POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO NUMERO 642 DEL PRESENTE AÑO

Rango Decreto
Publicación 1931-06-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en desarrollo de la extraordinaria que le confiere la ley 4a. del año en curso,

DECRETA:

Artículo único. La rebaja dispuesta para el numeral 38, cacao en grano, por el decreto número 642 de 7 de abril último, se entiende que comprende las importaciones que de ese grano se hicieron desde el 8 de marzo anterior, en adelante.

En los anteriores términos queda modificado el Decreto número 642 del presente año.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 24 de junio de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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