Por el cual se crea un puesto en la Sección de Radiotelegrafía, se hace el nombramiento respectivo y se nombran unos cadetes supernumerarios en la Escuela Militar
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Con fecha diez y seis (16) del presente créase el puesto de Subjefe de la Sección de Radiotelegrafía del Ministerio de Guerra con la asignación mensual de ciento ochenta pesos ($ 180), y adscríbensele las funciones de encargado de las líneas de tierra.
Artículo 2° Con la misma fecha, suspéndense los efectos del artículo 2° del Decreto número 1965 de 1932.
Artículo 3° Nómbrase para desempeñar el puesto de que trata el artículo 19 del presente Decreto, al señor Jesús Escobar.
Artículo 4° Por solicitud apoyada por la Dirección de la Escuela Militar, nómbrase Cadetes supernumerarios a los señores Jorge Peralta y Arturo Posada.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Fusagasugá a 24 de junio de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Guerra,
Carlos URIBE GAVIR A
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