Por el cual se crean dos Juzgados de Instrucción en el Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial, y se hacen los nombramientos respectivos

Rango Decreto
Publicación 1935-07-17
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades, visto el artículo 14 del Decreto 1100 de 1934,

DECRETA:

Artículo 1° Créanse dos Juzgados de Instrucción del Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial con el mismo personal y asignaciones- a que se refiere el Decreto 1100 de 1934.

Articulo 2° Hácense los siguientes nombramientos en dichos Juzgados:

Juez, Julio César Olaya; Secretario, Daniel Restrepo Jaramillo, y Mecanotaquígrafo, Antonio José Losada, y Practicante, Guillermo Umaña Rocha. Juez, Arturo Peláez Márquez; Secretario, Manuel Avendaño; Mecanotaquígrafo, Germán Torres Barreto, y Practicante, Víctor Londoño.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de junio de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHAND1A

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