Por el cual se subdividen las Regiones X y Y del servicio de Escalafón Territorial
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Artículo único. Con el objeto de facilitar los trabajos de reclutamiento en los Departamentos del Tolima y Huila, subdivídense las Regiones X y Y, de que trata el Decreto número 179 de 1913, en los siguientes Distritos Militares: Ibagué número 45, Honda número 46, Neiva número 47 y Garzón número 48, compuestos de los Municipios que les señala el Decreto número 578 de 1910.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de noviembre de 1914.
jose vicente concha
El Ministro de Guerra,
isaias LUJAN
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