POR EL CUAL SE HACE UNA REFORMA EN LA DIVISION TERRITORIAL FISCAL ESTABLECIDA POR EL DECRETO 1118 DE 30 DE JUNIO PASADO

Rango Decreto
Publicación 1932-08-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le concede el artículo 1° del Decreto legislativo número 1113 de 27 de junio último,

DECRETA:

Artículo 1° Elimínase el Círculo de Recaudación de Rentas Nacionales de Filadelfia, y en su lugar créase el de Filandia, con Filandia, que será su cabecera, y con la Recaudación Municipal de Circasia.

Fijase en $ 25 la asignación mensual del Recaudador del Círculo creado por este Decreto.

Artículo 2° En Filadelfia funcionará una Recaudación Municipal de Hacienda Nacional dependiente del Círculo de Recaudación de Rentas Nacionales de Salamina.

Artículo 3° Nómbrase Recaudador de Hacienda Nacional de Filandia al señor Simón J. Echeverri.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Irco (Anolaima) a 17 de agosto de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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