Por el cual se crea el cargo de Abogado Auxiliar de la Sindicatura de Lazaretos

Rango Decreto
Publicación 1932-08-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Dependiente de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca Sección de Sucesiones y Donaciones, créase el cargo de Abogado Auxiliar del Síndico de Lazaretos, con una asignación mensual de $;100.

Artículo 3° Para desempeñar el cargo de Abogado Auxiliar creado por el presenté Decreto, nómbrase al doctor Guillermo Morales Peña.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de julio de 1932

ENRIQUE OLAYA HERRERA.

El Ministro de Hacienda, y Crédito Público, '

Esteban JARAMI1LO

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