Por el cual se organiza la Secretaría del Consejo de la Economía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1° La Secretaria del Consejo de la Economía Nacional funcionará con el siguiente personal y asignaciones mensuales:
| Un Director General | $ | 300 |
|---|---|---|
| Un Oficial Mayor | 120 | |
| Un Mecanógrafo | 100 |
Artículo 2° Nómbrase Director General de la Secretaría del Consejo de la Economía Nacional al doctor Pomponio Guzmán.
Artículo 3° Los gastos de personal y material de la Secretaria del Consejo de la Economía Nacional se imputarán a los artículos 02 y 03, capítulo 22, respectivamente, del presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de agosto de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jorge SOTO DEL CORRAL
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