Por el cual se nombra Experto Asesor Jurídico del Jefe Civil y Militar de los territorios del Caquetá, Putumayo y Amazonas, y se le fija sueldo

Rango Decreto
Publicación 1932-10-04
Última actualización 2021-03-02
Estado Derogada
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y visto lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 21 de 1929,

DECRETA:

Artículo único. Derogado

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de septiembre de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno, Agustín MORALES OLAYA-El Ministro de Relaciones Exteriores, R.URDANETA ARBÉLAEZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO-El Ministro de Guerra, Carlos URIBE GAVIRIA-El Ministro de Industrias, Francisco José CHAUX-El Ministro de Educación Nacional, Julio CARRIZOSA VALENZUELA-El Ministro de Correos y Telégrafos, Alberto PUMAREJO. El Ministro de Obras Públicas, Alfonso ARAUJO.

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