por el cual se crea un empleo, se suprimen unas oficinas y se establecen otras en el ramo Postal y Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1912-12-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo 1.° Créase la plaza de Ayudante en la Oficina Postal y Telegráfica de Valledupar, con la asignación mensual de $ 25.

Articulo 2.° Suprímense las Oficinas Postales y Telegráficas de Camperucho y La Paz, y créanse las de Palmar (Departamento de Santander), San José (Departamento del Cauca) y Somondoco (Departamento de Boyacá), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes :

Palmar.
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 22
Un Cartero 3
--- --- ---
San José.
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 65
Un Cartero 5
--- --- ---
Somondoco.
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 20
Un Cartero 2
--- --- ---

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de diciembre de 1912.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.