Por el cual se suprimen dos plazas en el ramo de telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A contar del 1° de octubre próximo, suprimense las dos plazas de Anotadores Copistas de 3° categoría de la Oficina Telegráfica ce Girardot ocupadas en la actualidad por los señores Elíseo Obando y Onofre Reyes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de septiembre de 1930.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
Ministro de Correos y Telégrafos,
Tulio Enrique TASCON
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.