Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que de la partida señalada por medio del Decreto número 2031 de 1933 para sueldos del personal y material de la Facultad de Matemáticas e Ingeniería, hay sobrante que $ 480, correspondiente al sueldo del Ayudante para el Taller de Composición por no haber sido provisto dicho cargo,
DECRETA:
Artículo único. Destínase la cantidad de cuatrocientos ochenta pesos ($ 480) para atender en la Facultad de Matemáticas e Ingeniería a los gastos de energía eléctrica, instalación y reinstalación de maquinaria en los talleres, adquisición de elementos para los mismos, para nuevos aparatos de laboratorios y gabinetes, instalación de éstos y los existentes, adaptación y arreglo de los locales, mueblaje, elementos y reactivos de trabajo, pura útiles y modelos de especialidad, etc.
Parágrafo. La partida para dar cumplimiento al presente Decreto figura en las apropiaciones del artículo 158, capítulo 43, del Presupuesto de la vigencia en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de junio de 1934.
ENRIQUE OLAYA HERRERA.
El Ministro de Educación Nacional,
Jaime JARAMILLO ARANGO
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