Por el cual se crea la Sección de Recibo en la Administración General de Correos Nacionales, y se aumentan unas plazas de Cartero
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando :
que para la buena marcha del ramo Postal urge la creación de una Oficina que funcione independientemente de la Sección habilitada para el despacho de los correos y que se encargue del recibo de los que llegan a la capital de la República ; y
Que el personal actual de los Carteros que prestan servicio en el Correo Urbano de Bogotá es insuficiente y el número de correspondencias que traen dirección aumenta de día en día,
decreta :
Artículo 1.° Créase la Sección de Recibo en la Administración General de Correos Nacionales, con el personal y asignaciones mensuales que en seguida se expresan :
| Un Jefe, con | $ | 80 |
|---|---|---|
| Un Subjefe, con | 60 | |
| Tres Ayudantes, cada uno con | 30 | |
| Dos Guardas, cada uno con | 18 |
Artículo 2.° Auméntase a cincuenta el número de Carteros que hoy prestan servicio en la Sección 14.ª, Correo Urbano de Bogotá. Por conducto de la Administración General de Correos Nacionales se dará desarrollo al presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1914.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.