Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1931-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

"El Consejo de Ministros, teniendo en cuenta que la solicitud hecha por el señor Contralor General de 1a República para trasladar las partidas de $ 28,000, del artículo 525 al 521, del Presupuesto vigente, y la partida de $ 7,488,del artículo 522 al citado artículo 521, reúne las condiciones legales, le imparte la aprobación correspondiente. Por el Ministerio de Hacienda se elaborará el correspondiente decreto,"

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRALORIA.

CAPITULO 68

Personal y material.

Del artículo 522 al artículo 521 $ 7,433
Del artículo 525 al artículo 521 28,000

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a- 22 de enero de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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