO LOS DE HARINA SILICEAS FOSILES O DE TIERRAS SILIECEAS ANALOGAS

6802.10 - Con un contenido de los elementos Mg, Ca o Cr, en peso, aisladamente o en conjunto, superior a 50% , expresado en MgO, CaO o Cr2O3 QMB 15 KN-06

6902.20 - Con un contenido de alúmina (A12O3) sílice (SiO2) o de una mezcla o combinación de estos productos, en peso, superior a 50% QMB 15 KN-06

6902.90 - Los demás QMB 15 KN-06

69.03 LOS DEMAS ARTICULOS CERAMICOS REFRACTARIOS (POR EJEMPLO: RETORTAS CRISOLES, NUFLAS Y TOBERAS, TAPONES SOPORTES, COPELAS, TUBOS, FUNDAS O VARILLAS), EXCEPTO LOS DE HARINAS SILICEAS FOSILES O DE TIERRAS SILICEAS ANALOGA

6903.10 - Con un contenido de grafito de otras formas de carbono o de una mezcla de estos productos, en peso, superior a 50%

6903.1010 - Retortas y crisoles KB 15 KN-06

6903.1090 - Las demás KB 15 KN-06

6903.20 - Con un contenido de alúmina (A12O3) o de una mezcla o combinación de alúmina y de sílice (SiO2), peso, superior a 50% KB 15 KN-06

6903.2010 - Retortas y crisoles KB 15 KN-06

6903.2090 - Las demás KB 15 KN-06

6903.90 - Los demás KB 15 KN-06

6903.9010 - Retortas y crisoles KB 15 KN-06

6903.9090 - Las demás KB 15 KN-06

II.- LOS DEMAS PRODUCTOS CERAMICOS

69.04 LADRILLOS DE CONSTRUCCION, BOVLDILLAS, CUBREVIGAS Y ARTICULOS SIMILARES DE CERAMICA

6904.10 - Ladrillos de construcción KB 15 KN-06

6904.90 - Los demás KB 15 KN-06

69.05 TEJAS, ELEMENTOS DE CHIMENEA, CONDUCTOS DE HUMO, ORNAMENTOS ARQUITECTONICOS Y OTROS PRODUCTOS CERAMICOS DE CONSTRUCCION

6905.10 - Tejas KB 15 KN-06

6905.90 - Los demás KB 15 KN-06

69.06 6906.00 TUBOS, CANALES Y ACCESORIOS DE TUBERIA DE CERAMICA KB 15 KN-06

69.07 BALDOSAS Y LOSAS DE CERAMICA PARA PAVIMENTACION O REVESTIMIENTO, SIN BARNIZAR NI ESMALTAR; CUBOS DADOS Y ARTICULOS SIMILARES DE CERAMICA PARA MOSAICOS SIN BARNIZAR NI ESMALTAR INCLUSO CON SOPORTE

6907.10 - Baldosas, cubos dados y artículos similares de cualquier forma en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm. KB 15 MT2-15

6907.90 - Los demás KB 15 MT2-15

69.08 BALDOSAS Y LOSAS DE CERAMICA PARA PAVIMENTACION O REVESTIMIENTO, BARNIZADAS O ESMALTADAS; CUBOS, DADOS ARTICULOS SIMILARES DE CERAMICA PARA MOSAICOS, BARNIZADOS O ESMALTADOS INCLUSO CON SOPORTE

6908.10 - Baldosas, cubos dados y artículos similares de cualquier forma en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm KB 15 MT2-15

6908.90 - Los demás KB 15 MT2-15

69.09 APARATOS Y ARTICULOS DE CERAMICA PARA USOS QUIMICOS U OTROS USOS TECNICOS ABREVADEROS, PILAS Y RECIPIENTE SIMILARES DE CERAMICA PARA USOS RURALES CANTAROS Y RECIPIENTES SIMILARES DE TRANSPORTE O ENVASADO

6909.11 - De porcelana KB 15 U-10

6909.19 - Los demás KB 15 U-10

6909.90 - Los demás KB 15 U-10

69.10 FRAGADEROS, LAVABOS PEDESTALES DE LAVABO, BAÑERAS, BIDES, INODOROS, CISTERNAS, URINARIOS Y APARATOS FIJOS SIMILARES, DE CERAMICA, PARA USOS SANITARIOS

6910.10 - De porcelana KB 15 U-10

6910.90 - Los demás KB 15 U-10

69.11 VAJILLAS Y DEMAS ARTICULOS DE USO DOMESTICO DE HIGIENE O DE TOCADOR DE PORCELANA

6911.10 - Artículos para el servicio de mesa o de cocina KB 15 U-10

6911.90 - Los demás KB 15 U-10

69.12 6912.00 VAJILLAS Y DEMAS ARTICULOS DE USO DOMESTICO DE HIGIENE O DE TOCADOR DE CERAMICA, EXCEPTO DE PORCELANA KB 15 U-10

69.13 ESTATUILLAS Y DEMAS OBJETOS DE ADORNO, DE CERAMICA

6913.10 - De porcelana KB 15 U-10

6914.90 - Las demás KB 15 U-10

CAPITULO 70

VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO

CAPITULO 70 VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO Notas.

1.

Este capítulo no comprende: a) los artículos de la partida 32.07 (por ejemplo: composiciones vitrificables, fritas de vidrio y otros vidrios en forma de polvo, granallas, lentejuelas o escamas); b) los artículos del capítulo 71 (por ejemplo: bisutería); c) los cables de fibras ópticas de la partida 85.44, los aisladores (p. 85.46) y las piezas aislantes para electricidad (p. 85.47); d) las fibras ópticas, los elementos de óptica trabajados ópticamente, las jeringas, los ojos artificiales, así como los termómetros, barómetros, aerómetros, densímetros y demás artículos e instrumentos del capítulo 90; e) los aparatos de alumbrado, anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares que tengan una fuente de luz fija para muñecas o para artículos del capítulo 95; g) los botones, pulverizadores, termos y demás artículos del capítulo 96; 2. En las partidas 70.03, 70.04 y 70.05 a) el vidrio elaborado antes del recocido no se considera trabajado: b) el corte en cualquier forma no afecta a la clasificación del vidrio en placas o en hojas; c) se entiende por capas absorbentes o reflectantes, las capas metálicas o de compuestos químicos (por ejemplo: óxidos metálicos), de espesor microscópico, que absorben principalmente los rayos infrarrojos o mejoran las cualidades reflectantes del vidrio sin impedir la transparencia o la traslucidez; 3. Los productos de la partida 70.06 permanecen clasificados en dicha partida, aunque tengan ya el carácter de manufacturas. 4. En la partida 70.19 se consideran lanas de vidrio: a) las lanas minerales con un contenido de sílice (Si02), en peso superior o igual a 60%; b) las lanas minerales con un contenido de sílice (SiO2), en peso inferior al 60% pero con un contenido de óxidos alcalinos (K2 u Na2O), en peso superior al 5% o con un contenido de anhídrido bórico (B2O3), en peso superior al 2%. Las lanas minerales que no cumplan estas condiciones se clasificarán en la partida 68.06. 5. En la Nomenclatura el cuarzo y otras sílices fundidos se consideran vidrio. 1. En las subpartidas 7013.21, 7013.31 y 7013.91, la expresión cristal al plomo sólo comprende el vidrio con un contenido de monóxido de plomo (PbO), en peso, superior o igual al 24%.

70.01 7001.00 DESPERDICIOS Y DESECHOS DE VIDRIO; VIDRIO EN MASA

70.02 VIDRIO EN BOLAS (EXCEPTO LAS MICROESFERAS DE LA PARTIDA 70.18), BARRAS, VARILLAS O TUBOS, SIN TRABAJAR

7002.10 Bolas KB 15 + KN-06

7002.20 - Barras o varillas KB 15 KN-06

7002.31 - De cuarzo o de otras sílices fundidos KB 15 KN-06

7002.32 - De otros vidrios con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5x10-6 por Kelvin, entre 0 °C y

300 °C KB 15 KN-06

7002.39 - Los demás KB 15 KN-06

70.03 VIDRIO COLADO EN PLACAS, HOJAS O PERFILES, INCLUSO CON CAPA ABSORBENTE O REFLECTANTE PERO SIN TRABAJAR DE OTRO MODO

7003.11 - Coloreado en masa, opacificado, plaqué o con capa absorbente o reflectante KB 15 M2/l mm-24

7003.19 - Los demás KB 15 M2/l mm-24

7003.20 - Placas y hojas, armadas KB 15 M2/l mm-24

7003.30 - Perfiles KB 15 M2/l mm-24

70.04 VIDRIO ESTIRADO O SOPLADO, EN HOJAS, INCLUSO CON CAPA ABSORBENTE O REFLECTANTE, PERO SIN TRABAJAR DE OTRO MODO

7004.10 - Vidrio coloreado en masa, opicificado plaqué o con capa absorbente o reflectante KB 15 M2/l mm-24

7004.90 - Los demás vidrios KB 15 M2/l mm-24

70.05 LUMAS (VIDRIO FLOTADO Y VIDRIO DEBASTADO O PULIDO POR UNA O LAS DOS CARAS), EN PLACAS O EN HOJAS, INCLUSO CON CAPA ABSORBENTE O REFLECTANTE, PERO SIN TRABAJAR DE OTRO MODO

7005.10 - Lumas sin armar con capa absorbente o reflectante KB 15 M2/l mm-24

7005.21 - Coloreadas en masa, opicificadas o simplemente debastadas y el plaqué KB 15 M2/l mm-24

7005.29 - Los demás KB 15 M2/l mm-24

7005.30 - Lumas armadas KB 15 M2/l mm-24

70.06 7006.00 VIDRIO EN LAS PARTIDAS 70.03 ó 70.05, CURVADO, BISELADO, GRABADO, TALADRADO, ESMALTADO O TRABAJADO DE OTRO MODO PERO SIN EMMARCAR NI COMBINAR CON OTRAS MATERIAS KB 15 M2/l mm-24

70.07 VIDRIO DE SEGURIDAD CONSTITUIDO POR VIDRIO TEMPLEADO O FORMADO POR HOJAS ENCOLADAS

7007.11 - De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles aeronaves, barcos u otros vehículos KB 15 M2/l mm-24

7007.19 - Los demás KB 15 M2/l mm-24

7007.21 - De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles aeronaves, barcos u otros vehículos KB 15 M2/l mm-24

7007.29 - Los demás KB 15 M2/l mm-24

70.08 7008.00 VIDRIERAS AISLANTES DE PAREDES MULTIPLES KB 15 M2/l mm-24

70.09 ESPEJOS DE VIDRIO CON MARCO O SIN EL INCLUIDOS LOS ESPEJOS RETROVISORES

7009.10 - Espejos retrovisores para vehículos KB 15 M2/l mm-24

7009.91 - Sin marco KB 15 M2/l mm-24

7009.92 - Con marco KB 15 M2/l mm-24

70.10 BOMBONAS, BOILLAS, FRASCOS, TARROS, POTES, ENVASES, TUBULARES, AMPOLLAS Y DEMAS RECIPIENTES PAR EL TRANSPORTE O ENVASADO, DE VIDRIO: TARROS DE VIDRIO PARA CONSERVAS: TAPONES, TAPAS Y DEMAS DISPOSITIVOS DE CIERRE, DE VIDRIO

7010.10 - Ampollas KL 15 KN-06

7010.90 - Los demás KB 15 KN-06

7010.9010 - Botellas para bebidas KB 15 KN-06

7010.9090 - Los demás KB 15 KN-06

70.11 AMPOLLAS Y ENVOLTURAS TUBULARES, ABIERTAS Y SUS PARTES, DE VIDRIO, SIN GUARNICIONES, PARA LAMPARAS ELECTRICAS, TUBOS CATODICOS O SIMILARES

7011.10 - Para alumbrado eléctrico KB 15 KN-06

7011.20 - Para tubos catódicos KB 15 KN-06

70.12 7012.00 AMPOLLAS DE VIDRIO PARA TERMONS U OTROS RECIPIENTES ISOMETRICO AISLADOS POR VACIO KB 15 KN-06

70.13 OBJETOS DE VIDRIO PARA EL SERVICIO DE MESA, DE COCINA, DE TOCADOR, DE OFICINA, DE ADORNO DE INTERIORES O USOS SIMILARES EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS 70.10 ó 70.18

7013.10 - Objetos de vitrocerámica KB 15 KN-06

7013.21 - De cristal al plomo KB 15 KN-06

7013.29 - Los demás KB 15 KN-06

7013.31 - De cristal al plomo KB 15 KN-06

7013.32 - De vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5x10-6 por y 300 °C KB 15 KN-06

7013.39 - Los demás KB 15 KN-06

7013.91 - De cristal al plomo KB 15 KN-06

7013.99 - Los demás KB 15 KN-06

70.14 7014.00 VIDRIO PARA SEÑALIZACION Y ELEMENTOS DE OPTICA DE VIDRIO (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 70.15) SIN TRABAJAR OPTICAMENTE KB 15 KN-06

70.15 CRISTALES PARA RELOJES Y CRISTALES ANALOGOS, CRISTALES PARA GAFAS, INCLUSO CORRECTORES, ABOMBADOS, CURVADOS, AHUECADOS O SIMILARES, SIN TRABAJAR OPTICAMENTE: ESFERAS HUECAS Y CASQUETES ESFERICOS, DE VIDRIO PARA LA FABRICACION DE ESTOS CRISTALES

7015.10 - Cristales para gafas correctoras KB 15 KN-06

7015.90 - Los demás KB 15 KN-06

70.16 ADOQUINES, LOSAS, LADRILLOS, BALDOSAS, TEJAS Y DEMAS ARTICULOS DE VIDRIO PRENSADO O MOLDEADO, INCLUSO ARMADOS, PARA LA CONSTRUCCION; CUBOS, DADOS Y ARTICULOS SIMILARES DE VIDRIO, INCLUSO CON SOPORTE, PARA MOSAICOS O DECORACIONES SIMILARES; VIDRIERAS ARTISTICAS: VIDRIO "MULTICELULAR" O VIDRIO "ESPUMA", EN BLOQUES, PANELES, PLACAS, COQUILLAS O FORMAS SIMILARES.

7016.10 - Cubos, dados y artículos similares de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares KB 15 KN-06

7016.90 - Los demás KB 15 KN-06

70.17 ARTICULOS DE VIDRIO PARA LABORATORIO HIGIENE O FARMACIA, INCLUSO GRADUADOS O CALIBRADOS

7017.10 - De cuarzo o de otras sílices, fundidos KB 15 KN-06

7017.20 - De los demás vidrios con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5x10-6 por Kelvin, entre 0 °C y 300 °C KB 15 KN-06

7017.90 - Los demás KB 15 KN-06

70.18 CUENTAS DE VIDRIO, IMITACIONES DE PERLAS FINAS O CULTIVADAS, IMITACIONES DE PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS Y ARTICULOS SIMILARES DE ABALDORIO Y SUS MANUFACTURAS (EXCEPTO LA BISTUERIA) OJOS DE VIDRIO, EXCEPTO LOS DE PROTESIS: ESTATUILLAS, Y DEMAS OBJETOS DE ORNAMENTACION DE VIDRIO TRABAJADO AL SOPLETE (VIDRIO AHILADO), EXCEPTO LA BISUTERIA: MICROESFERAS DE VIDRIO CON UN DIAMETRO INFERIOR O IGUAL A 1 mm.

7018.10 - Cuentas de vidrio, imitaciones de perlas finas o cultivas, imitaciones de piedras preciosas y semipreciosas y artículos similares de abalorio KL 15 KN-06

7018.20 - Microesfera de vidrio con un diámetro inferior o igual a 1 mm KL 15 KN-06

7018.90 - Los demás KB 15 KN-06

70.19 FIBRA DE VIDRIO (INCLUIDA LA LANA DE VIDRIO) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS (POR EJEMPLO: HILADOS O TEJIDOS)

7019.10 - Mechas (incluso con torsión) e hilados, incluso cortados KB 15 KN-06

7019.20 - Tejidos, incluidas las cintas KB 15 KN-06

7019.31 - Mats KB 15 KN-06

7019.32 - Velos KB 15 KN-06

7019.39 - Los demás KB 15 KN-06

7019.90 - Los demás KB 15 KN-06

70.20 7020.00 LAS DEMAS MANUFACTURAS DE VIDRIO KB 15 KN-06

SECCION XIV

PERLAS FINAS O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS O SIMILARES, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS EN METALES PRECIOSOS Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA: MONEDAS

CAPITULO 71

PERLAS FINAS O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS O SIMILARES, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS EN METALES PRECIOSOS Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA: MONEDAS

SECCION XIV

PERLAS FINAS O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS O SIMILARES, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS EN METALES PRECIOSOS Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA: MONEDAS

CAPITULO 71

PERLAS FINAS O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS O SIMILARES, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS EN METALES PRECIOSOS Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA: MONEDAS

Nota.

1.

Sin perjuicio de la aplicación de la Nota 1 a) de la sección VI y de las excepciones previstas a continuación, se incluye en este capítulo cualquier artículo compuesto total o parcialmente: a) de perlas finas o cultivas de piedras preciosas, semipreciosas, sintéticas o reconstituidas: o b) de metales preciosos o de chapados de metales preciosos. 2. a) Las partidas 71.13, 71.14 y 71.15 no comprenden los artículos en los que metales preciosos o los chapados de metales preciosos sean únicamente simples accesorios o adornos de mínima importancia (por ejemplo: iniciales, monogramas virolas o orlas); el apartado b) de la Nota 1 que precede no incluye estos objetos (*) b) En la partida 71.16 sólo se clasifican los artículos que no lleven metales preciosos ni chapados de metales preciosos o que llevándolos sólo sean meros accesorios o adornos de mínima importancia. 3. Este capítulo no comprende: a) las amalgamas de metales preciosos y los metales preciosos en estado coloidal (p. 28.43); b) las ligaduras estériles para suturas quirúrgicas, los productos de obturación dental y demás artículos del capítulo 30; c) los artículos del capítulo 32 (por ejemplo: abrillantadores líquidos) d) los bolsos de mano y demás artículos de la partida 42.02 y los artículos de la partida 42.03; e) los artículos de las partidas 43.03 ó 43.04; f) los productos de la sección XI (materias textiles y artículos de estas materias); g) el calzado, la sombrería y demás artículos de los capítulos 64 ó 65 h) los paraguas, bastones y demás artículos del capítulo 66; ij) los artículos guarnecidos con polvo de piedras preciosas, semipreciosas o sintéticas que sean manufacturas de abrasivos de las partidas 68.04 ó 68.05 o bien herramientas del capítulo 82; las herramientas o artículos del capítulo 82 cuya parte operante está constituida por piedras preciosas, semipreciosas, sintéticas o reconstituidas; las máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes de la sección XVI. Sin embargo, los artículos y las partes de estos artículos constituidos totalmente por piedras preciosas, semipreciosas, sintéticas o reconstituidas quedan comprendidos en este capítulo, con excepción de los zafiros y diamantes trabajados sin montar para agujas de fonocaptores (p. 85.22); k) los artículos de los capítulos 90, 91 ó 92 (instrumentos científicos, relojería o instrumentos de música); l) las armas y sus partes (capítulo 93); m) los artículos contemplados en la Nota 2 del capítulo 95; n) los artículos del capítulo 96, excepto los de las partidas 96.01 a 96.06 ó 96.15; o) las obras originales de estatuaria o de escultura (p. 97.03), los objetos de colección (p. 97.05) y las antigüedades de más de cien años (p. 97.06). Sin embargo, las perlas finas o cultivadas y las piedras preciosas o simipreciosas se clasifican en este capítulo. 4. a) Se entenderá por metales preciosos la plata, el oro y el platino. b) el término platino abarca el platino, el iridio, el osmio, el paladio, el radio y el rutanio; c) los términos piedras preciosas, semipreciosas, sintéticas o reconstituidas no incluyen las materias mencionadas en la Nota 2 b) del capítulo 96. 5. En este capítulo se consideran aleaciones de metales preciosos, las aleaciones (incluidas las mezclas sintetirizadas y los compuestos intermetálicos) que contengan uno o varios metales preciosos, siempre que el peso del metal precioso o de uno de los metales preciosos sea superior o igual al 2% del peso de la aleación. Las aleaciones de metales preciosos se clasifican como sigue:

a)

las aleaciones con un contenido de platino, en peso, superior o igual al 2% se clasifican como aleaciones de platino; b) las aleaciones con un contenido de oro, en peso, superior o igual al 2% pero sin platino o con un contenido de platino, en peso inferior al 2% se clasifican como aleaciones de oro; c) las demás aleaciones comprendidas en este capítulo se clasifican como aleaciones de plata. 6. En la Nomenclatura, salvo disposiciones en contrario, cualquier referencia a metales preciosos o a uno o varios metales preciosos mencionados específicamente, se extiende también a las aleaciones clasificadas con dichos metales por aplicación de la Nota 5. La expresión metal precioso no comprende los artículos definidos en la Nota 7 ni los metales comunes o las materias no metálicas, platinados, dorados o plateados. 7. En la Nomenclatura se entiende por chapados de metales preciosos los artículos con un soporte de metal en los que una o varias caras estén recubiertas con metales preciosos por soldadura, laminado en caliente o por un procedimiento mecánico similar. Salvo disposiciones en contrario, los artículos de metales comunes incrustados con metales preciosos se consideran chapados.

(*) La parte subrayada de la Nota 2 a) se considera discrecional

8.

En la partida 71.13, se entiende por artículos de joyería. a) Los pequeños objetos utilizados como adorno personal (por ejemplo: sortijas, pulseras, collares, broches, pendientes, cadenas de reloj, dijes, colgantes, alfileres de corbata, gemelos, medallas o insignias, religiosas u otras); b) los artículos de uso personal que se llevan sobre la persona así como los artículos de bolsillo o de bolso (por ejemplo: cigarreras, pilleteras, petacas, bomboneras, polveras, monederos de malla o rosarios). 9. En la partida 71.14, se entiende por artículos de orfebrería, los objetos, tales como servicios de mesa, de tocador, de despacho, de fumador, los objetos de adorno de interiores y los artículos para el culto. 10. En la partida 71.17, se entiende por bisutería, los artículos de la misma naturaleza que los definidos en la Nota 8 a) (excepto los botones y demás artículos de la partida 96-06, las peinetas, pasadores y similares, así como las horquillas para el cabello de la partida 96.15), que no tengan perlas finas o cultivadas, piedras preciosas simipreciosas, sintéticas o reconstituidas ni metales preciosos o chapados de metales preciosos, salvo que dichos metales sean guarniciones o accesorios de mínima importancia.

Notas de subpartidas

1.

En las subpartidas 7106.10, 7108.11, 7110.11, 7110.21, 7110.31 y 7110.41, los términos polvo y en polvo comprenden los productos que pasen a través de un tamiz con una abertura de malla de 0,5 mm. en una proporción superior o igual al 90% en peso. 2 A pasar de las disposiciones de la Nota 4 b) de este capítulo, en las subpartidas 7110.11 y 7110.19, el término platino no incluye el iridio, osmio, paladio, radio ni rutenio. 3. Para la clasificación de las aleaciones de las subpartidas de la partida 71.10, cada aleación se clasificará con la del metal: platino, paladio, rodio, iridio, osmio o rutenio, que predomine en peso sobre cada uno de los demás.

I.- PERLAS FINAS O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS, SEMIPRECIOSAS Y SIMILARES

71.01 PERLAS FINAS O CULTIVADAS, INCLUSO TRABAJADAS O CLASIFICADAS, PERO SIN ENSARTAR, MONTAR NI ENGARZAR; PERLAS FINAS O CULTIVADAS, SIN CLASIFICAR, ENFILADAS TEMPORALMENTE PARA FACILITAR EL TRANSPORTE

7101.10 - Perlas finas GN 15 GN-07

7101.21 - En bruto GN 15 GN-07

7101.22 - Trabajadas GN 15 GN-07

71.02 DIAMANTES, INCLUSO TRABAJADOS SIN MONTAR NI ENGARZAR

7102.10 - Sin clasificar GN 15 GN-07

7102.21 - En bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados GN 15 GN-07

7102.29 - Los demás GN 15 GN-07

7102.31 - En bruto o simplemente aserrados exfoliados o desbastados GN 15 GN-07

7102.39 - Los demás GN 15 GN-07

71.03 PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS, EXCEPTO LOS DIAMANTES, INCLUSO TRABAJADAS O CLASIFICADAS, SIN ENSARTAR, MONTAR NI ENGARZAR: PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS, EXCEPTO LOS DIAMANTES, SIN CLASIFICAR, ENFILADAS TEMPORALMENTE PARA FACILITAR EL TRANSPORTE.

7103.10 - En bruto o simplemente aserradas o desbastadas GN 15 GN-07

7103.91 - Rubíes, zafiros y esmeralda GN 15 GN-07

7103.99 - Los demás GN 15 GN-07

71.04 PIEDRAS SINTETICAS O RECONSTITUIDAS, INCLUSO TRABAJADAS O CLASIFICADAS, SIN ENFILAR, MONTAR NI ENGARZAR: PIEDRAS SINTETICAS O RECONSTITUIDAS, SIN CLASIFICAR ENFILADAS TEMPORALMENTE PARA FACILITAR EL TRANSPORTE

7104.10 - Cuarzo piezoeléctrico GN 15 GN-07

7104.20 - Las demás en bruto o simplemente aserradas o debastadas GN 15 GN-07

7104.90 - Los demás GN 15 GN-07

71.05 POLVO DE PIEDRAS PRECIOSAS, SEMIPRECIOSAS O SINTETICAS

7105.10 - De diamante KB 15 GN-07

7105.90 - Los demás KB 15 GN-07

II.- METALES PRECIOSOS Y CHAPADOS DE METALES PRECIOSOS

71.06 PLATA INCLUIDA LA PLATA DORADA Y LA PLATINADA, EN BRUTO, SEMILABRADA O EN POLVO

7106.10 - Polvo GN 15 KNFC-18

7106.91 - En bruto GN 15 KNFC-18

7106.9110 - Sin alear GN 15 KNFC-18

7106.9120 - Aleada GN 15 KNFC-18

7106.92 - Semilabrada GN 15 KNFC-18

71.07 7107.00 CHAPADOS DE PLATA SOBRE METALES COMUNES EN BRUTO O SIMILABRADOS GN 15 KN-06

71.08 ORO INCLUIDO EL ORO PLATINADO, EN BRUTO, SEMILABRADO O EN POLVO

7108.11 - Polvo GN 15 KNFC-18

7108.12 - Las demás formas en bruto GN 15 KNFC-18

7108.13 - Las demás formas semilabradas GN 15 KNFC-18

7108.20 - Para uso monetario GN 15 KNFC-18

71.09 7109.00 CHAPADOS DE ORO SOBRE METALES COMUNES O SOBRE PLATA, EN BRUTO O SEMILABRADOS GN 15 KN-06

71.10 PLATINO EN BRUTO, SEMILABRADO O EN POLVO

7110.11 - En bruto o en polvo GN 15 KNFC-18

7110.12 - Las demás formas en bruto GN 15 KNFC-18

7110.13 - Las demás formas semilabradas GN 15 KNFC-18

7108.20 - Para uso monetario GN 15 KNFC-18

71.09 7109.00 CHAPADOS DE ORO SOBRE METALES COMUNES O SOBRE PLATA, EN BRUTO O SEMILABRADOS GN 15 KN-06

71.10 PLATINO EN BRUTO, SEMILABRADO O EN POLVO

7110.11 - En bruto o en polvo GN 15 KNFC-18

7110.19 - Los demás GN 15 KNFC-18

7110.21 - En bruto o en polvo GN 15 KNFC-18

7110.29 - Los demás GN 15 KNFC-18

7110.31 - En bruto o en polvo GN 15 KNFC-18

7110.39 - Los demás GN 15 KNFC-18

7110.41 - En bruto o en polvo GN 15 KNFC-18

7110.49 - Los demás GN 15 KNFC-18

71.11 7111.00 CHAPADOS DE PLATINO SOBRE METALES COMUNES, SOBRE PLATA O SOBRE ORO, EN BRUTO O SEMILABRADO GN 15 KN-06

71.12 DESPERDICIOS Y RESIDUOS, DE METALES PRECIOSOS O DE CHAPADOS DE METALES PRECIOSOS.

7112.10 - De oro o de chapados de oro, con exclusión de las cenizas de orfebrería que contengan otros metales preciosos GN 15 KNFC-18

7112.20 - De platino o de chapados de platino con exclusión de las cenizas de orfebrería que contengan otros metales preciosos GN 15 KNFC-18

7112.90 - Los demás GN 15 KNFC-18

III. JOYERIA Y DEMAS MANUFACTURAS

71.13 ARTICULOS DE JOYERIA Y SUS PARTES, DE METALES PRECIOSOS O DE CHAPADOS DE METALES PRECIOSOS

7113.11 - De plata, incluso revestidos o chapados de otros metales preciosos GN 15 KN-06

7113.19 - De otros metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metales preciosos GN 15 KN-06

7113.20 - De chapados de metales preciosos sobre metales comunes GN 15 KN-06

71.14 ARTICULOS DE ORFEBRERIA Y SUS PARTES DE METALES PRECIOSOS O DE CHAPADOS DE METALES PRECIOSOS

7114.19 - De otros metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metales preciosos GN 15 KN-06

7114.20 - De chapados de metales preciosos sobre metales comunes GN 15 KN-06

71.15 LAS DEMAS MANUFACTURAS DE METALES PRECIOSOS O DE CHAPADOS DE METALES PRECIOSOS

7115.10 - Catalizadores en forma de tales o enrejados de platino KL 15 KN-06

7115.90 - Los demás KL 15 KN-06

71.16 MANUFACTURAS DE PERLAS FINAS O CULTIVADAS, DE PIEDRAS PRECIOSAS, SEMIPRECIOSAS, SINTETICAS O RECONSTITUIDAS

7116.10 - De perlas finas o cultivadas GN 15 KN-06

7116.20 - De piedras preciosas, semipreciosas sintéticas o reconstituidas GN 15 KN-06

71.17 BISUTERIA

7117.11 - Gemelos y similares KL 15 KN-06

7117.19 - Los demás KL 15 KN-06

7117.90 - Los demás KL 15 KN-06

71.18 MONEDAS

7118.10 - Monedas sin curso legal, excepto las de oro GN 15 KN-06

7118.90 - Las demás GN 15 KN-06

SECCION XV

METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES

CAPITULO 72

FUNDICION, HIERRO Y ACERO

SECCION XV

METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES Notas.

1.

Esta sección no comprende: a) los colores y tintas preparados a base de polvo o de partículas metálicas, así como las hojas para marcado a fuego (ps. 32.07 a 32.10, 32.12, 32.13 ó 32.159; b) el ferrocerio y demás aleaciones pirofóricas (p. 36.06); c) los artículos metálicos de sombrería y sus partes metálicas, de las partidas 65.06 y 65.07; d) las monturas de paraguas y demás artículos de la partida 66.03; e) los productos del capítulo 71 ( por ejemplo; aleaciones de metales preciosos, metales comunes, chapados de metales preciosos o bisutería); f) los artículos de la sección XVI (máquinas y aparatos; material eléctrico); g) las vías férreas ensambladas (p. 86.08) y demás artículos de la sección XVII (vehículos, barcos o aeronaves); h) los instrumentos y aparatos de la sección XVIII, incluidos los muelles de relojería; ij) los perdigones (p. 93.06) y demás artículos de la sección XIX (armas y municiones); k) los artículos del capítulo 94 (por ejemplo; muebles, somiers, aparatos de alumbrado, letreros luminosos o construcciones prefabricadas); l) los artículos del capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos o artefactos deportivos); m) los cedazos de mano, botones, plumas, portaminas, plumillas y demás artículos del capítulo 95 (manufacturas diversas). n) los artículos del capítulo 97 (por ejemplo: objetos de arte) 2. En la Nomenclatura se consideran partes y accesorios de uso general: a) los artículos de las partidas 73.07, 73.12, 73.15, 73.17 ó 73.18, así como los artículos similares de otros metales comunes; b) los muelles, ballestas y sus hojas, de metales comunes, excepto los muelles de relojería (p. 91.14); c) los artículos de las partidas 83.01, 83.08 y 83.10, así como los marcos y espejos de metales comunes de la partida 83.06. En los capítulos 73 a 76 y 78 a 82 (con excepción de la partida 73.15,), la referencia a partes no alcanza a las partes y accesorios de uso general en el sentido antes indicado Salvo lo dispuesto en el párrafo precedente y en la Nota 1 del capítulo 83, las manufacturas de los capítulos 82 u 83, están excluidas de los capítulos 72 a 76 y 78 a 81. 3. Regla para la clasificación de la aleaciones (excepto las ferroaleaciones y las aleaciones madre de cobre definidas en los capítulos 72 y 74); a) las aleaciones de metales comunes se clasifican con el metal que predomine en peso sobre cada uno de los demás b) las aleaciones de metales comunes de esta sección con elementos no comprendidos en la misma se clasifican como aleaciones de metales comunes de esta sección cuando el peso total de estos metales sean superior o igual al de los demás elementos; c) las mezclas sinterizadas de polvos metálicos, las mezclas heterogénias íntimas obtenidas por fusión (excepto los "cermets") y los compuestos intermetálicos siguen el régimen de las aleaciones 4. En la Nomenclatura, salvo disposiciones en contrario, cualquier referencia a un metal común alcanza también a las aleaciones clasificadas con ese metal por aplicación de la nota 3. 5. Regla para la clasificación de los artículos compuestos: Salvo disposiciones en contrario en el texto de las partidas, las manufacturas de metales comunes, o considerados como tales, que comprendan varios metales comunes se clasifican con las manufacturas del metal que predomine en peso sobre cada uno de los demás Para la aplicación de esta regla se considera: a) la fundición, el hierro y el acero como un solo metal; b) las aleaciones como si estuvieran constituidas totalmente por el metal cuyo régimen sigan: c) los "cermets" de la partida 81.13 como si constituyeran un solo metal. 6. En esta sección se entenderán por: a) Desperdicios y desechos Los desperdicios y desechos metálicos procedentes de la fabricación o la mecanización de los metales y las manufacturas de metal definitivamente inversibles como tales a consecuencia de roturas, cortes, desgaste u otras causas. b) Povo el producto que pase por un tamiz con abertura de mallas de 1 mm. en una proporción superior o igual al 90% en peso

CAPITULO 72

FUNDICION, HIERRO Y ACERO

Notas.

1.

En este capítulo y, respecto a los apartados d), e) y f) de esta Nota, en toda la Nomenclatura se consideran: a) Fundición en bruto Las aleaciones hierro - carbono que no se presten prácticamente a la deformación plástica con un contenido de carbono, en peso, superior al 2% incluso con otro u otros elementos de las proporciones máximas, en peso, siguientes: - 10% de cromo - 6% de manganeso - 3% de fósforo - 8% de silicio - 10% en total, de los demás elementos

b)

Fundición especular Las aleaciones hierro - carbono con un contenido de manganeso , en peso, superior al 6%, pero inferior o igual al 30% que respondan, en las demás características, a la definición de la Nota 1 a) c) Ferroaleaciones Las aleaciones en lingotes, bloques, masas o formas primarias similares, en forma obtenidas por colada continua, en granallas o en polvo, incluso aglomerados, corrientemente utilizadas en la siderurgia como productos de aporte para la preparación de otras aleaciones o bien como desoxidantes, desulfurantes o en usos similares, que no se prestan generalmente o la deformación plástica y con un contenido de hierro, en peso, superior o igual al 4% y de uno o varios elementos en las siguientes proporciones:

d)

Acero Las materias férreas, excepto las de la partida 72.03 que, salvo determinados tipos de acero producidos en forma de piezas moldeadas, se presten a la deformación plástica y con un contenido de carbono, en peso, inferior o igual al 2% Sin embargo, los aceros al cromo pueden tener un contenido de carbono más elevado. e) Acero inoxidable El acero aleado con un contenido de carbono, en peso, inferior o igual al 1,2% y de cromo, en peso, superior o igual al 10,5% incluso con otros elementos. f) Los demás aceros aleados Los aceros que no respondan a la definición de acero inoxidable y que contengan uno o varios de los elementos indicados a continuación en las siguientes proporciones mínimas en peso: - 0,3% de aluminio - 0,0008% de boro - 0.3% de cromo - 0.3% de cobalto - 0.4% de cobre - 0.4% de plomo - 1.65% de manganeso - 0.08% de molibdeno - 0.3% de níquel - 0.06% de niobio - 0.6% de silicio - 0.05% de titanio - 0.3% de volfranio (tungsteno) - 0.1% de vanadio - 0.05% de circonio - 0.1% de los demás elementos considerados individualmente (salvo el azure, el fósforo, el carbono y el nitrógeno) g) Lingotes de chatarra de hierro o de acero; Los productos colados groseramente en forma de lingotes sin mazarotas o de bloques, que presenten defectos profundos en la superficie y no respondan, en su composición química, a las definiciones de fundición en bruto, de fundición especular o de ferroaleación. h) Granallas; Los productos que pasen por un tamiz con una abertura de malla de 1 mm. en una proporción inferior a 90% en peso y por un tamiz con una abertura de malla de 5 mm. en una proporción mínima en peso de 90% ij) Semiproductos Los productos de sección maciza obtenidos por colada continua, incluso con un laminado grosero en caliente; y los demás productos de sección maciza simplemente laminados groseramente en caliente o simplemente debastados por forjado, incluido los debastes de perfiles. Estos productos no se presentan enrollados. k) Productos laminados planos. Los productos laminados de sección transversal rectangular maciza que no respondan a la definición de la Nota ij) anterior,

Notas de subpartidas.

1.

En este capítulo, se entenderá por: a) Fundición en bruto aleada La fundición en bruto con un contenido, en peso, aisladamente en un conjunto, superior a: - 0.2% de cromo - 0.3% de cobre - 0.3% de níquel - 0.1% de los elementos siguientes: aluminio, molibdeno, titanio, volfranio (tungsteno) o vanadio b) Acero sin alear de fácil mecanicazación El acero sin alear con uno o varios de los elementos siguientes en las proporciones en paso que se indican: - 0.08% o más de azufre - 0.1% o más de plomo - más de 0.05% de selenio - más de 0.01% de teluro - más de 0.05% de bismuto c) Acero magnético al silicio El acero con un contenido de silicio, en paso, superior o igual al 0.6%, pero inferior o igual al 6% y un contenido de carbono, en paso, inferior o igual a 11% en peso, con exclusión de cualquier otro elemento en una proporción tal que le confiera el carácter de otros aceros aleados. d) Acero rápido El acero que contenga, incluso con otros elementos por lo menos dos de los tres elementos siguientes: molibdeno, volframio (tunsgteno) o vanadio, con un contenido, en peso, superior o igual al 7% para estos elementos considerados, en conjunto y con un contenido de carbono, en peso , superior o igual al 0.6% y de 3% a 6% de cromo. e) Acero silicomanganoso El acero que contenga en peso: - entre 0.35% o 0.7% ambos inclusive , de carbono - entre 0.5% y 1.2% ambos inclusive, de manganeso, y - entre 0.6% y 2.3% ambos inclusive, de silicio, con exclusión de cualquier otro elemento en una proporción tal que le confiera el carácter de otros aceros aleados. 2. La clasificación de las ferroaleaciones en las subpartidas de la partida 72.02 obedecerá a la regla siguiente: Una ferroaleación se considera binaria y se clasificará en la subpartida apropiada (si existe), cuando sólo uno de los elementos de la aleación tiene un contenido superior al porcentaje mínimo estipulado en la Nota 1. c) del capítulo. Por analogía, se considerará ternaria o cuaternaria, respectivamente, cuando dos o tres de los elementos de la aleación tengan contenidos superiores a los porcentajes mínimos indicados en dicha Nota. Para la aplicación de esta regla, los elementos no citados específicamente en la Nota 1 c) del capítulo y amparados por la expresión los demás elementos deberán sin embargo, exceder cada uno de 10% en peso.

Nota Legal Nacional No. 1

Se entenderá por hojalata de las Posiciones 72.10 y 72.12 a las chapas estañadas por ambos lados, cuyo espesor no exceda de 1 mm.

I. PRODUCTOS BASICOS; GRANALLAS Y POLVO

72.01 FUNDICION EN BRUTO Y FUNDACION ESPECTACULAR, EN LINGOTES, BLOQUES U OTRAS FORMAS PRIMARIAS

7201.10 - Fundación en bruto sin alear con un contenido de fósforo, en peso inferior o igual a 0.5% KB 15 KN-06

7201.20 - Fundación en bruto sin alear con un contenido de fósforo, en peso, superior a 0.5% KB 15 KN-06

7201.30 - Fundición en bruto aleada KB 15 KN-06

7201.40 - Fundición especular KB 15 KN-06

72.02 FERROALEACIONES

7202.11 - Con un contenido de carbono, en peso, superior a 2% KB 15 KN-06

7202.19 - Los demás KB 15 KN-06

7202.21 - Con un contenido de silicio, en peso superior a 55% KB 15 KN-06

7202.29 - Los demás KB 15 KN-06

7202.30 - Ferro - silicio - manganeso KB 15 KN-06

7202.41 - Con más del 4% en peso, de carbono KB 15 KN-06

7202.49 - Los demás KB 15 KN-06

7202.50 - Ferro - sílico - manganeso KB 15 KN-06

7202.41 - Con más del 4%, en peso de carbono KB 15 KN-06

7202.49 - Los demás KB 15 KN-06

7202.50 - Ferro - sílico - cromo KB 15 KN-06

7202.60 - Ferroníquel KB 15 KN-06

7202.70 - Ferromolibdeno KB 15 KN-06

7202.80 - Ferrovolfranio y ferro - sílico - volfranio KB 15 KN-06210

-- Las demás:

7202.91 -- Ferrotitanio y ferro-silico

-titanio. KB 15 KN-06

7202.92 -- Ferrovanadio. KB 15 KN-06

7202.93 -- Ferroniobio. KB 15 KN-06

7202.99 -- Las demás. KB 15 KN-06

72.03 PRODUCTOS FERREOS OBTENIDOS POR REDUCCION DIRECTA DE MINERALES DE HIERRO Y DEMAS PRODUCTOS FERREOS ESPONJOSOS, EN TROZOS, "PELLETS" O FORMA SIMILARES; HIERRO CON UNA PUREZA MINIMA DEL 99,94%, EN PESO, EN TROZOS, "PELLETS" O FORMAS SIMILARES.

7203.10 - Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro. KB 15 KN-06

7203.90 - Los demás. KB 15 KN-06

72.04 DESPERDICIOS Y DESECHOS DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO (CHATARRA) LINGOTES DE CHATARRA DE HIERRO O DE ACERO

7204.10 - Deperdicios y desechos de fundición KB 15 KN-06

7204.21 - De acero inoxidable KB 15 KN-06

7204.29 - Los demás KB 15 KN-06

7204.30 - Desperdicios y desechos, de hierro o de acero estañados KB 15 KN-06

7204.41 - Torneaduras, virutas, limaduras (de limado, de aserrado o de rectificado) y recortes de estampados o de corte, incluso en paquetes KB 15 KN-06

7204.49 - Los demás KB 15 KN-06

7204.50 - Lingotes de chatarra KB 15 KN-06

72.05 GRANALLAS Y POLVO, DE FUNDICION EN BRUTO, DE FUNDICION ESPECULAR, DE HIERRO O DE ACERO

7205.10 - Granallas KB 15 KN-06

7205.21 - De aceros aleados KB 15 KN-06

7205.29 - Los demás KB 15 KN-06

72.07 SEMIPRODUCTOS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR

7207.11 - De sección transversal cuadrada o rectangular y con una anchura inferior al doble del espesor KB 15 KN-06

7207.12 - Los demás, de sección transversal rectangular KB 15 KN-06

7207.19 - Los demás KB 15 KN-06

7207.20 - Con un contenido de carbono, en peso, superior o igual a 0.25%

72.08 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm LAMINADOS EN CALIENTE, SIN CHAPAR NI REVESTIR

7208.11 - De espesor superior a 10 mm KB 15 KN-06

7208.12 - De espesor superior o igual a 4.75 mm. pero inferior o igual a 10 mm KB 15 KN-06

7208.13 - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm KB 15 KN-06

7208.14 - De espesor inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7208.21 - De espesor superior a 10 mm KB 15 KN-06

7208.22 - De espesor superior o igual a 4.75 mm. pero inferior o igual a 10 mm KB 15 KN-06

7208.23 - Un espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm KB 15 KN-06

7208.24 - De espesor inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7208.31 - Laminados en las cuatro caras o acanaludas cerradas, de anchura inferior o igual a 1.250 mm y de espesor superior o igual a 4 mm. sin motivos en relieve KB 15 KN-06

7208.32 - Los demás, de espesor superior a 10 mm. KB 15 KN-06

7208.33 - Los demás de espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. KB 15 KN-06

7208.34 - Los demás de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm KB 15 KN-06

7208.35 - Los demás, de espesor inferior a 3 mm. KB 15 KN-06

7208.41 - Laminados en las cuatro caras o en acaladuras cerradas, de anchura inferior o igual a 1.250 mm de espesor superior o igual a 4 mm y sin motivos en relieve KB 15 KN-06

7208.42 - Los demás de espesor superior a 10 mm KB 15 KN-06

7208.43 - Los demás de espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm KB 15 KN-06

7208.44 - Los demás de espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm KB 15 KN-06

7208.45 - Los demás, de espesor inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7208.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.09 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 MM LAMINADOS EN FRIO, SIN CHAPAR NI REVESTIR

7209.11 - De espesor superior o igual a 3 mm KB 15 KN-06

7209.12 - De espesor a 1 mm pero inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7209.13 - De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm KB 15 KN-06

7209.14 - De espesor inferior a 0.5 mm KB 15 KN-06

7209.21 - De espesor superior igual a 3 mm KB 15 KN-06

7209.22 - De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7209.23 - De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm KB 15 KN-06

7209.24 - De espesor inferior a 0.5 mm KB 15 KN-06

7209.31 - De espesor superior o igual a 3 mm KB 15 KN-06

7209.32 - De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7209.33 - De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm KB 15 KN-06

7209.34 - De espesor inferior a 0.5 mm KB 15 KN-06

7209.41 - De espesor superior o igual a 3 mm KB 15 KN-06

7209.42 - De espesor a 1 mm pero inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7209.43 - De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm KB 15 KN-06

7209.44 - De espesor inferior a 0.5 mm KB 15 KN-06

7209.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.10 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm CHAPADOS O REVESTIDOS

7210.11 - De espesor superior o igual a 0.5 mm.

7210.1110 - De hasta 1 mm (Hojalata) KB 15 KN-06

7210.1190 - Los demás KB 15 KN-06

7210.12 - De espesor inferior a 0.5 mm KB 15 KN-06

7210.20 - Emplonados, incluidos los revestidos con una aleación de plomo y estaño KB 15 KN-06

7210.31 - De acero de espesor inferior a 3 mm. con un límite mínimo de elasticidad de 2/5 MPa o de espesor superior o igual a 3 mm. y con límite mínimo de elasticidad de 355 MPa KB 15 KN-06

7210.39 - Los demás KB 15 KN-06

7210.41 - Ondulados KB 15 KN-06

7210.49 - Los demás KB 15 KN-06

7210.50 - Revestidos de óxidos de acero o de cromo y óxidos de cromo KB 15 KN-06

7210.60 - Pintados, barnizados o revestidos de plástico KB 15 KN-06

7210.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.11 PRODUCTOS LAMINADOS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm. SIN CHAPAR NI REVESTIR

7211.11 - Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm. y de espesor o igual a 4 mm. sin enrollar y sin motivos en relieve KB 15 KN-06

7211.12 - Los demás de espesor superior o igual a 4.75 mm KB 15 KN-06

7211.19 - Los demás KB 15 KN-06

7211.21 - Laminados en las cuatro caras o en acanaluduras cerradas, de anchura superior a 150 mm. y de espesor superior o igual a 4 mm. sin enrollar y sin motivos en relieve KB 15 KN-06

7211.22 - Los demás de espesor superior o igual a 4.75 mm KB 15 KN-06

7211.29 - Los demás KB 15 KN-06

7211.30 - Simplemente en frío de espesor inferior a 3 mm. con un límite mínimo de elasticidad de 275 MPa, o de espesor superior o igual a 3 mm y con un límite mínimo de elasticidad de 355 MPa KB 15 KN-06

7211.41 - Con un contenido de carbono, en peso, inferior a 0.25% KB 15 KN-06

7211.49 - Los demás

7211.4910 - Con un contenido de carbono, en peso superior o igual a 0.60% KB 15 KN-06

7211.4990 - Los demás KB 15 KN-06

7211.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.12 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm. CHAPADOS O REVESTIDOS

7212.10 - Estañados KB 15 KN-06

7212.1010 - De hasta 1 mm. de espesor (hojalata) KB 15 KN-06

7212.1090 - Los demás KB 15 KN-06

7212.21 - De acero de espesor inferior a 3 mm y con un límite mínimo de elasticidad de 275 MPa o de espesor superior o igual a 3 mm. y con un límite mínimo de elasticidad d e 355 MPa KB 15 KN-06

7212.29 - Los demás KB 15 KN-06

7211.30 - Galvanizados de otro modo KB 15 KN-06

7212.40 - Pintados, barnizados o revestidos de plástico KB 15 KN-06

7212.50 - Revestidos de otro modo KB 15 KN-06

7212.60 - Chapados KB 15 KN-06

72.13 ALAMBRON DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR

7213.10 - Con muescas, cordones, huecos o relieves producidos en el laminados KB 15 KN-06

7213.20 - De aceros de fácil mecanización KB 15 KN-06

7213.31 - De sección circular de diámetro inferior a 14 mm KB 15 KN-06

7213.39 - Los demás KB 15 KN-06

7213.41 - De sección circular y diámetro inferior a 14 mm. KB 15 KN-06

7213.49 - Los demás KB 15 KN-06

7213.50 - Los demás, con un contenido de carbono, en peso superior o igual a 0.6% KB 15 KN-06

72.14 BARRAS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR, SIMPLEMENTE FORJADAS, LAMINADAS O EXTRUDIDAS, EN CALIENTE ASI COMO LAS SOMETIDAS A TORSION DESPUES DEL LAMINADO

7214.10 - Forjadas KB 15 KN-06

7214.20 - Con muescas, cordones, huecos o relieves obtenidos durante el laminado o sometidas a torsión después del laminado KB 15 KN-06

7214.30 - De acero de fácil mecanización KB 15 KN-06

7214.40 - Los demás con un contenido de carbono, en peso interior a 0.25% KB 15 KN-06

7214.50 - Las demás con un contenido de carbono en peso superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% KB 15 KN-06

7214.60 - Las demás con un contenido de carbono, en peso, superior o igual a 0.6% KB 15 KN-06

72.15 LAS DEMAS BARRAS DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR

7215.10 - De acero de fácil mecanización simplemente obtenidas o acabadas en frío KB 15 KN-06

7215.20 - Las demás simplemente obtenidas a acabadas en frío con un contenido de carbono, en peso inferior a 0.25% KB 15 KN-06

7215.30 - Las demás simplemente obtenidas o acabadas en frío con un contenido de carbono, en peso, superior o igual a 0.25% pero inferior a 0.6% KB 15 KN-06

7215.40 - Las demás simplemente obtenidas o acabadas en frio con un contenido de carbono, en peso, superior o igual a 0.6% KB 15 KN-06

7215.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.16 PERFILES DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR

7216.10 - Perfiles en U en I o en H, simplemente laminados o extruidos en caliente de altura inferior a 80 mm. KB 15 KN-06

7216.21 - Perfiles en L. KB 15 KN-06

7216.22 - Perfiles en T. KB 15 KN-06

7216.31 - Perfiles en U. KB 15 KN-06

7216.32 - Perfiles en I. KB 15 KN-06

7216.33 - Perfiles en H. KB 15 KN-06

7216.40 - Perfiles en L o en T simplemente laminados o extruidos en caliente de altura superior o igual a 80 mm KB 15 KN-06

7216.50 - Los demás perfiles simplemente laminados o extruidos en caliente KB 15 KN-06

7216.60 - Perfiles simplemente obtenidos o acabados en frío KB 15 KN-06

7216.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.17 ALAMBRE DE HIERRO O DE ACERO SIN ALEAR

7217.11 - Sin revestir, incluso pulidos KB 15 KN-06

7217.12 - Galvanizados KB 15 KN-06

7217.13 - Revestidos con otros metales comunes KB 15 KN-06

7217.19 - Los demás KB 15 KN-06

7217.21 - Sin revestir, incluso pulidos KB 15 KN-06

7217.22 - Galvanizados KB 15 KN-06

7217.23 - Revestidos con otros metales comunes KB 15 KN-06

7217.29 - Los demás KB 15 KN-06

7217.31 - Sin revestir, incluso pulidos KB 15 KN-06

7217.32 - Galvanizados

7217.33 - Revestidos con otros metales comunes KB 15 KN-06

7217.39 - Los demás KB 15 KN-06

III ACERO INOXIDABLE

72.18 ACERO INOXIDABLE EN LINGOTES U OTRAS FORMAS PRIMARIAS, SEMIPRODUCTOS DE ACERO INOXIDABLE

7218.10 - Lingotes u otras formas primarias KB 15 KN-06

7218.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.19 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE ACERO INOXIDABLE DE ANCHURA O IGUAL A 600 mm.

7219.11 - De espesor superior a 10 mm. KB 15 KN-06

7219.12 - De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm KB 15 KN-06

7219.13 - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm KB 15 KN-06

7219.14 - De espesor inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7219.21 - De espesor superior a 10 mm KB 15 KN-06

7219.22 - De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm KB 15 KN-06

7219.23 - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm. KB 15 KN-06

7219.24 - De espesor inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7219.31 - De espesor superior o igual a 4.75 mm KB 15 KN-06

7219.32 - De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm KB 15 KN-06

7219.33 - De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm KB 15 KN-06

7219.34 - De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm KB 15 KN-06

7219.35 - De espesor inferior a 0.5 mm KB 15 KN-06

7219.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.20 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE ACERO INOXIDABLE DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm.

7220.11 - De espesor superior o igual a 4.75 mm KB 15 KN-06

7220.12 - De espesor inferior a 4.75 mm KB 15 KN-06

7220.20 - Simplemente laminados en frío KB 15 KN-06

7220.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.21 7221.00 ALAMBRON DE ACERO INOXIDABLE KB 15 KN-06

72.22 BARRAS Y PERFILES DE ACERO INOXIDABLE

7222.10 - Barras simplemente laminadas o extruidas en caliente KB 15 KN-06

7222.20 - Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío KB 15 KN-06

7222.30 - Las demás barras KB 15 KN-06

7222.40 - Perfiles KB 15 KN-06

72.23 7223.00 ALAMBRE DE ACERO INOXIDABLE KB 15 KN-06

IV LOS DEMAS ACEROS ALEADOS: BARRAS HUECAS PARA PERFORACION, DE ACERO ALEADO O SIN ALEAR

72.24 LOS DEMAS ACEROS ALEADOS EN LINGOTES U OTRAS FORMAS PRIMARIAS: SEMIPRODUCTOS DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS

7224.10 - Lingotes u otras formas primarias KB 15 KN-06

7224.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.25 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm

7225.10 - De acero magnético al silicio KB 15 KN-06

7225.20 - De acero rápido KB 15 KN-06

7225.30 - Los demás, simplemente laminados en caliente enrollados KB 15 KN-06

7225.40 - Los demás simplemente laminados en caliente sin enrollar KB 15 KN-06

7225.50 - Los demás simplemente laminados en frío KB 15 KN-06

7225.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.26 PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm

7226.10 - De acero magnético al silicio KB 15 KN-06

7226.20 - De acero rápido KB 15 KN-06

7226.91 - Simplemente laminados en caliente KB 15 KN-06

7226.92 - Simplemente laminados en frío KB 15 KN-06

7226.99 - Los demás KB 15 KN-06

72.27 ALAMBRON DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS

7227.10 - De acero rápido KB 15 KN-06

7227.20 - De acero sílico - manganeso KB 15 KN-06

7227.90 - Los demás KB 15 KN-06

72.28 BARRAS Y PERFILES DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS BARRAS HUECAS PARA PERFORACION DE ACEROS ALEADOS O SIN ALEAR

7228.10 - Barras de acero rápido KB 15 KN-06

7228.20 - Barras de acero sílico - manganeso KB 15 KN-06

7228.30 - Los demás barras, simplemente laminadas o extruidas en caliente KB 15 KN-06

7228.40 - Las demás barras, simplemente forjadas KB 15 KN-06

7228.50 - Las demás barras simplemente obtenidas o acabadas en frío KB 15 KN-06

7228.60 - Las demás barras KB 15 KN-06

7228.70 - Perfiles KB 15 KN-06

7228.80 - Barras huecas para perforación KB 15 KN-06

7228.8010 - De aceros aleados KB 15 KN-06

7228.8020 - De aceros sin alear KB 15 KN-06

72.29 ALAMBRE DE LOS DEMAS ACEROS ALEADOS

7229.10 - De acero rápido KB 15 KN-06

7229.20 - De acero sílico - manganeso KB 15 KN-06

7229.90 - Los demás KB 15 KN-06

CAPITULO 73

MANUFACTURAS DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO

CAPITULO 73

MANUFACTURAS DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO

Notas.

1.

En este capítulo, se entiende por fundición el producto obtenido por moldeo que no responda a la composición química del acero definido en la Nota 1 d) del capítulo 72, en el que el hierro predomine en peso sobre cada uno de los demás elementos. 2. En este capítulo el término alambre se refiere a los productos obtenidos en caliente o en frío cuya sección transversal, cualquiera que sea su forma, no exceda en 16 mm en su mayor d imensión

73.01 TABLESTECAS DE HIERRO O DE ACERO INCLUSO PERFORADAS O HECHAS CON ELEMENTOS ENSAMBLADOS PERFILES OBTENIDOS POR SOLDADURA, DE HIERRO O DE ACERO

7301.10 - Tablestecas KB 15 KN-06

730120 - Perfiles KB 15 KN-06

73.02 ELEMENTOS PARA VIAS FERREAS DE FUNDICION, DE HIERRO O DE ACERO: CARRILES (RIELES), CONTRACARRILES Y CREMALLERAS, AGUJAS, PUNTAS DE CORAZON, VARILLAS PARA EL MANDO DE AGUJAS Y DEMAS ELEMENTOS PARA EL CRUCE Y CAMBIO DE VIAS, TRAVIESAS (DURMIENTES), BRIDAS, COJINETES, CUÑAS, PLACAS DE ASIENTO, BRIDAS DE UNION, PLACAS Y TIRANTES DE SEPARACION Y DEMAS PIEZAS DISEÑADAS ESPECIALMENTE PARA LA COLOCACION, LA UNION O LA FIJACION DE CARRILES (RIELES)

7302.10 - Carriles (rieles) KB 15 KN-06

7302.20 - Traviesas (durmientes) KB 15 KN-06

7302.30 - Agujas, puntas de corazón varillas para el mando de agujas y demás elementos para el cruce y cambio de vías KB 15 KN-06

7302.40 - Bridas y placas de asiento KB 15 KN-06

7302.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.03 7303.00 TUBOS Y PERFILES HUECOS DE FUNDICION KB 15 KN-06

73.04 TUBOS Y PERFILES HUECOS SIN SOLDADURA DE HIERRO O DE ACERO

7304.10 - Tubos del tipo de los utilizados en oleaductos o gaseoducto KB 15 KN-06

7304.20 - Tubos de entubado o de producción y vástagos de perforación del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o de gas KB 15 KN-06

7304.31 - Estirados o laminados en frío KB 15 KN-06

7304.39 - Los demás KB 15 KN-06

7304.41 - Estirados o laminados en frío KB 15 KN-06

7304.49 - Los demás KB 15 KN-06

7304.51 - Estirados o laminados en frío KB 15 KN-06

7304.59 - Los demás KB 15 KN-06

7304.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.05 LOS DEMAS TUBOS (POR EJEMPLO: SOLDADOS O REMACHADOS), DE SECCIONES INTERIOR Y EXTERIOR CIRCULARES, DE DIAMETRO EXTERIOR SUPERIOR A 406 mm DE HIERRO O DE ACERO

7305.11 - Soldados longitudinalmente en oleaductos o gaseoductos KB 15 KN-06

7305.12 - Los demás soldados longitudinalmente KB 15 KN-06

7305.19 - Los demás KB 15 KN-06

7305.20 - Tubos de entubado del tipo de los utilizados para la extracción de petróleos o de gas KB 15 KN-06

7305.31 - Soldados longitudinalmente KB 15 KN-06

7305.39 - Los demás KB 15 KN-06

7305.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.06 LOS DEMAS TUBOS Y PERFILES HUECOS (POR EJEMPLO: SOLDADOS, REMACHADOS, GRAPADOS O CON LOS BORDES SIMPLEMENTE APROXIMADOS), DE HIERRO O DE ACERO

7306.10 - Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o gaseoductos KB 15 KN-06

7306.20 - Tubos de entubado o de producción del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o de gas KB 15 KN-06

7306.30 - Los demás, soldados, de sección circular, de hierro o de acero sin alear KB 15 KN-06

7306.40 - Los demás soldados de sección circular, de acero inoxidable KB 15 KN-06

7306.50 - Los demás soldados de sección circular, de los demás acero aleados KB 15 KN-06

7306.60 - Los demás soldados excepto los de sección circular KB 15 KN-06

7306.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.07 ACCESORIOS DE TUBERIA (POR EJEMPLO: RACORES, CODOS O MANGUITOS), DE FUNDICION, DE HIERRO O DE ACERO

7307.11 - De fundición no meleable KB 15 KN-06

7307.19 - Los demás KB 15 KN-06

7307.21 - Bridas KB 15 KN-06

7307.22 - Codos, curvas y manguitos, roscados KB 15 KN-06

7307.23 - Accesorios para soldar a tope KB 15 KN-06

7307.29 - Los demás KB 15 KN-06

7307.91 - Bridas KB 15 KN-06

7307.92 - Codos, curvas y manguitos roscados KB 15 KN-06

7307.93 - Accesorios para soldar a tope KB 15 KN-06

7307.99 - Los demás KB 15 KN-06

73.08 CONSTRUCCIONES Y PARTES DE CONSTRUCCIONES (POR EJEMPLO: PUENTES Y PARTES DE PUENTES, COMPUERTAS DE EXCLUSAS, TORRES, CASTILLETES, PILARES, COLUMNAS, CUBIERTAS (ARMAZONES PARA TEJADOS), TEJADOS, PUERTAS, VENTANAS Y SUS MARCOS, BASTIDORES Y UMBRALES, CORTINAS DE CIERRE Y BALUSTRADAS), DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO, CON EXCEPCION DE LAS CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS DE LA PARTIDA 94.06; CHAPAS, BARRAS, PERFILES, TUBOS Y SIMILARES, DE FUNDICION, DE HIERRO O DE ACERO, PREPARADOS PARA LA CONSTRUCCION

7308.10 - Puentes y partes de puentes KB 15 KN-06

7308.20 - Torres y castilletes KB 15 KN-06

7308.30 - Puertas, ventanas y sus marcos bastidores y umbrales KB 15 KN-06

7308.40 - Material de andamiaje, de encofrado o de apuntalado KB 15 KN-06

7308.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.09 7309.00 DEPOSITOS, CISTERNAS, CUBAS Y RECIPIENTES SIMILARES PARFA CUALQUIER MATERIA (CON EXCEPCION DE LOS GASES COMPRIMIDOS O LICUADOS), DE FUNDACION DE HIERRO O DE ACERO, DE CAPACIDAD SUPERIOR A 300 1, SIN DISPOSITIVOS MECANICOS NI TERMICOS, INCLUSO CON REVESTIMIENTOS INTERIOR O CALORIFUGO KB 15 KN-06

73.10 DEPOSITOS, BARRILES, TAMBORES, BIDONES, CAJAS Y RECIPIENTES SIMILARES, PARA CUALQUIER MATERIA (CON EXCEPCION DE LOS GASES COMPRIMIDOS O LICUADOS) DE FUNDICION, DE HIERRO O DE ACERO, DE CAPACIDAD INFERIOR O IGUAL A 300, 1 SIN DISPOSITIVOS MECANICOS NI TERMICOS, INCLUSO CON REVESTIMIENTO INTERIOR O CALORIFUGO

7310.10 - De capacidad superior o igual a 50 l. KB 15 KN-06

7310.1010 - Barriles, tambores y bidones KB 15 N-06

7310.1090 - Los demás KB 15 KN-06

7310.21 - Cajas para cerrar por soldadura o rebordeado KB 15 KN-06

7310.29 - Los demás KB 15 KN-06

7310.2910 - Barriles, tambores y bidones KB 15 KN-06

73.11 7311.00 RECIPIENTES PARA GASES COMPRIMIDOS O LICUADOS, DE FUNDICION, DE HIERRO O DE ACERO KB 15 KN-06

73.12 CABLES, TRENZAS, ESLINGAS Y ARTICULOS SIMILARES DE HIERRO O DE ACERO SIN AISLAR PARA USOS ELECTRICOS

7312.10 - Cable

7312.1010 - De 1 mm. hasta 80 mm. de diámetro de alambre de sección. circular KB 15 KN-06

7312.1090 - Los demás KB 15 KN-06

7312.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.13 7313.00 ALAMBRE CON PUAS, DE HIERRO O DE ACERO: ALAMBRRE O FLEJE, DE HIERRO O DE ACERO, TORCIDOS, INCLUSO CON PUAS, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA CERCAR KB 15 KN-06

73.14 TELAS METALICAS (INCLUIDAS LAS CONTINUAS O SIN FIN) Y ENREJADOS DE ALAMBRE DE HIERRO O DE ACERO; CHAPAS O BANDAS, EXTENDIDAS, DE HIERRO O DE ACERO

7314.11 - De acero inoxidable KB 15 KN-06

7314.19 - Los demás KB 15 KN-06

7314.20 - Enrejados de alambre soldados en los puntos de cruce, con alambres de 3 mm. o más en la mayor dimensión de la sección transversal y con mallas de superficie igual o superior a 100 cm2 KB 15 KN-06

7314.30 - Los demás enrejados soldados en los puntos de cruce KB 15 KN-06

7314.41 - Galvanizados KB 15 KN-06

7314.4110 - Gaviones de alambre de acero galvanizado, incluso recubiertos con materiales plásticos artificiales KB 15 KN-06

7314.4190 - Los demás KB 15 KN-06

7314.42 - Revestidos de plástico KB 15 KN-06

7314.49 - Los demás KB 15 KN-06

7314.50 - Chapas y bandas extendidas KB 15 KN-06

73.15 CADENAS Y SUS PARTES DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO

7315.11 - Cadenas de rodillos KB 15 KN-06

7315.12 - Las demás cadenas KB 15 KN-06

7315.19 - Partes KB 15 KN-06

7315.20 - Cadenas antideslizantes KB 15 KN-06

7315.81 - Cadenas de eslabones con puntales KB 15 KN-06

7315.82 - Las demás cadenas, de eslabones soldados KB 15 KN-06

7315.89 - Las demás KB 15 KN-06

7315.8910 - Para transmisión KB 15 KN-06

7315.8990 - Las demás KB 15 KN-06

7315.90 - Las demás partes KB 15 KN-06

73.16 7316.00 ANCLAS, REZONES Y SUS PARTES DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO KB 15 KN-06

73.17 7317.00 PUNTAS, CLAVOS, CHINCHETAS, GRAPAS APUNTADAS, GRAPAS ONDULADAS O BISELADAS Y ARTICULOS SIMILARES, DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO, INCLUSO CON CABEZA DE OTRAS MATERIAS, CON EXCLUSION DE LOS DE CABEZA DE COBRE KB 15 KN-06

7317.0010 - Puntas y clavos KB 15 KN-06

7317.0090 - Los demás KB 15 KN-06

73.18 TORNILLOS, PERNOS, TUERCAS, TIRAFONOS, ESCARIAS ROSCADAS, REMACHES, PASADORES, CLAVIJAS, CHAVETAS, ARANDELAS (INCLUIDAS LAS ARANDELAS DE MUELLE) Y ARTICULOS SIMILARES, DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO

7318.11 - Tirafonos KB 15 KN-06

7318.12 - Los demás tornillos para madera KB 15 KN-06

7318.13 - Armellas y escarpias, roscadas KB 15 KN-06

7318.14 - Tornillos taladradores KB 15 KN-06

7318.15 - Los demás tornillos y pernos incluso con sus tuercas y arandelas KB 15 KN-06

7318.16 - Tuercas KB 15 KN-06

7318.19 - Los demás KB 15 KN-06

7318.21 - Arandelas de muelle y las demás de seguridad KB 15 KN-06

7318.22 - Los demás arandelas KB 15 KN-06

7318.23 - Remaches KB 15 KN-06

7318.24 - Pasadores, clavijas y chavetas KB 15 KN-06

7318.29 - Los demás KB 15 KN-06

73.19 AGUJAS DE COSER, DE TEJER, PASACINTAS, AGUJAS DE GANCHILLO, PUNZONES PARA BORDAR Y ARTICULOS SIMILARES DE USO MANUAL DE HIERRO O DE ACERO: ALFILERES (INCLUIDOS LOS DE SEGURIDAD), DE HIERRO O DE ACERO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRAS PARTIDAS

7319.10 - Agujas de coser, de zurcir o de bordar KB 15 KN-06

7319.20 - Alfileres de seguridad KB 15 KN-06

7319.30 - Los demás alfileres KB 15 KN-06

7319.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.20 MUELLES BALLESTAS Y SUS HOJAS, DE HIERRO O DE ACERO

7320.10 - Ballestas y sus hojas KB 15 KN-06

7320.20 - Muelles helicoidales KB 15 KN-06

7320.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.21 ESTUFAS, CALDERAS CON HOGAR, COCINAS (INCLUIDAS LAS QUE PUEDAN UTILIZARSE ACCESORIAMENTE PARA CALEFACCION CENTRAL), ASADORES, BRASEROS, HORNILLOS DE GAS, CALINTAPLATOS Y APARATOS NO ELECTRICOS SIMILARES, DE USO DOMESTICO Y SUS PARTES, DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO

7321.11 - De combustibles gaseosos, o de gas y otros combustibles KB 15 KN-06

7321.1110 - Cocinas KB 15 KN-06

7321.1190 - Los demás KB 15 KN-06

7321.12 - De combustibles líquidos KB 15 KN-06

7321.1210 - Cocinas KB 15 KN-06

7321.1290 - Los demás KB 15 KN-06

7321.13 - De combustibles sólidos KB 15 KN-06

7321.1310 - Cocinas KB 15 KN-06

7321.1390 - Los demás KB 15 KN-06

7321.81 - De combustibles gaseosos, de gas y otros combustibles KB 15 KN-06

7321.82 - De combustibles líquidos KB 15 KN-06

7321.83 - De combustibles sólidos KB 15 KN-06

7321.90 - Partes KB 15 KN-06

73.22 RADIADORES PARA LA CALEFACCION CENTRAL, DE CALENTAMIENTO NO ELECTRICO Y SUS PARTES DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO GENERADORES Y DISTRIBUIDORES DE AIRE CALIENTE (INCLUIDOS LOS DISTRIBUIDORES QUE PUEDAN FUNCIONAR TAMBIEN COMO DISTRIBUIDORES DE AIRE FRESCO O ACONDICIONADO); DE CALENTAMIENTO NO ELECTRICO QUE LLEVEN UN VENTILADOR O UN SOPLADOR CON MOTOR, Y SUS PARTES DE FUNDACION, DE HIERRO O DE ACERO

7322.11 - De fundición KB 15 KN-06

7322.19 - Los demás KB 15 KN-06

7322.90 - Los demás KB 15 KN-06

73.23 ARTICULOS DE USO DOMESTICO Y SUS PARTES DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO; LANA DE HIERRO O DE ACERO; ESTROPAJOS, GUANTES Y ARTICULOS SIMILARES PARA FREGAR, LUSTRAR O USOS ANALOGOS DE HIERRO O DE ACERO

7323.10 - Lana de hierro o de acero; estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos KB 15 KN-06

7323.91 - De fundición sin esmaltar KB 15 KN-06

7323.92 - De fundición esmaltado KB 15 KN-06

7323.93 - De acero inoxidable KB 15 KN-06

7323.94 - De hierro o de acero, esmaltado KB 15 KN-06

7323.99 - Los demás KB 15 KN-06

73.24 ARTICULOS DE HIGENIE O DE TOCADOR Y SUS PARTES DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO

7324.10 - Fregadores y lavabos, de acero inoxidable KB 15 KN-06 Bañeras

7324.21 - De fundición, incluso esmaltado KB 15 KN-06

7324.29 - Los demás KB 15 KN-06

7324.90 - Los demás, incluidas las partes KB 15 KN-06

73.25 LAS DEMAS MANUFACTURAS MOLDEADAS DE FUNDICION DE HIERRO O DE ACERO

7325.10 - De fundición no maleable KB 15 KN-06

7325.91 - Bolas y artículos similares para molinos. KB 15 KN-06

7325.99 - Las demás KB 15 KN-06

73.26 LAS DEMAS MANUFACTURAS DE HIERRO O DE ACERO.

7320.11 - Bolas y artículos similares para molinos. KB 15 U-10

7326.19 - Manufacturas de alambre de hierro o de acero. KB 15 U-10

7326.90 - Las demás. KB 15 U-10

CAPITULO 74

COBRE Y MANUFACTURAS DE COBRE

CAPITULO 74

COBRE Y MANUFACTURAS DE COBRE

Nota.

1.

En este capítulo se entiende por: a) Cobre refinado el metal con un contenido de cobre, en peso, superior o igual a 99,85%; o el metal con un contenido de cobre, en peso, superior o igual a 97,5%, siempre que el contenido de cualquier otro elemento no exceda de los límites en el cuadro siguiente:

CUADRO Otros elementos

Elemento Contenido límite % en pesos Ag Plata 0,25 As Arsénico 0,5 Cd Cadmio 1,3 Cr Cromo 1,4 Mg Magnesio 0,8 PB Plomo 1,5 S Azufre 0,7 Sn Estaño 0,8 Te Teluro 0,8 Zn Cinc 1 Zr Circonio 0,3 Los demás elementos*, cada uno 0,3

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