Por el cual se adicionan los Decretos números 243 y 386 del presente año

Rango Decreto
Publicación 1936-07-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Auméntase la planta de personal auxiliar de las tuerzas militares establecida por los Decretos números 243 y 386 del año en curso, en los puestos y asignaciones siguientes:

Para el Estado Mayor General.

Personal de servicio:

Un Ayudante del Correo Militar, con $ 45 mensuales.

Para el Departamento de Intendencia.

Jefatura:

Un Agente Comercial, con $140 mensuales.

Para la Escuela Militar.

Personal de servicio:

Un Sargento segundo (artillero), Guarda almacén, con $ 45 mensuales.

Un Cabo primero Jefe de palafreneros, con $ 30 mensuales.

Un Ayudante del Portero, con $ 30 mensuales.

Una Ropera, con $ 35 mensuales.

Tres Sirvientes de casino, a $ 15 mensuales cada uno, $ 45 mensuales.

Cinco Palafreneros, a $ 15 mensuales cada uno, $75 mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de mayo de 1936

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Benito HERNANDEZ B

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.