Por el cual se concede franquicia postal a una comisión de estudios epidemiológicos

Rango Decreto
Publicación 1932-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

EPIDEMIOLOGICOS

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Concédese franquicia en las correos nacionales, dentro de las prescripciones reglamentarias, a la Comisión Especial de Estudios Epidemiológicos formada por los doctores Johannes H. Bauér, John A. Kerr y Luis Patiño Camargo, para la correspondencia y encomiendas que dirijan en el desempeño de su misión.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de agosto de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alberto PUMAREJO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.