por el cual se efectúa un traslado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Pùblico

Rango Decreto
Publicación 1991-06-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 5° del artículo 120 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 45 del Decreto 1290 de 1988 y el artículo 29 del Decreto 1950 de 1973,

DECRETA:

Artículo 1° Trasladar a José Antonio Ruge Bolívar, con cédula de ciudadanía número 19186493 de Bogotá, actual Profesional Especializado 3010 Grado 10, de la Sección Sectorial 3 de la División de Elaboración del Presupuesto General de la Nación de la Subdirección de Programación Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al cargo de Profesional Especializado 3010 Grado 10, de la Dirección General de Impuestos Nacionales, actualmente vacante, el cual fue desempeñado por Fideligno Fajardo Roncando, quien pasó a otro cargo mediante Decreto número 154 del 14 de enero de 1991.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de junio de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

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