Por el cual se cancelan unas becas
El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales, y
considerando
que ha terminado el año escolar para el cual se concedieron en la Escuela Superior de Guerra las becas que creó la Ley 68 de 1912,
decreta:
Artículo único. Decláranse canceladas las becas que para el presente año se adjudicaron en la Escuela Superior de Guerra, a excepción de las concedidas al General Lisímaco Pizarro y al Teniente Coronel José D. Arango, quienes continuarán sus estudios, en el año próximo.
Parágrafo. Oportunamente se harán las nuevas adjudicaciones.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1913.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Guerra,
jose manuel ARANGO
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