Por el cual se adscriben unas funciones al administrador de la aduana de Puerto Córdoba
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo único Adscríbanse las funciones de Recaudador de Hacienda Nacional al señor Administrador de la Aduana de Puerto Córdoba (La Pedrera), quien deberá responder, por el manejo de este nuevo cargo con la fianza que presto para servir su puesto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de junio de 1834.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO
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