Por el cual se eleva el sueldo del Elaborador oficial de la salina de Chita

Rango Decreto
Publicación 1875-04-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

decreta :

Art. 1.° El Elaborador oficial de la salina de Chita disfrutará del sueldo de mil novecientos veinte pesos anuales ($1,920).

Art. 2.° En estos términos queda reformado el artículo 2.° del decreto número 77 de 1875, publicado en el número 3,388 del Diario Oficial.

Dado en Bogotá, a 13 de abril de 1875.

S.PÉREZ.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Nicolas Esguerra.

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