Por el cual se reforma el marcado con el número 2319 de 1935 (diciembre 26)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. de la partida destinada por el decreto número. 301 del presente año para construcciones, reparaciones, ensanches, material, dotación y demás gastos de la escuela normal de ibagué, destinase la suma de ciento ochenta y seis pesos con sesenta y seis centavos ($ 186-66) para atender, del 2 de marzo al 31 de diciembre, inclusive, del presente año, al pago de la pensión alimenticia de una profesora interna de la misma escuela, a razón de $ 20 mensuales. Esta suma se girará con cargo al artículo 255, capítulo 47, de la ley de apropiaciones vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de mayo de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Darío ECHANDIA
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